RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Fresno de Cantespino (Segovia), por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir en régimen laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, la plaza de Conductor Oficial 1.ª denominada «Conductor Vehículos Municipales y Camión Extinción de Incendios». Expte.: 197/2024.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2024/0165 de fecha 8 de julio de 2024 las bases y convocatoria para cubrir la plaza de conductor oficial 1ª denominada «conductor vehículos municipales y camión extinción de incendios», en régimen laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial del Estado.

Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria y el proceso de selección:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN

Primera.- Normas Generales

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2024, aprobada por Resolución de Alcaldía 2024-0023 de fecha 28 de enero de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 25 de fecha 5 de febrero de 2024, cuyas características son:

Denominación de la plaza

Conductor vehículos municipales y camión extinción de incendios

Régimen

Personal laboral fijo

Unidad/Área

Servicio de Obras e infraestructuras

Categoría profesional

Conductor - Oficial 1ª

Titulación exigible

Graduado en E.S.O., Graduado Escolar o equivalente

Sistema selectivo

Concurso-oposición

N.º de vacantes

1

Segunda.- Modalidad del Contrato

La modalidad del contrato es de carácter fijo y en régimen de dedicación a tiempo completo.

La jornada de trabajo será de 37,50 horas semanales, fijando como día de descanso el domingo.

El horario de trabajo será de lunes a sábado hasta alcanzar las horas semanales indicadas anteriormente; salvo las salidas que sean necesarias con el camión de extinción de incendios.

Se fija una retribución bruta anual de 22.400,00 euros.

Tercera.- Condiciones de Admisión de Aspirantes

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 46 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León en relación con el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

  • a) Ser español/a o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  • b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • c) Estar en posesión del Título académico oficial de Graduado en E.S.O., Graduado Escolar o equivalente.
  • En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.
  • d) Estar en posesión del Permiso de Conducción C+E (válido para camiones de cualquier tonelaje con remolque).
  • e) Estar en posesión del certificado de aptitud profesional (CAP).
  • f) Tener un saldo mínimo de 12 puntos del permiso de conducir.
  • g) Poseer la capacidad funcional y psicofísica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones inherentes al puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Se entenderá que no sufre enfermedad ni defecto psíquico o físico que impida el normal ejercicio de las correspondientes tareas.
  • h) No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • i) Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.

Cuarta.- Forma y Plazo de Presentación de Instancias

Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Fresno de Cantespino, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://fresnodecantespino.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios.

Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.

Quinta.- Admisión de Aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://fresnodecantespino.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios, se concederá un plazo de cinco días hábiles para la subsanación.

Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.

Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://fresnodecantespino.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios. En esta misma publicación se hará constar [el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento [dirección https://fresnodecantespino.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento [dirección https://fresnodecantespino.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.

Sexta.- Tribunal Calificador

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

La composición del tribunal calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:

Presidente.- El Jefe del Servicio de Obras e Infraestructuras de la Diputación Provincial de Segovia.

Vocales:

Don vocales designados a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Dos funcionarios/as de carrera designados por la Diputación Provincial de Segovia.

Secretaria.- La Secretaria General de la Agrupación de Secretaría de Carabias.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.

El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima.- Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos

La selección constará de dos Fases, una Fase de Concurso y una Fase de Oposición:

7.1.- Fase Primera.- de Concurso:

La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la Fase de Oposición y consistirá en la valoración de los méritos acreditados documentalmente por los aspirantes referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

7.1.1.- Baremo de méritos.

