RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2024, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Burgos, por la que se otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación de producción de energía eléctrica, mediante tecnología fotovoltaica, denominada «Ibeas Solar» y su infraestructura de evacuación, con conexión a la red de distribución, instalada en suelo sobre estructura fija, en el término municipal de Ibeas de Juarros (Burgos). Expte.: FV/656.

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE BURGOS

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La compañía mercantil Ibeas Solar, S.L., solicitó, con fecha 28 de julio de 2023, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación mencionada, después de haber obtenido los permisos de acceso y conexión el 20 de marzo de 2023. La solicitud fue admitida a trámite el 29 de agosto de 2023.

Segundo. En cumplimiento de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León, se sometió el expediente a información pública, habiéndose publicado con fecha 20 de febrero de 2024 en el B.O.C. y L. y en el Portal de la Energía de la Junta de Castilla y León, en la sección correspondiente de Energía y Minería.

Tercero. Este Servicio Territorial lleva a cabo consultas a las Administraciones de servicios de interés general afectadas por la solicitud, entre las que se destacan la Subdelegación del Gobierno, el Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte, el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital (Sección de Conservación y Explotación de Carreteras y Sección de Urbanismo y Ordenación del Territorio), y a IDE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. Además, se consulta al Ayuntamiento de Ibeas de Juarros para que emita informe y certificado de exposición al público del proyecto mencionado. Esta solicitud fue reiterada el 21 de mayo de 2024. El Ayuntamiento certifica dicha exposición al público. Dicho Ayuntamiento como la Subdelegación del Gobierno e IDE no emiten informe, entendiendo su conformidad a la autorización del proyecto. El Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital (Sección de Conservación y Explotación de Carreteras y Sección de Urbanismo y Ordenación del Territorio) y el Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte emiten informes condicionados aceptados por el promotor.

Cuarto. Durante el período de información pública, no se han presentado alegaciones al proyecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos es competente para resolver este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se desconcentran competencias en los Órganos Directivos Centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y la Resolución de 9 de marzo de 2023 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, por la que se delegan determinadas competencias en el jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.

Segundo. En la tramitación de este expediente se han tenido en cuenta las siguientes disposiciones legales:

  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
  • Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León.
  • Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de baja tensión.
  • RD 223/2008 de 15 de febrero, por el que se aprueban el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instalaciones de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
  • RD 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
  • Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
  • Real Decreto-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo ello, este Servicio Territorial de Burgos, a propuesta del técnico competente de la sección de energía, resuelve:

Autorizar a la empresa Ibeas Solar, S.L la instalación de producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica a ejecutar en suelo sobre estructura fija y su infraestructura de evacuación con conexión a la red de distribución en la línea 73 - Villasur de 13,2 kV de la STR Ibeas de Juarros (13,2 kV), en el tramo comprendido entre los apoyos número 26962 (5020334) y 25 (4832620), cuyas características principales son las siguientes:

  • Potencia instalada: 1.000 kW
  • Potencia pico: 1.215 kW
  • Potencia de acceso: 1.000 kW
  • Paneles: 2.250 (540 W cada uno).
  • Inversores: 8 (125 kW cada uno).
  • Centro de transformación en edificio prefabricado de hormigón, de 1.250 kVA de potencia y una relación de transformación 0,42/13,2-20 kV, en el que se alojarán las celdas de entrada, medida de tensión, protección y medida fiscal y, el Cuadro General de Baja Tensión.
  • Línea eléctrica subterránea de media tensión 13,2/20kV mediante conductor HEPRZ1 12/20kV 3x(1x150) mm² Al, de longitud aproximada de 40 m con origen en el centro de transformación y final en el centro de seccionamiento propiedad de la empresa distribuidora de energía eléctrica (objeto de otro proyecto).

Otorgar autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica, conforme a la reglamentación técnica aplicable y con las siguientes condiciones:

  • 1ª.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y documentación técnica presentada, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, así como conforme a los condicionados establecidos por los organismos y entidades afectados.
  • 2ª.- El plazo máximo para la solicitud de la autorización de explotación será el establecido en el RDL 23/2020, contado a partir de la presente Resolución. Se advierte que se producirá la caducidad de la presente autorización, si transcurrido dicho plazo no se ha solicitado la autorización de explotación. Antes de la finalización del citado plazo, podrán solicitarse prorrogas del mismo, por causas justificadas o este podrá ser extendido de acuerdo con el RDL 8/2023, de 27 de diciembre o disposiciones que las sustituyan.
  • 3ª.- El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a este Servicio Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
  • 4ª.- La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

Esta Resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización, licencia, permiso, contrato o acuerdo que la legislación vigente establezca.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Ilmo. Sr. Director General de Energía y Minas, conforme a lo dispuesto en los Arts. 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Burgos, 10 de junio de 2024.

El Jefe del Servicio Territorial,

Fdo.: Mariano Muñoz Fernández

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