Departamento de Territorio - Disposiciones generales (DOGC nº 2023-8959)

EDICTO de 7 de julio de 2023, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Camp de Tarragona referente al municipio de Rocafort de Queralt.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona, en la sesión de 21 de junio de 2023, adoptó, entre otros, el acuerdo cuya parte dispositiva se reproduce a continuación:

 

Exp.: 2022 / 078897 / T

Modificación de las Normas de planeamiento urbanístico por ajuste clave 7.ª industria histórica en la Avenida Cataluña n.º 37, en el término municipal de Rocafort de Queralt

 

Vista la propuesta de los Servicios Técnicos y de acuerdo con los fundamentos que se exponen, esta Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona acuerda:

-1 Aprobar inicialmente la Modificación de las Normas de planeamiento urbanístico de los municipios del Camp de Tarragona, por ajuste clave 7.ª industria histórica en la Avenida Cataluña n.º 37, en el municipio de Rocafort de Queralt, promovido por el Ayuntamiento y tramitado por la Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona, de acuerdo con el artículo 84 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero.

-2 Suspender el otorgamiento de licencias, de acuerdo con el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, en todo el ámbito de la Modificación.

Se recuerda que, de acuerdo con el artículo 102.4 del Reglamento de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto 305/2006, de 18 de julio, se podrán otorgar aquellas licencias fundamentadas en el régimen vigente que sea compatible con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en el supuesto de que, por la naturaleza de los cambios propuestos, no se ponga en riesgo la aplicación del nuevo planeamiento, una vez aprobado definitivamente.

La duración de esta suspensión es hasta la aprobación definitiva de las Normas de planeamiento, y como máximo por el plazo de un año a contar desde la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

-3 Exponer el expediente a información pública por el plazo de un mes, de acuerdo con el que dispone el artículo 85.4 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, mediante la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y a la inserción de un anuncio en uno de los diarios de más divulgación en el ámbito municipal y supramunicipal, a fin de que se puedan presentar las alegaciones oportunas. En caso de que la información pública coincida total o parcialmente con el mes de agosto, el plazo se amplía en un mes, de acuerdo con la Disposición adicional décima del Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-4 Dar conocimiento por medios telemáticos de la convocatoria de información pública como también garantizar la consulta de la modificación por estos medios, atendido el contenido del artículo 8.5 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-5 Simultáneamente al trámite de información pública, de conformidad con el artículo 85.5 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, solicitar informe a los organismos siguientes afectados por razón de sus competencias sectoriales, los cuales lo tienen que emitir en el plazo de un mes, salvo que una disposición autorice un de más largo, y que son los siguientes:

- Agencia Catalana del Agua

- Departamento de Cultura

- Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña

- Dirección General de Infraestructuras de la Movilidad. Servicio Territorial de Carreteras de Tarragona

- ATM

- Dirección General de Protección Civil

-6 Dar audiencia, simultáneamente al trámite de información pública, al Ayuntamiento de Rocafort de Queralt por el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 85.8 del Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-7 El documento que se presente para la aprobación provisional, tendrá que incorporar, si se tercia, las prescripciones de las alegaciones que se deriven del periodo de información pública, así como las prescripciones de los informes de los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales.

-8 Comunicar este acuerdo al Ayuntamiento de Rocafort de Queralt.

 

Contra el acuerdo de suspensión de tramitación de planes y licencias, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, de conformidad con lo que prevén los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, ante el consejero de Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de esta publicación en el DOGC. El recurso se entenderá desestimado si pasan tres meses sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa y quedará entonces abierta la vía contenciosa administrativa.

Con respecto a los ayuntamientos y otras administraciones públicas, pueden formular el requerimiento previo que prevé el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa. El requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a la recepción, no es contestado. En este supuesto, el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso administrativo se contará desde el día siguiente de aquél en el que se recibe la comunicación del acuerdo expreso o de aquél en el que se entiende rechazado presuntamente.

El expediente estará a disposición de las personas interesadas en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables, en la página web del Departamento de Territorio (https://territori.gencat.cat/ca/01_departament/09_informacio_publica ) y en el Tablón Electrónico de la Generalidad de Cataluña (http://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1 ).

 

Tarragona, 7 de julio de 2023

 

Natàlia Hidalgo Garcia

Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Camp de Tarragona

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