RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convoca al levantamiento de las actas previas a la ocupación de determinados bienes y/o derechos, afectados por el proyecto de las obras de dos plantas fotovoltaicas en autoconsumo para la modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Páramo Medio (León).
En virtud de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (BOE 30/12/99), se declararon de interés general las obras de modernización de las infraestructuras de regadío de la Comunidad de Regantes del Páramo Medio (León), anteriormente englobadas dentro de las del Páramo Bajo, llevando implícita las declaraciones de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Que el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, tiene competencias en la ejecución de las obras de modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes conforme a la Ley 7/2002, de 3 de mayo de 2002.
Que, las distintas partes implicadas, están interesadas en el suministro de la energía necesaria, mediante sistemas eficientes y de menor coste y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León, por medio del ITACYL, cuenta entre sus prioridades con el desarrollo de un nuevo modelo de I+i, (investigación e innovación) agroalimentario, destinado al incremento de la competitividad del sector de una manera sostenible y respetuosa con el medio ambiente. Dentro de la primera área de este nuevo modelo se encuentra la línea de sistemas de producción sostenible y rentabilidad de las explotaciones. Las vigentes tarifas eléctricas con el cambio de peajes eléctricos y periodos tarifarios suponen un incremento de costes en los regadíos, por ello tiene interés en pilotar sistemas eficientes y provenientes de energías alternativas a las fósiles, económicamente más eficientes, que permitan una evolución progresiva a un regadío más productivo, y a su vez con menor impacto medioambiental reduciendo su huella de carbono.
Por todo lo anterior, con fecha 17 de enero de 2022, entre el ITACYL y la Comunidad de Regantes Páramo Medio, se firmó el «Convenio entre el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León y la Comunidad de Regantes Páramo Medio para el pilotaje de sistemas innovadores y sostenibles de suministro energético para el riego basados en energías alternativas en el regadío de la comunidad de regantes», correspondiendo en consecuencia al citado instituto, la redacción del «Proyecto de las obras de dos plantas fotovoltaicas en autoconsumo para la modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Páramo m Medio (León)»
En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y mediante Resolución de 21 de enero de 2024, del Director del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, se acordó someter a información pública el «Proyecto de las obras de dos plantas fotovoltaicas en autoconsumo para la modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Páramo Medio (León)», durante un período de 20 días hábiles, publicándose en el B.O.C. y L. n.º 29, de 9 de febrero de 2024, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de León n.º 29, de 9 de febrero de 2024, en El Diario de León de fecha 9 de febrero de 2024, así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Valdevimbre, según certificado de fecha 19 de marzo de 2024.
Finalmente, por Resolución de 13 de marzo de 2024, del Director General del Instituto Tecnológico Agrario, se aprobó el «Proyecto de las obras de dos plantas fotovoltaicas en autoconsumo para la modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Páramo Medio (León)», habiéndose publicado la misma en el B.O.C. y L. n.º 56, de 19 de marzo de 2024, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de León n.º 56, de 19 de marzo de 2024, y en El Diario de León de fecha 19 de marzo de 2024. En el citado proyecto, que comprende la descripción concreta e individualizada de los bienes a expropiar, se refleja la falta de disponibilidad sobre los terrenos en los que han de ejecutarse las obras del proyecto aprobado, y al no haberse obtenido la totalidad de los permisos de ocupación por la vía del acuerdo, resulta necesario por tanto, acudir a la expropiación forzosa como única vía de obtención de las superficies necesarias para su ejecución, habiéndose cumplido por otra parte con todos los presupuestos necesarios: declaración de utilidad pública, interés general y necesidad de urgente ejecución.
Por último y mediante Orden de 4 de marzo de 2024, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, se ha acordado iniciar el expediente de expropiación forzosa para la ejecución del citado proyecto.
En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento, procede por el presente, convocar a los titulares de determinados bienes y derechos afectados, de acuerdo con el anuncio de convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en los periódicos El Diario de León y La Nueva Crónica y con el anuncio con relación de titulares publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Valdevimbre, donde radican los bienes y derechos afectados; para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas, asistan al levantamiento de las correspondientes actas previas a la ocupación en el lugar, fecha y horas que a continuación se indican:
LUGAR | FECHA | HORAS |
---|---|---|
AYTO. DE VALDEVIMBRE | 22 de agosto de 2024 | De 10:00 a 12:00 |
La especificación de las distintas afecciones se pormenoriza de la siguiente forma:
- 1. Expropiación permanente de la superficie de terreno ocupado por elementos fijos en superficie como son los campos de placas y la caseta de seccionamiento.
