RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués (Ávila), por la que se aprueban las bases, la convocatoria y el programa del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, 1 plaza de Oficial de Policía Local. Expte.: 519/2024.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE OFICIAL DE POLICÍA LOCAL POR PROMOCIÓN INTERNA MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN

Primera. Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, la plaza vacante de Oficial del Cuerpo de Policía local de este Municipio (FC106) cuyas características son:

Grupo

C

Subgrupo

C1

Escala

Ejecutiva

Categoría

Oficial

N.º de vacantes

1

Sistema selectivo

Concurso-Oposición

Segunda. Condiciones de Admisión de Aspirantes.

Para tomar parte en un proceso selectivo por promoción interna, los aspirantes habrán de reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

  • - Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación académica exigible, correspondiente al grupo de clasificación de funcionarios en que se encuentren encuadradas las plazas convocadas.
  • - Pertenecer a la escala de la Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, Categoría de Agente de Policía Local, con una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en la mencionada categoría.
  • - Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.
  • - No hallarse en situación de segunda actividad.
  • - Haber abonado, de acuerdo con la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen, los derechos de examen se fijan en la cantidad de 25 €. Este importe deberá ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Navas del Marqués, ES14 2100 1277 8213 0011 7547 (Caixabank), indicando la identificación completa del aspirante (nombre y apellidos) y expresando en el apartado concepto de la transferencia bancaria lo siguiente: «Tasa examen OFICIAL PL». En caso contrario, se deberá acreditar la exención del pago.

Tercera. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.

Las solicitudes (Anexo III), requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las bases generales que se adjuntan a este expediente para la plaza que se opte, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento y deberán presentarse, por medios telemáticos, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en relación con el artículo 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia, se publicarán igualmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, quedará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://lasnavasdelmarques.es/sede-electronica) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.

Cuarta. Admisión de Aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en el que habrá de realizarse la primera prueba, publicándose posteriormente en dicho apartado los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas, se expondrán en los locales en donde se haya celebrado el ejercicio anterior o en los que se señalen en el último anuncio, bastando dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas. Igualmente, en la misma resolución se hará constar la designación nominal del tribunal.

Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 3 días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.

Quinta. Tribunal Calificador.

Los Tribunales calificadores estarán constituidos por un número impar de miembros, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes.

  • - Presidente: Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués.
  • - Vocales: Uno a propuesta de la Administración Autonómica. (Competente en materia de Policías Locales) y dos funcionarios designados por la Alcaldesa-Presidenta.
  • - Secretario: Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués, que actuará con voz pero sin voto.

La composición del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. Podrán nombrarse asesores del Tribunal para las pruebas psicotécnicas, médicas y de aptitud física. Su nombramiento deberá hacerse público junto con el del Tribunal.

Además, el Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.

El sistema de selección mediante promoción interna constará de las siguientes fases:

  • A) Concurso-Oposición.
  • B) Curso Selectivo de capacitación.

A) Primera fase: Concurso.

En ningún caso la fase de concurso supondrá una valoración superior al 40 por 100 de la puntuación total del concurso-oposición.

Méritos computables:

Concepto General

Punt Max

Concepto Específico

Punt Max

Aspectos Valorados

Punt Unit

Punt Max

Observaciones

Experiencia Laboral - Antigüedad

12

Servicios prestados en la Administración

10

Servicios prestados en la categoría de Agente de la Policía Local

0,10

10

Por mes trabajado

Servicios prestados en Admin. públicas en otros puestos o plazas

0,05

Por mes trabajado

Ejercicio del Mando

2

Ejercicio del mando en plantilla policial.

0,15

2

Por mes trabajado

Valoración Trabajo Realizado - Idoneidad para el Cargo

6

Recompensas

4

Felicitaciones

0,50

4

Concesión reglamentaria del Alcalde, Corporación, Comunidad Autónoma o Ministerio.

Medalla mérito PL CYL en categoría Plata

1

Medalla mérito PL CYL en categoría Oro

2

Servicios prestados en el ámbito de Protección Civil

2

Años completos de colaboración

0,20

2

Certificado por la Admin que corresponda.

Formación

12

Títulos Académicos Oficiales

2

2

Solo se valorará la de grado superior.

Grado Universitario

1,50

Máster Universitario

1 ,75

Doctorado

2

Cursos de Formación y perfeccionamiento

8

Cursos de formación directamente relacionados con la función policial y el puesto a desempeñar, realizados en Administraciones Públicas, Organismos Oficiales o Centros y Organizaciones homologadas. (No baremable curso selectivo formación básica para Agente Policía Local)

0,01

8

Por cada hora acreditada. (En caso de que la certificación venga determinada en créditos y no conste la equivalencia en horas, se entenderá que un crédito equivale a 10 horas de formación).

