ORDEN SAN/446/2024, de 14 de mayo, por la que se aprueba el programa 2024 de fidelización y captación del talento de residentes que finalizan la Formación Sanitaria Especializada en el Sistema Nacional de Salud.

La Disposición Adicional Sexta de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León, prevé la aprobación de un programa dirigido a los residentes que finalizan su formación en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud, que promueva el desarrollo de la formación clínica y de las capacidades de investigación y que lleve aparejado un nombramiento con una duración de hasta tres años, para continuar su formación clínico-investigadora.

Mediante Ley 1/2023, de 24 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas se modifica la previsión contenida en la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, ampliando el ámbito subjetivo de aplicación del programa de fidelización a todos los residentes que finalizan su residencia en centros e instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud; con esta medida se da respuesta a una realidad, cual es que más del 60% de los residentes que se forman en el Servicio de Salud de Castilla y León provienen de otras comunidades autónomas a las que, por arraigo, quieren regresar, mientras que hay residentes con origen en Castilla y León que se forman fuera y que, igualmente por arraigo, quieren regresar para iniciar en Castilla y León su trayectoria como profesionales.

Así, se pretende conseguir un mayor grado de fidelización y captación que consiga que se integren en nuestro servicio de salud residentes que acaban de finalizar la residencia y se dé así respuesta a las grandes necesidades asistenciales que existen, debido a la actual carencia de Licenciados Especialistas en todo el Sistema Nacional de Salud, que se prevé se prolongue durante los próximos años.

El Consejero de Sanidad, en virtud de las competencias que le corresponden conforme se establece en el artículo 6.2 del La Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León

RESUELVE:

Aprobar el Programa 2024 de fidelización y captación del talento de los residentes que finalizan la Formación Sanitaria Especializada en el Sistema Nacional de Salud, que se adjunta como Anexo I a la presente orden.

Contra la presente orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente día a su publicación, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 14 de mayo de 2024.

El Consejero de Sanidad,

Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos

ANEXO I

PROGRAMA 2024 DE FIDELIZACIÓN Y CAPTACIÓN DEL TALENTO DE LOS RESIDENTES QUE FINALIZAN LA FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

La Gerencia Regional de Salud de Castilla y León tiene como compromiso proporcionar a los ciudadanos una asistencia sanitaria de calidad, basada entre otros factores, en la excelencia de sus profesionales, quienes, en el desempeño de sus funciones asistenciales, docentes y de investigación, demuestran su propósito de mejora continua de sus habilidades y una voluntad de cumplimiento de los objetivos de la organización.

La Formación Sanitaria Especializada es una de las claves del prestigio del Servicio de Salud de Castilla y León, ofreciendo a los residentes un aprendizaje centrado en el enfermo, con una visión multiprofesional y multidisciplinar de conjunto, fomentando en ellos la actividad docente e investigadora y contribuyendo así, a completar su formación como especialista.

Esta formación provee al sistema sanitario de profesionales formados no sólo desde el punto de vista científico, sino también en valores que aportan una calidad inestimable a nuestros centros.

Por ello, es un interés de este Servicio de Salud la permanencia en nuestra comunidad de los residentes en él formados así como el reconocimiento de su esfuerzo orientado hacia la mejora continua en su aprendizaje y su implicación en objetivos y proyectos de la organización en la que se forman.

Por otra parte, y como continuación de la convocatoria del año pasado, este año se ha abierto de nuevo la posibilidad de participar a los residentes que finalizan su residencia en otra comunidad autónoma, con la finalidad de que formen parte del Servicio de Salud de Castilla y León como profesionales, contribuyendo a un sistema sanitario fuerte con un gran capital humano.

Primero. Objeto.

El Programa 2024 de fidelización y captación del talento de los residentes que finalizan su Formación Sanitaria Especializada en el Sistema Nacional de Salud, tiene como objeto la permanencia de los residentes que finalizan su residencia en el Servicio de Salud de Castilla y León así como la atracción de residentes formados en otros centros del Sistema Nacional de Salud, mediante el desempeño de funciones asistenciales y labores de formación e investigación, que contribuyan al desarrollo de las competencias clínicas e investigadoras que todo especialista ha de adquirir a lo largo de su trayectoria profesional.

Segundo. Contenido del programa.

El Programa se inicia con la baremación de los residentes que finalizan su residencia en 2024, según la valoración realizada por el Comité de Evaluación regulado mediante Orden SAN/...de 14 de mayo , por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento.

Tras la ordenación de los interesados conforme a la puntuación obtenida en dicha valoración, se realizará un procedimiento de llamamiento único.

Los candidatos que resulten adjudicatarios de las plazas ofertadas en este Programa, serán nombrados personal estatutario temporal, conforme al artículo 9.1.b) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

El nombramiento tendrá una duración de hasta 3 años, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 9 del Estatuto Marco.

Los candidatos nombrados personal estatutario temporal al amparo de este Programa de Fidelización y Captación de Residentes 2024, desempeñarán las funciones inherentes a su nombramiento y en el desempeño de las mismas quedan vinculados por lo estipulado en este Programa durante el periodo de vigencia de su nombramiento.

La participación en el presente Programa facilitará a los Licenciados Especialistas la realización de formación postgrado y la participación en proyectos de investigación.

Tercero. Destinatarios.

Podrán participar en el presente Programa los licenciados especialistas que finalizan su Formación Sanitaria Especializada en los centros e instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el año 2024.

En virtud de lo anterior, podrán participar los licenciados especialistas que finalicen su periodo de formación en 2024, aun cuando se produzca en un momento posterior a la fecha oficial de finalización por las causas justificadas previstas en la normativa vigente.

Igualmente, podrán participar los licenciados especialistas que, debiendo haber finalizado su formación en 2023, por causas justificadas previstas en la normativa vigente en materia de residencia, hayan finalizado en un momento posterior, hasta el 31 de diciembre de 2024.

Cuarto. Contrataciones ofertadas.

Las contrataciones ofertadas en el presente Programa son las que figuran en el Anexo II.

