ORDEN SAN/406/2024, de 1 de abril, por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia n.º 126/2023 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Segovia, en el procedimiento abreviado n.º 128/2023.

Con fecha 13 de diciembre de 2023, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Segovia dictó la sentencia n.º 126/2023, en el Procedimiento Abreviado n.o128/2023, seguido a instancia de D. Javier Velasco Redondo, D.ª María del Mar Martín García, D.ª Fuencisla Herranz López y D.ª María Teresa López Nogales, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

FALLO: «Estimar el presente recurso contencioso-administrativo núm.: PA 128/2023, interpuesto por la letrada Sra. Sanz, en nombre y representación de los recurrentes, declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada, debiendo la administración adjudicar las plazas vacantes que fueron excluidas y forman parte del presente recurso contencioso, que lo será por el orden de puntuación que tuvieran entre los candidatos que solicitaron la inclusión de dichas plazas vacantes.

Se condena a abonar las costas generadas en esta instancia a la administración demanda hasta un máximo de 750 euros -IVA incluido-».

En la Plantilla Orgánica de la Gerencia de Atención Primaria de Segovia figuran cinco plazas de «enfermero de apoyo», de las cuales una está ocupada por un enfermero propietario y cuatro por personal interino.

La puntuación definitiva otorgada a los demandantes en el concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de plazas de personal estatutario de la categoría de Enfermero/a, en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, convocado por Orden SAN/730/2019, de 26 de julio, (Boletín Oficial de Castilla y León de 9 de agosto), en el que se ha dictado la orden objeto de la demanda, fue:

DNI

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

BASE 4.2.1A

BASE 4.2.1B

Total Puntos

***6461**

MARTIN

GARCIA

MARIA DEL MAR

566.0

0.0

566.0

***6055**

LOPEZ

NOGALES

MARIA TERESA

532.0

0.0

532.0

***5175**

HERRANZ

LOPEZ

FUENCISLA

532.0

0.0

532.0

***7201**

VELASCO

REDONDO

JAVIER

494.0

0.0

494.0

En virtud de lo establecido en el artículo 121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 6, apartado 2. i) y j) de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León,

RESUELVO

Que se cumpla la sentencia en sus propios términos y, para ello, se adjudican, con carácter definitivo, a D. Javier Velasco Redondo, D.ª María del Mar Martín García, D.ª Fuencisla Herranz López y D.ª María Teresa López Nogales las cuatro plazas de enfermero de apoyo que se encuentran vacantes en la Gerencia de Atención Primaria de Segovia, debiendo elegir la plaza de acuerdo con el orden de puntuación definitiva otorgada a los demandantes en el concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de plazas de personal estatutario de la categoría de Enfermero/a, en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, convocado por Orden SAN/730/2019, de 26 de julio.

Las plazas adjudicadas son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plazas en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocada por otra Administración Pública, conforme lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

D. Javier Velasco Redondo, Dª María del Mar Martín García, Dª Fuencisla Herranz López y Dª María Teresa López Nogales deberán cesar en la que en su caso desempeñen, ya sea en destino definitivo, en comisión de servicios o en adscripción provisional, a los diez días hábiles desde la fecha de publicación de la presente orden.

La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese, si las plazas son de la misma localidad o Zona Básica de Salud; en el plazo de cinco días hábiles, si la plaza es de distinta localidad y Zona Básica de Salud del mismo Área de Salud, siendo de diez días hábiles, si las plazas pertenecen a distinta localidad, Zona Básica de Salud y Área de Salud. El plazo posesorio se considerará a todos los efectos, incluidos los retributivos, como servicio activo.

El cómputo de los plazos señalados en el apartado anterior se iniciará cuando finalicen los permisos, licencias o vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidos a los demandantes.

No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, si se encontrasen en situación de licencia por enfermedad o riesgo durante el embarazo o la lactancia, o disfrutando de permisos por maternidad o paternidad, se les diligenciará el cese en el destino que estuviesen desempañando y la toma de posesión en el nuevo destino adjudicado en los plazos ordinarios fijados en los párrafos anteriores, sin que ello suponga la finalización de la licencia o permisos concedidos.

Se entenderá que solicitan la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatuario, siendo declarado en tal situación, los demandantes que no se incorporen al destino adjudicado como consecuencia de la presente orden dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente procedan.

No obstante, si existen causas suficientemente justificadas, así apreciadas por la autoridad convocante del concurso de traslados, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Notifíquese al Servicio de Planificación y Gestión de Personal, al Servicio de Provisión y Gestión de Personal de Centros, a la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Segovia y a los interesados, quien de no hallar conforme a derecho la presente resolución, así como las medidas que se lleven a cabo en ejecución de la misma, podrán interponer las acciones previstas en los artículos 7.1, 108 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 1 de abril de 2024.

El Consejero de Sanidad,P.S. (Acuerdo 2/2024, de 18 de febrero, del Presidente de la Junta de Castilla y León)El Consejero de Economía y Hacienda,

Fdo.: Carlos Javier Amando Fernández Carriedo

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