Departamento de la Presidencia - Cargos y personal (DOGC nº 2023-8965)
RESOLUCIÓN PRE/2728/2023, de 21 de julio, de cese de la señora Yolanda Aguiló Manjón en el puesto de Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya.
Vista la Resolución GAP/1583/2010, de 10 de mayo (DOGC núm. 5634), por la que se nombra a la señora Yolanda Aguiló Manjón, para ocupar el puesto de abogado/a jefe de la Generalitat de la unidad del Gabinete Jurídico de la Generalitat en el Departamento de Trabajo, de acuerdo con la convocatoria de provisión por el sistema de libre designación de la Resolución PRE/3900/2009, de 30 de diciembre (DOGC núm. 5567), nombramiento que fue adaptado, sucesivamente, a las nuevas denominaciones del puesto de trabajo, Área Jurídica de Empleo y Relaciones Laborales del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya (por la Resolución GRI/2556/2011, de 21 de octubre —DOGC núm. 5996—) y Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya, (por la Resolución GAH/856/2017, de 20 de abril —DOGC núm. 7356—);
Visto lo que disponen el artículo 99 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y el artículo 40.1 del Decreto 57/2002, de 19 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 3584, de 27.2.2002);
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalitat de Catalunya,
Resuelvo:
La señora Yolanda Aguiló Manjón cesa en el puesto de Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya con efectos del 25 de julio de 2023.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente y de acuerdo con lo que establecen el artículo 77 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 123 y los siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 21 de julio de 2023
Laura Vilagrà Pons
Consejera de la Presidencia