Finalizado el plazo de presentación señalado al efecto, si hubiera más solicitudes que plazas ofertadas o se hubieran producido necesidades asistenciales sobrevenidas tras el estudio de plazas realizado inicialmente, se podrá ampliar el número de éstas, mediante resolución de la Directora General de Personal y Desarrollo Profesional que apruebe un listado complementario de plazas a ofertar.

4.1. Nombramientos en el ámbito hospitalario.

  • • Con carácter general, conforme se recoge en el Anexo II, los nombramientos ofertados de las especialidades del ámbito hospitalario se realizarán bajo la modalidad de «atención compartida» con otras Gerencias, tanto para la realización de la actividad ordinaria como de la atención continuada, con pleno respeto al régimen de descansos.
  • • El contrato se formalizará con la Gerencia que así se señala en el Anexo II, de forma que esta Gerencia tendrá la consideración de centro principal, teniendo adscrito un centro secundario a los efectos de la realización de la atención compartida por parte del adjudicatario.
  • • Se establece, con carácter general, la siguiente zonificación de atención hospitalaria para la organización de la asistencia sanitaria que garantice la realización de atención compartida:
    • - Complejo Asistencial Universitario de Salamanca / Complejo Asistencial de Ávila / Complejo Asistencial de Zamora.
    • - Complejo Asistencial Universitario de León / Hospital El Bierzo.
    • - Complejo Asistencial Universitario de Burgos / Hospital Santos Reyes / Hospital Santiago Apostol / Complejo Asistencial Universitario de Soria.
    • - Hospital Clínico Universitario de Valladolid / Hospital de Medina del Campo / Complejo Asistencial Universitario de Palencia / Complejo Asistencial de Segovia / Complejo Asistencial Universitario de Soria.
    • - Hospital Universitario Río Hortega de Valladolid / Hospital de Medina del Campo / Complejo Asistencial Universitario de Palencia / Complejo Asistencial de Segovia / Complejo Asistencial Universitario de Soria.
  • • El porcentaje de jornada ordinaria compartida en la que el Licenciado Especialista prestará servicios en el centro secundario, será variable cada año durante los 3 años de nombramiento, de forma que realizará un 50% de la jornada el primer año, un 40% el segundo año y un 30% durante el tercer año, conforme a la asignación de centros principal y secundario según consta en el Anexo II.
  • • En relación con la atención continuada, ésta se realizará en función de las necesidades asistenciales, de acuerdo con la programación funcional de la Gerencia correspondiente.
  • • La actividad ordinaria y la atención continuada se realizará sin perjuicio de que de forma voluntaria e incentivada, el Licenciado Especialista pueda participar en la actividad extraordinaria que se precise en los centros principal o secundario, sin superar la jornada reglamentaria y con pleno respeto al régimen de descansos.
  • • Durante el periodo de trabajo en cada centro, el profesional formará parte del mismo funcionalmente a los efectos organizativos y se le asignarán los incentivos que puedan aprobarse y sean aplicables a la actividad asistencial que desempeñe.
  • • La actividad que el profesional realice en el centro principal y en el secundario en jornada ordinaria y en jornada extraordinaria, así como la atención continuada, no generará derecho a indemnización por razón del servicio.

4.2. Nombramientos en el ámbito de la atención primaria.

  • • Con carácter general, conforme se recogen en el Anexo II, los nombramientos en el ámbito de la atención primaria se realizarán bajo la modalidad de «atención compartida» con otra zona básica de salud de la misma Gerencia, tanto para la realización de la actividad ordinaria como de la atención continuada, y con pleno respeto al régimen de descansos.
  • • La modalidad del nombramiento en atención primaria será de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, con asignación funcional a una Zona Básica de Salud principal preferentemente urbana, y a otra Zona Básica de Salud secundaria, que serán asignadas por la Gerencia correspondiente de Atención Primaria.
  • • El Licenciado Especialista desarrollará su jornada en las Zonas Básicas de Salud a las que esté asignado (principal y secundaria). El porcentaje de jornada ordinaria compartida en la que el Licenciado Especialista prestará servicios en la Zona Básica de Salud secundaria, será variable cada año durante los 3 años de nombramiento, de forma que realizará un 50% de la misma durante el primer año, un 40% durante el segundo año y un 30% durante el tercer año.
  • • En relación con la atención continuada, ésta se realizará en función de las necesidades asistenciales, de acuerdo con la programación funcional de la Gerencia correspondiente en el centro de salud principal o secundario.
  • • La actividad ordinaria y la atención continuada se realizará sin perjuicio de que de forma voluntaria e incentivada, el Licenciado Especialista pueda participar en la actividad extraordinaria que se precise en los centros principal o secundario, sin superar la jornada reglamentaria y con pleno respeto al régimen de descansos.
  • • Durante el periodo de trabajo en cada centro, el profesional formará parte del mismo funcionalmente a los efectos organizativos y se le asignarán los incentivos que puedan aprobarse y sean aplicables a la actividad asistencial que desempeñe.
  • • La actividad que el profesional realice en el centro principal y en el secundario en jornada ordinaria y en jornada extraordinaria, así como la atención continuada, no generará derecho a indemnización por razón del servicio.

