CERTIFICACIÓN de la Secretaria del Ayuntamiento de Candeleda (Ávila), relativa a la aprobación definitiva, sin resolución expresa, del proyecto de urbanización del sector C-31 del suelo urbano no consolidado, promovida por «Gestión e Informática Almanzor, S.L.», en el término municipal de Candeleda (Ávila). Expte.: 1453/2021.

La Sra. Secretaria del Ayuntamiento de Candeleda de conformidad con lo señalado por el Art. 251.3.f) del RUCyL ha emitido el siguiente certificado de fecha 4 de junio de 204 acreditativo de la aprobación definitiva sin resolución expresa del proyecto de urbanización del sector C-31 del suelo urbano no consolidado, promovida por «Gestión e Informática Almanzor, S.L.», en el término municipal de Candeleda (Ávila). Expte.: 1453/2021:

Primero: Que, conforme preceptúa el Art. 251 letra f) Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León: No será preceptiva la aprobación definitiva expresa si no se presentan alegaciones o alternativas en la información pública ni se introducen cambios tras la aprobación inicial. En tal caso la aprobación inicial quedará elevada a definitiva y deberá notificarse y publicarse como tal. Las notificaciones y publicaciones oficiales deben referirse a la certificación del secretario municipal acreditativa de la aprobación definitiva sin resolución expresa.

Segundo: Que, en el Boletín Oficial de Castilla y León, Número 81 de fecha 26 de abril de 2024, se ha publicado anuncio firmado por la Alcaldía en fecha 18 de abril de 2024, que dice literalmente:

«INFORMACIÓN pública relativa a la aprobación inicial del proyecto de urbanización del sector C-31 del suelo urbano no consolidado, promovida por «Gestión e Informática Almanzor, S.L.», en el término municipal de Candeleda (Ávila). Expte.: 1453/2021.

Aprobado inicialmente, por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de fecha 4 de abril de 2024, el Proyecto de Urbanización del Sector C-31 del Suelo Urbano no Consolidado, redactado por el Arquitecto d. José María Mazón Moreno, promovido por Gestión e Informática Almanzor, S.L. Expediente 1453/2021. De conformidad con el artículo 251 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004 de 29 de enero y modificaciones posteriores, el expediente se somete a información pública, haciendo constar, en cumplimiento del artículo 432 del mismo Reglamento:

  • 1. Órgano que acuerda la información pública: Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Candeleda (Ávila).
  • 2. Fecha del acuerdo: 4 de abril de 2024.
  • 3. Instrumento o expediente sometido a información pública: Proyecto de Urbanización del Sector C-31 del Suelo Urbano no Consolidado, en el término municipal de Candeleda, redactado por el Arquitecto d. José María Mazón Moreno, promovido por Gestión e Informática Almanzor, S.L. Expediente 1453/2021.
  • 4. Ámbito de aplicación: Sector C 31 del Suelo Urbano no Consolidado, afecta al terreno con referencia catastral 8474216UK0487S0001EZ, en el término municipal de Candeleda, Ávila.
  • 5. Identidad del Promotor: D. Álvaro González Pino, en representación de la mercantil Gestión e Informática Almanzor, S.L.
  • 6. Duración del período de información pública: Un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • 7. Lugar, horarios y página web dispuestos para la consulta del instrumento o expediente: Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Candeleda, horario de 9,00 a 14,00 horas, y sede electrónica Ayuntamiento de Candeleda, tablón de anuncios
  • https://ayuntamientocandeleda.sedelectronica.es/board.
  • 8. Lugar y horario dispuestos para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros documentos: Registro General del Ayuntamiento de Candeleda, Plaza Mayor 1, en horario de 9,00 a 14,00 horas, y Sede electrónica del Ayuntamiento de Candeleda.
  • 9. Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas hasta que sea firme en vía administrativa la aprobación definitiva del proyecto de urbanización.
  • 10. Tras el periodo de información pública, si no se presentan alegaciones o alternativas, ni se introducen cambios, la aprobación inicial quedará elevada a definitiva. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento».

Tercero: Que el citado acuerdo de aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Sector C-31 del Suelo Urbano no Consolidado, en el término municipal de Candeleda, redactado por el Arquitecto D. José María Mazón Moreno, promovido por Gestión e Informática Almanzor, S.L. Expediente 1453/2021, ha sido sometido a información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente del correspondiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 81 de fecha 26 de abril de 2024.

Asimismo, se publicó en la sede electrónica de este Ayuntamiento, sin que durante dicho plazo se haya presentado reclamación alguna. En consecuencia, ha quedado elevada a definitiva la aprobación inicial del proyecto de urbanización.

Cuarto: Que, sin necesidad de nueva Resolución de aprobación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251.3.f) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, habiendo adquirido firmeza en vía administrativa el acuerdo de aprobación definitiva, del Proyecto de Urbanización del Sector C-31 del Suelo Urbano no Consolidado, en el término municipal de Candeleda, redactado por el Arquitecto d. José María Mazón Moreno, promovido por Gestión e Informática Almanzor, S.L. Expediente 1453/2021, el urbanizador depositará el Proyecto en el Registro de la Propiedad para su publicidad y la práctica de los asientos que correspondan.

Lo que se publica de conformidad con lo establecido en el 251 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa, pueden los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Alcalde de este Ayuntamiento, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila en el plazo de dos meses, a contar desde del día siguiente al de la notificación o publicación del acto; y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

Candeleda, 6 de junio de 2024.

El Alcalde-Presidente,

Fdo.: Carlos Montesino Garro

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