ORDEN MAV/632/2024, de 18 de junio, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Béjar (Salamanca).

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Examinado el expediente instruido con motivo de la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Béjar, en la provincia de Salamanca, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Con fecha 20 de febrero de 2023, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca solicita a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, que se autorice el inicio del expediente de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Béjar, en la provincia de Salamanca.

II.- El 7 de marzo de 2023, por Orden de la Consejería Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio se autoriza al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca para que inicie el expediente de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Béjar.

III.- Tras la designación de ingeniero operador y el estudio pormenorizado de los antecedentes documentales sobre la existencia de vías pecuarias en el término municipal y colindantes, con fecha 19 de septiembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León, anuncio sobre los trabajos de clasificación previstos para el día 28 de septiembre de 2023. Copia del anuncio es trasladada para su conocimiento a la Confederación Hidrográfica del Tajo, Demarcación de Carreteras del Estado, Registro de la Propiedad de Béjar, Servicios Territoriales de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y de Cultura de la Junta de Castilla y León en Salamanca, Diputación Provincial de Salamanca, Ayuntamiento de Béjar, Entidad Local Menor de Valdesangil, ASAJA, COAG y Ecologistas en Acción de Castilla y León.

IV.- El 28 de septiembre de 2023, tras efectuar el apeo de las vías pecuarias del término municipal según lo previsto, se levantó Acta en el que se recogen las siguientes vías pecuarias:

  • 1. Cañada Real de la Plata o de Aliste o Zamorana.
  • 2. Cordel Merinero de Béjar.
  • 3. Cordel de Candelario a Barco de Ávila.
  • 4. Cordel del Congosto.
  • 5. Cordel de Béjar a Ciudad Rodrigo.
  • 6. Colada del Camino de Béjar a Barco de Ávila.
  • 7. Colada de Merinas.

V.- Con posterioridad al acto de apeo, a raíz de otros trabajos de clasificación en términos anexos y tras el hallazgo de antecedentes documentales que no se conocían, se llega a la conclusión de que han de incorporarse nuevas vías pecuarias a las previstas en el acto de 28 de septiembre de 2023, a saber:

  • 8. Colada de Vistahermosa.
  • 9. Colada del Camino de Béjar a la Garganta o de San Antón.
  • 10. Vereda de Puente Seca.

VI.- Con fecha 5 de marzo de 2024, en el Boletín Oficial de Castilla y León se publicó anuncio relativo a la Propuesta de clasificación de las vías pecuarias de Béjar, sometiendo el expediente a información pública. Asimismo, los documentos fundamentales del expediente se publicaron en el apartado correspondiente de la página web de la Junta de Castilla y León para facilitar el trámite de participación ciudadana y se realizó comunicación sobre la Propuesta de clasificación a la Confederación Hidrográfica del Tajo, Demarcación de Carreteras del Estado, Registro de la Propiedad de Béjar, Servicios Territoriales de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y de Cultura de la Junta de Castilla y León en Salamanca, Diputación Provincial de Salamanca, Ayuntamiento de Béjar, Entidad Local Menor de Valdesangil, ASAJA, COAG y Ecologistas en Acción de Castilla y León.

VII.- Con fecha 18 de marzo de 2024, la Diputación Provincial de Salamanca presenta sendos informes emitidos por su Servicio de Carreteras y por la Unidad Técnica de Valoraciones, que son tratados como alegaciones al expediente de Clasificación y se responden en sentido desestimatorio el 15 de mayo de 2024 desde el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.

VIII.- Con fecha 20 de mayo de 2024, la Jefa del Área de Incendios y Gestión Forestal del Servicio Territorial del Medio Ambiente de Salamanca, propone la aprobación de la clasificación recogiendo las siguientes vías pecuarias en el término municipal de Béjar:

1. Cañada Real de La Plata o de Aliste o Zamorana

La Cañada Real de la Plata incluye en su interior la antigua Calzada Romana de la Plata, siendo la distancia entre el eje de dicha calzada y su margen oriental, en la zona colindante con el término municipal de La Calzada de Béjar, la que marca la anchura de la Cañada Real en Béjar. Recorre 728 metros en el término municipal con anchura variable como se ha indicado.