4.3. Nombramientos de Especialistas en Pediatría y sus áreas específicas.

  • • Con carácter general, conforme se recogen en el Anexo II, los nombramientos de Especialistas en Pediatría y sus áreas específicas en el ámbito de Atención Primaria, se realizarán bajo la modalidad de «atención compartida» entre una Zona Básica de atención primaria y el hospital de referencia del mismo área de salud, tanto para la realización de actividad ordinaria como de la atención continuada, con pleno respeto al régimen de descansos.
  • • La modalidad del nombramiento en atención primaria será de Licenciado Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, con asignación funcional a una Zona Básica de Salud y al hospital (centro secundario) dentro del mismo área de salud.
  • • El Licenciado Especialista desarrollará su jornada en la Zona Básica de Salud y hospital a los que esté asignado. El porcentaje de jornada ordinaria compartida en la que el Licenciado Especialista prestará servicios en el hospital será variable cada año durante los 3 años de nombramiento, de forma que realizará un 50% durante el primer año, un 40% durante el segundo año y un 30% durante el tercer año.
  • • En relación con la atención continuada, ésta se realizará en función de las necesidades asistenciales, de acuerdo con la programación funcional de la Gerencia correspondiente.
  • • La actividad ordinaria y la atención continuada se realizará sin perjuicio de que de forma voluntaria e incentivada, el Licenciado Especialista pueda participar en la actividad extraordinaria que se precise en los centros principal o secundario, sin superar la jornada reglamentaria y con pleno respeto al régimen de descansos.
  • • Durante el periodo de trabajo en cada centro, el profesional formará parte del mismo funcionalmente a los efectos organizativos y se le asignarán los incentivos que puedan aprobarse y sean aplicables a la actividad asistencial que desempeñe.
  • • La actividad que el profesional realice en el centro principal y en el secundario en jornada ordinaria y en jornada extraordinaria, así como la atención continuada, no generará derecho a indemnización por razón del servicio.

4.4. Nombramientos dirigidos a Especialistas que ostenten el título de doctor.

Además de las contrataciones señaladas en el anexo II, se ofrecerá, en todas las especialidades en los centros donde existan plazas vinculadas, un nombramiento a todos aquellos especialistas que ostenten el título de Doctor, con el objetivo reforzar la asistencia en aquellos servicios y ligados al compromiso de implicación en la dirección de tesis doctorales.

Quinto. Formación de postgrado e investigación.

5.1. Formación de postgrado

Los licenciados especialistas vinculados a este Programa de Fidelización 2024, podrán acceder a una formación de posgrado, máster o título propio, relacionada con su especialidad, de las ofertadas por las Universidades de Castilla y León, siempre que la materia se encuentre incluida en la cartera de servicios de Sacyl. En este apartado se incluye la realización del Diploma en Salud Pública (Diplomado en Sanidad) desarrollado por la Fundación Instituto de Estudios y Ciencias de la Salud de Castilla y León, de acuerdo con la Escuela Nacional de Salud.

Igualmente, podrán elegir una formación de postgrado de otra Universidad si se justifica la ausencia de tales estudios en Castilla y León.

La realización de esta formación contará con una ayuda económica de la Gerencia Regional de Salud, a través del centro principal en el que sea contratado el Licenciado, requerirá la previa aprobación de la Gerencia de dicho centro y no podrá exceder de 2.000 € por profesional; asimismo, deberá comunicarse con carácter previo a la Dirección General competente en materia de personal de la Gerencia Regional de Salud.

5.2. Participación en proyectos de investigación.

Se facilitará la participación en proyectos de investigación que se desarrollen en la Gerencia o Centro principal, conforme al contenido de las convocatorias de proyectos de investigación que se convoquen en la Gerencia Regional de Salud.

Sexto. Condiciones del Programa.

Los Licenciados Especialistas nombrados al amparo de este Programa, quedan vinculados a las condiciones estipuladas en el mismo y su incumplimiento daría lugar a la finalización anticipada del mismo, así como en su caso al reintegro de los gastos derivados de la financiación por parte de la Gerencia Regional de Salud de las actividades de formación de posgrado.

Séptimo. Desarrollo del Programa.

1. Solicitud de participación.

Los licenciados especialistas que finalizan la Formación Sanitaria Especializada interesados en participar en el presente Programa deberán presentar la solicitud que figura como Anexo III del presente Programa.

En el caso de participantes que hayan realizado la Formación Sanitaria Especializada en centros de la Gerencia Regional de Salud, la solicitud deberá dirigirse a la comisión de docencia del centro en el que cursan la misma.

En el caso de participantes que hayan realizado la Formación Sanitaria Especializada en centros de otras comunidades autónomas, la solicitud irá dirigida a la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

Las solicitudes podrán presentarse en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente podrán presentarse en los registros de las Gerencias de Salud de Área, de Asistencia Sanitaria, de Atención Primaria, de Atención Especializada y de los servicios centrales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de correos antes de su envío.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente Programa es de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden.

2. Documentación a presentar:

Los participantes deberán adjuntar a su solicitud la documentación acreditativa de los méritos que figuran en el anexo III de la presente orden.

Además, deberán aportar informe de su Comisión de Docencia conforme al anexo IV basado en la información aportada por los tutores y por tutores coordinadores del residente según el informe que se adjunta como anexo V y que también deberá aportarse.

Para facilitar la evaluación de los méritos presentados, deberá cumplimentarse el auto baremo que figura en el siguiente enlace del portal de salud de Castilla y León (apartado «profesionales»/portal de formación/formación sanitaria especializada/programa de reconocimiento e incentivación): https://www.saludcastillayleon.es/es

3. Valoración de los interesados.

Corresponde al Comité de Evaluación al que se refiere el apartado segundo del presente Programa, la valoración de los Licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada interesados en participar en el mismo.

En la información facilitada por los tutores se detallarán los méritos relativos a cada uno de los apartados que figuran en el Anexo de la Orden SAN/ de 14 de mayo , por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento

La valoración global de cada interesado se realizará sumando la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes apartados:

  • a) Puntuación obtenida en la evaluación realizada al amparo de la Orden arriba citada (máximo 8 puntos).
  • b) Puntuación media otorgada por la Comisión de Docencia en las evaluaciones anuales efectuadas hasta la fecha de publicación de la presente orden (máximo 2 puntos).

En el supuesto de empate, éste se dirimirá a favor de quien ostente mayor puntuación en el apartado 2 del Anexo de la precitada Orden.

Una vez realizada la valoración de los participantes, se publicará en los tablones de anuncios de las Gerencias de Asistencia Sanitaria, Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Atención Primaria, Gerencias de Atención Especializada y Gerencia de Emergencias Sanitarias, así como en el Portal de Salud de Castilla y León y en el teléfono del Servicio de Atención al Ciudadano (012), la relación provisional de participantes en el Programa, ordenados por puntuación y especialidad, concediendo un plazo de 3 días para presentar alegaciones por los mismos medios señalados para la presentación de solicitudes.

