Universidad Politécnica de Cataluña - Cargos y personal (DOGC nº 2023-8925)

RESOLUCIÓN 020_SDP-2023-1824/226, por la que se aprueban y publican las bases del concurso público para la provisión de una plaza de la plantilla de personal laboral fijo de la Universidad Politécnica de Cataluña.

Con el objetivo de atender a las necesidades de personal laboral de la Universidad.

Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno CG/2021/06/25, de 17 de diciembre de 2021, que aprueba la oferta de empleo público de personal de administración y servicios de la Universitat Politècnica de Catalunya para el año 2021 (DOGC n.o 8570).

En uso de las facultades que me confieren el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de esta Universidad, y dado lo dispuesto por la Resolución 122/2020, de 28 de enero, de delegación de competencias del rector en el gerente (DOGC núm. 8082, de 11.3.2020), modificada por la Resolución 038-2021-10/3, de 11 de marzo de 2021 (DOGC núm. 8380, de 6.4.2021),

 

RESUELVO:

 

Primero. Convocar concurso selectivo, en turno de nuevo ingreso, para proveer un puesto de trabajo, con número 71012162 de la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Universitat Politècnica de Catalunya en régimen de contrato laboral fijo, de acuerdo con las presentes bases.

 

Segundo. El perfil específico de la plaza convocada, las condiciones de trabajo y los requisitos están recogidos en el anexo 1 de las bases de la convocatoria y se publicará conjuntamente con estas bases en el sitio web de la UPC http://www.upc.edu/sdp, en el apartado de "Concursos y oposiciones del PAS".

 

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

 

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, independientemente de su ejecutividad inmediata, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social de Barcelona, o el que corresponda a su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, de conformidad con los artículos 2.a y 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

 

Barcelona, 19 de mayo de 2023

 

Por delegación de competencia del rector

(Resolución 122/2020, de 28 de enero, de delegación de competencias, DOGC núm. 8082, de 11.3.2020, modificada por la Resolución 038-2021-10/3, de 11 de marzo de 2021, DOGC núm. 8380, de 6.4.2021)

Ivan Planas Miret

Gerente

 

 

BASES DE LA CONVOCATORIA

 

PRIMERA. Objeto de la convocatoria

Se convoca concurso selectivo, en turno de nuevo ingreso, para la provisión del siguiente puesto de trabajo de personal laboral fijo de la Universitat Politècnica de Catalunya en régimen de contrato laboral fijo:

   - ENCARGADO/A DE MANTENIMIENTO para la UTG Campus Diagonal-Besós. Código 194-125 (véase el perfil en el anexo 1)

 

SEGUNDA. Normativa general

Estas bases se ajustan a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y al de publicidad, y siguen la siguiente normativa:

   a) 6.º Convenio colectivo del personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Barcelona, la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad Politécnica de Cataluña, la Universidad Pompeu Fabra, la Universidad de Girona, la Universidad de Lleida y la Universidad Rovira y Virgili (DOGC núm. 7039, de 18 de enero de 2016).

   b) Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

   c) Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

   d) Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, del texto refundido en materia de función pública de la Administración de la Generalitat.

   e) Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

   f) DOGC n.º 6140, de 1 de junio de 2013, y corrección de errores n.º 6257, de 20 de noviembre 2012, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya.

   g) Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

   h) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

   i) Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística y Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña, y Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística.

   j) Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad.

   k) Bases de la presente convocatoria.

 

TERCERA. Requisitos de las personas candidatas

Para participar en este proceso selectivo, las personas candidatas deben cumplir las siguientes condiciones generales:

   a) Tener la ciudadanía española, la de un Estado miembro de la Unión Europea o la de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Comunidad Europea y ratificados por España, les es de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

También pueden participar el cónyuge o la cónyuge, sus descendientes y los descendientes del cónyuge o la cónyuge, tanto de ciudadanos y ciudadanas españoles como de ciudadanos y ciudadanas de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, en lo que respecta a los descendientes, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad y vivan a su cargo.

