Departamento de Empresa y Trabajo - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8924)

RESOLUCIÓN EMT/1744/2023, de 15 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del Convenio colectivo de trabajo para empresas y trabajadores/as de enfermos y accidentados en ambulancia (transporte sanitario) (código de convenio núm. 79001955012002).

Visto el texto del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del Convenio colectivo de trabajo para empresas y trabajadores/as de enfermos y accidentados en ambulancia (Transporte sanitario), suscrito en fecha 17 de febrero de 2023, y la aclaración presentado en fecha 19 de abril de 2023, por la parte social por los representantes de Comisiones Obreras (CCOO), Unión General de Trabajadores (UGT), Unión Sindical Obrera de Cataluña (USOC) y SINDI.CAT, y por la parte empresarial por los representantes de la Asociación Catalana de Empresarios de Ambulancias (ACEA), y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/ 2015, de 23 de octubre; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

 

Resuelvo:

 

―1 Disponer la inscripción del acuerdo parcial mencionado en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo, y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión negociadora.

 

—2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

 

Barcelona, 15 de mayo de 2023

 

Òscar Riu Garcia

Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

 

 

Traducción del texto original firmado por las partes

 

Texto del acuerdo/Acta de la reunión número 37 de la Comisión negociadora del Convenio colectivo autonómico de Cataluña de transporte sanitario

 

 

Acuerdos

1. Incrementar todos los conceptos salariales y extrasalariales del Convenio con un importe del 9,63% con efectos de marzo, desapareciendo el concepto A cuenta Convenio del 7,08% en la misma fecha.

El resultado del acuerdo alcanzado es la tabla salarial que se adjunta como anexo, que se llevará a publicación y sustituirá a la que, en estos momentos, está publicada y que deberá ser aplicada este mismo mes. Todo ello sin perjuicio de lo que se acuerda en el apartado siguiente por los retrasos.

 

2. Retrasos: las empresas que ya estaban abonando el 7,08% a cuenta del Convenio, tendrán que abonar el 2,55% diferencial desde el 1 de enero de 2022, pero este pago no se hará efectivo hasta que las empresas puedan cobrar el 0,95% correspondiente a la actualización del año 2022 de las tarifas del CatSalut, importe que todavía no se está pudiendo facturar. Los atrasos incluirán el 7,08% acordado en el PCB 578/2019 correspondiente al mes adicional arrastrado desde esta fecha.

 

3. Sustituir el actual redactado del artículo 14 por el siguiente que se lleva a publicación:

Artículo 14

Horas ordinarias

Se acuerda la desaparición de la antigua tabla del Precio de hora del Convenio y se sustituye por el cálculo del precio de la hora ordinaria que se realizará con la siguiente fórmula:

 

     [(Salario base + Complemento de formación + Antigüedad) x número de pagas]
-----------------------------------------------------------------------------------------
                                     Jornada laboral ordinaria

 

Siendo la jornada de 2022 de 1800 horas y la de 2023 de 1752.

En años sucesivos, caso que se acuerden nuevas reducciones de jornada, el divisor será siempre el de la jornada anual pactada.

 

4. Ratificar el contenido de la Transitoria Octava para que quede claro que todos los compromisos continúan vinculantes a lo que recoge la referida cláusula.

Se acuerda que la negociación del Convenio continuará el mes de mayo en el lugar designado por ACEA, con el resto de materias pendientes de negociación que las partes harán llegar a la contraria con un mínimo de 15 días de antelación a la fecha de la reunión, a fin y efecto de que cada parte pueda estudiar las propuestas para continuar avanzando en el acuerdo final de Convenio.

Se autoriza al Director de ACEA a la publicación de la presente acta y las tablas salariales adjuntas al REGCON como acuerdo parcial de Convenio.

 

Finaliza la sesión a las 14.00 h. del día inicialmente indicado.

 

En prueba de conformidad firman todos los asistentes que figuran en el encabezamiento del acta.

 

 

Anexo 1

Festividades y domingos

 

A. Retribución festividades especiales: todo el personal incluido en este Convenio que trabaje, en jornada media o total, los días: 25 de diciembre, 1 de enero, Viernes Santo, Pascua Florida y 24 de junio percibirán, con carácter extraordinario, la cantidad de 5,95€ por hora trabajada en festivo (de 0 a 24 señalado).

Los días 24 de diciembre y 31 de diciembre percibirán con carácter extraordinario la cantidad de 5,95€ por hora trabajada en festivo (de 22 horas del día a las 22 horas del día siguiente).

 

B. Retribución resto festividades no locales: percibirán con carácter extraordinario la cantidad de 2,97 € por hora trabajada en festivo (de 0 a 24 horas del día señalado).

 

C. Retribución fiestas locales: percibirán con carácter extraordinario la cantidad de 2,38€ por hora trabajada en festivo (de 0 a 24 horas del día señalado).

