DECRETO de 25 de marzo de 2024, de la Presidencia de la Diputación Provincial de Salamanca, relativo a la convocatoria para la provisión definitiva, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo denominado Supervisor/a Contratación, del Área de Presidencia, puesto n.º 10129. Expte.: 2024/GRH_01/000669.

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La Presidencia de la Diputación Provincial de Salamanca, mediante Decreto con transcrito n.º 1348/2024, de fecha 25 de marzo, ha resuelto efectuar convocatoria pública para la provisión definitiva del puesto de trabajo denominado Supervisor/a Contratación, del Área de Presidencia, puesto n.º 10129 de la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial de Salamanca, conforme a las Bases que a continuación se relacionan.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, de forma potestativa, recurso de reposición ante el Presidente de la Diputación Provincial, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de turno de los de Salamanca, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ambos plazos a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

Salamanca, 26 de marzo de 2024.

El Oficial Mayor,Por delegación expresa del Secretario General mediante D.P. 785/2004, de 31 de marzo,

Fdo.: Ramón Vicente García Sánchez

BASES DE LA CONVOCATORIA

Base Primera.- Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria para proveer con carácter definitivo el puesto de trabajo denominado Supervisor/a Contratación, del Área de Presidencia, existente en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial de Salamanca, por el sistema de libre designación, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia previa y capacitación acreditada de las personas candidatas.

Base Segunda.- Características del puesto.

El puesto objeto de convocatoria es el que a continuación se describe:

Área: Presidencia

Puesto: 10129

Denominación: Supervisor/a Contratación

Tipo de Personal: F (funcionario/a de carrera)

Nivel de Complemento de Destino: 28

Código Complemento Específico: 086

Importe Complemento Específico: 29.671.60 €

Tipo de Puesto: NS (No singularizado)

Forma de Provisión: LD (Libre Designación)

Grupo: A1

Escala: 02/03 (Administración General / Administración Especial)

Adscripción Administración: A4 (Otras Administraciones).

Base Tercera.- Funciones del puesto de trabajo.

Son funciones genéricas del puesto de trabajo objeto de convocatoria las siguientes:

1.- Gestión electrónica de los expedientes de contratación y la supervisión general de la aplicación informática del seguimiento de los expedientes.

2.- Gestión de la Plataforma de Contratación del Sector Público, como sede del Perfil de Contratante de la Diputación Provincial de Salamanca.

3.- Secretaría de la Mesa de Contratación.

4.- Secretaría de la Comisión Informativa de Contratación.

5.- Supervisión e inspección a las distintas Áreas gestoras, sobre el cumplimiento durante la ejecución del contrato de las obligaciones contractuales esenciales y condiciones especiales de ejecución, con especial incidencia en las obligaciones medioambientales y de carácter social, así como de las obligaciones en materia de subcontratación.

6.- Asesoramiento jurídico en materia de incumplimientos contractuales y propuestas de resoluciones de contratos.

7.- Estudio e informe de los recursos de reposición, especiales en materia de contratación y cualesquiera otros que afecten a los expedientes de contratación.

8.- Gestión y conexión con el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.

9.- Rendición de la información contractual a los distintos órganos fiscalizadores y consultivos contemplados en la Ley de Contratos del Sector Público.

10.- Sustituir al/a la Coordinador/a de Contratación, por ausencia del/la mismo/a, y realizar todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean asignadas por su superior/a en materia de contratación.

Base Cuarta.- Requisitos y condiciones de participación.

Podrán participar en la presente convocatoria los/as funcionarios/as de carrera que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Ser funcionario/a de carrera de una Administración Pública (Art. 2.3 de la Ley 39/2015 PACAP), en la Escala de Administración General o en la Escala de Administración Especial, del Grupo A, Subgrupo A1.

No podrán participar: los/as funcionarios/as inhabilitados/as o suspensos/as en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en aquélla, ni los/as funcionarios/as en la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular prevista en el artículo 89.1. letras a) y b) de la Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que lleven menos de dos años desde que fueron declarados en la antedicha situación.

Base Quinta.- Solicitudes de participación.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Presidencia de la Diputación Provincial, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes de participación se presentarán en forma electrónica, conforme al procedimiento disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca (https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/). En el trámite de presentación deben completarse todos los pasos hasta concluir con el registro efectivo de la solicitud, del que se deberá obtener el justificante acreditativo de la presentación. La solicitud que no haya completado todo el proceso de registro se tendrá por no presentada.

