EXTRACTO de la Orden de 17 de junio de 2024, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones para el año 2024 para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras comunidades autónomas.
BDNS (Identif.): 769144.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/769144)
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.
Primero.- Finalidad.
Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones para el año 2024 dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que trasladen su actividad económica a Castilla y León procedentes de otras comunidades autónomas.
Segundo.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de esta subvención las personas trabajadoras por cuenta propia que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y trasladen su actividad económica y su domicilio a Castilla y León siempre que, antes de su traslado, tuvieran su domicilio fiscal, estuvieran empadronadas y hayan estado realizando su actividad económica en una comunidad autónoma distinta a Castilla y León, y cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden IEM/772/2023, de 14 de junio.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Las presentes subvenciones se encuentran reguladas en la Orden IEM/772/2023, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras comunidades autónomas (B.O.C. y L. núm. 118, de 21 de junio de 2023).
Cuarto.- Acción subvencionable y cuantía de la subvención.
Tiene la consideración de acción subvencionable el mantenimiento de la actividad o negocio de la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma que se instale en la Comunidad de Castilla y León, procedente de otras comunidades autónomas, a efectos de consolidar su actividad económica en nuestro territorio.
La cuantía de la subvención a percibir por cada trabajador por cuenta propia será de 6.000 euros.
Dicha cuantía se podrá incrementar:
- - en 1.000 euros si se establece en un municipio de menos de 5.000 habitantes, siempre que diste más de 15 km. de una capital de provincia, o bien en 2.000 euros si el municipio es de menos de 2.000 habitantes, siempre que diste más de 15 km. de una capital de provincia,
- - en ambos casos se podrá incrementar en otros 2.000 euros, si la persona beneficiaria es joven menor de 35 años en la fecha de presentación de la solicitud.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente de la publicación del presente extracto en el B.O.C. y L. hasta el 30 de septiembre de 2024, incluido.
Sexto.- Resolución.
Se delega en la Directora General de Economía Social y Autónomos la competencia para la resolución de los procedimientos que se instruyan al amparo de lo previsto en la Orden de convocatoria, y de cuantas cuestiones deriven de las solicitudes, sin perjuicio de lo regulado respecto a los incumplimientos, en el artículo 6 del Decreto 12/2023, de 21 de agosto, por el que se desconcentran competencias en los titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo y en los titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
Valladolid, 17 de junio de 2024.
El Consejero de Industria, Comercio y Empleo,
Fdo.: Mariano Veganzones Díez