Este último beneficio es asimismo aplicable a familiares de ciudadanos y ciudadanas de otros Estados cuando esté previsto en los tratados internacionales suscritos por la Comunidad Europea y ratificados por España.

   b) Haber cumplido dieciséis años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

   c) No haber sido separado, por causa de un expediente disciplinario, de los servicios de cualquiera de las Administraciones públicas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

   d) Poseer la capacidad física o psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

   e) Poseer el título que el Convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas catalanas exige para el grupo 2:

      - Titulación de formación profesional de grado superior (FP2), ciclo formativo de grado medio o bachillerato o capacidad provada en relación al puesto de trabajo (como mínimo se requiere certificado de estudios primarios).

En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, se debe presentar la credencial que acredite su homologación o equivalencia con la correspondiente titulación española, en los términos fijados en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, y en los artículos 9 y 10 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

En caso de que la plaza tenga algún requisito de titulación o formación específica, se indicará en el mismo perfil en los anexos de las bases.

   f) Las personas candidatas deberán acreditar como mínimo el conocimiento del nivel de suficiencia de catalán C1 del Marco europeo común de referencia de las lenguas (MECR) mediante la presentación del correspondiente certificado, o bien superar una prueba de conocimientos de lengua catalana.

Las personas candidatas que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar como mínimo el conocimiento del nivel de suficiencia de español C2 del MECR y quedarán exentas de realizar una prueba de nivel aquellas que puedan acreditar alguno de los documentos que se indican:

   - Certificado en el que conste que han cursado la educación primaria y secundaria y el bachillerato en el Estado español.

   - Diploma de español nivel C2 establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o equivalente.

   - Certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.

La convocatoria para la realización de las pruebas de conocimientos de lengua catalana y española tendrá carácter obligatorio y eliminatorio de conocimientos equivalentes al nivel requerido y se informará oportunamente con anterioridad a su realización en la página web de concursos. La prueba se valorará como apto o no apto. En caso de que el resultado sea de no apto, la persona candidata quedará eliminada de la convocatoria.

   g) Las personas que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar, asimismo, no estar sometidas a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que les impida, en su Estado de origen, el acceso a la función pública.

Los requisitos especificados anteriormente deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y se deberán seguir cumpliendo hasta la fecha de contratación de la persona propuesta.

 

CUARTA. Solicitudes y admisión de candidaturas

   a) Solicitudes:

La persona candidata que desee tomar parte en estos procesos selectivos deberá cumplimentar el formulario electrónico de la plaza, ubicado en la página de la Sede Electrónica de la UPC:

https://seuelectronica.upc.edu/es/Tramits/Convocatories_concursos_personal_laboral_extern_fixe_UPC

y adjuntar la documentación exigida en la convocatoria indicada a continuación:

      - Currículum actualizado en catalán o español con fotografía, en el que se detalle la experiencia profesional, con los siguientes datos: empresa y su actividad, categoría y puesto de trabajo, principales funciones y fechas de inicio y finalización.

      - Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum (idiomas, otros estudios, experiencia, cursos de especialización, etc.).

      - En el caso de personas con nacionalidad española, copia del DNI o del pasaporte vigentes (solo en caso de ser personal externo a la UPC). En el caso de personas extranjeras, copia del NIE y del pasaporte vigentes.

      - Copia de la titulación exigida en la convocatoria o resguardo de pago de los derechos del título. El personal de la UPC deberá acceder al portal de formación y consultar su expediente y todo aquello que en él conste se deberá presentar para su valoración, en caso de que sea procedente.

      - Acreditación de los conocimientos de lengua catalana y/o española (si procede). En caso de no presentarla, se deberá realizar una prueba.

Las personas interesadas pueden consultar los medios de presentación de escritos, solicitudes o documentos en el sitio web de la Sede Electrónica de la UPC.

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases en el DOGC.

Con la cumplimentación del formulario de solicitud, las personas candidatas dan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la presente convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente, así como a la realización por parte del órgano convocante y el tribunal de las comprobaciones y las acreditaciones de oficio.

De conformidad con el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, se establecen las garantías necesarias para facilitar la integración en la función pública de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con el resto de personas candidatas.