Analizadas las alegaciones, se publicará en los mismos medios señalados en el párrafo anterior la relación definitiva de participantes en el Programa, ordenados por puntuación y especialidad.

La valoración de los participantes podrá publicarse parcialmente, estableciendo igualmente fechas diferentes para las siguientes fases del procedimiento, diferenciando:

  • a) Aquellos cuya formación tiene una duración de 3 años y la fecha oficial de finalización es de 18 de julio.
  • b) Aquellos cuya formación tiene una duración de 4 años y la fecha oficial de finalización es de 24 de septiembre.
  • c) Aquellos cuya formación tiene una duración de 5 años y la fecha oficial de finalización es 27 de mayo.
  • d) Los participantes que finalizan la formación en una fecha diferente a la oficial por causas justificadas.

4. Acto de adjudicación de nombramientos.

4.1. Una vez establecido el orden por especialidad y por puntuación obtenida, la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional procederá al llamamiento, en dos actos telemáticos que tendrán lugar:

El día 14 de junio de 2024 a las 10 horas para los participantes a que hace referencia el apartado c) del punto anterior, es decir, aquellos participantes cuya formación tiene una duración de 5 años y la fecha de finalización es el 27 de mayo de 2024.

El día 28 de junio de 2024 a las 10 horas para los participantes a que hacen referencia los apartados a) b) y d) del punto anterior, es decir, aquellos participantes cuya formación tiene una duración de 3 años y la fecha oficial de finalización es de 18 de julio, los residentes cuya formación tiene una duración de 4 años y que finaliza el 27 de septiembre de 2024 o aquellos que finalizan la formación en una fecha diferente a la oficial por causas justificadas.

Cada acto se desarrollará telemáticamente a través de la plataforma Microsoft TEAMS.

El acceso a la sesión de Teams se podrá hacer desde las 9 horas al objeto de que los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada puedan comprobar que su conexión es correcta.

4.2. La conexión se realizará de la siguiente manera:

  • a) En relación con los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada en centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León, la conexión tendrá lugar en el centro donde han realizado su Formación Sanitaria Especializada, desde donde se realizará la conexión de forma centralizada en una sala habilitada para ello, que será publicitada en el tablón de anuncios del centro con una antelación mínima de 5 días.
  • b) Aquellos licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada que por causa justificada, una vez valorado por la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, manifiesten la imposibilidad de personarse en su centro, podrán conectarse desde su equipo o dispositivo, ordenador o teléfono móvil, con la aplicación Teams descargada y con funciones de cámara, micrófono y audio habilitadas.
  • En este supuesto, deberá comunicar esta circunstancia a la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, a la dirección de correo electrónico formacion.sscc@saludcastillayleon.es con una antelación mínima de 3 días a la fecha señalada para el acto de elección y les será remitido el enlace de conexión a la dirección de correo que figura en su solicitud, debiendo confirmar su recepción.
  • c) Aquellos licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada en que resulte justificada, una vez valorado por la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, la imposibilidad de acudir a su centro o de conectarse desde su propio equipo, podrán personarse en la sede de la Consejería de Sanidad (Paseo Zorrilla, 1, Valladolid), lugar desde donde se organizará el acto. Para ello deberá comunicarse esta circunstancia a la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, a la dirección de correo electrónico formacion.sscc@saludcastillayleon.es con una antelación mínima de 3 días a la fecha señalada para el acto de elección.
  • d) En relación con los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada y que están realizando la misma en centros de otras comunidades autónomas, se conectarán desde su equipo o dispositivo, ordenador o teléfono móvil, con la aplicación Teams descargada y con funciones de cámara, micrófono y audio habilitadas. Les será remitido el enlace de conexión a la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud, debiendo confirmar su recepción.

4.3. Identificación de los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada:

  • a) Los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada que se conectan desde un centro o institución sanitaria de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León deberán acudir a la sala habilitada en su centro, provistos de su documento nacional de identidad u otro documento que acredite de forma fidedigna su identidad (pasaporte, carnet de conducir) para proceder a su identificación antes del acto de elección.
  • b) Los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada, tanto de Castilla y León como de otras comunidades autónomas, que se conecten desde su equipo, acreditarán su identidad mostrando dicho documento a través de su equipo o dispositivo móvil, con la cámara de video habilitada.
  • c) Los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada que acudan a la Consejería de Sanidad (sólo en los casos previstos en el apartado anterior) deberán ir provistos de dicho documento, para proceder a su identificación antes del acto de elección.

Los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada podrán ser representados por terceros; en este supuesto, deberán cumplimentar el modelo que se adjunta como Anexo VI, que deberá remitirse a la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional junto con copia del documento nacional de identidad del representante y del representado. El representante deberá conectarse al acto de elección de la forma que le corresponda a su representado en virtud de las opciones señaladas en el apartado 2.2., aportando igualmente documento identificativo de la forma correspondiente.

4.4. Desarrollo del acto de elección:

A la hora de inicio señalada, se informará del procedimiento de llamamiento, conforme a lo siguiente:

  • - Se procederá al llamamiento de los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada por el orden de puntuación resultante de la valoración.
  • Los licenciados que finalizan su Formación Sanitaria Especializada extracomunitarios serán llamados para las contrataciones que no hayan sido elegidas por los residentes que cuentan con la nacionalidad española.
  • - A medida que vayan siendo llamados deberán comunicar, de entre las contrataciones ofertadas que estén disponibles en cada momento, cuál aceptan.
  • - Se irán mostrando en la pantalla las contrataciones que vayan quedando disponibles a medida que avance el llamamiento.
  • - Cada licenciado que finaliza su Formación Sanitaria Especializada será llamado hasta 3 veces de forma sucesiva, transcurridas las cuales, si no ha contestado al llamamiento, se le dará por desistido.

Del acto de elección se levantará acta por un empleado público designado por la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional; además dicho acto será grabado, comunicando esta circunstancia al inicio.