La presentación de instancias comportará que el/la interesado/a acepta las bases de la convocatoria y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismas, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

Base Sexta.- Documentación a presentar.

En la solicitud de participación habrán de constar de los datos personales, escala o subescala a la que pertenezcan, categoría profesional, en su caso, destino actual y demás datos requeridos en el modelo de instancia adjunto. Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

1) «Currículum Vitae» en el que habrán de constar al menos:

  • a) Títulos académicos.
  • b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, en su caso.
  • c) Estudios y cursos realizados, competencias digitales, conocimientos específicos y cuantos otros méritos estimen el/la aspirante poner de manifiesto.

2) En el supuesto de prestar servicios en una Administración diferente a la Diputación Provincial de Salamanca, habrá de aportar certificación emitida por la Administración de procedencia en la que se especifique si el cuerpo, escala o categoría profesional a que pertenece corresponde a Administración General o a Administración Especial.

3) Se acompañarán igualmente los informes, certificaciones, titulaciones o cualquier otra documentación que permita apreciar el cumplimiento de los requisitos exigidos y la acreditación de los méritos alegados.

Base Séptima.- Procedimiento.

El nombramiento requerirá el previo informe del/a titular del centro, organismo o unidad a que esté adscrito el puesto de trabajo a cubrir y que, de conformidad con lo previsto en el artículo 83.3 del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Salamanca, será el/la Diputado/a Delegado/a del Área.

El procedimiento finalizará mediante resolución de la Presidencia de la Diputación, sin perjuicio de las delegaciones conferidas, dictada en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá ampliarse por otro mes adicional.

Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento por parte de la persona candidata elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria en cuanto a las funciones asignadas al puesto, los criterios preferentes de valoración que se determinen y la competencia para proceder al mismo.

El órgano competente para resolver podrá declarar desierta la convocatoria cuando no concurren candidatos/as o si ninguna de las personas aspirantes cumpla con los requisitos o el perfil del puesto convocado.

La resolución de la convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca.

Base Octava.- Criterio de selección.

Se valorará de forma principal y no excluyente: la experiencia profesional en puestos directamente relacionados con la contratación en las distintas Administraciones Publicas; la especial relevancia de experiencia profesional en puestos de gestión en contratación en Administración Local; la impartición de seminarios o cursos en materia de contratación; la asistencia a cursos o seminarios en materia de contratación; publicaciones en materia de contratación.

Base Novena.- Plazos de cese y toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de puestos de trabajo en localidad distinta. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los/as interesados/as, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Base Décima.- Protección de datos personales.

Quienes participen en los procesos de provisión de puestos mediante la suscripción de la instancia prestan su consentimiento expreso para que sus datos personales que puedan precisarse para la verificación de la identidad, todos ellos aportados voluntariamente a través del mencionado documento y de la documentación presentada y los que deriven del desarrollo del proceso selectivo, sean tratados por la Diputación de Salamanca, como responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar el procedimiento de provisión de puestos y las comunicaciones necesarias para ello. La Comisión de Valoración y los servicios responsables en la gestión del procedimiento podrán acceder a sus datos personales en cumplimiento de las funciones determinadas en esta convocatoria.

Los datos de nombre, apellidos, DNI, puntuaciones y, en su caso, la adjudicación de puestos podrán ser publicados en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial y en su página web, así como en los diarios oficiales cuando resulte preceptiva su publicación. En tal caso, se publicarán en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. La base legal para el tratamiento de estos datos son la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los datos serán conservados durante los plazos necesarios para cumplir con la finalidad mencionada y los establecidos legalmente.

Del mismo modo, se informa sobre la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de sus datos, así como revocar el consentimiento prestado, mediante escrito dirigido al Departamento de Recursos Humanos de la Diputación Provincial de Salamanca a través del Registro Electrónico o de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, acreditando su identidad. También pueden ejercer sus derechos ante la Delegada de Protección de Datos (delegadopd@lasalina.es) y ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

Base Undécima.- Normativa de aplicación.

En todo lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba en texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de reforma de la función pública, en lo que no se oponga o haya derogado el Real Decreto Legislativo 5/2015; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puesto de trabajo y Promoción profesional de la funcionarios civiles de la Administración General del Estado; la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás disposiciones concordantes.

Base Duodécima.- Régimen de impugnación.

La convocatoria y su resolución ponen fin a la vía administrativa y que contra las mismas podrá interponerse, de forma potestativa, recurso de reposición ante el Presidente de la Diputación Provincial, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de los de turno de Salamanca, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ambos plazos a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

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