 

D. No tendrán ninguna retribución las fiestas recuperables.

 

E. Retribución domingos no coincidentes con festivos: percibirán con carácter extraordinario la cantidad de 0,58 € por hora trabajada en domingo (de 0 a 24 horas del día señalado)

 

Dietas

 

Concepto

Cuantía

Comer

11,89 €

Cenar

11,89 €

Pernoctar y desayunar

17,85 €

Suma de los tres conceptos

41,64

 

 

Asistencia y puntualidad: 120,60 €

 

Premio de fidelidad/vinculación

Cuando el trabajador/a habiendo pasado de los 60 años permanezca vinculado a la empresa percibirá una cantidad adicionada a la antigüedad que le corresponda, por 14 pagas por año, consistente en:

 

Con 10 años de antigüedad en la empresa

6,67 € por paga

Con 15 años de antigüedad en la empresa

21,22 € por paga

Con 20años de antigüedad en la empresa

24,86 € por paga

Con 35 años de antigüedad en la empresa

29,11 € por paga

 

 

Tablas salariales del Convenio colectivo de transporte sanitario

 

Efecto 1 de enero de 2022 (valores en EUR)

 

2022

 

Categorías

Salario base

Comp. Formación

Director/a

2.167,69

376,35

Director/a de Àrea.

2.034,02

352,76

Médico/a

2.154,16

373,96

DUI/ATS

1.802,60

311,92

Jefe de Tráfico

1.606,55

277,32

Jefe de Equipo

1.532,20

264,20

TTS/TES Conductor/a

1.547,59

266,92

TTS/TES Ayudante/a portaliteras

1.442,47

248,37

TTS/TES Camillero

1.399,46

240,77

Jefe de Taller

1.569,07

270,70

Mecánico/a

1.514,64

261,09

Chapista

1.484,87

255,84

Pintor/a

1.484,87

255,84

Ayudante Mecánico/a

1.424,02

245,11

Especialista administrativo/a

1.586,31

273,75

Oficial administrativo/a

1.371,99

235,92

Auxiliar administrativo/a

1.206,26

206,67

Telefonista/Recepcionista

1.231,63

211,16

Personal de limpieza

856,00

144,00

 

 

Las personas con certificado profesional sólo cobrarán el complemento de formación cuando tengan la formación requerida, sin perjuicio del derecho adquirido reconocido en la Transitoria Tercera para las personas incluidas en la misma.

 

 

Tabla de antigüedad y nocturnidad para 2022

 

 

Antigüedad Trienios

Nocturnidad
Precio/hora

Categoría

1

2

3

4

5

6

7

Director/a

47,95

95,90

143,86

191,81

239,77

287,72

335,68

0,88

Director/a de Área

43,45

86,88

130,32

173,75

217,20

260,63

304,08

0,87

Médico/a

47,50

94,99

142,50

189,98

237,48

284,97

332,47

0,87

DUI/A.T.S.

35,62

71,25

106,87

142,50

178,10

213,73

249,35

0,80

Jefe de Tráfico

29,01

58,01

86,99

116,00

145,00

174,00

203,01

0,84

Jefe de Equipo

26,50

52,97

79,47

105,96

132,44

158,93

185,43

0,78

TTS Conductor/a

26,21

52,41

78,63

104,82

131,02

157,23

183,43

0,79

TTS Ayudante/a camillero

22,82

45,67

68,50

91,34

114,17

137,00

159,84

0,68

TTS Camillero

21,47

42,93

64,40

85,85

107,33

128,78

150,25

0,65

Jefe de Taller

27,73

55,47

83,20

110,93

138,67

166,41

194,13

0,81

Mecánico/a

25,89

51,80

77,68

103,58

129,47

155,38

181,26

0,75

Chapista

24,89

49,77

74,67

99,56

124,44

149,33

174,23

0,72

Pintor/a

24,89

49,77

74,67

99,56

124,44

149,33

174,23

0,72

Ayudante Mecánico/a

22,82

45,67

68,50

91,34

114,17

137,00

159,84

0,67

Especialista Administrativo/a

28,32

56,62

84,95

113,26

141,58

169,89

198,21

0,83

Oficial Administrativo/a

27,22

54,45

81,67

108,91

136,13

163,36

190,59

0,76

Auxiliar Administrativo/a

23,99

47,95

71,94

95,90

119,89

143,86

167,84

0,70

Telefonista/Recepcionista

24,21

48,40

72,62

96,83

121,03

145,23

169,43

0,70

Personal de limpieza

16,41

32,85

49,26

65,68

82,10

98,52

114,94

0,64

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4352 {"title":"Departamento de Empresa y Trabajo - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8924)","published_date":"2023-05-26","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya","id":"4352"} catalunya Departamento de Empresa y Trabajo,DOGC,DOGC 2023 nº 8924,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2023-05-26/4352-departamento-empresa-trabajo-otras-disposiciones-dogc-n-2023-8924 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.