EXTRACTO de la Orden de 11 de junio de 2024, de la Consejería de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones para intervenciones en la modalidad de cooperación económica en condiciones no reembolsables en países en desarrollo: proyectos de desarrollo, microproyectos y microacciones complementarias en el exterior, para el año 2024.

BDNS (Identif.): 768021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768021)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero. Beneficiarios:

Estas subvenciones están dirigidas a entidades privadas, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro que figuren inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, que gocen de plena capacidad jurídica y de obrar, que dispongan de una estructura permanente con una antigüedad mínima de 6 meses, susceptible de garantizar el cumplimiento de sus fines y la implantación en la Comunidad, y con sede permanente, distinta del domicilio particular y abiertos al público, en la Comunidad de Castilla y León.

Segundo. Finalidad:

Las subvenciones tienen como finalidad la financiación de proyectos de desarrollo, microproyectos y microacciones complementarias, dirigidos a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derechos más vulnerables en países empobrecidos, el apoyo al cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, en los términos establecidos en el IV Plan Director de Cooperación para el Desarrollo de Castilla y León 2023-2026. Todas las intervenciones deberán ser ejecutadas materialmente por uno o varios socios locales.

Tercero. Bases reguladoras:

La Orden PRE/735/2023, de 30 de mayo, aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para intervenciones en la modalidad de cooperación económica en condiciones no reembolsables en países en desarrollo: proyectos de desarrollo, microproyectos y microacciones complementarias en el exterior (publicada en el Boletín Oficial de Castila y León n.º 108, de 7 de junio).

Cuarto. Importe:

El crédito asignado a la convocatoria es de 3.800.000 euros.

El crédito correspondiente a esta convocatoria podrá ser ampliado en una cuantía adicional no superior al 50% de los créditos inicialmente convocados, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria

La cuantía individualizada de la subvención concedida no podrá superar el 80% del presupuesto total de la intervención en los proyectos de desarrollo, sin que en ningún caso pueda exceder de la cuantía de 300.000 € .

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 11 de junio de 2024.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

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