Departamento de la Presidencia - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8930)

RESOLUCIÓN PRE/1925/2023, de 31 de mayo, por la que se destina al Área Metropolitana de Barcelona la participación en los ingresos de la Generalitat integrada en el Fondo de Cooperación Local de Cataluña, año 2023.

De acuerdo con los artículos 44 y 47 de la Ley 2/2023, del 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, de los diferentes conceptos que integran el Fondo de Cooperación Local de Cataluña, 2.009.832,08 euros, consignados en la partida presupuestaria PR15 D/460.0002/711 del Departamento de la Presidencia, se deben destinar al Área Metropolitana de Barcelona, de acuerdo con la propuesta de la Comisión Mixta de distribución de las competencias, las actividades y los servicios del Consejo Comarcal del Barcelonés, a raíz de la supresión del Consejo Comarcal del Barcelonés.

También es aplicable el artículo 49 de la Ley 2/2023 mencionada, cuyo apartado 1 dispone que la entrega de las participaciones que integran el Fondo queda condicionada al hecho de que los entes locales destinatarios cumplan adecuadamente la obligación de enviar, de acuerdo con lo que establece la legislación sectorial, sus presupuestos, liquidaciones presupuestarias anuales y cuestionarios estadísticos homogeneizados de estos datos al Departamento de la Presidencia, actualmente competente en materia de administración local, así como sus cuentas anuales a la Sindicatura de Cuentas. Esta documentación debe hacer referencia a la anualidad del 2021.

En aplicación del apartado 2 del mismo artículo, los entes locales que el 30 de octubre de 2023 no hayan cumplido lo que establece el apartado 1 pierden el derecho a recibir el Fondo de Cooperación Local del año 2023.

En virtud de la competencia que me atribuye la legislación vigente, de acuerdo con el punto 1.5 de la Resolución PRE/3588/2022, de 7 de noviembre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de la Presidencia a diferentes órganos del Departamento (DOGC núm. 8797, de 21.11.2022),

 

Resuelvo:

 

—1 Destinar la cantidad de 2.009.832,08 euros, en concepto de participación en los ingresos de la Generalitat, al Área Metropolitana de Barcelona, a cargo de la partida presupuestaria PR1501D/460000200/7110/0000 del presupuesto del Departamento de la Presidencia, de acuerdo con la propuesta de la Comisión Mixta de distribución de las competencias, las actividades y los servicios del Consejo Comarcal del Barcelonés, a raíz de la supresión del Consejo Comarcal del Barcelonés.

 

—2 Condicionar el pago al cumplimiento de las obligaciones que establece el artículo 49 de la Ley 2/2023, del 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023.

 

—3 Autorizar la disposición del crédito correspondiente por el importe de 2.009.832,08 euros a cargo de la partida presupuestaria PR1501D/460000200/7110/0000 del presupuesto del Departamento de la Presidencia. La aprobación de este acto implica autorizar las unidades administrativas a contabilizar la disposición de crédito a favor del Área Metropolitana de Barcelona en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT.

 

—4 Ordenar el reconocimiento de la obligación por el importe de 2.009.832,08 euros, a cargo de la partida presupuestaria PR1501D/460000200/7110/0000 del presupuesto del Departamento de la Presidencia, y autorizar las unidades administrativas a contabilizar en el sistema corporativo GECAT el reconocimiento de la obligación económica que se deriva.

 

—5 Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) esta Resolución. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los entes locales pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el DOGC. Con carácter previo, los entes locales pueden presentar, potestativamente, un requerimiento previo al recurso contencioso-administrativo ante la persona titular de la Secretaría General del Departamento de la Presidencia en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el DOGC, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Barcelona, 31 de mayo de 2023

 

Por delegación (Resolución PRE/3588/2022, de 7 de noviembre, DOGC núm. 8797, de 21.11.2022)

Núria Cuenca León

Secretaria general

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