RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2024, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia, por la que se declara la utilidad pública de la instalación de generación eléctrica de origen eólico denominada «Parque Eólico Torrecilla», a ubicar en los términos municipales de Villaviudas, Baltanás, Reinoso de Cerrato y Valle de Cerrato (Palencia). Expte.: 34/ATCE/8.
SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE PALENCIA
ANTECEDENTES DE HECHO:
1.- Mediante Resolución del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia de fecha 21 de abril de 2023, publicada en el B.O.C. y L. n.º 92, de fecha 16 de mayo de 2023, y en el B.O.P. n.º 88 de Palencia, de fecha 24 de julio de 2023, se otorga la autorización administrativa previa a la instalación de producción de energía eléctrica de origen eólico denominada «Torrecilla», a ubicar en los términos municipales de Villaviudas y Baltanás, y de su infraestructura de evacuación a ubicar en los términos municipales de Baltanás y Valle de Cerrato, provincia de Palencia.
La instalación proyectada consta de 9 aerogeneradores, para una potencia total instalada de 50 MW, Subestación transformadora 132/30 kV, denominada SET-Villaviudas y Línea aérea de evacuación de alta tensión a 132 kV SET-Villaviudas - SET-Cerrato Promotores, discurriendo por los términos municipales de Baltanás y Valle de Cerrato (Palencia).
En la Resolución de la autorización administrativa previa de la instalación «Parque Eólico Torrecilla» no se presentan alegaciones.
2.- Mediante Resolución del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia de fecha 27 de julio de 2023, se otorga la autorización Administrativa de construcción a la instalación de producción de energía eléctrica de origen eólico denominada «Torrecilla», a ubicar en los términos municipales de Reinoso, y de su infraestructura de evacuación a ubicar en los términos municipales de Baltanás y Valle de Cerrato, provincia de Palencia, cuyas principales características son:
- - 8 aerogeneradores Siemens Gamesa SG 6.0-170, de 5,5 MW de potencia unitaria, de 115 m de altura de buje y 170 m de diámetro de rotor.
- - 1 aerogeneradores Siemens Gamesa de 6 MW de potencia unitaria, de 115 m de altura de buje y 170 m de diámetro de rotor.
- - Red subterránea de media tensión a 30 kV, de interconexión de los aerogeneradores con la subestación eléctrica de evacuación.
- - Torre de medición de recurso eólico, de 115 m de altura máxima.
- - Subestación de evacuación 30/132 kV, denominada «SET Villaviudas», compartida con otros parques eólicos, Cavadilla y Encina.
- - Línea eléctrica LAT 132 Kv desde SET Villaviudas a SET Cerrato promotores.
- - Obra civil: accesos, viales, plataformas de montaje, cimentaciones de los aerogeneradores y canalizaciones eléctricas.
3.- Con fecha 16 de agosto de 2023, se publica en B.O.C. y L., y el 18 de agosto de 2023 en el B.O.P. de Palencia, información pública relativa a la solicitud de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto y modificado de proyecto de la instalación de producción de energía eléctrica de origen eólico denominada «Torrecilla», a ubicar en los términos municipales de Villaviudas, Baltanás, Reinoso de Cerrato y Valle de Cerrato (Palencia). Expte.: 34/ATCE/08.
También se someten a exposición pública en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Villaviudas, Baltanás, Reinoso de Cerrato y Valle de Cerrato, pertenecientes a la provincia de Palencia.
Durante este periodo se presentan dos alegaciones, la primera presentado por Elia Casero Gonzalez y Angela Casero Gonzalez, y la segunda por Maria Dolores Cuadrado de Pedro.
4.- Paralelamente y de conformidad con el Art.8 del Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica, se notifica individualmente a cada uno de los particulares afectados por la instalación con los que la mercantil ENERGÍA EÓLICA FOQUE S.L.U., no ha alcanzado un acuerdo.
5.- Con fecha 7 de marzo de 2024 se entrega la relación definitiva y actualizada de bienes y derechos afectados para los cuales se solicita la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León en Palencia es el órgano competente para resolver este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica y demás disposiciones concordantes.
Segundo: En la tramitación de este expediente se han tenido en cuenta las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:
- - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico, que sustituye a la anterior Ley 54/97.
- - Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- - Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.
- - Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica.
- - Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- - Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León y en concreto la Disposición transitoria.
- - Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
- - Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- - Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- - Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
- - Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
- - Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.
- - Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero: Teniendo en cuenta en cuenta el contenido, en las alegaciones recibidas se hace referencia a lo siguiente:
Respecto a la alegación particular de Maria Dolores Cuadrado de Pedro, FOQUE manifiesta que actualmente cuenta ya con un acuerdo amistoso con la alegante.
El 24 octubre de 2023 Elia Casero Gonzalez y Angela Casero Gonzalez presentan escrito de desistimiento de las alegaciones presentadas previamente.
De acuerdo con el contenido y a la contestación de las alegaciones procede su desestimación, debido a que no se detecta incumplimiento de la normativa en vigor.
Cumplidos los trámites reglamentariamente exigidos, este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía, y por todo lo anteriormente expuesto, vista la legislación de general y particular aplicación.
Por todo lo anteriormente expuesto, vista la legislación de general y particular aplicación:
RESUELVE
DECLARAR, en concreto, la Utilidad Pública de la citada instalación eléctrica, lo que llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, propio o comunal de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos o zonas de servidumbre pública y todo en relación a los bienes y derechos afectados. Las ocupaciones temporales se entenderán exclusivamente durante el período que duren las obras de construcción de la instalación eléctrica y todo ello en relación, con los bienes y derechos afectados.