Idiomas (inglés, francés o árabe).

2

B-1

0,25

2

Se valorará el de mayor nivel

B-2

0,50

C-1

1

C-2

2

MAX PUNT

30

30

30

El Tribunal hará pública la calificación provisional de la fase de Concurso, otorgando a los aspirantes un plazo de tres días hábiles para alegaciones. Finalizado dicho plazo, el Tribunal hará pública la calificación definitiva de la fase de Concurso.

Segunda fase: oposición.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter sucesivo y obligatorio para todos los aspirantes:

  • A) Pruebas físicas: Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo II. La calificación será de apto o no apto.
  • B) Pruebas psicotécnicas: Pruebas de aptitud psíquica: Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:
    • • Prueba de aptitudes: Razonamiento verbal: Razonamiento abstracto. Rapidez y precisión perceptiva. Atención y resistencia a la fatiga. Agilidad mental.
    • • Prueba de personalidad: Autocontrol. Estabilidad emocional. Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina. Autoridad. Trabajo en equipo. Sociabilidad. Iniciativa. Objetividad. Automotivación.
  • Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas a todos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional.
  • El resultado será de «Apto» o «No apto».
  • C) Prueba de conocimientos: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de 60 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario del Anexo II de la convocatoria. El ejercicio se calificará sobre 60 puntos, sumando 1 punto por respuesta acertada, penalizándose las respuestas erróneas con 0,50 puntos. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.
  • Se añadirán 5 preguntas de reserva, que sustituirán en orden correlativo de la primera a la quinta a las preguntas inicialmente establecidas cuando alguna sea anulada, de forma motivada, por el tribunal calificador.
  • Los aspirantes que no alcancen 30 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba. La calificación de esta prueba se hará pública el mismo día en que se acuerde y será expuesta en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués.

A lo largo de las diferentes fases y pruebas, el Tribunal, en primer lugar, hará pública la calificación provisional, otorgando un plazo de tres días hábiles para alegaciones, debiendo las mismas ceñirse estrictamente sobre el desarrollo de la prueba cuya calificación provisional se expone, no pudiendo, en ningún caso, versar sobre pruebas o fases sobre las cuáles haya recaído calificación definitiva con anterioridad.

B) Segunda fase: curso selectivo.

La Consejería competente en materia de policías locales, a propuesta de la Escuela Regional de policía local, regulará el Régimen académico del Curso selectivo de capacitación para oficiales, programa, contenido, duración y calendario del mismo.

Durante la duración del Curso selectivo y durante el período de prácticas el/la aspirante tendrá la condición de funcionario/a en prácticas de la nueva categoría.

El aspirante deberá obtener la calificación de «apto» en el curso selectivo de Oficial.

Séptima. Calificación.

La puntuación de la fase oposición será la obtenida en la realización de la prueba de conocimientos, siendo necesario haber obtenido, al menos, 30 puntos para su superación.

La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

Octava. Relación de Personas Aprobadas, Acreditación de requisitos y Nombramiento.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la lista de aprobados en la sede electrónica y tabón de Anuncios de la corporación, elevando propuesta a la Alcaldía a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación para ser nombrado funcionario en prácticas con efectos desde la toma de posesión como «Oficial de la Policía Local en Practicas Ayuntamiento de Las Navas del Marqués».

En ningún caso el número de aspirantes nombrados podrá ser superior al de plazas convocadas.

El aspirante propuesto deberá presentar en el plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria que no hubiera presentado junto con la instancia, o que no constaran en su expediente personal.

Antes de ser nombrado funcionario de carrera en la nueva categoría, el aspirante deberá superar un curso selectivo de capacitación para la categoría de Oficial.

En caso de superar dicho curso,, el personal funcionario en prácticas será nombrado personal funcionario de carrera, el cual deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.

Se publicará dicho nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila y en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Se comunicará la toma de posesión al Registro de Policías Locales de Castilla y León, para que proceda a la oportuna inscripción en dicho Registro.

Novena. Impugnación.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Ávila, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Décima. Incompatibilidades.

El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Undécima. Legislación Aplicable.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo previsto en la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León y el Decreto 84/2005, de 10 de noviembre, por el que se aprueban las Normas Marco a las que han de ajustarse los Reglamentos de las Policías Locales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Las Navas del Marqués, 26 de marzo de 2024.

