INFORMACIÓN pública relativa a la aprobación inicial del estudio de detalle referido a suelo urbano consolidado, en el término municipal de Hospital de Órbigo (León). Expte.: 10/2024.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 154.3 y 155 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se hace público el acuerdo de aprobación inicial y se somete el expediente a información pública consignándose los siguientes datos, conforme a los artículos 142 de la Ley 5/1999 y 432 del Reglamento de Urbanismo:

  • 1.- Órgano que acuerda la información pública: Alcaldía.
  • 2.- Fecha del acuerdo: 11 de abril de 2024.
  • 3.- Instrumento o expediente que se somete a información pública: Aprobación inicial de Estudio de Detalle referido a suelo urbano consolidado y con el objeto de completar la ordenanza Residencial según alineación de vial (SU-R2-AV) y modificar la ordenanza que actualmente tienen las parcelas, añadiendo una categoría dentro de la ordenanza (SU-R2-AV.a).
  • 4.- Ámbito de aplicación: Parcelas números 25, 27 y 29 Carretera León-Astorga (N-120) y C/ Fueros de León n.º 107. Municipio de Hospital de Órbigo. Provincia de León.
  • 5.- Promotor: Semark Ac Group, S.A.
  • 6.- Duración del período de información pública: Un mes, que debe considerarse iniciado a partir de la última publicación del presente anuncio, que se efectuará en el Boletín Oficial de Castilla y León, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del ayuntamiento y en la página web municipal.
  • 7.- Lugar, horarios y página web dispuestos para la consulta del instrumento/expediente:
    • • Ayuntamiento de Hospital de Órbigo. C/ Álvarez Vega s/n. De lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas.
    • • Página web: www.hospitaldeorbigo.com
  • 8.- Lugar y horario dispuestos para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros documentos:
    • • Ayuntamiento de Hospital de Órbigo. C/ Álvarez Vega s/n. De lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas.
    • • En los lugares indicados en el apartado 4º del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.

PARTE DISPOSITIVA DEL ACUERDO:

Primero.- Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle referido a suelo urbano consolidado, que tiene por objeto completar la ordenanza Residencial según alineación de vial (SU-R2-AV) y modificar la ordenanza que actualmente tienen las parcelas, añadiendo una categoría dentro de la ordenanza (SU-R2-AV.a), redactado por la mercantil Arbor Ingeniería y Arquitectura S.L., suscrito por el arquitecto D. Vicente Javier Castellanos Morante, a instancias de la mercantil Semark AC Group, S.A.

Segundo.- Publicar el presente acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Castilla y León, tablón de anuncios de la sede electrónica del ayuntamiento, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia y en la página web, o en su defecto, en la página web de la Diputación Provincial, conforme dispone el artículo 154.3 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

Tercero.- Disponer la apertura de un período de información pública, por espacio de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del último de los anuncios preceptivos citados en el punto anterior, conforme dispone el artículo 155 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, a fin que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones u observaciones que estime oportunas, debiendo constar en toda la documentación sometida al trámite de información pública, la diligencia del Secretario del Ayuntamiento de que la misma se corresponde con la que fue aprobada inicialmente.

Cuarto.- En cumplimiento del artículo 156 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, suspender el otorgamiento de las licencias urbanísticas citadas en los párrafos 1º, 2º, 3º y 4º de la letra a) y 1º y 2º de la letra b) del artículo 288 del Reglamento de Urbanismo, en las áreas donde se propone la modificación del régimen urbanístico vigente, en concreto:

  • A) Actos constructivos:
    • 1. Las obras de construcción de nueva planta.
    • 2. Las obras de implantación de instalaciones de nueva planta.
    • 3. Las obras de ampliación o rehabilitación de construcciones e instalaciones existentes.
    • 4. Las obras de demolición de construcciones e instalaciones existentes, salvo en caso de ruina inminente.
  • B) Actos no constructivos:
    • 1. Constitución y modificación de complejos inmobiliarios.
    • 2. Las segregaciones, divisiones y parcelaciones de terrenos.

La suspensión de licencias urbanísticas no afecta a las solicitudes:

  • a) Presentadas con toda la documentación necesaria completa, más de tres meses antes de la fecha de publicación del acuerdo que produzca la suspensión.
  • b) Que tengan por objeto actos de uso del suelo que sean conformes tanto con el régimen urbanístico vigente como con las determinaciones del instrumento que motiva la suspensión.

La suspensión de licencias se mantendrá hasta la entrada en vigor del Estudio de Detalle, o como máximo un año.

Quinto.- Notificar el presente acuerdo a los solicitantes de licencias urbanísticas pendientes de resolución, indicando su derecho a ser indemnizados por los gastos ocasionados, en el caso de que hubiere, conforme dispone el artículo 156.4 del Reglamento de Urbanismo, haciéndoles saber que contra el presente acto por ser de trámite no cabe recurso alguno.

Sexto.- Someter el instrumento de planeamiento una vez aprobado inicialmente a informe preceptivo del órgano competente en materia de protección ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, en su caso.

Hospital de Órbigo, 12 de abril de 2024.

El Alcalde,

Fdo.: Enrique Busto Marcos

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