Las personas candidatas que desen acogerse al reconocimiento de su discapacidad, deberán presentar una certificación de los órganos competentes del Departamento de Derechos Sociales de la Generalidad de Cataluña que acredite dicha condición condición y la compatibilidad para llevar a cabo las actividades que correspondan al puesto de trabajo o realizar las pruebas.

   b) Admisión de candidaturas:

En el correspondiente apartado de la web de la UPC se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con los apellidos y nombre de las personas admitidas y con el número de documento de identificación y el motivo o motivos de exclusión en el caso de las personas excluidas. También se indicarán las personas que han acreditado los conocimientos de lengua catalana y/o española establecidos en la convocatoria y que están exentas de realizar la prueba.

Las personas candidatas dispondrán de un plazo de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista provisional, para aportar la documentación que permita subsanar la exclusión provisional a través del Registro telemático de la UPC.

Finalizado este plazo, se publicará la lista definitiva de personas admitidas, con indicación de las correspondientes acreditaciones de las lenguas requeridas, y de las personas excluidas, con indicación de los motivos de su exclusión.

En caso de no recibir ninguna alegación en el plazo establecido, la lista provisional se considerará definitiva y se hará constar en ella el régimen de recursos legalmente disponibles.

 

QUINTA. Tribunal

De acuerdo con el artículo 20 del 6.º Convenio colectivo, el tribunal calificador del concurso tendrá la siguiente composición:

   - Un presidente o presidenta.

   - La persona responsable del Área de Personal o la persona en quien delegue.

   - Un vocal o una vocal que tenga relación con el ámbito de especialidad de la plaza objeto de convocatoria, designado por la Gerencia de la Universidad.

   - Dos vocales designados por el Comité de Empresa.

Un miembro del Área de Personal de la Universidad, que actuará cómo secretario o secretaria, con voz pero sin voto.

Para el desarrollo del concurso se nombrará un tribunal específico. Los nombres de las personas designadas para formar parte del tribunal se harán públicos en la correspondiente página web de la convocatoria.

Los miembros del tribunal deberán poseer una titulación con un nivel académico igual o superior al exigido para el puesto de trabajo o pertenecer a un grupo igual o superior al del puesto trabajo, excepto en casos debidamente justificados.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de actuar y deberán presentar la renuncia
expresa ante el rector de la UPC en caso de incurrir en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Una vez constituido el tribunal, para que los acuerdos adoptados sean válidos, deberán estar presentes la persona que ocupa la presidencia, la que ocupa la secretaría y, como mínimo, la mitad de sus miembros.

El tribunal podrá acordar, por mayoría de sus miembros, incorporar a asesores o asesoras especialistas, que actuarán con voz pero sin voto, con el fin de consultarlos sobre aquellos aspectos técnicos que considere oportunos.

En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado los procesos selectivos un número de personas candidatas superior al número de plazas objeto de convocatoria.

El tribunal queda facultado para resolver aquellas dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del proceso selectivo, en todo aquello que no esté previsto en las presentes bases.

A efectos de comunicaciones y otras incidencias, el tribunal tiene su sede en el Servicio de Desarrollo Profesional (edificio Vèrtex, plaza Eusebi Güell, n.º 6, 08034 Barcelona).

La fecha de constitución del tribunal está prevista para el mes de junio de 2023.

 

SEXTA. Pruebas de conocimientos de lengua catalana y/o española

Las personas candidatas que no estén exentas, de acuerdo con lo establecido en la base tercera de la presente convocatoria, deberán realizar las pruebas para valorar sus conocimientos de cada una de las lenguas que no tengan acreditadas.

Las pruebas constarán de una primera parte escrita y una segunda parte oral.

La parte escrita consistirá en un cuestionario de aspectos gramaticales y léxicos y una redacción, y la parte oral consistirá en una prueba de expresión oral de catalán y/o español.

Las pruebas tendrán una valoración de apto o no apto. En caso de que el resultado sea no apto o el candidato o candidata no se presente a la prueba, la persona candidata quedará eliminada de la convocatoria.

