RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Nuestra Señora de la Merced y San Francisco Javier» de Burgos, por cambio de titularidad.

La Resolución de 16 de abril de 2024 de la Dirección General de Centros e Infraestructuras ha modificado la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Nuestra Señora de la Merced y San Francisco Javier» (Código: 09001372) ubicado en Calle Diego Luis de San Vitores, n.º 1, de Burgos, por cambio de la titularidad.

El artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, en relación con el artículo 7.3 del mismo Real Decreto, establece que la parte dispositiva de las resoluciones de modificación de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados, deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por lo expuesto

RESUELVO

Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Nuestra Señora de la Merced y San Francisco Javier» (Código: 09001372), por cambio de titularidad, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Primero.- Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Nuestra Señora de la Merced y San Francisco Javier" (Código: 09001372) ubicado en Calle Diego Luis de San Vitores, n.º 1, de Burgos, por cambio de titularidad que en lo sucesivo será ostentada por la "Fundación Educativa Jesuitas Noroeste", de forma que ésta se subroga en todos los derechos y obligaciones contraídos por el anterior titular ante la Administración Educativa referidos a este centro, en especial los derivados de las ayudas que el mismo pudiera tener concedidas.

Segundo.- El cambio de titularidad que por la presente Resolución se autoriza no afectará al régimen de funcionamiento del centro, ni a su configuración jurídica establecida en la Resolución de 29 de agosto de 2023, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras (B.O.C. y L. Núm. 182 de 21 de septiembre de 2023), según el cual se encuentra autorizado para impartir:

  • • Primer ciclo de Educación Infantil: 4 unidades, 66 puestos escolares
    • - 2 unidades para niños de 1 a 2 años, 26 puestos escolares (13 p.e./ud)
    • - 2 unidades para niños de 2 a 3 años, 40 puestos escolares (20 p.e./ud)
  • • Segundo Ciclo de Educación Infantil: 9 unidades, 225 puestos escolares
  • • Educación Primaria: 18 unidades, 450 puestos escolares
  • • Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades, 360 puestos escolares
  • • Bachillerato de Ciencias: 4 unidades, 140 puestos escolares
  • • Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades, 70 puestos escolares
  • - Ciclos Formativos de Grado Básico:
    • • Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica: 2 grupos (1º y 2º curso), 20 p.e./grupo, turno matutino
  • - Ciclos Formativos Grado Medio:
    • • Técnico en Gestión Administrativa: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino
    • • Técnico en Actividades Comerciales: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino
    • • Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino
    • • Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino
  • - Ciclos Formativos de Grado Superior:
    • • Técnico Superior en Administración y Finanzas: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino
    • • Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino
    • • Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web: 2 grupos (1º y 2º curso), 30 p.e./grupo, turno matutino

Tercero.- La modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del Centro, por cambio de titularidad, surtirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2024, fecha en que dará comienzo el derecho de usufructo sobre los inmuebles afectos al Centro.

Cuarto.- La titularidad del centro "Nuestra Señora de la Merced y San Francisco Javier" queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente en todo lo que afecte al mismo y a solicitar la oportuna modificación, a través de su representación legal, cuando haya de alterarse cualquiera de los datos señalados en la presente Resolución y en particular la finalización o prórroga del derecho de usufructo sobre los inmuebles afectos al Centro.

Quinto.- El cambio de titularidad del Centro se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y León.»

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 60 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Valladolid, 16 de abril de 2024.

El Director General de Centros e Infraestructuras,

Fdo.: José Miguel Sáez Carnicer

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