El baremo de méritos de la Fase de Concurso se regirá por los siguientes apartados:

  • a) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en Centros y Dependencias de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exija el permiso de conducción C, C+E, D ó D+E, o como conductor de maquinaria pesada utilizada en obras de carreteras para cuyo manejo se exija estar en posesión de un determinado permiso de conducir, 0,80 puntos por cada año de servicio.
  • b) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en Centros y Dependencias de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exijan permisos de conducir distintos de los enumerados en el apartado a) anterior, o como conductor de maquinaria utilizada en obras de carreteras que no tenga la consideración de maquinaria pesada, o como peón - maquinista 0,40 puntos por cada año de servicio.
  • c) Por servicios efectivos prestados como contratado laboral indefinido o temporal, en Empresas, Entidades o Centros Privados, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exija el permiso de conducción C, C+E, D ó D+E, o como conductor de maquinaria pesada utilizada en obras de carreteras para cuyo manejo se exija estar en posesión de un determinado permiso de conducir, 0,60 puntos por cada año de servicio.
  • d) Por servicios efectivos prestados como contratado laboral indefinido o temporal, en Empresas, Entidades o Centros Privados, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exijan permisos de conducir distintos de los enumerados en el apartado c) anterior, o como conductor de maquinaria utilizada en obras de carreteras que no tenga la consideración de maquinaria pesada, o como peón - maquinista, 0,30 puntos por cada año de servicio.
  • La suma de las puntuaciones por servicios prestados, otorgadas en los apartados a), b), c) y d) anteriores no podrá superar los 5 puntos. Las fracciones de tiempo de servicios prestados inferiores a un año se computarán con la parte proporcional correspondiente. En el caso de que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, la puntuación que corresponda según los apartados a) y b) del Baremo se reducirá en la parte proporcional correspondiente a la jornada de trabajo efectivamente realizada. No se valorarán los servicios superpuestos con otros ya computados, salvo que hayan sido prestados a tiempo parcial, en cuyo caso se valorarán hasta el límite máximo de la jornada completa.
  • e) Por haber superado en, al menos una ocasión, todos los ejercicios de pruebas selectivas convocadas por cualquier Administración Pública para provisión de plazas de Oficial Conductor del Subgrupo C2 o superior, o categoría profesional asimilada a dichos Grupos, como personal funcionario de carrera, o personal laboral fijo, o personal estatutario fijo, se otorgará 1 punto, con independencia del número de pruebas selectivas superadas.
  • f) Por asistencia a cursos, jornadas y seminarios, siempre que su contenido esté directamente relacionados con las funciones a desempeñar en la plaza convocada, se otorgará la siguiente puntuación, en función del número de horas lectivas del curso:
  • Cursos de hasta 20 horas lectivas, o cuya duración no conste expresamente en el diploma o certificado de asistencia al curso, 0,05 puntos cada uno.
  • Cursos de duración comprendida entre 21 y 40 horas lectivas, 0,10 puntos cada uno.
  • Cursos de 41 a 60 horas lectivas, 0,15 puntos cada uno.
  • Cursos de 61 a 80 horas lectivas, 0,20 puntos cada uno.
  • Cursos de más de 80 horas lectivas, 0,25 puntos cada uno.
  • Asimismo, aquellos cursos a los que el aspirante haya asistido en calidad de profesor o ponente, se valorarán con arreglo al grado inmediatamente superior de la escala anterior que corresponda según el número de horas lectivas, sin que supere en ningún caso el máximo de 0,25 puntos.
  • La puntuación total máxima por asistencia a cursos no podrá superar 1,50 puntos.
  • g) Por estar en posesión de titulaciones académicas distintas de la de acceso a la Convocatoria, siempre que esté relacionada con las tareas a desempeñar, se otorgará hasta un máximo de 1,50 puntos, en atención al rango académico de la titulación y del grado de relación que guarde con las tareas a desempeñar.
  • h) Por estar empadronado en el municpio de Fresno de Cantespino, con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, 4 puntos.

Por estar empadronado en un municipio que no diste más de veinte kilómetros al municipio de Fresno de Cantespino, con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, 2 puntos.

7.1.2.- Justificación de los méritos de la Fase de Concurso

Los méritos se acreditarán documentalmente junto con la instancia de solicitud para tomar parte en la Convocatoria y dentro del plazo de presentación de las mismas. La forma de acreditación de los méritos será la siguiente:

1.- Servicios prestados (apartados a, b, c y d) del Baremo):

Si se trata de servicios prestados en el propio Ayuntamiento de Fresno de Cantespino, el aspirante solicitará expresamente la inclusión de dichos servicios en la valoración de méritos, sin que sea necesaria la aportación por el aspirante del certificado de servicios, el cual se expedirá posteriormente de oficio por el propio Ayuntamiento.