A efectos informativos, el día siguiente al de la celebración del acto se dará publicidad de la asignación de nombramientos resultante en los tablones de anuncios de las Gerencias de Asistencia Sanitaria, Gerencias de Salud de Área, Gerencia de Atención Primaria, Gerencia de Atención Especializada y Gerencia de Emergencias Sanitarias, así como en el Portal de Salud de Castilla y León y en el teléfono del Servicio de Atención al Ciudadano (012).

Las adjudicaciones que se efectúen serán comunicadas a los servicios de personal de las Gerencias para que procedan a la formalización de los nombramientos.

En el supuesto de que quedaran destinos vacantes, estos se ofertarán en una nueva convocatoria del presente Programa, que será publicada antes del 31 de diciembre de 2024 en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme los requisitos y características señalados en la presente orden.

Mediante Resolución de la Directora General de Personal y Desarrollo Profesional se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León las modificaciones que, en su caso, se produzcan en relación con el contenido de la presente orden.

ANEXO II

Plazas ofertadas

CONTRATACIONES OFERTADAS EN EL PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN DE RESIDENTES 2024. ESPECIALIDADES HOSPITALARIAS

ESPECIALIDADES HOSPITALARIAS

ÁVILA

BURGOS

Comparte con

MIRANDA DE EBRO

ARANDA DE DUERO

Comparte con

LEÓN

Comparte con

EL BIERZO

PALENCIA

SALAMANCA

Comparte con

SEGOVIA

SORIA

VA OESTE (HURH)

Comparte con

VA ESTE (HCUV)

Comparte con

MEDINA DEL CAMPO

Comparte con

ZAMORA

Comparte con

TOTAL PLAZAS

ALERGOLOGÍA

 

1

CAUSO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

1

CAAV

 

 

 

 

 

 

3

ANATOMÍA PATOLÓGICA

 

1

HSRY

 

 

 

2

HBI

 

 

2

CAZA/CAAV

 

 

1

CASE

1

HCM

 

 

 

 

6

ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN

1

2

HSA/HSRY

 

 

 

3

HBI

 

1

6

3 CAAV/3 CAZA

1

 

4

2 CASE/2 CAUSO

3

1 HCM/2 CAUPA

1

HCUV

1

 

23

ANGIOLOGÍA Y CIRUGÍA VASCULAR

 

 

 

 

 

 

1

CAUSA

 

 

1

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

3

ANÁLISIS CLÍNICOS y BIOQUÍMICA CLÍNICA

 

1

HSA

 

 

 

1

HBI

 

 

1

CAAV/CAZA

 

 

 

 

2

HCM

 

 

1

 

6

APARATO DIGESTIVO

 

2

HSA

 

1

 

4

HBI

1

1

3

2 CAAV/1 CAZA

 

 

1

CASE

 

 

1

HCUV

 

 

14

CARDIOLOGÍA

 

2

HSA/HSRY

 

 

 

4

HBI

1

 

3

CAAV/CAZA/HBI

1

 

3

CAUPA/HMC/CAUSO

3

CAUPA/HMC/CAUSO

 

 

 

 

17

CIRUGÍA CARDIOVASCULAR

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

3

CIRUGÍA GENERAL Y A. DIGESTIVO

1

2

HSA/HSRY

 

 

 

1

HBI

 

1

1

CAZA

1

2

2

CASO/CASO

1

HMC

1

HCUV

 

 

13

CIRUGÍA ORAL Y MAXILOFACIAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

2

CIRUGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGÍA

1

2

HSA/HSRY

 

 

 

2

HBI

3

 

 

 

1

1

1

CASE

4

HMC/CAAV

 

 

1

CAUSA

16

CIRUGÍA PEDIÁTRICA

 

1

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

3

CIRUGÍA PLÁSTICA Y REPARADORA

 

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

3

CIRUGÍA TORÁCICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

2

DERMATOLOGÍA MÉDICO-QUIRÚRGICA Y V.

 

2

HSA/HSR

 

 

 

1

HBI

 

1

1

CAAV

 

 

 

 

1

HMC

 

 

1

 

7

ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN

 

1

CAUSO

 

 

 

1

HBI

 

 

1

CAAV

 

 

 

 

1

CASE

 

 

 

 

4

FARMACIA HOSPITALARIA

 

1

HSY

 

 

 

2

HBI

1

 

2

CAAV

 

1

2

SSCC

3

SSCC

 

 

1

 

13

GERIATRÍA

1

 

 

 

 

 

1

HBI

1

 

2

CAZA

1

1

1

CAUPA

2

HMC/CAUPA

 

 

 

 

10

HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA

 

1

HSA

 

 

 

1

HBI

 

 

3

2 CAAV/ 1 CAZA

1

 

1

CAUPA

1

HMC

 

 

 

 

8

INMUNOLOGÍA

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

MEDICINA DEL TRABAJO

1

1

 

 

 

 

 

 

 

 

1

CAZA

 

1

1

CASE/INSPECCIÓN

1

CAUPA

 

 

 

 

6

MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN

1

1

HSR

 

 

 

1

HBI

 

1

 

 

 

 

1

CASE

1

HMC

 

 

1

 

7

MEDICINA INTENSIVA

 

1

CAUSO

 

 

 

1

HBI

1

1

2

CAAV/CAZA

1

1

1

CASE

2

CAUPA/CAUSO

 

 

1

 

12

MEDICINA INTERNA

1

 

 

1

1

 

2

HBI

1

4

2

CAZA/CAAV

2

1

2

HMC/CAUPA

2

HMC/CAUSO

 

 

1

 

20

MEDICINA NUCLEAR

 

1

 

 

 

 

1

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

4

MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA

 

1

HSR

 

 

 

1

HBI

 

 

 

 

1

 

1

CAUPA/SSCC

 

 

 

 

1

 

5

MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

CAAV

 

 

1

CAUPA

 

 

1

HCUV

 

 

3

NEFROLOGÍA

 

2

CAUSO

 

 

 

1

HBI

1

 

1

CAAV

1

 

1

CASE

3

CAUPA

 

 

 

 

10

NEUMOLOGÍA

 

1

CAUSO

 

 

 

1

HBI

 

1

1

CAZA

 

 

1

CASE

1

CAAV

 

 

 

 

6

NEUROCIRUGÍA

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

1

 

