RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Segovia, por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición por turno libre, 8 plazas de Operarios de cometidos varios (3 reserva discapacidad), grupo E, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Personal de Oficios, pertenecientes a las ofertas públicas de empleo ordinarias de 2023 y 2024. Expte.: 4/2024/P14105.

Por Resolución n.º 2024/03459 de fecha 13 de junio de 2024, se han aprobado las Bases Específicas por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión en propiedad de ocho plazas de operarios de cometidos varios (3 reserva discapacidad) en el Ayuntamiento de Segovia, grupo E, Escala Administración Especial, subescala servicios especiales, personal de oficios, pertenecientes a las ofertas públicas de empleo ordinarias de 2023 y 2024, transcribiéndose las mismas a continuación:

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, DE OCHO PLAZAS DE OPERARIOS DE COMETIDOS VARIOS (3 RESERVA DISCAPACIDAD) EN EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, GRUPO E, ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, PERSONAL DE OFICIOS, PERTENECIENTES A LAS OFERTAS PÚBLICAS DE EMPLEO ORDINARIAS DE 2023 Y 2024.

Primera.- Objeto de la convocatoria.

1.1.- El objeto de las presentes bases específicas es regular la realización de las pruebas selectivas para el acceso en propiedad como personal funcionario de carrera por el procedimiento de oposición libre de OCHO plazas de Operarios/as de cometidos varios (3 con reserva de discapacidad, física o intelectual) del Ayuntamiento de Segovia, incluidas en las Ofertas Públicas de Empleo Ordinarias de 2023 y 2024. que a continuación se especifican:

PLAZA

OPERARIO/A DE COMETIDOS VARIOS

Escala:

Administración Especial

Subescala:

Servicios especiales

Grupo de clasificación.

E

Número:

8 de las cuales 7 pertenecen a la OPE 2023 y 1 pertenecen a la OPE 2024

Plazas turno libre

8

Plazas reservadas a personas con discapacidad:

3, de las que 1 se reserva al cupo de personas con discapacidad intelectual, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Procedimiento de Selección

Oposición Libre

Titulación:

Certificado de Escolaridad, título de graduado escolar o equivalente

Tasas derechos examen

10,00 euros, según la Ordenanza Fiscal municipal para las plazas pertenecientes al Grupo E.

1.2.- Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementada, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución dictada por la Alcaldía-Presidencia hasta la terminación del expediente de esta convocatoria y, en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

1.3.- En lo no previsto en estas bases específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Unitarias que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Segovia para la selección del personal funcionario, Boletín Oficial de la Provincia de Segovia n.º 39 de 29 de marzo de 2024 y en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 63 de fecha 1 de abril de 2024, en ejecución de las ofertas públicas de empleo ordinarias, aprobadas por Decreto de Alcaldía n.º 2023/07639 de 29/12/2023 y publicada en el B.O.P. de Segovia número 23, de fecha 21 de febrero de 2024 (oferta de 2023) y Decreto de Alcaldía n.º 2024/01694 de 21/03/2024 y publicada en el B.O.P. de Segovia n.º 39 de fecha 29 de marzo de 2024 (oferta de empleo público de 2024).

Estas Bases Unitarias se encuentran publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Segovia en la siguiente dirección: https://sede.segovia.es. En el apartado Publicaciones Oficiales, Concursos y Oposiciones. Bases y documentos vigentes comunes a todos los procesos selectivos.

1.4.- La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda. Características de las plazas.

2.1.- Las plazas convocadas corresponden al Grupo de titulación E, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Cometidos especiales, Grupo E, del Ayuntamiento de Segovia.

Las personas titulares de las plazas obtenidas por medio de la presente convocatoria estarán sujetas al desempeño de las funciones propias de su categoría profesional, así como a las normas internas de funcionamiento del Ayuntamiento de Segovia.