Si se trata de servicios prestados en otras Administraciones Públicas distintas del Ayuntamiento de Fresno de Cantespino o empresas privadas, se acreditarán mediante la presentación de los siguientes documentos:

Documento n.º 1.- Certificado de vida laboral debidamente actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el que deberán figurar expresamente cotizados los servicios correspondientes.

Documento n.º 2.- Certificados de servicios expedidos por los Órganos competentes de la Administración Pública o Empresa o Empresas privada en las que hayan prestado sus servicios, que deberán contener el período o períodos de servicios prestados y preferentemente, además, una descripción de las funciones realizadas. Excepcionalmente, si la empresa o entidad hubiera desaparecido o resultara imposible materialmente obtener el certificado de servicios por causas no imputables al interesado, podrán acreditarse en su lugar mediante copia del contrato/s de trabajo o resolución/es de nombra- miento, junto con sus prórrogas y anexos. En todo caso deberá figurar de forma inequívoca la categoría profesional y los períodos de prestación de los servicios, así como el tipo de vehículo manejado y el permiso de conducir exigido para su manejo.

(Para la acreditación de los servicios prestados será necesaria la presentación de ambos documentos, por una parte, el certificado de servicios, o en su defecto contratos de trabajo y por otra parte el certificado de vida laboral, no bastando la presentación de uno solo de ellos).

En el caso de que, entre la documentación aportada por el aspirante no figure la descripción de las funciones realizadas, el Tribunal adoptará la resolución procedente de cara a la valoración o no de los servicios prestados en función de la denominación y características del puesto que figuren en dicha documentación.

2.- Superación de pruebas selectivas (apartado d) del Baremo).- Se acreditará mediante certificado expedido por el Órgano competente de la Administración Pública correspondiente, en el que deberá constar la denominación de la plaza, régimen jurídico de la misma (funcionario de carrera, laboral fijo) e indicación expresa de que han sido superados la totalidad de los ejercicios, debiendo contener además, preferentemente, una descripción de las funciones a asignadas a la plaza. En el caso de que, entre la documentación aportada por el aspirante no figure la descripción de las funciones realizadas, el Tribunal adoptará la resolución procedente de cara a la valoración o no de la superación de las pruebas respectivas, en función de la denominación y características de la plaza que figuren en dicha documentación.

3.- Asistencia a cursos relacionados con las funciones a desempeñar.- (Apartado e) del Baremo).- Se acreditarán mediante fotocopia del diploma correspondiente o certificado de asistencia expedido por la Entidad que lo haya impartido, con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o período de celebración. Si se trata de cursos impartidos como ponente, deberá acreditarse este dato.

4.- Titulaciones académicas distintas de la invocada para participar en la Convocatoria (apartado f) del Baremo) Se acreditarán mediante fotocopia del título o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Los documentos acreditativos de los méritos se acreditarán mediante fotocopias de los originales que se adjuntarán a la instancia antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. No será necesaria inicialmente la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración expresa responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos, y sin perjuicio de que posteriormente pueda, en su caso, requerirse de los aspirantes la aportación de los originales de los documentos que se consideren oportunos para su cotejo y compulsa.

7.1.3.- Publicación de las calificaciones de la Fase de Concurso:

El Tribunal Calificador ordenará la publicación en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, de las calificaciones totales obtenidas en la Fase de Concurso, por los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la Fase de Oposición, junto con las calificaciones obtenidas en dicho ejercicio.

Frente a las puntuaciones otorgadas en la Fase de Concurso, los aspirantes podrán formular las alegaciones que consideren oportunas en el plazo que a tal efecto conceda el Tribunal Calificador, pudiéndose extenderse dicho plazo como máximo hasta la fecha de celebración del segundo ejercicio. Dichas alegaciones podrán referirse sólo a los méritos debidamente acreditados documentalmente dentro del plazo fijado al efecto, sin que proceda la incorporación de nuevos méritos no acreditados o acreditados insuficientemente en el mencionado plazo.