- 2. Servidumbre de paso de energía eléctrica en una franja de 2 metros centrados en el eje de la canalización desde los campos fotovoltaicos hasta los puntos de conexión.
- 3. Ocupación temporal de los terrenos necesarios en la fase de ejecución de las obras.
A dichos actos, que serán notificados individualmente por correo certificado y con acuse de recibo los interesados, deberán comparecer los interesados afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, acompañados de los arrendatarios si los hubiere, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponda al bien afectado; pudiendo hacerse acompañar, si así lo desean, de un notario y peritos, con gastos a su costa.
Asimismo, la presente publicación se realiza igualmente a los efectos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sirviendo como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquéllos de los que se ignore su paradero.
Conforme establece el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, los interesados, así como las personas que siendo titulares de algún derecho o interés económico sobre los bienes afectados radicados en el citado Término Municipal, y que se hayan podido omitir en la relación publicada en los medios antes citados, podrán formular por escrito tanto ante esta Dirección General de Desarrollo Rural, sita en Ctra. de Burgos, km 119 - Apdo. 172 - 47080 Valladolid, como a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Páramo Medio, sita en Avda. de la Florida, 22, 24252 Bercianos del Páramo (León), las alegaciones que estimen oportunas, incluso a los efectos de subsanar los posibles errores que se hubieran podido cometer al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación y afectados por el citado expediente expropiatorio, poniendo a su disposición el número de teléfono de atención 987.25.75.41, para cualquier aclaración o duda.
Valladolid, 9 de julio de 2024.
El Director General de Desarrollo Rural,
Fdo.: Jorge Jesús Izquierdo Arribas
Anexo
Relación de titulares, bienes y derechos afectados, convocados al levantamiento de las actas previas a la ocupación pertenecientes al término municipal de Valdevimbre, afectados por el: «Proyecto de las obras de dos plantas fotovoltaicas en autoconsumo para la modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Páramo Medio (León)».
T.M.: Valdevimbre.
N.º FINCA | POL. | PARC. | REF. CATASTRAL | CALIFICACIÓN | TITULARES | Dominio m² | Temporal m² | Serv. Acued. m² |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | 801 | 49 | 24190A80100049 | LABOR REGADÍO | COMUNIDAD DE REGANTES DEL PÁRAMO MEDIO | 37.117,00 | 0,00 | 0,00 |
2 | 801 | 9002 | 24190A80109002 | HIDROGRAFÍA | MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA y ALIMENTACIÓN | 0,00 | 16,00 | 8,00 |
3 | 801 | 58 | 24190A80100058 | LABOR REGADÍO | MIGUEL VIDAL GARCÍA HDROS. DE CAYO VIDAL GARCÍA | 0,00 | 562,00 | 281,00 |
4 | 801 | 57 | 24190A80100057 | LABOR REGADÍO | ABEL GONZÁLEZ ARIAS | 0,00 | 562,00 | 281,00 |
5 | 106 | 9023 | 24190A10609023 | VÍA DE COMUNICACIÓN | AYUNTAMENTO DE VALDEVIMBRE | 0,00 | 554,00 | 277,00 |
6 | 802 | 9003 | 24190A80209003 | VÍA DE COMUNICACIÓN | AYUNTAMIENTO DE VALDEVIMBRE | 0,00 | 3.342,00 | 1.671,00 |
7 | 802 | 13 | 24190A80200013 | LABOR REGADÍO | FLORENTINA ÁLVAREZ SAN MILLÁN | 46,00 | 33,00 | 0,00 |
8 | 811 | 23 | 24190A81100023 | LABOR REGADÍO | COMUNIDAD DE REGANTES DEL PÁRAMO MEDIO | 14.770,00 | 0,00 | 0,00 |
9 | 811 | 24 | 24190A81100024 | LABOR REGADÍO | COMUNIDAD DE REGANTES DEL PÁRAMO MEDIO | 10.334,00 | 0,00 | 0,00 |
10 | 811 | 9006 | 24190A81109006 | HIDROGRAFÍA | MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA y ALIMENTACIÓN | 0,00 | 76,00 | 38,00 |
11 | 813 | 9001 | 24190A81109001 | VÍA DE COMUNICACIÓN | DIPUTACIÓN DE LEÓN | 0,00 | 1.412,00 | 706,00 |
12 | 811 | 28 | 24190A81100028 | LABOR REGADÍO | COMUNIDAD DE REGANTES DEL PÁRAMO MEDIO | 16.639,00 | 0,00 | 0,00 |