2.2.- Las personas aspirantes que resulten nombradas se sujetarán en cuanto a las condiciones del desempeño del puesto de trabajo al que resulte adscrito a lo regulado en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, normas de desarrollo del mismo y el Acuerdo/Convenio de Funcionarios del Ayuntamiento de Segovia y al contenido de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Segovia.

Tercera. Reserva de plazas discapacidad.

Del total de las plazas del turno libre se reservan tres plazas para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

De estas tres plazas se reserva un cupo de 1 plaza para personas con discapacidad intelectual que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Se garantizará la igualdad de condiciones en las pruebas con respecto al resto de aspirantes, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

Con independencia del sistema de acceso por el que se presenten, las personas que, como consecuencia de una discapacidad igual o superior al 33%, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.

Las personas interesadas deberán indicar expresamente en su solicitud de participación en el proceso selectivo las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para el ejercicio del proceso selectivo. Para que el Tribunal calificador pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento.

A tal fin, el Tribunal calificador aplicará las adaptaciones de tiempo que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

El turno de discapacidad es único, aunque tenga cupos diferenciados. Las plazas no cubiertas en el cupo del turno de discapacidad intelectual se acumularán a las demás situaciones de discapacidad.

Las plazas reservadas para los diferentes cupos de discapacidad (intelectual y resto de discapacidades) que no sean cubiertas por las personas aspirantes de dichos cupos, se acumularán a los mismos cupos de posteriores ofertas.

En el supuesto de que alguna de las personas con discapacidad que se haya presentado por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza en dicho cupo, y su puntuación fuera superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación en el turno general, siempre y cuando haya obtenido en el proceso selectivo una puntuación igual o superior a la establecida para el turno general.

Cuarta.- Requisitos de las personas aspirantes.

4.1.- Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos generales contemplados en las Bases Unitarias que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Segovia para la selección del personal funcionario en ejecución de las ofertas públicas de empleo ordinarias, deberán estar en posesión de:

a) Titulación: Certificado de Escolaridad, título de graduado escolar o equivalente.

b) Permiso de conducción: B.

Todos los requisitos exigidos en esta convocatoria deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se aplicará lo dispuesto en el apartado 3.1.f) de las Bases Unitarias, B.O.P. Segovia, n.º 39, de 29 de marzo de 2024 que dispone que: «en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación».

Quinta.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Segovia (https://sede.segovia.es), mediante solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde, haciendo constar en la misma que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

La presentación por esta vía permitirá: la inscripción en línea del modelo oficial, anexar documentos a la solicitud, el pago electrónico de las tasas y el registro electrónico de la solicitud.

En la solicitud la persona aspirante hará constar mediante declaración responsable que posee la titulación académica de acceso exigida para participar en este proceso selectivo o que estará en condiciones de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de solicitudes o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Junto a la solicitud de participación deberá adjuntarse copia del justificante del pago de la tasa por derechos de examen y/o acreditación de los requisitos exigidos para disfrutar de alguna exención o bonificación en aquélla.

Tasas derechos examen: 10,00 euros, según la Ordenanza Fiscal municipal para las plazas pertenecientes al Grupo E.

El pago de estos derechos de examen se podrá realizar de las siguientes maneras:

  • 1) En la sede electrónica: www.sede.segovia.es, con certificado, en el apartado de oficina virtual tributaria, mediante el pago a través de la pasarela de pago una vez grabada la autoliquidación.
  • 2) Solicitando la autoliquidación a través del correo electrónico gestiontributaria@segovia.es señalando el nombre de la persona aspirante, su DNI y la plaza a la que opta.

En cualquier caso, el documento justificativo del pago de los derechos de examen debe acompañarse a la instancia una vez que se produzca la publicación en el B.O.E. de la convocatoria.

Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable podrá requerirse a la persona interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que de no hacerlo así, será la persona excluida de la lista de personas admitidas.

El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DIAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Protección de Datos: Las personas participantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud presentada en el registro. Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier otro declarado por la persona aspirante en su solicitud de participación en el proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso, hubieran de practicarse, siendo su responsabilidad la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio de los datos inicialmente consignados.

