Comisión Jurídica Asesora - Cargos y personal (DOGC nº 2023-8970)
RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2023, por la que se resuelve la convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de un puesto singular en la Comisión Jurídica Asesora (convocatoria de provisión núm. CJ/002/23).
Vista la Resolución del presidente de la Comisión Jurídica Asesora, de 10 de mayo de 2023, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de un puesto singular (convocatoria de provisión nº CJ/002/23), publicada en el DOGC núm. 8916, de 16.05.2023;
Visto que se han cumplido los requisitos y las especificaciones exigidos en la convocatoria;
Visto lo que disponen el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;
De conformidad con la propuesta de la Junta de Méritos y Capacidades correspondiente, que ha devenido definitiva una vez efectuada la exposición pública y sin haberse recibido ningún escrito de alegaciones en el plazo conferido, según se desprende de la certificación de la presidenta de la Junta de Méritos y Capacidades de 26 de julio de 2023;
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.2.f) de la Ley 5/2005, de 2 de mayo, de la Comisión Jurídica Asesora,
Resuelvo:
Nombrar a la señora María Montserrat Izquierdo Carbonell letrada de la Comisión Jurídica Asesora.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el presidente de la Comisión Jurídica Asesora en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Barcelona o, a elección suya, ante el juzgado en cuya circunscripción tengan el domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con lo que prevén los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 27 de julio de 2023
Jaume Vernet i Llobet
Presidente