 

 

1

 

1

 

 

 

 

 

4

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

CAAV

 

 

1

CAUPA

 

 

 

 

 

 

2

NEUROLOGÍA

 

1

CAUSO

 

 

 

1

HBI

 

1

1

CAAV

1

 

2

CAUPA

 

 

 

 

 

 

7

OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA

 

2

HSR/HSA

 

 

 

 

 

2

 

3

CAZA/2 CAAV

1

 

1

CASE

1

HMC

1

HCUV

1

 

12

OFTALMOLOGÍA

 

2

HSR/HSA

 

 

 

1

HBI

1

1

1

CAAV

1

 

2

CASE/HMC

2

HMC/HMC

1

HCUV

1

 

13

ONCOLOGÍA MÉDICA

1

2

HSA/HSR

 

 

 

1

HBI

1

1

1

CAZA

 

1

1

CASE

1

CAUPA

 

 

 

 

10

ONCOLOGÍA RADIOTERÁPICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

CAAV

 

 

 

 

1

CAUSO

 

 

 

 

2

OTORRINOLARINGOLOGÍA

 

1

HSR

 

 

 

 

 

 

 

2

CAZA

 

 

1

CASE

 

 

1

HCUV

 

 

5

PSICOLOGÍA CLÍNICA

1

2

HSA/HSRY

 

 

 

2

HBI

 

1

2

CAAV/CAZA

 

 

1

CASE

1

CAUSO

 

 

1

CAUSA

11

PSIQUIATRÍA

2

2

HSA/HSRY

 

 

 

2

HBI

1

1

2

CAAV/CAZA

1

 

1

CAUSO

3

HMC/CAUSO/CAUPA

 

 

1

 

16

RADIODIAGNÓSTICO

 

2

HSR/HSA

 

 

 

 

 

1

1

4

2 CAAV/2 CAZA

1

 

1

CASE

2

HMC/HMC

 

 

1

 

13

RADIOFÍSICA HOSPITALARIA

 

1

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

3

REUMATOLOGÍA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

CAAV

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

URGENCIA HOSPITALARIA

3

2

HSA/HSRY

2

4

 

2

HBI

2

2

3

1 CAAV/2 CAZA

4

2

2

CASE

2

HMC

4

 

4

 

38

UROLOGÍA

 

1

HSA

 

1

CAUBU

2

HBI/HBI

 

 

1

CAZA

1

 

1

CAUPA

 

 

1

HCUV

1

 

9

TOTAL ESPECIALIDADES HOSPITALARIAS

14

47

3

7

46

18

19

63

22

11

43

52

12

19

376

CONTRATACIONES OFERTADAS EN EL PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN DE RESIDENTES 2024. MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA

GAP / GAS

N.º PLAZAS

ÁVILA

7

BURGOS

28

BIERZO

7

LEÓN

14

PALENCIA

9

SALAMANCA

12

SEGOVIA

7

SORIA

7

VALLADOLID ESTE

16

VALLADOLID OESTE

16

ZAMORA

9

TOTAL PLAZAS FIDELIZACIÓN MFYC 2024

132

*La elección de la ZBS principal se realizará entre las que determine la gerencia correspondiente por elección de los aspirantes dentro del área de salud, según el orden de puntuación obtenida en el presente programa.

CONTRATACIONES OFERTADAS EN EL PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN DE RESIDENTES 2024. PEDIATRÍA Y SUS ÁREAS ESPECÍFICAS

GAP/GAS PRINCIPAL

PLAZAS

AT. HOSPITALARIA - CENTRO SECUNDARIO

ÁVILA

2

CAAV

BURGOS

2

CAUBU

1

HOSP. SANTIAGO APÓSTOL (Miranda de Ebro)

1

HOSP. SANTOS REYES (Aranda de Duero)

LEÓN

2

CAULE

BIERZO

2

HOSP. BIERZO

PALENCIA

2

CAUPA

SALAMANCA

4

CAUSA

SEGOVIA

2

CASE

SORIA

2

CAUSO

VALLADOLID ESTE

3

HOSP. MEDINA DEL CAMPO

VALLADOLID OESTE

2

HURH VA

ZAMORA

2

CAZA

TOTAL PLAZAS PEDIATRÍA FIDELIZACIÓN 2024

27

ANEXO III

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA 2024 DE FIDELIZACIÓN Y CAPTACIÓN DEL TALENTO DE LICENCIADOS QUE FINALIZAN LA FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

1.- DATOS PERSONALES:

1.1. Primer Apellido

1.2. Segundo Apellido

1.3. Nombre

1.4. Sexo. V M

1.5. NIF

1.6. Teléfono 1

1.7. Teléfono 2

1.8. Domicilio (calle o plaza, n.º)

1.9. Correo electrónico

1.10. Localidad

1.11. Provincia

1.12. Código Postal

2.- DATOS PROFESIONALES:

2.1. Especialidad

2.2. Centro en el que se forma

2.3. Localidad

2.4. Provincia

DOCUMENTACIÓN QUE ADJUNTA:

  • • Documentación acreditativa de los méritos que presenta para ser valorados por el Comité de Evaluación.
  • • Informe de la Comisión de Docencia del centro en el que está realizando la Formación Sanitaria Especializada.
  • • Informe del tutor /tutor coordinador.
  • • Documentación acreditativa de las notas de las evaluaciones anuales de la Formación Sanitaria Especializada.

SOLICITA

QUE, ACEPTANDO EN SU TOTALIDAD LAS CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA LE SEA ADMITIDA LA PRESENTE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA 2024 DE FIDELIZACIÓN Y CAPTACIÓN DEL TALENTO DE LICENCIADOS QUE FINALIZAN LA FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

(Firma del solicitante)

En...........................a......de.............................de 20.....

De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, [Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], se informa a los interesados que los datos que facilitan en este formulario son objeto de protección en los términos y condiciones expuestos en el Anexo V.

DIRECTORA GERENTE DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD

ANEXO IV

INFORME DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DOCENCIA.

