Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8928)

RESOLUCIÓN ACC/1884/2023, de 18 de abril, por la que se convoca el Premio Escoles Verdes de la Generalitat de Catalunya para el año 2023 (AG-23-092).

La Generalitat de Catalunya impulsa, a través del Programa Escoles Verdes, la ambientalización integral de los centros educativos de Cataluña.

Los objetivos del Programa son: ayudar a los centros a ambientalizarse y a incorporar los valores de la educación para la sostenibilidad en todos los ámbitos de la vida del centro (currículum, gestión y relaciones con el entorno); promover la participación y la implicación activa de toda la comunidad educativa en la mejora de su entorno inmediato (centro, barrio, municipio), y favorecer el intercambio entre los centros que participan en el Programa a fin de construir una gran red de escuelas para la sostenibilidad.

El Premio Escoles Verdes de la Generalitat de Catalunya se regula por la Orden TES/154/2018, de 19 de septiembre (DOGC núm. 7711, de 21.9.2018). Se creó para impulsar el reconocimiento público de trayectorias e iniciativas ejemplares de educación para la sostenibilidad llevadas a cabo por centros educativos que disponen del Distintivo de Escola Verda otorgado por la Generalitat de Catalunya.

El Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, atribuye en el artículo 3.8.6 el ejercicio de la competencia en materia de medio natural y la biodiversidad al Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

El Decreto 253/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (que modifica el Decreto 43/2017, de 2 de mayo), en su artículo 6.3, dispone como funciones de la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural las previstas en el artículo 103.1 f) del Decreto 277/2016, de 2 de agosto, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad: promover planes, programas y actividades dirigidas a la promoción, la educación, la investigación y la formación ambiental.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de apoyar a los centros educativos adheridos al Programa Escoles Verdes mediante la concesión de ayudas económicas, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

 

Resuelvo:

 

1. Convocar el Premio Escoles Verdes de la Generalitat de Catalunya para el año 2023, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en la Orden TES/154/2018, de 19 de septiembre (DOGC núm. 7711, de 21.9). 2018), para reconocer públicamente iniciativas de educación para la sostenibilidad.

 

2. Categorías del Premio:

a) En reconocimiento a una trayectoria de mejora continua en el proceso de ambientalización integral del centro y en la implicación en la mejora de su entorno.

b) En reconocimiento de una actuación singular, dentro o fuera del centro educativo, que recoja el máximo de contextos de acción que promueve el Programa Escoles Verdes: la participación de toda la comunidad educativa, la gestión ambiental del centro, el currículum y la difusión y la implicación en el entorno.

c) En reconocimiento de un trabajo en red llevado a cabo conjuntamente con otros agentes del territorio (otros centros educativos o instituciones o entidades) para la mejora ambiental de los distintos centros que participan en el proyecto y de su entorno.

 

3. El período de presentación de las candidaturas abarcará desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya hasta el 24 de julio de 2023.

 

4. Requisitos de participación y candidaturas

4.1 Pueden optar al Premio Escoles Verdes los centros educativos que tengan el Distintivo de Escola Verda que otorga la Generalitat de Catalunya.

4.2 Las candidaturas para optar al Premio deben presentarse a propuesta de terceros, de acuerdo con los requisitos que establece el punto 5. Pueden presentar las candidaturas las personas físicas, las personas jurídicas y los entes locales.

4.3 La participación en este Premio presupone la aceptación total de las bases de la Orden TES/154/2018, de 19 de septiembre.

 

5. La presentación de las candidaturas se realizará teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

5.1 Las solicitudes de las candidaturas deben ir acompañadas de una memoria descriptiva de la candidatura, de acuerdo con el modelo normalizado, en el que consten los méritos que justifican la presentación a este Premio.

5.2 En el caso de los entes locales, el formulario de solicitud de la candidatura, así como la información sobre este trámite, está a disposición de los solicitantes en la Extranet de las administraciones públicas de Cataluña, EACAT, en la dirección electrónica http://www.eacat.cat.

5.3 En el caso de personas jurídicas, el formulario de solicitud específico habilitado para tramitar la candidatura, que es de uso obligatorio, y también la información sobre este trámite están a disposición de las personas solicitantes en la dirección electrónica http://web.gencat.cat/ca/tramits.

5.4 En el caso de personas físicas, la presentación de las candidaturas se puede llevar a cabo presencialmente o electrónicamente de la siguiente forma:

En caso de que se opte por la presentación electrónica, será de aplicación lo establecido en el apartado 5.3 de esta Resolución.

En caso de que se opte por la presentación presencial, las solicitudes de las candidaturas acompañadas de la memoria descriptiva de la candidatura se pueden presentar en las dependencias que constan en el anexo de esta Resolución, o bien en cualquiera de los puestos que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El formulario de solicitud de la candidatura está a disposición de las personas solicitantes en la dirección electrónica http://web.gencat.cat/ca/tramits.

Las personas físicas, en caso de que opten por la presentación presencial y no presenten la solicitud de la candidatura en alguna de las dependencias que indica el anexo de esta Resolución o en otro registro administrativo, sino en otro lugar de los que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, como por ejemplo las oficinas de Correos, donde no se lleve a cabo la digitalización de la documentación en papel, también deben enviar la solicitud, en formato electrónico, a la dirección electrónica escolesverdes.accioclimatica@gencat.cat.