Entra en Béjar procedente del término municipal de Aldeacipreste, en su anejo de Valbuena, para discurrir incluyendo en su interior la Calzada Romana de la Plata en el tramo en el que ésta constituye el límite municipal entre Béjar y La Calzada de Béjar, hasta cruzar la carretera provincial DSA-281 a la altura del Camino del Molino, por el que continúa la cañada, dejando atrás la línea de término y adentrándose en terrenos de La Calzada de Béjar.

2. Cordel Merinero de Béjar

El Cordel Camino Real de La Calzada de Béjar o Cordel Merinero entra por el sur del término municipal de Béjar procedente del municipio de Candelario. Cruza el arroyo de Las Palomas y sigue con dirección norte atravesando el paraje de El Coto y dejando a su derecha la Regadera de la Angostura. Continúa hasta alcanzar el Albergue juvenil Llano Alto, que se sitúa dentro del Cordel. Cruza la carretera del Castañar y entra en la localidad de Béjar por la Calle de los Derechos Humanos, sigue por la Calle Cordel de Merinas para continuar después por la Travesía Cruz hasta la carretera de Ciudad Rodrigo, cruzando el río Cuerpo de Hombre por el Puente Viejo. Sigue entonces por la Carretera Río hasta alcanzar el arroyo de Riofrío, que cruza por el puente del mismo nombre.

En este punto a la derecha del puente, en ambas márgenes del arroyo hay constancia de la existencia de un descansadero que a su vez sirve de abrevadero con un radio de unos 50 metros, no obstante, la parte situada en la margen derecha del río se encuentra en la actualidad ocupada por dos manzanas de viviendas unifamiliares de planta baja.

Asimismo, una vez cruzado el puente, a la izquierda, la documentación recoge la existencia de un segundo descansadero, que es atravesado por la Calle Glorieta y que en la actualidad se encuentra casi completamente ocupado por diversas edificaciones, sin que se haya encontrado constancia documental que permita afirmar que estos terrenos fueran desafectados o permutados. De acuerdo con los antecedentes existentes este descansadero tiene unos 75 metros de radio. El cordel continúa hacia el norte para atravesar la autovía Ruta de la Plata por un paso inferior a la altura de la Finca Los Rodeos, dejando ésta a su derecha. Sigue entonces por un camino delimitado por antiguas paredes de piedra atravesando la Dehesa «Las Saucedas». Más adelante discurre por la Dehesa «Las Espesuras», encontrándose a la izquierda del cordel las casas de dicha dehesa. En este tramo la vía pecuaria no está delimitada por cerramientos tradicionales. Sigue entonces hacia el norte hasta alcanzar la localidad de Fuentebuena, que atraviesa por la Calle Los Pilares y continúa hasta la línea de término municipal donde abandona Béjar para entrar en Navalmoral de Béjar.

Su longitud en el término municipal es de 8.668 metros, presentando una anchura de 37,50 metros, variable a lo largo de su recorrido.

3. Cordel de Candelario a Barco de Ávila

El Cordel de Candelario a Barco de Ávila entra al municipio de Béjar, en la zona del antiguo término de Palomares de Riofrío, desde el municipio de Candelario por la carretera DSA-181, a la altura del P.K. 3,150, teniendo por la derecha la Finca de los Prados Domingos y por la izquierda el Prado Escobar, en cuya pared se encuentra el hito de términos con los números 74 de Candelario y 15 de Palomares de Riofrío con sus iniciales.

Continúa con la carretera en su interior durante unos 875 metros, momento en que se desvía a la izquierda para seguir 180 metros por un camino que discurre en dirección norte hasta llegar al arroyo Carcabías, que hace límite con el término municipal de Navacarros, por el que continúa. A la derecha del arroyo y antes de cruzarlo se encuentra el hito límite de término entre Palomares de Riofrío (actualmente Béjar) y Navacarros con el número 14 y sus iniciales.

Su longitud en el término municipal es de 1.065 metros, presentando una anchura de 37,50 metros, variable a lo largo de su recorrido.

