ORDEN FAM/600/2024, de 14 de junio, por la que se establecen servicios mínimos ante la huelga convocada en la empresa del Grupo 5 Acción y Gestión, S.A.U., que realiza actividades complementarias a la atención directa de menores y jóvenes internados en las unidades del Área de Intervención de Reforma del Centro Regional Zambrana de Valladolid.

La Constitución Española, en su artículo 28.2, reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, señalando que la Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. En este sentido el artículo 10 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, prevé que cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios.

El derecho a la huelga no es un derecho absoluto, sino que puede experimentar limitaciones o restricciones en su ejercicio, si bien tal y como señala la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la restricción al derecho fundamental de huelga debe aplicarse con la ponderación suficiente que salvaguarde los servicios esenciales a mantener como mínimo y el sacrificio del derecho de huelga de los trabajadores, de forma tal que se garantice a los ciudadanos el ejercicio y disfrute de los derechos y bienes constitucionalmente protegidos, los cuales se encuentran expresamente recogidos en la Constitución española.

En consecuencia, ante el anuncio de un paro convocado por la Federación de Enseñanza CCOO Castilla y León para el día 19 de junio de 2024 en la empresa del Grupo 5 Acción y Gestión S.A.U. que realiza actividades complementarias a la atención directa de menores y jóvenes internados en las Unidades del área de reforma del Centro regional Zambrana de Valladolid, es obligación de la Administración garantizar los servicios imprescindibles para la prestación de los servicios que se vienen prestando para la atención de menores que cumplen medidas de internamiento al amparo de la LO 5/2000 de 12 de enero reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.

El Centro Zambrana es un centro singular dentro de la red de centros del sistema de infancia, concurriendo en él una dualidad de características que le hacen único, al tratarse de un centro de carácter polivalente y específico. Es un centro de carácter polivalente, ya que cuenta con dos áreas, totalmente independientes. Una destinada a la atención de menores con medidas de protección (Área de Protección) y otra a la ejecución de medidas acordadas por los menores al amparo de la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores (Área de Reforma).

Al mismo tiempo es un centro con especificidades en ambas áreas, ya que en el área de protección es el único centro de la comunidad creado concretamente para menores con problemas de conducta, destinado al acogimiento residencial de estos menores y en el área de reforma es el único centro de la comunidad para la ejecución de medidas de internamiento en régimen cerrado, en régimen semiabierto y terapéutico, para menores de ambos sexos.

Los ingresos en este centro no requieren de autorización administrativa, sino que se realizan en virtud de resolución de los juzgados de menores, lo que supone que los ingresos no están programados y se pueden producir a cualquier hora del día durante todos los días del año, siendo su capacidad máxima autorizada de 80 plazas.

Para llevar a cabo la atención de los jóvenes y menores, el centro cuenta con diferentes profesionales dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, de la Consejería de Educación, Consejería de Sanidad, así como procedentes de entidades privadas, vinculadas por contratos administrativos, como es el caso de la empresa del Grupo 5 Acción y Gestión, S.A.U.

En su virtud, en aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 10 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo y, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 21/2002 de 27 de diciembre de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, previa negociación con el Comite de Huelga,

RESUELVO

Primero.- Siendo preciso garantizar la atención de los menores durante el paro convocado para el día 19 de junio de 2024 de 10:30 a 11:30 horas por la Federación de Enseñanza CCOO Castilla y León en la Empresa Grupo 5 Acción y Gestión Social, S.A.U. que realiza actividades complementarias a la atención directa de menores y jóvenes internados en las Unidad del área de Intervención de reforma del Centro Regional Zambrana de Valladolid, se establecen como servicios mínimos 13 técnicos de atención directa en turno de mañana.

Segundo.- La empresa afectada deberán adoptar, de acuerdo con lo indicado las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos establecidos por la Administración.

Tercero.- Los servicios esenciales fijados no podrán ser perturbados por alteraciones o paros del personal designado para su prestación. Caso de producirse serán considerados ilegales y quienes los ocasionaren incurrirán en responsabilidad, que les será exigida de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.

Cuarto.- Lo dispuesto en los apartados precedentes no significa limitación alguna de los derechos que los trabajadores tienen reconocidos por las normas reguladoras del derecho de huelga.

Quinto.- La presente orden producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 14 de junio de 2024.

La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,

Fdo.: M.ª Isabel Blanco LLamas

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