5.5 La identificación y la firma electrónica de las personas que presentan la solicitud de forma telemática debe hacerse de acuerdo con la Orden PRE/159/2022, de 30 de junio, por la que se aprueba la Guía de interoperabilidad que deroga la Orden GRI/233/2015, de 20 de julio, por la que se aprueba el Protocolo de identificación y firma electrónica en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya mencionada en la base 3.4 de la Orden TES/154/2018, de 19 de septiembre.

5.6 Las candidaturas que se presenten fuera del plazo no se admitirán a trámite. Las solicitudes presentadas fuera de los procedimientos establecidos se tendrán por no presentadas, salvo que se dé el supuesto que consta en la base 3.5 de la Orden TES/154/2018, de 19 de septiembre.

 

6. El jurado está integrado por los siguientes miembros:

La persona titular de la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural, que actúa como presidente/a.

La persona titular de la Subdirección General de Innovación y Formación del Departamento de Educación.

Una persona representante de la Sociedad Catalana de Educación Ambiental.

Una persona representante de la Facultad de Educación y Ecología de la Universidad de Girona.

Una persona representante de la Universidad de Barcelona.

Una persona representante del Colegio Oficial de Pedagogía de Cataluña.

Una persona representante de una federación o asociación de familias de alumnos de Cataluña.

 

7. La dotación del Premio es la siguiente:

7.1 El Premio Escoles Verdes de la Generalitat de Catalunya tiene una dotación global de 6.000,00 euros, con cargo a la posición presupuestaria AG11 D/483000100/5530/0000 AVEHIC-FNP de los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural para el año 2023.

7.2 Para la categoría de trayectoria [base 1 a) de la Orden], el premio es de 3.000 euros, y para las otras dos categorías relativas a la actuación singular y al trabajo en red [bases 1 b) y 1 c) de la Orden] es de 1.500 euros para cada una.

 

8. El órgano instructor del procedimiento para el otorgamiento del Premio Escoles Verdes es la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural.

 

9. El órgano competente para emitir la resolución sobre la concesión de los premios es el titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. A estos efectos, estará asistida por el jurado, cuya composición detalla el apartado 6 de esta Resolución.

 

10. El plazo máximo para resolver la concesión de los premios es de seis meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC/ La notificación de la resolución se efectuará mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya () tal y como detalla el apartado 8.2 de las bases reguladoras a las que hace referencia el apartado 1 de esta Resolución.

 

11. La aprobación de este acto implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la disposición de crédito a favor de las personas beneficiarias en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas que deberá efectuarse una vez que la unidad administrativa competente haya verificado el cumplimiento de la finalidad del objeto del premio.

 

12. Contra la resolución de la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de concesión, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se considere adecuado.

 

13. Los premios y las nominaciones concedidas se harán públicos en la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya, http://seu.gencat.cat, y en la web http://agricultura.gencat.cat/beneficiarisajuts, haciendo uso de los medios electrónicos establecidos.

 

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes.

 

Barcelona, 18 de abril de 2023

 

Teresa Jordà i Roura

Consejera de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

 

 

Anexo

 

Dependencias donde se pueden presentar las candidaturas:

 

- Secretaría de Acción Climática del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (c/ del Foc, 57, 08038 Barcelona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Barcelona (c/ del Doctor Roux, 80, 08017 Barcelona)

- Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en la Cataluña Central (c/ de la Llotja, s/n (Recinto Ferial El Sucre), 08500 Vic).

- Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Girona (pl. de Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Lleida (calle del Camp de Mart, 35, 25004 Lleida).

- Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Tarragona (av. dels Països Catalans, 5-7, 43007 Tarragona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en las Terres de l'Ebre (pl. Gerard Vergés, 1, 43500 Tortosa).

- Departamento de Educación (Via Augusta, 202-226, 08021 Barcelona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en El Baix Llobregat (ctra. de Laureà Miró, 328-330, 08980 Sant Feliu de Llobregat).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en Barcelona Comarcas (c/ de Casp, 15, 08010 Barcelona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en la Cataluña Central (ctra. de Vic, 175, 08243 Manresa).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en Girona (pl. de Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en Lleida (c/ de la Pica d'Estats, 2, 25006 Lleida).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en El Maresme-Vallès Oriental (c/ Churruca, 90 -pasaje Cabot i Barba-, 08301 Mataró).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en Tarragona (c/ Sant Francesc, 7, 43003 Tarragona).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en Les Terres de l'Ebre (c/ de la Verge de la Providència, 5-9, 43500 Tortosa).

- Servicios Territoriales del Departamento de Educación en el Vallès Occidental (c/ Marqués de Comillas, 67-69, 08202 Sabadell).

- Oficina de Atención Ciudadana en Barcelona (c/ Sant Honorat, 3, 08002 Barcelona).

- Oficina de Atención Ciudadana en Girona (pl. de Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona).

- Oficina de Atención Ciudadana en Lleida (c/ Lluís Companys, 1, 25003 Lleida).

- Oficina de Atención Ciudadana en Tarragona (c/ Sant Francesc, 3, 43003 Tarragona).

- Oficina de Atención Ciudadana en La Cerdanya (pl. del Rec, 5, 17520 Puigcerdà).

- Oficina de Atención Ciudadana en Les Terres de l'Ebre (pl. Gerard Vergés, 1, 43500 Tortosa).

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