Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8974)
RESOLUCIÓN CLT/2864/2023, de 27 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de ampliación de la dotación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023 (ref. BDNS 688198).
Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, adoptado en la sesión del 23 de marzo de 2023, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023;
Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 27 de julio de 2023, por el que se aprueba la ampliación de la dotación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023,
Resuelvo:
Que se publique íntegramente en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 27 de julio de 2023, de ampliación de la dotación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023.
Barcelona, 27 de julio de 2023
Jordi Foz i Dalmau
Presidente del Consejo de Administración
Anexo
Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 27 de julio de 2023, de ampliación de la dotación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023.
Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural adoptado en la sesión del 23 de marzo de 2023, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023, publicado mediante la Resolución CLT/1297/2023, de 12 de abril (DOGC núm. 8899, de 20.4.2023);
Dado que el apartado primero del citado Acuerdo dispone que se abra la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023 (CLT001);
Dado que el apartado tercero del Acuerdo establece que la dotación máxima de la convocatoria es de 890.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias 7495D/4810001 y 7495D/4820001, que se financian con cargo al presupuesto de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para el ejercicio 2023;
Dado que el mismo apartado prevé que la dotación máxima podrá ampliarse en función de las solicitudes recibidas y de la disponibilidad presupuestaria;
De acuerdo con lo que disponen el artículo 92.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 7.3.a) de los Estatutos de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, aprobados por el Decreto 7/2012, de 10 de enero,
A propuesta del Departamento de Cultura, el Consejo de Administración
ACUERDA:
Ampliar en 350.000,00 euros la dotación presupuestaria de la línea de subvenciones para proyectos de entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la lengua catalana en Cataluña para el año 2023, que queda fijada en 1.240.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias 7495D/4810001 y 7495D/4820001.