RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Condado de Treviño (Burgos), por la que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a la plaza que se reseña para el año 2024.
PERSONAL FUNCIONARIO
PROMOCIÓN INTERNA - PERSONAL FUNCIONARIO: Jornada 100%
GRUPO | SUBGRUPO | CLASIFICACIÓN | DENOMINACIÓN | PROMOCIÓN INTERNA |
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C | C1 | ADMÓN. GENERAL | ADMINISTRATIVO | 1 |
PERSONAL LABORAL TEMPORAL: Jornada 100%
CATEGORÍA LABORAL | ESPECIALIDAD | N.º VACANTES | DENOMINACIÓN |
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A1 | ADMÓN. GENERAL | 1 | TÉCNICO DE ADMININISTRACIÓN GENERAL |
PERSONAL FUNCIONARIO - OPOSICIÓN LIBRE: Jornada 100%
GRUPO | SUBGRUPO | CLASIFICACIÓN | DENOMINACIÓN | VACANTES |
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C | C2 | ADMÓN. GENERAL | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1 |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde - presidente del Ayuntamiento de Condado de Treviño, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otro Municipio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Treviño (Condado de Treviño), 31 de mayo de 2024.
El Alcalde-Presidente,
Fdo.: Adolfo Estavillo Musitu