La Alcaldesa-Presidenta,

Fdo.: María Del Mar Díaz Sastre

Anexo I

TEMARIO

BLOQUE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Corona. Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 3. El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno.

Tema 5. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6. La Comunidad Autónoma de Castilla y León: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Las Cortes de Castilla y León, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7. Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla y León. El Consejo Consultivo de Castilla y León.

Tema 8. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso Administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales.

Tema 9. La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. El término municipal. El padrón municipal.

Tema 10. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias municipales.

Tema 11. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 12. Ordenanzas Municipales de la Entidad Local convocante.

Tema 13. Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en Castilla y León: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones y licencias.

Tema 14. Condiciones y requisitos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla y León. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa: actividad en materia de sanidad y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente.

Tema 16. La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía Local.

Tema 17. La igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

BLOQUE ESPECÍFICO

Tema 18. La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo Policial Español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.

Tema 19. La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 20. El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 21. La Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 22. La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León.

Tema 23. Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.

Tema 24. Delitos y faltas. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables de los delitos y faltas. Grados de ejecución del delito.

Tema 25. Delitos contra las personas. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. Especial referencia a la violencia de género.

Tema 26. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 27. Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 28. Delitos contra la Constitución. Delitos contra el orden público. Delitos de incendios y contra la salud pública.

Tema 29. Delitos contra la Administración de Justicia. Las falsedades en el ámbito penal.

Tema 30. La responsabilidad penal de las personas jurídicas. Supuestos de exención. Circunstancias atenuantes. Delitos y penas aplicables.

Tema 31. La Ley Orgánica reguladora del Procedimiento Habeas Corpus. La denuncia y la querella. El ejercicio del derecho de defensa. La asistencia de Abogado. El tratamiento de detenidos. La entrada y registro en lugar cerrado.

Tema 32. Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 33. Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Seguridad Vial.

Tema 34. Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. El transporte de mercancías. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de la conducta.

Tema 35. Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 36. Infracciones y sanciones administrativas en materia de tráfico y seguridad de la circulación vial. Personas responsables. Medidas provisionales y otras medidas. Delitos y faltas contra la seguridad vial.

Tema 37. El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Clases de procedimientos y recursos. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 38. La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 39. Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico.

Tema 40. El Reglamento General de Conductores.

Tema 41. El Reglamento General de Vehículos.

Tema 42. El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 43. Los grupos sociales. Formación de los grupos sociales. Las masas y su tipología. La delincuencia. Modelos explicativos y factores.

Tema 44. La marginación: causas, efectos y problemática social. El fenómeno de la inmigración.

Tema 45. Procesadores de textos. Microsoft Word. Principales funciones. Hojas de cálculo. Microsoft Excel. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Microsoft Access. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 46. Internet: conceptos elementales. Internet Explorer: navegación, favoritos, historial y búsqueda. Correo electrónico: conceptos elementales. Microsoft Outlook Express: creación y administración de mensajes. Libreta de direcciones.

Tema 47. El Mando I. Concepto, funciones y responsabilidad. La Orden.

Tema 48. El Mando II. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial.

Tema 49. Estilos de mando. Metodología de mando. La eficacia del mando.

Anexo II

DESARROLLO DE LAS PRUEBAS FÍSICAS

Para obtener la calificación de APTO, será preciso lograr las marcas establecidas en al menos tres de las siguientes pruebas:

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden establecido a criterio del tribunal y de acuerdo con las siguientes reglas:

1. Salto de longitud con los pies juntos:

  • a) Disposición: El aspirante se colocará ante una raya de un metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b) Ejecución: Cuando se halle dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre puntatalón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c) Medición: Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
  • d) Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e) Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.
  • Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pisa la raya en el momento de la impulsión.
  • f) Quedará eliminado el aspirante que no alcance la marca establecida.

2. Lanzamiento de balón medicinal.

  • a) Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
  • b) Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c) Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída.
  • La medición será en metros y centímetros.
  • d) Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e) Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.

3. Carrera de resistencia muscular (800 metros):

  • a) Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
  • b) Ejecución: La propia de este tipo de carreras.
  • c) Medición: Será manual, con un crono que se pondrá en funcionamiento a la señal del comienzo de la prueba y se detendrá a la señal de finalización del tiempo máximo permitido, quedando eliminados quienes no hayan cruzado la línea de meta con anterioridad.
  • d) Intentos: Un intento.
  • e) Invalidación: Excederse del tiempo establecido.