De conformidad con lo dispuesto en la Base Décimo Sexta de las Bases Unitarias, la participación en la convocatoria supone la conformidad de las personas aspirantes con la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de los datos de carácter personal referidos a la identificación, con su nombre y apellidos y DNI necesarios para facilitar a las personas interesadas la información relativa a la publicación de las listas de personas admitidas y excluidas y desarrollo de la convocatoria para el caso de que así se acuerde publicar. La conformidad anterior conllevará la aceptación de las consecuencias que la publicación pueda tener dentro de las bases de datos existentes en la sede electrónica disponible en internet.

En consecuencia, las personas aspirantes, en la solicitud, deberán prestar consentimiento para que la administración actuante pueda proceder a la publicación de los datos de carácter personal en la sede electrónica, o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.

Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión, serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a los procesos selectivos.

El nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad, se publicarán respetando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Sexta.- Exención pago de tasas.

Las personas aspirantes que, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta de las bases unitarias que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Segovia para la selección del personal funcionario en ejecución de las ofertas públicas de empleo ordinarias, resulten exentas del pago de las tasas por tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estar desempleadas o ser miembro de familia numerosa categoría especial o tengan derecho a una bonificación del 50% por pertenecer a familia numerosa categoría general, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa siguiente:

  • • Familia numerosa especial/general: título individual de miembro de familia numerosa especial/general en vigor o resolución de concesión de familia numerosa.
  • • Demandantes de empleo: certificado que acredite que se encuentran en situación de demandante de empleo, durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la presente convocatoria; certificado de no haber rechazado, en el citado plazo de un mes, oferta de empleo ni haberse negado a participar, salvo causas justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y finalmente, certificado que acredite que, en el citado plazo de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, carece de rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional, referidas a la percepción de prestación/subsidio por desempleo u otra ayuda que por esta situación se pueda conceder.
  • • Discapacidad: Certificado expedido por el órgano competente acreditativo de tal condición.

Séptima.- Orden de actuación de las personas aspirantes.

El orden de actuación de las personas aspirantes que concurren a esta convocatoria, se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «W», de conformidad con la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ninguna persona cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «X«, y así sucesivamente.

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo cuando el número de aspirantes, la naturaleza de la prueba o cualquier otra circunstancia que requiera de dos o más llamamientos, quedando decaídas en sus derechos las personas opositoras que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para quienes podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

De acuerdo con lo dispuesto en la Base Sexta, 6.1 de las Bases Unitarias, en cualquier momento el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su personalidad.

Octava.- Admisión de aspirantes.

La admisión de aspirantes se regirá por lo dispuesto en la base quinta de las Bases Unitarias que han de regir los procesos selectivos para cubrir en propiedad plazas vacantes en el Ayuntamiento de Segovia (B.O.C. y L. 01/04/024, B.O.P. Segovia 29/03/2024).

Las personas aspirantes excluidas podrán interponer recurso administrativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Segovia, con carácter potestativo, en el plazo máximo de un mes a contar desde la publicación de su exclusión o bien el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de personas admitidas y excluidas en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.

Novena.- Descripción del proceso selectivo y valoración.

El proceso selectivo, será el de oposición y constará de dos ejercicios.

Cada uno de los ejercicios de que se compone tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

9.1. Primer ejercicio: de aptitud y conocimientos.

Consistirá en responder un cuestionario, de 50 preguntas, más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, sobre las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo de la presente resolución.

El tiempo de duración para la realización de este primer ejercicio será de 60 minutos.

Este primer ejercicio de la oposición será calificado de cero a diez puntos.

En el turno de acceso libre superarán este ejercicio las 300 primeras personas candidatas que obtengan las mejores calificaciones superiores a la puntuación mínima de 5 puntos, pudiendo ampliarse este número sólo en los supuestos de que varias personas opositoras tengan la misma nota de corte y también a consecuencia de las impugnaciones que sean estimadas, quedando el resto de personas candidatas apartadas del proceso selectivo.

