INFORMACIÓN pública relativa al Acuerdo de 13 de junio de 2024, del Pleno del Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga (Palencia), de aprobación inicial de mutación demanial subjetiva de bienes municipales a favor de Comunidad Autónoma de Castilla y León. Expte.: 185/2023.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se expone al público que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 13 de junio de 2024 adoptó siguiente ACUERDO:
Primero.- Aprobar el convenio con la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Local (Servicio Territorial de Palencia u organismo que determine la Administración Autonómica de Castilla y León) para la cesión y traspaso a través de una mutación demanial subjetiva, de la titularidad de los siguientes bienes:
- - Un local destinado a oficinas, con una superficie construida de 322 m2 y útil de 279 m2, situado en la Calle La Piedad de la Ciudad de Herrera de Pisuerga, actualmente ocupado por la Unidad de Desarrollo Agrario/Unidad Veterinaria de Herrera de Pisuerga.
- - Un local destinado a garaje, con una superficie construida de 64,30 m2 y útil de 52,80 m2, situado en el complejo Plaza de Ganados de la Ciudad de Herrera de Pisuerga, con entrada por la Calle Lanzarote, actualmente ocupado por la Unidad de Desarrollo Agrario/Unidad Veterinaria de Herrera de Pisuerga.
Segundo.- Aprobar la cesión por un plazo de treinta (30.-) años de ambos inmuebles, con destino a dotaciones de la administración autonómica, con la condición de su reversión al patrimonio de esta Entidad Local, con sus pertenencias y accesorios, una vez concluido ese periodo de tiempo. El acuerdo surtirá efectos desde la recepción de los bienes por el órgano competente de la Administración Pública a que se destinen, mediante la suscripción de las correspondientes actas de entrega y recepción, que perfeccionarán el cambio de destino de los bienes de que se trate, y constituirán título suficiente para las respectivas altas y bajas en los inventarios públicos.
Tercero.- Aprobar inicialmente la alteración de la calificación jurídica por cambio de titular de los bienes como mutación demanial subjetiva, a favor del ente autonómico, sin cambiar su naturaleza de bien de dominio público, afecto a un servicio público.
Cuarto.- Anunciar en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en el tablón de Edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días, el acuerdo adoptado y el expediente tramitado, para que los interesados presenten alegaciones o reclamaciones.
Quinto.- En caso de que no se presenten alegaciones, el expediente quedará aprobado definitivamente, sin necesidad de otro trámite.
Sexto.- Una vez firme en vía administrativa, rectificar en el Inventario de Bienes y si procede, notificar al Registro de la Propiedad para que realice las anotaciones correspondientes.
Séptimo.- Facultar a la Alcaldía tanto como en derecho proceda para la firma y redacción de cuantos documentos sean precisos para la ejecución del presente acuerdo.
Herrera de Pisuerga, 21 de junio de 2024.
El Alcalde,
Fdo.: Francisco Javier Fernández Ortega