7.2.- Fase de Oposición

7.2.1.- Ejercicios

La Fase de Oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:

Primer ejercicio.- Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas siendo una sola de las respuestas la correcta, relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.

Segundo ejercicio.- Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, un cuestionario de un mínimo de diez y de un máximo de veinte preguntas abiertas, relacionadas con los temas que integran la parte segunda del Programa de la Convocatoria.

Tercer ejercicio.- Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios o pruebas prácticas, relacionadas con las funciones a desempeñar en la plaza convocada.

En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio de que se trate.

7.2.2.- Calificación de los ejercicios

Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes.

El primer ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:

  • a) Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
  • b) A continuación, el Tribunal fijará en el primer ejercicio una nota de corte, en función del número de aspirantes presentados y del número de aspirantes que el Tribunal considere que deben superar el mismo, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen dicha nota de corte. Dicha nota de corte se determinará antes de la identificación nominal de los/as aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima.
  • c) Serán eliminados los/as aspirantes que no alcancen la nota de corte previamente determinada por el Tribunal.

El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

El tercer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos.

En el segundo ejercicio, cada pregunta tendrá el mismo valor máximo.

En el tercer ejercicio el Tribunal adoptará los criterios objetivos de puntuación que estime convenientes los cuáles se pondrán en conocimiento de los aspirantes con carácter previo al inicio del ejercicio.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos y en la página Web de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.

Octava.- Calificación total y definitiva de los aspirantes

8.1.- La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar a la puntuación total alcanzada en la Fase de Concurso y la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por los aspirantes que superen la totalidad de los mismos.

8.2.- En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.

Novena.- Programa que ha de regir en la convocatoria

El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.

Décima.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas

10.1.- Comienzo

Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

10.2.- Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración

La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.

10.3.- Llamamiento de los aspirantes

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

10.4.- Orden de actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todos los aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la letra del abecedario que resulte del sorteo a celebrar por el Tribunal en acto público.

10.5.- Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los su- cesivos ejercicios

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

Undécima.- Relación de aprobados y propuesta de nombramiento

Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la Página Web de Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor del aspirante que, habiendo superado los tres ejercicios de la Fase de Oposición, hubiera obtenido la mayor puntuación total, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuesto al número de la plaza convocada, elevándose dicha propuesta al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de los aspirantes.

Duodécima.- Presentación de documentos

12.1.- El aspirante propuesto presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento de Fresno de Cantespino, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:

  • a) Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
  • b) Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
  • c) Certificado médico acreditativo expedido por el facultativo correspondiente de Servicio Público de Salud, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos correspondientes del Servicio de Vigilancia de la Salud de esta Corporación.
  • d) Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Auto- nómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • e) Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el art. 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.

12.2.- El/la aspirante propuesto/a que, en su caso, tuviera ya la condición de funcionario/a público/a estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependa, acreditando su condición de funcionarios, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

12.3.- Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentase su documentación no podrá ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien le siga en el orden de puntuación, siempre que haya superado la totalidad de los ejercicios.

Decimotercera.- Constitución de bolsa de trabajo

Se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, paternidad, etc.]. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.

La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de veinte puntos.

El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria hasta agotar la bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, éstos no podrán repetir.

La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, no darán lugar a la exclusión de la Bolsa de Trabajo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.

Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la Bolsa de Trabajo:

  • - Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.
  • - Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Trabajo en que se encontrará la persona afectada.
  • - Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento.

Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, la telegráfica con acuse de recibo o el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese posible el contacto en veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica, se realizarán un mínimo de tres intentos de contacto entre las 10:00 y las 14:00 horas, con un intervalo de 30 minutos entre cada llamada.

Quedará anotación escrita de lo que se indica en este número, dándose traslado inmediato de informe escrito a la Secretaría de la Corporación para conocimiento y constancia.

La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que reciba propuesta de oferta de trabajo, en los términos descritos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la misma, en un periodo máximo de 24 horas, salvo que por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor.