D./Dª......................................................... con NIF.............................. en calidad de Presidente de la Comisión de Docencia de ............................................, una vez vista la información aportada por el tutor y tutor coordinador sobre los méritos correspondientes al licenciado especialista:

Apellidos y nombre: __________________________________________________

NIF: ________________ Especialidad: ___________________________________

Unidad docente: _____________________________________________________

Centro docente: _____________________________________________________

INFORMA FAVORABLEMENTE sobre el contenido de los mismos.

En....................., a........de...............................de 2024

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DOCENCIA DE .........................

Fdo. D./Dª................................................

SECRETARÍA DEL COMITÉ EVALUADOR

SERVICIO DE FORMACIÓN Y EVALUACIÓN DE ESPECIALIDADES SANITARIAS

DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y DESARROLLO PROFESIONAL

ANEXO V

INFORME DEL TUTOR Y DEL TUTOR COORDINADOR PARA LA COMISIÓN DE DOCENCIA

DATOS DEL TUTOR:

Apellidos y nombre: __________________________________________________

NIF:_______________________________________________________________

Unidad docente:______________________________________________________

Centro docente: _____________________________________________________

DATOS DEL TUTOR COORDINADOR:

Apellidos y nombre:___________________________________________________

NIF: ________________ Especialidad: ___________________________________

Unidad docente: _____________________________________________________

Centro docente:______________________________________________________

DATOS DEL LICENCIADO ESPECIALISTA:

Apellidos y nombre: __________________________________________________

NIF: ___________________ Especialidad:_________________________________

Unidad docente_______________________________________________________

Centro docente: _____________________________________________________

Se detallan los requisitos y méritos del licenciado especialista arriba citado:

1. DOCENCIA Y FORMACIÓN RELACIONADA CON LA ESPECIALIDAD.

Docencia El profesional deberá acreditar actividad docente de conformidad al anexo de la Orden por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento: Docente en actividades de formación (sesiones, charlas, talleres, etc.): sesión mínimo 30 minutos / taller mínimo 1 hora / curso mínimo 1 hora. La actividad debe estar certificada por el Servicio de Formación correspondiente, indicando la duración de las actividades.

Observaciones: en este apartado se deberá expresar si ha participado como docente o tutor, formato de impartición de la actividad formativa o cualquier otra apreciación que consideren conveniente para su mejor evaluación.

Formación: El profesional deberá acreditar haber realizado el 80% de las actividades que forman parte del Plan Transversal Común de formación de residentes impartido en su Gerencia, o formación equivalente, de conformidad con el Anexo de la Orden por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento

2. INVESTIGACIÓN RELACIONADA CON LA ESPECIALIDAD.

Se deberá detallar el título de la comunicación, publicación, tesis doctoral o proyecto de investigación y el tipo de intervención: autor principal o colaborador (en comunicaciones o publicaciones), investigador o colaboración realizada en un proyecto de investigación, etc., de conformidad con el Anexo de la Orden por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento.

a) Comunicaciones (oral / póster) en congresos, como primer o segundo autor, de ámbito regional, nacional e internacional, siempre que hayan presentado, al menos, una publicación durante la Formación Sanitaria Especializada. Máximo 3 póster o comunicaciones para el mismo congreso. b) Publicaciones, como primer u otros autores, en revistas sanitarias o en libros, priorizando las publicaciones en revistas por pares e indexadas (excluir libro de resúmenes o monográficos de revistas relativas a congresos y comunicaciones). c) Realización de la tesis doctoral (leída antes de finalización de la Formación Sanitaria Especializada). d) Participación en Proyectos de Investigación Públicos (FIS, SACYL, etc...) / Privados (empresa farmacéutica, centros privados) como investigador principal o colaborador (certificado por el IP)

Observaciones: en este apartado se deberá expresar la calidad o impacto de las comunicaciones, publicaciones, proyectos de investigación o cualquier otra apreciación que consideren conveniente y que sirva de guía para la valoración que realizará posteriormente el Comité de Evaluación.

Observaciones:

3. GESTIÓN CLÍNICA: Se detallarán las actividades de representación o de pertenencia a comisiones y comités legalmente constituidos, tanto del centro docente como de otros ámbitos, relacionados con su especialidad, de conformidad con el Anexo de la Orden por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento

4. COMPETENCIA PERSONAL: Se detallarán en este apartado los méritos del profesional respecto de todas y cada una de las habilidades personales y técnicas, debiendo aportar evidencias y datos que respalden y justifiquen lo reflejado en el informe, de conformidad con el Anexo de la Orden por la que se crea y regula el funcionamiento del comité de evaluación de los residentes que finalizan la formación sanitaria especializada en el sistema nacional de salud y se establecen los criterios de evaluación de los participantes en el programa de fidelización y captación del talento.

a) Actitud / valor profesional: respeto e interés por pacientes y familiares. Comunicación efectiva y seguimiento de procesos de cada paciente a su cargo. - Entiende los principios en que se basan las actuaciones y decisiones (0,4) - Está comprometido con su autoaprendizaje. Demuestra interés, responsabilidad e iniciativa en su aprendizaje (0,4) - Favorece la implicación de las personas y familiares en la toma de decisiones (0,4) - Es capaz de establecer una relación con los pacientes, basada en la empatía, confianza, comprensión y confidencialidad (0,4) - Lleva a cabo acciones para articular la continuidad de cuidados de las personas, comunicándose con los diferentes niveles asistenciales u otros (0,4) b) Actitud / equipo: integración en actividades del centro/servicio y participación directa en la actividad asistencial y organizativa. Cumplimiento de tareas asignadas, aceptación de responsabilidades. Puntualidad y cumplimiento del horario. - Demuestra integridad, acepta su responsabilidad, cumple las tareas. Asume las responsabilidades éticas y legales de sus decisiones y acciones (0,4) - Demuestra interés por los problemas, actividades, decisiones del equipo. Participa en las actividades del equipo (0,4) - Muestra una adecuada conducta personal e interpersonal en su entorno de trabajo (0,4) - Se implica de forma activa y dinámica en su puesto de trabajo. Es puntual y cumple el horario (0,4) - Es capaz de comunicarse adecuadamente con otros miembros del equipo y resto de profesionales (0,4)

