Departamento de Acción Exterior y Unión Europea - Disposiciones generales (DOGC nº 2023-8962)

DECRETO 135/2023, de 18 de julio, de modificación del Decreto 95/2022, de 10 de mayo, de la red de delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior en relación con las delegaciones en Italia, en el Sureste de Europa, en África Meridional y en el Norte de África.

El artículo 194 del Estatuto de autonomía de Cataluña (EAC) dispone que la Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 150 del EAC, corresponde a la Generalitat, en materia de organización de su Administración, la competencia exclusiva sobre la estructura y la regulación de sus órganos.

En despliegue de estas previsiones estatutarias, el título III de la Ley 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea regula la representación de la Generalitat en el exterior. Entre las unidades de representación institucional del Gobierno previstas están las delegaciones del Gobierno en el exterior. De acuerdo con el artículo 31 de la citada Ley 16/2014, del 4 de diciembre, las delegaciones del Gobierno en el exterior se crean por decreto del Gobierno.

El Decreto 95/2022, de 10 de mayo, de la red de delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior contiene, de forma integrada, la regulación de la red en un único decreto, lo que simplifica el marco normativo y aporta seguridad jurídica. Las delegaciones que ahora se modifican constan en dicho decreto.

Con el presente Decreto se modifica el ámbito de actuación de la Delegación del Gobierno en el Sureste de Europa con el fin de añadir Grecia y Chipre, este último hasta ahora asignado a la Delegación del Gobierno en Italia, que también queda modificada para reflejar el cambio en su mandato territorial.

Con respecto a la Delegación del Gobierno en África Meridional, se modifica su sede, hasta ahora establecida en Pretoria, y se traslada a Johannesburgo.

Finalmente, se modifica la Delegación del Gobierno en el Norte de África para ampliar su mandato territorial e incluir Libia y Egipto, territorios en los que se han identificado oportunidades de cooperación en varios ámbitos de interés para la Generalitat de Catalunya.

Respecto a los principios de eficacia y eficiencia, el presente Decreto —que no supone la creación de ninguna carga administrativa innecesaria o accesoria— es el medio más adecuado para garantizar el cumplimiento del Decreto 61/2017, de 13 de junio, que es la norma que establece la organización, la estructura, el funcionamiento, el régimen jurídico y el régimen económico-financiero y presupuestario de las unidades de representación institucional del Gobierno en el exterior.

Con esta regulación se da cumplimiento a los principios de necesidad y proporcionalidad, dado que este Decreto es el medio necesario y suficiente para desarrollar el mandato tanto del Estatuto como de la Ley 16/2014, del 4 de diciembre.

En cumplimiento del principio de transparencia, se ha posibilitado el acceso universal y actualizado a la normativa en vigor y a la tramitación de esta disposición, a través de canales sencillos, como el Portal de la transparencia.

Finalmente, en la medida en que esta disposición afecta a recursos públicos, se han cuantificado y valorado sus repercusiones, con arreglo a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Por lo tanto, la regulación incluida en este Decreto respeta los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 62 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el título IV de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y de acuerdo con los artículos 39 y 40 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno;

A propuesta de la consejera de Acción Exterior y Unión Europea, y previa deliberación del Gobierno,

 

Decreto:

 

Artículo 1

Modificación del artículo 6-1, relativo a la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en Italia

Se modifica la letra a) del artículo 6-1 del Decreto 95/2022, de 10 de mayo, de la red de delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior, que pasa a tener la siguiente redacción:

"a) Facilitar la representación institucional del Gobierno en la República Italiana, la República de Malta y la República de San Marino con relación a las materias que son competencia de la Generalitat o de interés para Cataluña."

 

Artículo 2

Modificación del artículo 11-1, relativo a la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el Sureste de Europa

Se modifica la letra a) del artículo 11-1 del Decreto 95/2022, de 10 de mayo, de la red de delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior, que pasa a tener la siguiente redacción:

"a) Facilitar la representación institucional del Gobierno en la República de Croacia, Bosnia-Herzegovina, la República de Bulgaria, la República Helénica, Montenegro, Rumanía, la República de Serbia y la República de Chipre con relación a las materias que son competencia de la Generalitat o de interés para Cataluña."

 

Artículo 3

Modificación del artículo 16-2, relativo a la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en África Meridional

Se modifica el artículo 16-2 del Decreto 95/2022, de 10 de mayo, de la red de delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior, que pasa a tener la siguiente redacción:

"La sede de la Delegación se establece en la ciudad de Johannesburgo."

 

Artículo 4

Modificación del artículo 18-1, relativo a la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el Norte de África

Se modifica la letra a) del artículo 18-1 del Decreto 95/2022, de 10 de mayo, de la red de delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior, que pasa a tener la siguiente redacción:

"a) Facilitar la representación institucional del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en la República de Túnez, la República Argelina Democrática y Popular, la República Árabe de Egipto, el Estado de Libia y el Reino de Marruecos con relación a las materias que son competencia de la Generalitat o de interés para Cataluña."

 

 

Disposición final

Entrada en vigor

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 18 de julio de 2023

 

Pere Aragonès i Garcia

President de la Generalitat de Catalunya

 

Meritxell Serret i Aleu

Consejera de Acción Exterior y Unión Europea

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