En el supuesto de que el número de aspirantes que se presenten por turno de acceso libre a la realización de este primer ejercicio fuera menor a 300, superarán este ejercicio quienes obtengan las mejores calificaciones superiores o iguales a la puntuación mínima de cinco puntos.

En el turno de acceso con reserva de discapacidad, superarán este ejercicio todos los aspirantes que obtengan las mejores calificaciones superiores o iguales a la puntuación mínima de cinco puntos.

En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,2 puntos, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a un tercio del valor de la respuesta correcta, 0,0667 puntos.

Las 50 preguntas de este primer ejercicio se referirán a los distintos bloques en que está dividido el temario, con la siguiente distribución:

  • - Materias comunes (Temas 1 al 3): 10 preguntas.
  • - Materias específicas (Temas 4 a 15): 40 preguntas

Las alegaciones a las plantillas de respuestas en este cuestionario de preguntas con respuestas alternativas correspondientes a este ejercicio primero, se regirán por lo dispuesto en la Base 6.6. de las Bases Unitarias: «el Tribunal publicará en la sede electrónica: (https://sede.segovia.es) las plantillas de respuestas, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se celebre el ejercicio. La plantilla tendrá carácter provisional y sobre ellas los/as aspirantes podrán presentar alegaciones debidamente motivadas dentro del plazo de los dos días hábiles siguientes al de la publicación».

9.2.- Segundo ejercicio.- Ejercicio teórico-práctico.

Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos o teórico-prácticos relacionados con las funciones a desempeñar, propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio.

El tiempo de realización de este ejercicio será, como mínimo, de 60 minutos.

Se calificará con una nota entre cero y diez puntos, siendo necesario la obtención de, al menos, cinco puntos, para superarlo.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la adecuada resolución de los casos prácticos que se plantean, así como la correcta aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados además de la calidad en su resolución.

Este ejercicio está dirigido a apreciar la capacidad de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones y tareas de las plazas convocadas.

En aplicación de lo dispuesto en la Base 9.2.2.1. de las Bases Unitarias, en la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de las personas aspirantes.

Aquellas personas en cuyas pruebas figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidas del proceso selectivo.

De acuerdo con lo dispuesto en la Base 9.2.2.3 de las Bases Unitarias: Publicidad de las calificaciones: Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas y serán expuestas en la sede electrónica https://sede.segovia.es.

La publicación de los anuncios del proceso selectivo y la duración se regirá por lo dispuesto en la Base 6.2. de las Bases Unitarias.

Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la Presidencia de la Corporación, así como las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

La adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas por personas con discapacidad se regirá por lo previsto en la Base 6.3 de las Bases Unitarias: Adaptación de pruebas selectivas en turno de discapacidad.

9.4.- Calificación definitiva: En aplicación de lo establecido en la Base 9.3. de la Bases Unitarias: La puntuación definitiva de esta fase de oposición vendrá dada por la suma de las puntuaciones otorgadas en cada uno de los ejercicios superados por el número de ejercicios puntuables (por lo que la puntuación máxima global del total de los ejercicios puntuables de la oposición será de 10 puntos).

Se considerará que han superado las pruebas selectivas quienes hayan conseguido las puntuaciones más altas de las otorgadas hasta cubrir el número de plazas convocadas.

En caso de empate en la calificación final, el orden de las personas aspirantes se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; de persistir el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si después de aplicar los criterios anteriores persistiera la situación de empate, se resolverá por orden alfabético a partir de la letra «W», de conformidad con la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado a que se refiere la base séptima.

En aplicación de lo dispuesto en la Base Décima de las Bases Unitarias, concluidas las pruebas, el tribunal publicará en la sede electrónica, la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas, precisándose que el número de personas aprobadas no podrá rebasar el número de las plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la convocatoria específica.

