RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Formación Profesional Específica «Sanitio» de Valladolid, para impartir el ciclo formativo de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico, y otras modificaciones en los ciclos.

La Resolución de 19 de junio de 2024 de la Dirección General de Centros e Infraestructuras ha modificado la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional Específica «Sanitio» (Código: 47012089) ubicado en C/ Arzobispo García Goldaraz n.º 10, de Valladolid, para impartir dos grupos del ciclo formativo de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico, y otras modificaciones en los ciclos.

El artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, en relación con el artículo 7.3 del mismo Real Decreto, establece que la parte dispositiva de las resoluciones de modificación de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por lo expuesto

RESUELVO

Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 19 de junio de 2024 de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional Específica «Sanitio» (Código: 47012089), para impartir dos grupos del ciclo formativo de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico, y otras modificaciones en los ciclos, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Primero.- Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Sanitio" (Código: 47012089) de Valladolid, para impartir dos grupos del ciclo formativo de Técnico Superior en Laboratorio Químico y Biomédico, ampliar dos grupos del ciclo formativo de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear en turno matutino y extinguir dos grupos en turno vespertino, y ampliar puestos escolares en los grupos del ciclo formativo de Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría.

De esta forma, el mismo quedará constituido como a continuación se describe:

Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Sanitio".

Titular: Sanitio Formación, S.L.

Domicilio: C/ Arzobispo García Goldaraz, n.º 10

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Enseñanzas autorizadas:

  • - Ciclos Formativos de Grado Superior
    • - Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear:
      • • 6 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, 4 grupos (1º y 2º) en turno matutino y 2 grupos (1º y 2º) en turno vespertino.
      • • 1 grupo, 150 p.e., en la modalidad a distancia (la parte presencial se impartirá el sábado en horario matutino, con un máximo de 30 p.e./espacio formativo).
    • - Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría:
      • • 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno vespertino.
      • • 1 grupo, 150 p.e., en la modalidad a distancia (la parte presencial se impartirá el sábado en horario matutino, con un máximo de 30 p.e./espacio formativo).
    • - Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico:
      • • 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno vespertino.»

Segundo.- Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas, la Dirección Provincial de Educación de Valladolid, previo informe del Área de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá estas enseñanzas, con indicación de sus titulaciones respectivas.

Asimismo, deberá comprobar el equipamiento necesario para impartir dichas enseñanzas.

Tercero.- El Centro deberá cumplir las condiciones de seguridad estructural, seguridad en caso de incendio, de seguridad de utilización, de salubridad, de protección frente al ruido, de ahorro de energía y de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, así como los requisitos de protección laboral establecidos en la legislación vigente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones y requisitos corresponderá al titular del Centro.

Cuarto.- La titularidad del centro "Sanitio" queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente en todo lo que afecte al mismo y a solicitar la oportuna modificación, a través de su representación legal, cuando haya de alterarse cualquiera de los datos señalados en la presente Resolución.

Quinto.- Esta Resolución surtirá efectos en el curso académico 2024/2025, previa aprobación y comprobación por la Dirección Provincial de Educación de Valladolid de lo dispuesto en los apartados anteriores.

Sexto.- La presente Resolución se inscribirá de oficio al Registro de Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y León.»

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 60 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Valladolid, 19 de junio de 2024.

El Director General de Centros e Infraestructuras,

Fdo.: José Miguel Sáez Carnicer

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