4. Cordel del Congosto

El Cordel del Congosto parte del Descansadero del Puente de Ríofrío, al norte de este curso fluvial, cruza el arroyo de Valdesangil y continúa por un sendero flanqueado por antiguas paredes de piedra con unos 10 metros de anchura. Unos trescientos metros más adelante el cerramiento de la izquierda desaparece, continuando únicamente el de la derecha. Cruza entonces sobre la vía pecuaria una línea de Alta Tensión a 45 KV y un poco más adelante otras dos de 13,2 KV, mientras que ésta sigue sendero adelante hasta cruzar la autovía A-66 por un paso inferior.

Una vez al otro lado de la autovía continúa el cordel por un estrecho camino de servicio que discurre de forma paralela a la carretera en dirección este. Atraviesa el camino asfaltado hacia Valdesangil y continúa con la misma dirección entre la infraestructura antirruido de la autovía y el cerramiento de la propiedad colindante. Terminado este cerramiento gira ligeramente en dirección noreste y continúa atravesando una escombrera generada por las obras de construcción de la autovía A-66, para entroncar a continuación con el camino que proporciona acceso a dicha escombrera continuando por el mismo hasta dejar el municipio de Béjar y adentrarse en el de Navacarros.

Su longitud en el término municipal es de 2.568 metros, presentando una anchura de 37,50 metros, variable a lo largo de su recorrido.

5. Cordel de Merinas de Béjar a Ciudad Rodrigo

Entra en el término municipal de Béjar procedente del de La Calzada de Béjar en el pago de La Pita por la carretera autonómica SA-220, por la que discurre durante 100 metros antes de abandonarla, desviándose a la derecha a la altura de la Casa del Tejarizo, con la que limita por la izquierda.

Continúa entre muros de piedra durante 470 metros por los parajes de El Tejarizo, Pared Alta y la finca El Corchito, hasta llegar a la antigua vía de Ferrocarril de la Vía de la Plata, actualmente la Vía Verde, cruzándola a nivel. Sigue entonces entre muros de piedra durante 1.100 metros por los parajes de El Corchito y Prado de la Media Moza hasta llegar al Arroyo de la Hontoria, el cual atraviesa por un puente de piedra conocido como de la Media Legua. Continúa por el paraje de Prados Marcos y el Polígono industrial SEPES de Béjar donde queda cortado a la salida de este por la Autovía A-66 sin que exista actualmente una alternativa de paso que dé continuidad a la vía pecuaria. En consecuencia, a efectos de la clasificación, se da por concluido el Cordel en este punto.

La longitud de la vía pecuaria en el término municipal de Béjar asciende a 2.264 metros y su anchura es de 37,50 metros, variable a lo largo de su recorrido.

6. Colada del Camino de Béjar a Barco de Ávila

La Colada del Camino de Béjar a Barco de Ávila parte del Cordel Merinero en el casco urbano de Béjar, en el punto en el que éste atraviesa la carretera N-630a, continuando por la carretera en dirección este hasta llegar al Camino del Rebollar, por el que se desvía antes de girar casi inmediatamente a la derecha para tomar el Camino del Bosque. Este camino está delimitado por la derecha por una pared de piedra y por la izquierda por naves industriales y, tras dejar atrás la Calle Hilanderas, por los cerramientos de fincas privadas hasta alcanzar la localidad de Palomares.

Continúa entonces por el Camino del Bosque hasta llegar al entorno de la ermita y antes de alcanzar el Humilladero, se desvía hacia la izquierda, dejando a la derecha la pequeña zona ajardinada que hay frente a la mencionada ermita. Cruza la carretera de Palomares y continúa por la Calle La Fuente, para entroncar después con la Calle Virgen del Consuelo, encontrándose en este punto un abrevadero. Cruza el Arroyo de la Pasada y unos 110 metros después, el Arroyo Carcabías, dejando la citada Calle Virgen del Consuelo y el barrio del mismo nombre a la izquierda, para desviarse por un camino asfaltado llamado Calleja Mala que parte de la misma en dirección noreste.

Continúa la colada por dicho camino, delimitado por abundante vegetación y cerramientos de piedra de parcelas en las que existen asentamientos dispersos. En este tramo discurre por la vía pecuaria una línea aérea de telefonía y es cruzada por un tendido aéreo de media tensión. Continúa por dicho camino, dejando a la derecha el Barrio de Palomar Alto, hasta llegar al paraje de Piedras Incas donde se adentra en el término municipal de Navacarros. En la margen izquierda al lado de la pared, se encuentra la cruz número 10 con las iniciales de ambos términos.