Décima.- Referencias de género.

Desde el Ayuntamiento de Segovia, y atendiendo al I Plan de Igualdad, existe el compromiso de transversalizar las políticas de igualdad en todos los departamentos y áreas, reflejado en el apartado «A. Área cultura de la institución.- Estructura y organización, en el objetivo 2: Utilizar un lenguaje inclusivo en todas las Áreas de trabajo, para lograr un cambio en la cultura de la organización y promover una publicidad no discriminatoria exenta de estereotipos de género.» Por ello, el lenguaje deberá ser igualitario, permitiendo la visibilización de ambos sexos y la eliminación de los estereotipos sexistas.

Por otra parte, el «Informe sobre el lenguaje no sexista en el Parlamento Europeo» establece que:

«La finalidad del lenguaje no sexista o lenguaje neutral en cuanto al género es evitar opciones léxicas que puedan interpretarse como sesgadas, discriminatorias o degradantes al implicar que uno de los sexos es superior al otro, ya que en la mayoría de los contextos el sexo de las personas es, o debe ser, irrelevante. La utilización de un lenguaje no sexista es algo más que un asunto de corrección política. El lenguaje influye poderosamente en las actitudes, el comportamiento y las percepciones.»

Finalmente, se considera imperativo tanto para el cumplimiento normativo, como para respetar el compromiso asumido por esta corporación el transversalizar las políticas de igualdad, la eliminación del uso del masculino genérico para referirse a ambos sexos, con especial atención en la designación de cargos, profesiones y actividades; evitando así posibles confusiones y ambigüedades, así como la discriminación e invisibilización de las mujeres en esta institución.

Undécima.- Bolsa de trabajo.

Concluido el proceso selectivo, el Tribunal calificador constituirá una bolsa de trabajo con las personas aspirantes que hayan superado, como mínimo, el primer ejercicio.

La bolsa se ordenará siguiendo rigurosamente la puntuación obtenida y estará vigente hasta que se constituya una nueva como consecuencia de un proceso selectivo en ejecución de ofertas ordinarias de empleo que se celebren en el futuro.

En aplicación de lo establecido en el Reglamento de Bolsas del Ayuntamiento de Segovia, núm. 129, B.O.P. Segovia, 27 de octubre de 2017: Artículo 4. Vigencia de las Bolsas: Con carácter general la publicación de una nueva Bolsa de Trabajo extinguirá la vigencia de la anterior existente para la misma categoría. Al menos en el mes de octubre de cada año, la Comisión de Control y Seguimiento de las Bolsas de Trabajo, analizará el estado y vigencia de las listas. Las listas que tengan más de seis años quedarán sin efecto. Sin perjuicio de lo anterior podrán ser reactivadas las bolsas de conformidad a lo establecido en el artículo 3.1.d) de los textos.

Duodécima.- Temarios que rigen el proceso selectivo.

Los temarios que rigen el presente proceso selectivo serán objeto de concreta referencia en los documentos que figuran como anexos a esta convocatoria, la cual se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y el Boletín Oficial de la Provincia.

En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el temario de esta convocatoria se viera afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá, en todo caso a la persona aspirante, el conocimiento de la legislación vigente en el momento de aprobación de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar los conocimientos de las modificaciones producidas.

Décimo tercera: impugnación de las bases de la convocatoria y de actuaciones en su ejecución.

A los efectos de los artículos 40.2 y 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución por la que se aprueban las presentes bases pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso de reposición con carácter potestativo ante la Ilma. Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes no hay notificación de su resolución.

A tenor de lo indicado en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las actas, resoluciones y actos emitidos por los Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que actuando con autonomía funcional, se consideran dependientes del Ayuntamiento de Segovia, podrán ser recurridas en alzada, cuando no pongan fin a la vía administrativa, ante la Ilma. Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de los correspondientes actos administrativos.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente.

