EXTRACTO de la Orden de 5 de julio de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas al asociacionismo profesional en el ámbito de los sectores culturales, para el fomento de la transformación de las industrias culturales y creativas, correspondientes al año 2024.

BDNS (Identif.): 773407.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/773407)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

1. Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones que se convocan, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones, de ámbito autonómico y con sede en Castilla y León, siempre que sus estatutos establezcan como finalidad la defensa de los intereses profesionales exclusivamente de uno o varios de los siguientes sectores culturales: audiovisual y multimedia, de las artes escénicas y musicales, del libro y las bibliotecas, de los archivos y el patrimonio documental, de las artes plásticas y los centros museísticos, de la gestión cultural y de la enseñanza del español como lengua extranjera. A estos efectos tendrán la citada consideración:

  • - Aquellas inscritas en el Registro de Asociaciones de Castilla y León o que hayan solicitado la inscripción en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
  • - Aquellas inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Castilla y León o que hayan solicitado la inscripción en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
  • - Aquellas organizaciones empresariales que, en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, hayan depositado sus estatutos de acuerdo con el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que regula el depósito de los estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

En cualquier caso, quedan excluidas las entidades públicas y las que tengan ánimo de lucro.

2. Las asociaciones deberán contar con un mínimo de 10 asociados, y las federaciones y confederaciones, con un mínimo de 5 entidades federadas o confederadas.

Segundo.- Objeto.

Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas al asociacionismo profesional en el ámbito de los sectores culturales, para el fomento de la transformación de las industrias culturales y creativas, con la finalidad de apoyar los proyectos llevados a cabo por las asociaciones profesionales y demás entidades sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones, de ámbito autonómico, que se dediquen a la defensa de los intereses de los sectores culturales.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CYT/823/2020, de 2 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al asociacionismo profesional en el ámbito de los sectores culturales, para el fomento de la transformación de las industrias culturales y creativas, publicada en el "Boletín Oficial de Castilla y León" nº 188, de 11 de septiembre.

Cuarto.- Cuantía de las subvenciones.

La cuantía de las subvenciones será única y se determinará según las disponibilidades presupuestarias, siendo como máximo del 80% del coste total del proyecto subvencionado, con el límite máximo de 50.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 5 de julio de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,

Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez

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