Esta bolsa de trabajo tendrá una vigencia máxima de cuatro años.

La Bolsa de trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la página web municipal.

Decimocuarta.- Toma de posesión

14.1.- Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el/la interesado/a deberá tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.

14.2.- Si no tomase posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedará en situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

Decimoquinta.- Impugnación de la convocatoria

15.1.- La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.

15.2.- El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye so- metimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

Decimosexta.- Legislación supletoria

Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE UNA PLAZA DE OFICIAL 1ª CONDUCTOR DE VEHÍCULOS MUNICIPALES Y CAMIÓN EXTINCIÓN DE INCENDIOS

ANEXO

PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA

Parte Primera.- Constitución Española, organizacíón del Estado y Administración Local.

Tema 1.- La Constitución Española de 1.978: Antecedentes, estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los Españoles.

Tema 2.- La Organización Territorial del Estado: El Estado de las Autonomías: su significado. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Tema 3.- El municipio en el Régimen Local Español. Organización Municipal. Competencias de los Ayuntamientos. Los Órganos de Gobierno Municipales: composición, elección y atribuciones.

Tema 4.- La Función Pública Local y su organización. Regulación Legal. El Estatuto Básico del Empleado Público de 12 de abril de 2007.- La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 5.- Ley 4/2007, de 28 de marzo, de protección ciudadana de Castilla y León.

Tema 6.- Plan territorial de protección civil de Castilla y León (PLANCAL).

Tema 7.- Legislación vigente sobre tráfico y seguridad vial. Real decreto legislativo de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. El Real Decreto 1428/2003 de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Real decreto 970/2020 de 16 de noviembre por el que se modifica el Reglamento General de Circulación. Normas generales. Señales de tráfico. Permisos de conducción.

Tema 8.- Prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones de los funcionarios y trabajadores en esta materia. Riesgos y medidas preventivas en la actividad a desarrollar. Ergonomía: sobreesfuerzos y posturas. Situaciones de emergencia debidas a incendios. Actuación en primeros auxilios ante situaciones de emergencia. Seguridad en el uso de la maquinaria pesada: riesgos y medidas de prevención.

Parte Segunda.- Técnico - Profesional.

Tema 9.- Conceptos básicos de matemáticas. Suma. Diferencia. Producto. Cociente. Potencias. Raíz cuadrada. Operaciones combinadas. Múltiplos. Divisores. Criterios de divisibilidad. Números primos. Factorización. Máximo común divisor. Mínimo común múltiplo. Proporción: Magnitudes directamente proporcionales. Magnitudes inversamente proporcionales. Regla de tres simple y directa. Regla de tres simple inversa. Porcentajes. Ecuaciones de primer grado. Monomios. Ecuaciones de segundo grado. Polinomios. Triángulos. Teorema del cateto. Teorema de la altura. Teorema de Pitágoras. Semejanza de triángulos. Teorema de Thales. Áreas y volúmenes de los cuerpos geométricos: cubo, prisma, pirámide, tronco de pirámide, tetraedro, cilindro, cono, tronco de cono, esfera, casquete esférico.

Tema 10.- Conceptos básicos de física. Medición de magnitudes físicas: magnitud, cantidad y unidad. Magnitudes escalares y vectoriales. Sistema Internacional de Unidades. Magnitudes físicas fundamentales y derivadas en el SI. Conversión de unidades: Otros sistemas de unidades. Notación científica. Múltiplos y submúltiplos. Prefijos y valores. Cinemática: Posición, desplazamiento, espacio, velocidades, aceleraciones en el plano. Leyes fundamentales de la mecánica., leyes de Newton y Principio de conservación de la energía. Trabajo, Potencia y Energía. Máquinas simples: palanca, poleas fijas, móviles, combinación de poleas y tornos. Concepto de ventaja mecánica. Estados de agregación de la materia. Cambios de estado. Concepto de temperatura y de calor. Calor específico. Densidad. Escalas de temperatura. Cero absoluto: límite físico. Transmisión del calor: conducción, convección y radiación. Comportamiento de sólidos, líquidos y gases ante calor.