Su longitud en el término municipal es de 3.513 metros, presentando una anchura variable entre los 4 y 20 metros.

7. Colada de Merinas

La Colada de Merinas parte del Cordel Merinero en el casco urbano de Béjar, en el punto en el que éste atraviesa la Carretera Nacional N-630a, continuando por dicha carretera, en dirección Oeste durante 460 metros, hasta llegar a la travesía de Santa Ana. Continúa entonces por la calle Cañada de Merinas, llegando a la urbanización La Fabril, que bordea tomando en este punto dirección norte durante 260 metros por la calleja de Fuente Honda. Gira de nuevo en dirección oeste por la calleja de los Palancares u Olivillas, hasta que enlaza con la carretera DSA-281, continuando por ella durante 186 metros, cruzando por un puente el río Cuerpo de Hombre.

Tras recorrer 77 metros por la margen derecha, abandona la carretera y vuelve a cruzar a la margen izquierda del río sobre otro puente, para continuar por el antiguo Camino de Béjar a Montemayor del Rio por el paraje de La Magdalena. Cruza el vial de acceso a la autovía A-66 desde la carretera Nacional N-630a por un paso inferior y discurre junto a la urbanización del Rosal. Tras dejar ésta atrás, atraviesa la autovía A-66, también por un paso inferior, y continúa por la vía de servicio de ésta en dirección oeste durante 545 metros hasta llegar al paraje de Prado de la Villa donde se adentra en el término municipal de Cantagallo.

La longitud de la vía pecuaria en el término municipal de Béjar asciende a 5.274 metros aproximadamente y su anchura oscila entre los 4 y los 20 metros.

8. Colada de Vistahermosa

La Colada de Vistahermosa discurre en el término municipal de Béjar en dos tramos separados, ya que la necesidad de cruzar la Autovía A-66, que corta la traza original de esta vía pecuaria, ha supuesto establecer un trazado que aproveche un paso inferior existente en el término municipal de Vallejera de Ríofrío. Así, la Colada de Vistahermosa entra en el término municipal de Béjar procedente del de Navacarros por el paraje de Casablanca y, tras recorrer 445 metros, vuelve a entrar en dicho término de Navacarros por el paraje de Hoyo Moro. Tras un recorrido de unos 400 metros por los términos municipales de Navacarros, Vallejera de Ríofrío y, de nuevo, Navacarros, entra en el término municipal de Béjar (antiguo término de Palomares), por el Paraje Las Campanitas, entroncada en el Cordel del Congosto. Tras recorrer 296 metros aproximadamente, abandona el Cordel, desviándose por la derecha dirección Valdesangil. Continúa en la misma dirección entre muros de piedra y cercas por los Parajes de Tejera, Prado Hoyo y Fuente Vieja durante 693 metros, hasta llegar a la DSA-254, continuando entroncada en la misma a lo largo de 270 metros hasta llegar al casco urbano. Entra en éste por la calle de la Fuente y sigue por la Plaza de Pablo González, y luego la Plaza de la Iglesia, existiendo una fuente entre ellas. Gira a la izquierda por la calle Puente y Calleja del Merino por donde abandona el casco urbano. Continúa en la misma dirección por el camino de Fuentebuena, entre muros de piedra y cercas, atravesando el paraje de Fuente Blanca para llegar al paraje de La Vega, con el que limita por la derecha, y las parcelas de La Fontanilla y El Canchalón por la izquierda, ambas pertenecientes al Monte de Utilidad Pública n.º 149. Limitando con esta última se llega al arroyo Marimengo. En este punto, la colada abandona el camino de Fuentebuena y atravesando el regato continúa por el camino de El Helechar. A unos 220 metros del regato y a la derecha se encuentra el depósito de agua de Valdesangil, desde que el que continúa entre muros de piedra, limitando por la derecha con la finca La Losa y por la izquierda con los Praditos, hasta llegar al Cordel Merinero de Béjar, donde uniéndose a él, termina.

Este segundo tramo tiene una longitud de 3.776 metros.

La longitud total de la vía pecuaria, considerando los dos tramos, en el término municipal de Béjar asciende a 4.176 metros aproximadamente y su anchura oscila entre los 4 y los 20 metros.

