RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Orden de 24 de abril de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre los funcionarios de carrera y en prácticas dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado en el curso 2023/2024 por la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre.

Mediante Orden de 24 de abril de 2024, de la Consejería de Educación, se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre los funcionarios de carrera y en prácticas, dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado en el curso 2023/2024 por la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre.

El apartado vigesimotercero.1 de la orden de convocatoria establece que la orden por la que se resuelva definitivamente el concurso de traslados se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en el misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), y además su parte dispositiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por lo expuesto,

RESUELVO

Dar publicidad a la parte dispositiva de la Orden de 24 de abril de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre los funcionarios de carrera y en prácticas, dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y león, pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado en el curso 2023/2024 por la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Primero.- Adjudicación definitiva de destinos.

Se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre funcionarios de carrera y en prácticas, dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado en el curso 2023/2024 por la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre, en los siguientes términos:

  • a) En el anexo I se exponen las adjudicaciones definitivas de los participantes que han ejercido el derecho preferente a centro relacionadas por orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por orden alfabético de localidades.
  • b) En el anexo II se exponen las adjudicaciones definitivas de los participantes que han ejercido el derecho preferente a localidad o zona relacionadas por orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por orden alfabético de localidades.
  • c) En el anexo III se exponen las adjudicaciones definitivas de los participantes por orden de mayor a menor puntuación.
  • d) En el anexo IV se expone el listado alfabético general de participantes con las puntuaciones obtenidas y el destino concedido o denegado.

Segundo.- Participantes excluidos.

Se declaran excluidos definitivamente de la participación en el citado concurso de traslados, a los participantes que figuran en el anexo V, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.

Tercero.- Alegaciones, desistimientos y modificaciones de oficio.

Las alegaciones presentadas contra las adjudicaciones provisionales, los desistimientos y las modificaciones de oficio quedan resueltas en los términos comprendidos en los siguientes anexos, que figuran ordenados por provincias y por orden alfabético de participantes afectados:

  • a) El anexo VI contiene las alegaciones estimadas, las alegaciones desestimadas con indicación de la causa de su desestimación, y las modificaciones efectuadas de oficio con indicación de su causa.
  • b) El anexo VII contiene la relación de participantes que han presentado escrito de desistimiento indicando si ha sido o no aceptado, así como la causa de su no aceptación. Los desistimientos aceptados supondrán dar por concluso el procedimiento respecto de los mismos.

Cuarto.- Toma de posesión y cese.

1. De conformidad con el apartado vigesimotercero.2 de la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre, las plazas adjudicadas por esta orden son irrenunciables.

Asimismo, y conforme al citado apartado, en el caso de participar simultáneamente en este concurso y en otros relativos al mismo o diferentes cuerpos docentes no universitarios convocados, en el presente curso escolar 2023/2024, por esta u otras administraciones educativas y obtener más de un destino definitivo, entre ellos en la Comunidad de Castilla y León, se deberá optar por un único destino en los cinco días hábiles siguientes a la publicación definitiva del último destino obtenido, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos.

De no realizarse dicha opción en el plazo indicado, se deberá tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo y administración educativa desde el que se ha participado en situación de servicio activo o, en su defecto, en la del último cuerpo y administración educativa en el que estuvo en esa situación y, en el caso de obtener destino asimismo en otra administración se entenderá que renuncia al destino obtenido en la Comunidad de Castilla y León.

Las plazas no adjudicadas tendrán la consideración de vacantes desiertas y serán ofertadas al personal funcionario de carrera o en prácticas o, en su caso, interino por los diferentes medios de provisión de puestos que se establezcan.

2. De conformidad con el apartado vigesimosexto de la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre, la toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el 1 de septiembre del 2024, y se cesará en el de procedencia el 31 de agosto de 2024.

Quinto.- Anulación de destinos.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado vigesimocuarto de la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre, podrá ser anulado el destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de la convocatoria o no coincida con las características declaradas en la solicitud y la documentación correspondiente.

Asimismo, en el supuesto de que se provean vacantes o resultas inexistentes o si como consecuencia de la estimación de recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa se anulasen las adjudicaciones de puestos, los afectados que hayan concursado voluntariamente participarán en los próximos concursos como obligatorios en la modalidad de cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, teniendo derecho preferente a la localidad de su destino de origen desde el que concursaron o, de haber tenido derecho a la obtención de otro destino definitivo, de la que le hubiese correspondido, conforme dispone el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

En los casos de estar afectados participantes de participación no voluntaria deberán asimismo participar en los próximos concursos como obligatorios, pudiendo tener derecho preferente a la localidad del destino al que, en su caso, hubieran tenido derecho.

Sexto.- Adjudicación de destinos provisionales.

De conformidad con el apartado vigesimoséptimo.2 de la Orden EDU/1258/2023, de 2 de noviembre, los maestros que, habiendo participado con carácter obligatorio no hayan obtenido destino definitivo, deberán participar en el proceso de adjudicación informatizada de destinos provisionales, que se convocará mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos a la finalización del presente curso.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»

Valladolid, 24 de abril de 2024.

La Directora General de Recursos Humanos,

Fdo.: Teresa Barroso Botrán

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