Ayuntamiento de Tona - Administración local (DOGC nº 2023-8992)

EDICTO sobre aprobación de la oferta pública de empleo del Ayuntamiento de Tona para el año 2023.

 

Por Decreto de la Alcaldía, de fecha 16 de junio de 2023, se ha resuelto aprobar la Oferta de Ocupación Pública del Ayuntamiento de Tona para el año 2023, tal y como se transcribe a continuación:

 

"Asunto: Aprobación de la Oferta pública de empleo del Ayuntamiento de Tona para el año 2023.

 

Antecedentes de hecho

 

1. Dado que por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tona, en sesión de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó inicialmente el presupuesto general de la corporación junto con la plantilla de personal para el 2023, qué acuerdos fueron sometidos a información pública mediante edicto publicado al BOP de Barcelona de fecha 15 de marzo de 2023, aconteciendo aprobados definitivamente en no haberse formulado reclamaciones o alegaciones, con publicación íntegra al BOP de Barcelona de fecha 13 de abril de 2023.

2. Dado que en la Plantilla mencionada figuran diferentes plazas vacantes dotadas presupuestariamente, las cuales pueden ser objeto de cobertura aplicando los criterios establecidos en el artículo 20, DOS de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, en cuanto a la aplicación de las tasas de reposición de efectivos.

3. En la mesa de negociación de materias comunes de fecha 15 de junio de 2023, se ha negociado la propuesta de oferta pública de empleo para el año 2023, logrando el acuerdo en su contenido y alcance.

 

 

Fundamentos de derecho

 

1. Visto aquello que establecen los artículos 25 en 27 de la Refundición vigente en Cataluña en materia de Función Pública, aprobada por Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre y los artículos 56 y siguientes del Decreto 214/1990, de 30 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento del Personal al Servicio de las Entidades Locales.

2. El 24 de diciembre de 2022 se publicó al BOE, n.º 308, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

3. En ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 21, n.º 1, y) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y por el artículo 53, n.º 1 j) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de la ley municipal y de régimen local de Cataluña.

4. Los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevén que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, excepto en los casos de delegación o avocación cuando se efectúen en los términos previstos por la ley. Y prevé que los órganos puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, incluso cuando no sean jerárquicamente dependientes, excepto en los casos que prevé el artículo 9.2.

El artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que prevé que la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que lo haya conferido.

El artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que prevé que los órganos superiores puedan abocar para ellos el conocimiento de un tema que corresponda resolver ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de tipo técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

El artículo 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que determina el sistema de delegación de competencias.

El artículo 116 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales que regula la avocación en cualquier momento de la competencia delegada, de acuerdo con la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común,

 

Por todo esto, RESUELVO:

 

Primero. *AVOCAR las competencias delegadas en virtud del decreto de alcaldía de fecha 8 de julio de 2019, modificado posteriormente, para tomar este acuerdo, en virtud de la urgencia para formalizar los acuerdos siguientes.

 

Segundo. Aprobar la Oferta de Ocupación Pública del Ayuntamiento de Tona para el año 2023, que contiene las plazas vacantes susceptibles de ser cubiertas siguientes:

 

 

TASA DE REPOSICIÓN

 

TASA DE REPOSICIÓN

 

PERSONAL FUNCIONARIO

 

Denominación

Grupo

Núm. vacantes

Turno

 

TOTAL

0

 

  
 
PERSONAL LABORAL

 

Denominación

Grupo

Núm. vacantes

Turn

Oficial 1a

C2

1

Libre

Conserje

AP

1

Libre

 

TOTAL

2

 

 

 

II.- PLAZA NUEVA CREACIÓN

 

PLAZA NUEVA CREACIÓN

 

PERSONAL FUNCIONARIO

 

Denominación

Grupo

Núm. vacantes

Turno

 

TOTAL

0

 

    
 

PERSONAL LABORAL

 

Denominación

Grupo

Núm. vacantes

Turno

 

TOTAL

0

 

 

 

III.- TASA ESPECÍFICA REDUCCIÓN TEMPORALIDAD

 

TASA ESPECÍFICA

 

PERSONAL FUNCIONARIO

 

Denominación

Grupo

Núm. vacantes

Turno

Escala Administración Especial

Técnico/a de promoción económica, comercio y turismo

A2

1

Libre

Escala Administración General

Administrativo/iva subvenciones

C1

1

Libre

Administrativo/iva servicios generales

C1

1

Libre

 

TOTAL

3

 

   
 

PERSONAL LABORAL

 

Denominación

Grupo

Núm. vacantes

Turno

 

TOTAL

0

 

 

 

Tercero. Publicar la oferta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en los diarios oficiales: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.

 

Cuarto. Remitir a la Administración General del Estado a los efectos de su publicación coordinada con el resto de ofertas de ocupación en el Boletín Oficial del Estado.

 

Quinto. Remitir una copia de la resolución a la Dirección General de Administración Local del Departamento de Gobernación de la Generalitat de Cataluña.

 

Sexto. Comunicar este acuerdo a la presidencia de la Junta de Personal y a la presidencia del Comité de Empresa, para su conocimiento.

 

Séptimo. Notificar este acuerdo a cada una de las personas interesadas que actualmente ocupan interinamente una plaza objeto de esta oferta pública de empleo."

 

Tona, 4 de julio de 2023

 

Lluís Ges Parés

Alcalde

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