En caso de que el resultado de la prueba sea apto, este resultado también será válido para aquellos otros concursos en la misma UPC a los que se presente la misma persona aspirante durante un año a partir del momento en que haya realizado la prueba.

 

SÉPTIMA. Desarrollo y valoración del proceso de selección

      7.1 Fases y puntuación del proceso de selección

La selección se realizará en las siguientes fases:

   a) Primera fase: Prueba de conocimientos o de adecuación a las funciones del puesto de trabajo

Valoración de la prueba: hasta 5 puntos.

La puntuación mínima exigida para acceder a la entrevista será de 2,5 puntos.

En caso de que la prueba conste de varias partes eliminatorias, el tribunal fijará la puntuación máxima de cada una de las partes y la puntuación mínima; para su superación deberá lograrse la mitad de la puntuación exigida.

   b) Segunda fase: Entrevista personal

Valoración de la entrevista: hasta 5 puntos.

La puntuación mínima exigida para su superación será de 2,5, puntos.

La puntuación final en el proceso selectivo será la suma de las puntuaciones obtenidas a cada fase, siempre que se haya logrado la puntuación mínima establecida para su superación.

      7.2 Criterios de valoración del proceso de selección

El tribunal establecerá y hará públicos los criterios de valoración de los ejercicios con anterioridad a la realización de la prueba o pruebas y de la entrevista.

Se harán públicas las calificaciones obtenidas en las diferentes fases, indicando el nombre y apellidos de las personas candidatas que hayan superado el ejercicio y el DNI/NIE en el caso de las personas que no la hayan superado.

      7.3 Desarrollo de las pruebas

Las personas candidatas serán convocadas a cada ejercicio en llamamiento único y se excluirá a aquellas personas que no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor, justificados debidamente y cuya trascendencia aprecie el tribunal.

La publicación de las listas, anuncios, criterios de valoración, resultados y emplazamiento de realización de las pruebas se efectuará en la página web de la UPC, en el apartado de Concursos y Oposiciones del PAS, en la página "Concursos laborales externos de personal fijo".

El trámite correspondiente a cualquier comunicación de las personas aspirantes hacia el tribunal deberá realizarse mediante la Sede Electrónica de la UPC y se dirigirá al Servicio de Desarrollo Profesional y al presidente o presidenta o al secretario o secretaria del tribunal, en su condición de miembros del mismo. No se considerará comunicación válida en caso de que dicha comunicación se remita directamente al puesto de trabajo de los miembros del tribunal.

Si en el transcurso del procedimiento selectivo el tribunal es conocedor del incumplimiento de alguno de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria por parte de alguna de las personas aspirantes, deberá comunicarlo al rector de la Universidad, quien adoptará las medidas pertinentes.

Cualquier participante que realice actos dirigidos a alterar el principio de igualdad y méritos que deben regir todo proceso para el acceso a puestos de trabajo o cargos públicos quedará excluido del proceso selectivo.

El tribunal requerirá, en llamada única, al principio de cada prueba o ejercicio, la identificación de las personas aspirantes mediante la presentación del DNI, NIE o pasaporte originales. La falta de identificación o la ausencia de la persona aspirante en el momento de la llamada, dará lugar a su exclusión automática del proceso selectivo.

 

OCTAVA. Propuesta de resolución

El tribunal propondrá a la persona candidata que obtenga una puntuación más alta, sumando las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

La persona candidata seleccionada será la que logre la puntuación más alta en el total de las pruebas realizadas y la entrevista, siempre que hayan sido superadas.

 

NOVENA. Comunicaciones a las personas candidatas

Toda la información relativa a la presente convocatoria (lista de personas admitidas y excluidas, convocatoria de la prueba y/o entrevista, resultados, criterios...) se publicará en el sitio web www.upc.edu/sdp, en el apartado de Concursos PAS "concursos laborales externos de personal fijo", y se considerará notificada a las personas interesadas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con la publicación de esta información se considerará notificada a las personas interesadas de forma oportuna y se iniciarán los plazos para posibles reclamaciones o recursos.

La Administración podrá subsanar en cualquier momento los errores aritméticos, materiales y de hecho.