Tema 11.- Conceptos básicos de química. Materia. Estructura de la materia. Átomo. Estructura del átomo. Numero másico. Numero atómico. Masa atómica. Isótopos. Cationes y aniones. Elemento Químico. Molécula. Sustancias simples y Compuestos químicos. Mezclas y disoluciones. Peso atómico y molecular. Cantidad de sustancia: el mol. Numero de Avogadro. Reacciones químicas. Productos y reactivos. Ley de conservación de la masa. Ley de las proporciones definidas. Ley de las proporciones múltiples. Reacciones reversibles e irreversibles. Equilibrio químico. Calor de reacción: reacciones exotérmicas y endotérmicas. Energía de activación. Velocidad de reacción. Factores que influyen en la velocidad de reacción. Sustancias ácidas y básicas. Neutralización. Concepto de pH.

Tema 12.- Teoría del fuego. Naturaleza del fuego. El triángulo del fuego: combustible, comburente y energía de activación. El tetraedro del fuego. Elementos para la continuidad del fuego: reacción en cadena. Química del Fuego. Teoría de la Combustión. Tipos de combustiones. Clasificación de los fuegos según norma UNE. Influencia de la electricidad. Productos de la combustión: gases, humos, calor, llama. Análisis de los factores de incendio. Combustible: tipos y clasificación de combustibles. Poder Calorífico. Comburente. Relación combustible comburente. Oxigeno mínimo para la combustión. Combustión rica y combustión pobre. Energía de activación: tipos de focos y valores de referencia. Parámetros característicos: temperatura de vaporización, temperatura de ebullición, temperatura de inflamación o punto de destello (flash-point), temperatura de encendido o punto de ignición (fire-point), temperatura de autoencendido o punto de autoignición (autoignition-point). Rango de inflamabilidad. Límite inferior de inflamabilidad y límite superior de inflamabilidad. Influencia de la temperatura. Deflagraciones y detonaciones. Carga térmica, propagación y evolución térmica de un incendio: curvas normalizadas de incendio. Fenómenos físico-químicos asociados a incendios en interiores: FlashOver. Backdraft, RollOver, BoilOver. Fenómeno BLEVE.

Tema 13.- Hidráulica para bomberos. Propiedades de los fluidos incompresibles: concepto, densidad, densidad relativa, peso específico, volumen específico, tensión superficial y presión. Análisis de propiedades del agua como fluido. Hidrostática. Presión hidrostática. Principio de Arquímedes. Principio de Pascal y Prensa hidráulica. Vasos comunicantes. Presión Atmosférica. Unidades de presión. Hidrodinámica. Concepto de caudal. Ecuación de continuidad. Teorema de Bernoulli. Régimen laminar y turbulento. Rozamiento y pérdida de carga. Viscosidad. Golpe de ariete en tendidos de mangueras. Mangueras y mangotes. Tipos de mangueras utilizadas en los servicios de bomberos Características. Racores. Bifurcaciones, trifurcaciones, reducciones. Lanzas. Tipos de lanzas y sus efectos. Reacción en una lanza.

Tema 14.- Bombas. Bombas hidráulicas, bombas rotativas y bombas helicoidales: tipos, elementos, características, aplicaciones. Motores y potencia para el movimiento de bombas. Turbobombas. Bombas sumergibles. Bombas flotantes. Bombas centrifugas. Descripción, funcionamiento y etapas. Componentes y su función. Aspiración, altura de aspiraciones: factores. Cavitación en bombas centrifugas. Golpe de ariete en bombas centrifugas, cebado de las bombas centrifugas, tipos y limitaciones, acoplamiento de bombas. Características específicas de las bombas centrifugas de bomberos. Bombas de baja presión y de presión combinada.

Tema 15.- Conceptos básicos sobre instalaciones de protección contra incendios. Mecanismos de extinción de incendios. Agentes Extintores: tipos, características, propiedades y mecanismos de extinción. Instalaciones de protección contra incendios. Sistemas de protección activa: extintores portátiles, bocas de incendio equipadas, columna seca e hidrantes exteriores. Código técnico de la edificación: Documento básico seguridad contra incendio. Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. Código técnico de la edificación: Objeto y ámbito de aplicación. Locales y zonas de riesgo especial según DB SI-1. Anejo SI A del Documento básico sobre seguridad en caso de incendio del CTE. Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales: Objeto y ámbito de aplicación.

