Departamento de Salud - Cargos y personal (DOGC nº 2023-8930)
RESOLUCIÓN SLT/1940/2023, de 31 de mayo, por la que se prorroga el plazo para resolver la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso específico, de dos puestos singulares de la Secretaría de Salud Pública del Departamento de Salud (convocatoria de provisión núm. SA/001/23).
Mediante la Resolución SLT/1046/2023, de 28 de marzo, publicada en el DOGC núm. 8887, de 31.3.2023, se convocó la provisión, por el sistema de concurso específico, de dos puestos singulares de la Secretaría de Salud Pública del Departamento de Salud (convocatoria de provisión núm. SA/001/23).
De acuerdo con lo que dispone el artículo 70 del Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, aprobado por el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, las convocatorias se deben resolver en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y, no obstante, en casos debidamente justificados, el órgano convocante puede prorrogar este plazo como máximo por otro mes.
Vista la necesidad de prorrogar el plazo máximo establecido para resolver, y de conformidad con la base 9.3 de la convocatoria, en la que se establece que la Junta de Méritos y Capacidades debe elaborar la propuesta definitiva de la resolución del concurso y este trámite todavía no se ha podido efectuar;
De acuerdo con lo que establecen los artículos 70.2 del Decreto 123/1997 y 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas;
De conformidad con la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,
Resuelvo:
Prorrogar por otro mes el plazo inicial de un mes para resolver la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso específico, de dos puestos singulares de la Secretaría de Salud Pública del Departamento de Salud (convocatoria de provisión núm. SA/001/23).
Contra esta Resolución, de acuerdo con el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se puede interponer ningún recurso.
Barcelona, 31 de mayo de 2023
P. d. (Resolución SLT/303/2023, de 6 de febrero, DOGC núm. 8851, de 9.2.2023)
Mercè Salvat Guinjoan
Secretaria general