A los efectos de las presentes bases, incluida la resolución de recursos por vía administrativa, los plazos referidos se computarán con arreglo al calendario de días inhábiles 2023 publicado en la Sede Electrónica de la UPC, en la dirección https://seuelectronica.upc.edu/ca/sobre-la-seu/eines/calendari-dies-inhabils-2023.

 

DÉCIMA. Resultado y asignación de las plazas

El tribunal encargado de la resolución de la convocatoria elevará una propuesta al rector de la Universitat Politècnica de Catalunya para su contratación. En cualquier caso, el número de personas seleccionadas no podrá exceder el número de plazas ofertadas.

En caso de que la persona propuesta no llegue a incorporarse, el tribunal podrá optar, de forma motivada, por declarar la plaza vacante o proponer su adjudicación a la siguiente persona candidata en el orden de valoración formulado, siempre que dicha persona haya superado todas las pruebas.

 

DECIMOPRIMERA. Acreditación de condiciones

Dentro del plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del resultado final de la convocatoria, la persona que haya sido propuesta deberá presentar a la Universitat Politècnica de Catalunya la siguiente documentación, siempre que no esté ya en disposición de la Universidad:

         a) Una copia del documento nacional de identidad o del documento oficial acreditativo de la nacionalidad, en caso de ser personal externo a la UPC.

         b) Una copia del título exigido en la convocatoria con carácter general o de un nivel superior al exigido o del resguardo de abono de los derechos para la obtención del título.

         c) Una copia del título o la acreditación de la formación requerida para las plazas con requisitos adicionales de acceso.

         d) Las personas candidatas con discapacidad deberán presentar un certificado de un equipo oficial de valoración y orientación laboral que acredite la condición legal de discapacidad, la compatibilidad para al desarrollo de las actividades y funciones correspondientes a las plazas ofertadas, y, si procede, las adaptaciones necesarias en el puesto de trabajo.

         e) Una declaración responsable de no padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se opta; de no estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública, y de no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, y, en caso de no poseer la nacionalidad española, de no tener impedimento alguno para el acceso a la función pública en el Estado de origen.

La documentación que se presente en una lengua extranjera deberá ir acompañada de la correspondiente traducción jurada.

Las personas que hayan sido propuestas que no presenten la documentación mencionada en el plazo establecido o las que, una vez examinada la documentación, carezcan de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir en caso de falsedad en su solicitud.

 

DECIMOSEGUNDA. Derecho de acceso a la documentación

La documentación aportada por las personas candidatas al concurso estará sujeta a lo establecido en el artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en la que se establece que aquellos ciudadanos y ciudadanas que disfruten de la condición de personas interesadas en este procedimiento administrativo en tramitación tienen derecho a acceder al expediente y a obtener una copia de los documentos que forman parte del mismo, incluidos los expedientes del resto de personas candidatas. Por todo ello, los documentos que se entreguen deben evitar información innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una especial protección. En cualquier caso, solo se dará acceso a la información en caso de no entrar en conflicto con el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.

 

DECIMOTERCERA. Reclamaciones

Actos del tribunal:

Contra los actos de trámite del tribunal que decidan directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de seguir el proceso selectivo, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante el rector de la UPC, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del acto del tribunal, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Resoluciones del rector o del gerente, por delegación de competencia del rector:

Contra las resoluciones del rector o del gerente, dictadas por delegación de competencia del rector, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social de Barcelona, o el que corresponda a su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución que se impugne, de conformidad con los artículos 2.a y 69.2 2.a de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, independientemente de su inmediata ejecutividad y sin perjuicio de ejercer cualquier otro que estimen oportuno.

 

 

Anexo 1 de las bases: perfil específico plaza 194-125

 

Plaza

Encargado/a de mantenimiento

Código

194-125

Destino

UTG Campus Diagonal-Besòs

Perfil genérico

Encargado/a de mantenimiento

Códigos RLT

71012162

Grupo

3

 

 

Condiciones de trabajo

   - Contrato laboral fijo

   - Jornada partida de 35 horas semanales

   - Retribución bruta anual: 31.828,06 €

   - Lugar de trabajo: Campus Diagonal-Besòs

 

Requisitos

Titulación de formación profesional de grado superior (FP2), ciclo formativo de grado medio o bachillerato, preferentemente en el ámbito de la electricidad o la climatización, o con capacidad probada en relación con el puesto de trabajo (como mínimo se requiere el certificado estudios primarios).