Tema 16.- Maquinaria utilizada en la construcción y conservación de viales: retroexcavadoras, minicargadoras, cuchillas quitanieves, cubas de riego, rodillos, segadoras, segadoras de hilo, compresores, martillos, vibradores, bombas, motosierras, hormigoneras y pequeñas máquinas auxiliares.

Tema 17.- Conservación de caminos. Limpieza de arcenes y cunetas.

Tema 18.- Mantenimientos periódicos, medidas preventivas en conservación de vehículos y maquinaria. ITV. Plazos y revisión del vehículo.

Tema 19.- Conocimiento de las herramientas básicas para mantenimiento de vehículos y maquinaria. Reparación de pequeñas averías.

Tema 20.- Conocimientos básicos de motores: diésel y gasolina de cuatro tiempos. Partes que los componen y funcionamiento.

Tema 21.- Electricidad, sistemas de arranque e iluminación. Reparación de pequeñas averías y mantenimiento.

Tema 22.- Diferencia de los distintos lubricantes y refrigerantes. Mecanismos y sistemas donde se utiliza cada uno.

Tema 23.- Neumáticos y suspensión. Tipos y sistemas empleados en turismos y vehículos industriales. Solucionar pequeñas averías. Alineación y equilibrado, cambio y repuesto. Adherencia y dibujo del neumático. Presión de inflado y desgaste.

Tema 24.- Frenos: conocimiento de los diferentes sistemas de frenado en materia y vehículo industrial. Sistemas empleados y funcionamiento.

Tema 25.- Mantenimiento de vehículos industriales y maquinaria pesada: embragues, transmisiones, grupo diferencial, dirección y caja de cambios.

Tema 26.- Conducción eficiente: consumo de combustible y mantenimiento del vehículo. Emisiones contaminantes. Medidas para evitar la contaminación.

Tema 27.- Comportamiento en caso de accidente. Medidas a adoptar para garantizar la seguridad de la circulación y socorrer a las víctimas. Delito de omisión de socorro. Primeros auxilios.

Tema 28.- Vialidad invernal: equipos, materiales y maquinaria utilizada, mantenimiento y reparación. Prevención de la corrosión. Sistemas de iluminación y señalización. Operaciones de mantenimiento.

Tema 29.- Normas básicas medioambientales en la manipulación de fluidos y filtros. Selección y almacenamiento de los mismos.

Tema 30.- Señalización y balizamiento. Señalización horizontal y vertical. Tipos de señales. Importancia de la señalización de las obras. Elementos de balizamiento. Barreras de seguridad.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento, en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://fresnodecantespino.sedelectronica.es, y en el Tablón de Anuncios.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá formalizar demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Segovia o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a la que acompañará copia de la resolución denegatoria o documento acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Fresno de Cantespino, 8 de julio de 2024.

El Alcalde,

Fdo.: Nicolás Guijarro Ramírez

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319600 {"title":"RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Fresno de Cantespino (Segovia), por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir en régimen laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, la plaza de Conductor Oficial 1.ª denominada «Conductor Vehículos Municipales y Camión Extinción de Incendios». Expte.: 197\/2024.","published_date":"2024-07-12","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"319600"} castillayleon Autoridades y personal,Ayuntamiento de fresno de cantespino (segovia),BOPA,BOPA 2024 nº 135,Oposiciones y concursos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-07-12/319600-resolucion-8-julio-2024-alcaldia-ayuntamiento-fresno-cantespino-segovia-se-aprueban-bases-convocatoria-proceso-selectivo-cubrir-regimen-laboral-fijo-sistema-concurso-oposicion-plaza-conductor-oficial-1-denominada-conductor-vehiculos-municipales-camion-extincion-incendios-expte-197-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.