c) Motivación: Interés por el trabajo. Proactividad en la gestión de problemas y la aplicación a la práctica clínica diaria. - Muestra una actitud de aprendizaje continuado (0,4) - Demuestra capacidad para participar en los foros profesionales (0,4) - Es capaz de proponer planes de actuación adecuados al problema presentado y a las características del paciente (0,4) - Entiende y utiliza las Guías de Práctica Clínica y aplica los principios de la Atención Sanitaria Basada en la Evidencia a la toma de decisiones (0,4) - Tiene en cuenta el uso racional de los recursos: terapéuticos, diagnósticos, tiempo, ... (0,4) d) Gestión de la información: Manejo de documentación clínica (Hª-e/programas específicos). Autoevaluación y uso de la mejor evidencia en la práctica clínica. - Es capaz de obtener y sintetizar la información clínica relevante acerca de los problemas del paciente (0,4) - Es capaz de dar adecuadamente la información a los familiares del paciente (0,4) - Maneja correctamente la información en caso de dar malas noticias (0,4) - Utiliza fuentes de información contrastada para la resolución de sus dudas clínicas (0,4) - Maneja recursos de autoformación adecuados (0,4) e) Valores éticos/profesionales: atención centrada en el paciente. Respeto por autonomía, valores y derechos del usuario. Respeto de confidencialidad y secreto profesional. - Actúa según los códigos deontológicos relacionados con la profesión (0,4) - No discrimina a ningún tipo de paciente procurando ofrecer la ayuda y asistencia según la necesidad de que se trate (0,4) - Demuestra respeto e interés por los pacientes y sus familiares (0,4) - Tiene en cuenta la opinión del paciente después de ofrecerle una información adecuada y las respeta (0,4) -Asume las responsabilidades éticas y legales de sus decisiones y acciones (0,4)

Fdo. Tutor Fdo. Tutor Coordinador

ANEXO VI

MODELO DE REPRESENTACIÓN PARA LA ELECCIÓN DE CONTRATACIONES OFERTADAS EN EL PROGRAMA 2024 DE FIDELIZACIÓN Y CAPTACIÓN DEL TALENTO DE LICENCIADOS QUE FINALIZAN LA FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

D./Dª....................................................................................................... con DNI ..........................., con domicilio en ......................................................

OTORGA SU REPRESENTACIÓN A:

D./Dª ...................................................................................... con DNI/CIF ................................., con domicilio en ......................................................, exclusivamente a los efectos de realizar ante la administración de Castilla y León, en nombre del representado, el trámite de elección de un contrato de los ofertados en el Programa 2024 de fidelización y captación del talento de los profesionales que finalizan la Formación Sanitaria Especializada en el Sistema Nacional de Salud.

ACEPTACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN:

Con la firma del presente escrito el representante acepta la representación conferida y responde de la autenticidad de la firma del otorgante, así como de la copia del DNI que acompaña el presente documento.

En...............................,........................de 2024

El otorgante, El representante,

Fdo.:.............................

Fdo.:........................

ANEXO VII

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PARA ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA 2024 DE FIDELIZACIÓN Y CAPTACIÓN DEL TALENTO DE LICENCIADOS QUE FINALIZAN LA FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, [Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, se informa a los interesados que:

  • 1- El responsable del tratamiento de sus datos personales: es la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud, ubicada en Paseo de Zorrilla, n.º 1, 47007 Valladolid.
  • 2- Finalidad del tratamiento: gestión administrativa. Tramitación y resolución de las solicitudes de participación en el Programa 2024 de fidelización y captación de licenciados que finalizan la Formación Sanitaria Especializada en el Sistema Nacional de Salud.
  • 3- Legitimación: además de la autorización del interesado para recabar datos, de conformidad con el art. 6.1.a) del RGPD, la legitimación viene dada por el cumplimiento de una misión de interés público o realizada en el ejercicio de poderes públicos, con base en el artículo 6.1.e) del RGPD, puesto en relación con la Ley 10/2014, de 22 de diciembre y Ley 1/2023, de 24 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
  • 4- Destinatarios de los datos: Licenciados de Formación Sanitaria Especializada del Sistema Nacional de Salud que finalizan su formación en 2024.
  • 5- Cesión: Los datos facilitados no van a ser cedidos.
  • 6- Conservación de datos: Los datos van a ser objeto de conservación durante todo el procedimiento y hasta 5 años después de su finalización.
  • 7- Derechos: Pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, derecho al olvido y portabilidad de sus datos, ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud, en la dirección electrónica dgpdp.grs@saludcastillayleon.es
  • 8- Información adicional: la información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible según modelos normalizados por Orden PAT/175/2003, de 20 de febrero. Asimismo, para cualquier consulta relacionada con la materia o sugerencia para mejorar este formulario, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.

Igualmente, podrán contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd@saludcastillayleon.es

Dada la finalidad del registro y tratamiento de estos datos de carácter personal, el ejercicio del derecho de oposición por el interesado o su representante legal, dará lugar a la exclusión de la presente convocatoria.

En virtud de todo ello, DON/DOÑA: ----------------------------------------------------------- , con DNI/NIF: ----------------------------, se da por informado/a de los derechos que le asisten en relación con la protección de datos de carácter personal y su tratamiento, prevenidos en el RGPD y contenidos en este Anexo.

(Firma del solicitante)

En ----------------------------- el día -------------- de --------------------- de 20---

DIRECTORA GERENTE DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD

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11997 {"title":"ORDEN SAN\/446\/2024, de 14 de mayo, por la que se aprueba el programa 2024 de fidelización y captación del talento de residentes que finalizan la Formación Sanitaria Especializada en el Sistema Nacional de Salud.","published_date":"2024-05-17","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"11997"} castillayleon BOPA,BOPA 2024 nº 95,Consejería de Sanidad,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-05-17/11997-orden-san-446-2024-14-mayo-se-aprueba-programa-2024-fidelizacion-captacion-talento-residentes-finalizan-formacion-sanitaria-especializada-sistema-nacional-salud https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.