 

Perfil específico

 

Competencias organizativas

   - Programar y organizar las actuaciones de mantenimiento correctivo y preventivo a partir de los planes o programas de mantenimiento para que los edificios del Campus Diagonal-Besòs y sus instalaciones se encuentren disponibles para los usuarios.

   - Supervisar el desarrollo de las obras de mejora o reforma de los edificios.

   - Supervisar y exigir el cumplimiento de las normas de seguridad al personal de mantenimiento propio y ajeno a la Universidad.

   - Informar a su superior de las deficiencias en seguridad y señalización dentro de sus conocimientos sobre el ámbito de mantenimiento y prevención de riesgos.

   - Supervisar la correcta gestión de residuos de mantenimiento, voluminosos e informáticos.

   - Establecer objetivos operativos y supervisar las tareas del personal a su cargo para favorecer y asegurar su adecuada realización, coordinando la actuación del equipo, para asegurar la prestación de los servicios y la consecución de los objetivos de la unidad.

   - Realizar propuestas de necesidades de recursos materiales y realizar los pedidos necesarios de mantenimiento con el fin de asegurar su aprovisionamiento y calidad.

   - Revisar, introducir información y actualizar los programas de gestión de mantenimiento.

   - Integrar, informar y ejecutar los procesos y procedimientos de la UPC relacionados con la prevención de riesgos laborales respetando y haciendo respetar la política de prevención y cumpliendo y haciendo cumplir los objetivos del Plan de prevención, con el fin de velar por la aplicación de la legislación vigente y el desempeño de los objetivos en seguridad y salud integrando la prevención en todas las decisiones y actuaciones en el ámbito de su competencia.

 

Competencias técnicas

Se valorarán los conocimientos y experiencia en:

   - Reglamentos y normativas técnicas de aplicación a los edificios: instalaciones electrotécnicas de baja tensión, instalaciones térmicas, equipos a presión, legionelosis y calidad ambiental, etc.

   - Mantenimiento correctivo y preventivo de edificios e instalaciones. Normativas legales de mantenimiento preventivo de instalaciones: contra incendios, ascensores, gas, electricidad, alumbrado, ventilación, climatización, etc.

   - Automatización de edificios y ahorro energético. Plan de ahorro energético de la UPC.

   - Técnicas y metodologías de planificación y organización del trabajo, control y seguimiento.

   - Técnicas de gestión de equipos. Coordinación de actividades y equipos de trabajo.

   - Técnicas de comunicación y de atención y asesoramiento a usuarios.

   - Estructura y organización universitaria y de la UPC. Docencia, investigación y servicio público. Normativa universitaria.

   - Normativas y medidas en prevención de riesgos laborales y seguridad en el trabajo en el ámbito de mantenimiento. Plan de prevención de la UPC. Conocimiento de las medidas de prevención de riesgos laborales y salud asociadas al uso y manipulación de las herramientas, equipos e instrumental. Planes de emergencia y autoprotección.

   - Gestión de compras: búsqueda de proveedores, gestión de compras y materiales... Normativa y criterios.

   - Reciclaje, recogida selectiva y medio ambiente. Normativa y criterios.

   - Técnicas de análisis y resolución de problemas.

   - Ofimática y herramientas de comunicación electrónica a nivel usuario. La Administración electrónica. Aplicaciones informáticas de apoyo a la gestión y a la toma de decisiones. Archibus. Programas de gestión de mantenimiento y telegestión. Conocimientos de dibujo asistido por ordenador.

   - Hablar, leer y escribir en catalán y español. Se valorarán los conocimientos de inglés.
Se valorará la experiencia en funciones similares a las descritas.

 

Competencias personales

Compromiso con el servicio público y la institución, planificación y consecución; comunicación, flexibilidad y espíritu de equipo; resolución de problemas y orientación a la mejora.

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