ANEXO ÚNICO

TEMARIO

PARTE PRIMERA: MATERIAS COMUNES

Tema 1.- La Constitución Española de 1.978: estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales.

Tema 2.- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación (Título Preliminar). El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación (Título I).

Tema 3.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Registros electrónicos. Notificaciones y comunicaciones.

PARTE SEGUNDA: MATERIAS ESPECÍFICAS.

Tema 4.- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: El municipio. Conceptos y elementos. Competencias del municipio. Clases de entidades locales. Los órganos de gobierno necesarios: Alcalde, los Tenientes de Alcalde, el Pleno y Junta de Gobierno Local. Entidades menores. Barrios incorporados y barrios del núcleo urbano de Segovia.

Tema 5.- El personal al servicio de las Corporaciones Locales. Clasificación. Derechos y deberes. La sindicación. La Seguridad Social. Régimen disciplinario. La responsabilidad administrativa.

Tema 6.- Análisis y descripción de la funciones del Operario de Cometidos Varios. (disponible en: https://segovia.es/en/node/6447).

Tema 7.- Conocimientos básicos sobre la Comunicación. Elementos básicos. Formas de comunicación directa, las relaciones públicas. Trato a las visitas.

Tema 8.- La atención al ciudadano: Principios que deben regir la atención al ciudadano. Derechos del ciudadano en su trato con las administraciones públicas. Las Oficinas de Atención al Ciudadano.

Tema 9.- Conocimientos básicos sobre atención al público y la recepción de los usuarios. Tipos de usuarios situaciones problemáticas. Estrategias de actuación ante conflictos. La percepción del usuario de la calidad del servicio y factores que influyen en la precepción de la calidad.

Tema 10.- Maquinaria, materiales y herramientas básicas de albañilería, pintura, cerrajería, fontanería y carpintería. Conservación y mantenimiento de maquinaria y herramientas.

Tema 11.- Conocimientos básicos sobre operaciones generales de mantenimiento y conservación de calefacción y fontanería. Elementos básicos. Actuaciones de emergencia y límites de la intervención.

Tema 12.- Conocimientos básicos sobre operaciones generales de mantenimiento y mejora de las condiciones de vida de las zonas verdes del centro de trabajo, del arbolado y los arbustos en distintas ubicaciones. La poda. Plantas de interior.

Tema 13.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, Prevención de riesgos laborales. La prevención de riesgos laborales en puestos de trabajo de Operarios de Cometidos Varios. Equipos de protección individual y medios preventivos.

Tema 14.- Primeros Auxilios. Principios generales en la aplicación. Prioridad de actuación. El botiquín. Quemaduras. Hemorragias. Fracturas. La reanimación cardio - respiratoria.

Tema 15.- Dependencias y servicios del Ayuntamiento de Segovia: organización y funciones. Ubicación de dependencias e instalaciones municipales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Segovia, 18 de junio de 2024.

El Alcalde,

Fdo.: José Mazarías Pérez

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288090 {"title":"RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Segovia, por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición por turno libre, 8 plazas de Operarios de cometidos varios (3 reserva discapacidad), grupo E, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Personal de Oficios, pertenecientes a las ofertas públicas de empleo ordinarias de 2023 y 2024. Expte.: 4\/2024\/P14105.","published_date":"2024-06-26","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"288090"} castillayleon Autoridades y personal,Ayuntamiento de segovia,BOPA,BOPA 2024 nº 123,Oposiciones y concursos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-06-26/288090-resolucion-13-junio-2024-alcaldia-ayuntamiento-segovia-se-aprueban-bases-especificas-convocatoria-proceso-selectivo-cubrir-sistema-oposicion-turno-libre-8-plazas-operarios-cometidos-varios-3-reserva-discapacidad-grupo-e-escala-administracion-especial-subescala-servicios-especiales-personal-oficios-pertenecientes-ofertas-publicas-empleo-ordinarias-2023-2024-expte-4-2024-p14105 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.