Instituto Ramon Llull - Otros sujetos emisores (DOGC nº 2023-8967)

RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2023, por la que se declaran las personas que han superado el proceso de estabilización, mediante el sistema selectivo excepcional de concurso de méritos, en relación con determinados puestos de trabajo del Consorcio Institut Ramon Llull.

La Resolución de 15 de diciembre de 2022 de la Dirección del Consorcio Institut Ramon Llull, publicada en el DOGC nº 8816 y anunciada en el BOIB nº. 165 y la Gaseta Municipal del Ayuntamiento de Barcelona, en fecha 20.12.2022, aprobó las bases de la convocatoria del proceso de estabilización, mediante el sistema selectivo excepcional de concurso de méritos, en relación con determinados puestos de trabajo que integran la oferta pública de estabilización del Consorcio.

Considerando lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Acuerdo de Gobierno 119/2017, de 1 de agosto, mediante el que se aprueban los nuevos Estatutos del Consorcio Institut Ramon Llull (DOGC núm. 7426, de 3 de agosto); el Convenio colectivo de trabajo del personal del Institut Ramon Llull; la singularidad funcional genérica autorizada por la Dirección General de Función Pública en fecha 20/05/2022; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral (BOE núm. 313, de 30 de diciembre), que establece un nuevo marco de contratación laboral.

Vistas las propuestas de contratación laboral fija formuladas por el Órgano Técnico de Selección del proceso de selección mencionado, aprobadas por Acuerdo de 12 de julio de 2023, y una vez verificada la concurrencia de los requisitos y de las condiciones previstas en las bases de dicha convocatoria;

Visto que el citado Acuerdo declara desierta la plaza de Director/a del Área de Lengua y Unviersidades, ámbito de la proyección y la difusión exterior de la lengua y la cultura catalana;

 

En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

 

Resuelvo:

 

—1 Declarar que han superado el proceso de estabilización, mediante el sistema selectivo excepcional de concurso de méritos, en relación con determinados puestos de trabajo del Consorcio Instituto Ramon Llull, las personas que constan en el Anexo de esta Resolución.

 

—2. Declarar desierta la plaza de Director/a del Área de Lengua y Unviersidades, ámbito de la proyección y la difusión exterior de la lengua y la cultura catalanas.

 

—3 Esta Resolución tiene efectos desde el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

—4 Las personas que constan en el Anexo de esta Resolución deben tomar posesión del puesto de trabajo correspondiente, previa formalización de la correspondiente contratación laboral fija por parte del órgano competente, con efectos del día 1 de agosto de 2023.

 

5 Publicar esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

 

6 Hacer público el Anexo de esta Resolución a través del Tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña, e-Tablón, http://tauler.gencat.cat y en la página web del Consorcio Institut Ramon Llull _ portal de la transparencia, apartado ofertas de trabajo, (www.llull.cat),

 

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente un recurso de reposición ante la Dirección del Consorcio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 21 de julio de 2023

 

Pere Almeda Samaranch

Director

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