En el Anexo de esta Resolución se incluye la relación de los bienes y derechos afectados.
Esta declaración se concede sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Ilmo. Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palencia, 29 de abril de 2024.
El Jefe de Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía,
Fdo.: José M.ª Casas Inclán
N.º DE ORDEN | TITULAR | DATOS PARCELA AFECTADA | AFECCIONES PE TORRECILLA | ||||||||||||||||||
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TÉRMINO MUNICIPAL | POLIGONO | PARCELA | REFERENCIA CATASTRAL | USO | Pleno dominio | Superficie permanente de paso | Superficie de afección | Ocupación temporal | |||||||||||||
Cimentación | Vial | Plataforma | TORRE MEDICIÓN (m²) | ARQUETAS e HITOS (m2) | SET | Vuelo aerogenerador | Zanja MT | Zanja MT | Vial | Plataforma | Zanja MT | TORRE MEDICIÓN (m²) | SET | ||||||||
17 | ANTONIO GALAN DIEZ | Villaviudas | 19 | 32 | 34239A019000320000UP | Agrario |
| 22,1 |
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| 4,0 |
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24 | ANGEL DIEZ ABARQUERO | Villaviudas | 18 | 5 | 34239A018000050000UJ | Agrario |
| 191,2 |
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| 38,0 |
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26 | 1) MARIA PILAR RUIPEREZ NIETO (50% PR) 2) OBDULIO MENA GINEL (50% PR) | Villaviudas | 18 | 8 | 34239A018000080000UZ | Agrario |
| 415,8 |
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| 147,0 |
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48 | DOLORES MARIN GALAN | Villaviudas | 16 | 15 | 34239A016000150000UR | Agrario |
| 23,3 |
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| 5,0 |
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| |
70 | ANTONIO GALÁN DIEZ | Villaviudas | 15 | 19 | 34239A015000190000UW | Agrario |
| 447,2 |
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| 89,0 |
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|
| |
79 | MARISOL VILLAVERDE ROMÁN | Villaviudas | 14 | 14 | 34239A014000140000UA | Agrario |
| 832,7 |
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| 762,0 |
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N.º DE ORDEN | TITULAR | DATOS PARCELA AFECTADA | AFECCIONES LAT TORRECILLA | ||||||||||||
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TÉRMINO MUNICIPAL | POLÍGONO | PARCELA | REFERENCIA CATASTRAL | USO | PLENO DOMINIO (PD) | SUPERFICIE PERMANENTE DE PASO (SSP) | SUPERFICIE DE AFECCIÓN (SA) | OCUPACIÓN TEMPORAL (OT) | |||||||
N.º APOYO | CIMENTACIÓN APOYO (m²) | LONGITUD LINEA (EJE) (m) | SUPERFICIE VUELO (m²)2 | SUPERFICIE SEGURIDAD (m²) | TENDIDO (m²) | INSTALACIÓN APOYO (m²) | ACCESOS (m²) | ||||||||
141 | 1) GERARDO MASA MORENO (33,34% PR) 2) ESTHER MASA MORENO (33,33% PR) 3) JOSE MASA MORENO (33,33% PR) | Valle de Cerrato | 17 | 26 | 34196A017000260000DX | Agrario |
|
| 37,3 | 627,0 | 367,0 | 74,5 |
|
| |
144 | MARIA LUZ ESPINA GARCIA | Valle de Cerrato | 17 | 29 | 34196A017000290000DE | Agrario |
|
| 89,8 | 1774,0 | 898,0 | 179,6 |
| 24,4 | |
146 | HEREDEROS DE MOISES MANCHON RODRIGUEZ | Valle de Cerrato | 17 | 31 | 34196A017000310000DJ | Agrario |
|
| 38,2 | 480,0 | 389,0 | 76,4 |
|
| |
154 | HEREDEROS DE JESUS MARTINEZ MANCHON | Valle de Cerrato | 17 | 48 | 34196A017000480000DT | Agrario | 19,0 | 4,0 | 175,2 | 1959,0 | 1755,0 | 350,4 | 400,0 | 624,3 | |
155 | HEREDEROS DE JESUS MARTINEZ MANCHON | Valle de Cerrato | 17 | 6 | 34196A017000060000DA | Agrario |
|
| 39,6 | 576,0 | 396,0 | 79,3 |
|
| |
161 | JOSE LUIS ESPINA NIETO | Valle de Cerrato | 17 | 2 | 34196A017000020000DZ | Agrario | 21,0 | 75,6 | 186,0 | 2215,0 | 1883,0 | 372,0 | 500,0 | 281,0 | |
163 | MARIA LUZ ESPINA GARCIA | Valle de Cerrato | 15 | 19 | 34196A015000190000DW | Agrario |
|
| 71,0 | 956,0 | 691,0 | 141,0 |
| 366,0 | |
167 | 1) GERARDO MASA MORENO (33,34% PR) 2) ESTHER MASA MORENO (33,33% PR) 3) JOSE MASA MORENO (33,33% PR) | Valle de Cerrato | 15 | 15 | 34196A015000150000DS | Agrario |
|
| 46,1 | 629,0 | 461,0 | 92,2 |
| 184,1 | |
181 | EVELIA MARTINEZ ZAMORA | Valle de Cerrato | 11 | 25 | 34196A011000250000DG | Agrario |
|
|
|
| 17,0 |
|
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