9. Colada del Camino de Béjar a La Garganta o de San Antón

La Colada del Camino de Béjar a La Garganta o de San Antón, conocida también como Camino de Santa Ana, parte de la Colada de Merinas en el sitio conocido como Travesía de Santa Ana, donde ambas abandonan la Carretera Nacional N-630. Avanza por la parte izquierda en dirección oeste hacia el paseo de Santa Ana entre muros de piedra y edificaciones llegando a la ermita de ese nombre y a la Urbanización. Continúa en la misma dirección entre muros de piedra por los parajes de la Fuente del Lobo por la izquierda y la Fuente de Doña Elisa por la derecha. Sigue por los parajes de Santa Marina, La Centena de Arriba y El Monte, hasta llegar al Camino del Acarreadero, que parte por la derecha de la colada en dirección a la Carretera Nacional N-630 y divide las dos fincas de La Centena. Discurre con la misma dirección ahora limitando con La Centena de Abajo y La Mata del Disco por la derecha, y La Suerte de la Casa limitando a derecha e izquierda. En este punto cambia de dirección hacia el suroeste, para continuar por esta finca y La Francesa hasta llegar al arroyo de los Horquitos, que atraviesa, para internarse en el término municipal de Cantagallo.

La longitud de la vía pecuaria en el término municipal de Béjar asciende a 3.900 metros aproximadamente y su anchura oscila entre los 4 y los 20 metros.

10. Vereda de Puente Seca

La Vereda de Puente Seca conocida también como Camino de los Picozos o de Aldeacipreste, parte de la Colada de Merinas en el Puente de la Gloria. En este punto toma dirección noroeste con la carretera DSA-281 entroncada en ella, quedando el río Cuerpo de Hombre a la izquierda. Pasa por la Casa de la Vega y tras recorrer 526 metros, pasa por debajo del viaducto de la A-66. Continúa en la misma dirección por el paraje de los Picozos y a los 1.684 metros, atraviesa el arroyo de la Hontoria. Sigue 1.521 metros más por el mismo paraje con la carretera dentro de ella, hasta llegar al término municipal de La Calzada de Béjar donde se torna caballera sobre la línea divisoria entre ambos términos durante 144 metros más, hasta que se interna definitivamente en el de La Calzada de Béjar por el paraje de los Molinos de Pichón.

La longitud de la vía pecuaria en el término municipal de Béjar asciende a 3.918 metros y su anchura oscila entre los 6 y los 20 metros.

IX.- Con fecha 20 de mayo de 2024, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca, remite el expediente completo a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, a los efectos de continuar su tramitación.

X.- Con fecha 7 de junio de 2024, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de conformidad con el Servicio de Gestión Forestal, realiza Propuesta de Orden para la aprobación del expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León; el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías; el Decreto 9/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio; y de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

II.- El artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, señala que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo, en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria.

La potestad de clasificación de las vías pecuarias corresponde a las Comunidades Autónomas, tal y como señala el apartado b) del artículo 5 de la citada Ley la que, por otra parte, reconociendo la condición originaria de las que se encuentran sin clasificar, prescribe la necesidad de llevarla a cabo.

III.- Examinado el expediente instruido al efecto, se observa el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma exigidos por la normativa vigente aplicable, sin que se aprecien motivos que aconsejen su desaprobación.

Vistas, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como las demás disposiciones vigentes de general aplicación.

En su virtud, esta Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de conformidad con la Propuesta elevada por la Dirección General del Patrimonio Natural y Política Forestal,

ACUERDA

Aprobar la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Béjar, en la provincia de Salamanca, de acuerdo con las descripciones de la presente Orden, el plano Anexo y cuanto consta en el expediente tramitado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por otra parte, podrá ser impugnada directamente mediante la interposición del correspondiente recurso contencioso administrativo ante la Sala de igual denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

El cómputo del plazo para la interposición de ambos recursos se iniciará a partir del día siguiente a la notificación personal a los interesados, y en relación con los demás que pudieran tener tal condición, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden el Boletín Oficial de Castilla y León.

Transcurrido dicho plazo, sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Valladolid, 18 de junio de 2024.

El Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

ANEXO

Plano de vías pecuarias:

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