4. Carrera de velocidad (50 metros).

  • a) Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado sin tacos.
  • b) Ejecución: La propia en una carrera de velocidad.
  • c) Medición: Deberá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle ocupada por un aspirante, tomándose el tiempo más desfavorable de los dos medidos.
  • d) Intentos: Dos intentos.
  • e) Solo se permiten una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el opositor será eliminado.
  • f) Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA, y siempre que se haya superado el tiempo establecido.

5. Natación: 25 metros estilo libre:

Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida tanto desde el borde desde el que se da la salida como desde dentro de la piscina, en cuyo caso habrá de tocar claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.

Ejecución: Una vez dada la salida por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.

Medición: Se contabilizará el tiempo invertido. Intentos: Un solo intento.

Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que, aún cuando hayan nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en el borde o suelo de la piscina, y siempre que no se hayan nadado dichos metros en el tiempo establecido. En lo no previsto en este apartado, se estará a lo establecido en el Reglamento de la Federación Española de Natación.

CUADRO DE MARCAS Y PRUEBAS

HOMBRES

EDAD/MARCA

PRUEBA

18 a 30

31 a 35

36 a 40

41 a 45

46 a 50

51 a 55

55 a 60

>60

Natación (25 m)

22"

26"

30"

34"

38"

42"

46"

50"

Salto

1,90 m

1,85 m

1,80 m

1,75 m

1,70 m

1,65 m

1,60 m

1,55 m

Resistencia (800 m)

3´25"

3´50"

4´15"

4´40"

5´05"

5´30"

5´55"

6´20"

Velocidad (50 m)

9"5

9"8

10"1

10"4

10"7

11"

11"3

11"6

Balón medicinal 5 kg

5,75 m

5,50 m

5,25 m

5,00 m

4,75 m

4,50 m

4,25 m

4,00 m

MUJERES

EDAD/MARCA

PRUEBA

18 a 30

31 a 35

36 a 40

41 a 45

46 a 50

51 a 55

55 a 60

>60

Natación (25 m)

28"

32"

36"

40"

44"

48"

52"

56"

Salto

1,80 m

1,75 m

1,70 m

1,65 m

1,60 m

1,55 m

1,55 m

1,45 m

Resistencia (800 m)

4´10"

4´35"

5´00"

5´25"

5´50"

6´15"

6´40"

7´05"

Velocidad (50 m)

11"

11"3

11"6

11"9

12"2

12"4

12"7

13"

Balón medicinal 3 kg

5,75 m

5,50 m

5,25 m

5,00 m

4,75 m

4,50 m

4,25 m

4,00 m

Anexo III

MODELO DE SOLICITUD

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS DE OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

CONVOCATORIA Y FORMA DE ACCESO

Fecha publicación convocatoria en el B.O.E

Turno de Acceso: PROMOCIÓN INTERNA

Día

Mes

Año

DATOS DEL SOLICITANTE

DNI

Nombre y Apellidos

Fecha de nacimiento

Provincia

Localidad

C.P

Tipo Vía

Nombre vía

Núm:

Portal

Piso

Teléfono

Correo electrónico

TITULACIÓN ACADÉMICA

Titulación

Centro de Expedición

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN

Fotocopia del DNI.

Resguardo del pago de la tasa por derechos de examen / documentación acreditativa de estar exento del pago.

Fotocopia de las titulaciones exigidas.

Relación de méritos alegados y copia de los documentos acreditativos de los mismos.

El abajo firmante DECLARA bajo su exclusiva responsabilidad:

1.- Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud, así como que reúne todos los requisitos exigidos por las bases para participar en el presente proceso selectivo.

2.- Que carece de antecedentes penales por delitos dolosos y que no se halla inhabilitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.

4.- No haber sido separado del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

5.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

6.- Que asume los compromisos y obligaciones previstos en las bases reguladoras del proceso selectivo.

El firmante solicita:

Ser admitido a las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Oficial del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués.

En ..........................., a ......... de ................. de 2024.

(Firma del solicitante)

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE LAS NAVAS DEL MARQUÉS

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10832 {"title":"RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués (Ávila), por la que se aprueban las bases, la convocatoria y el programa del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, 1 plaza de Oficial de Policía Local. Expte.: 519\/2024.","published_date":"2024-04-03","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"10832"} castillayleon Autoridades y personal,Ayuntamiento de las navas del marqués (ávila),BOPA,BOPA 2024 nº 65,Oposiciones y concursos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-04-03/10832-resolucion-26-marzo-2024-alcaldia-ayuntamiento-navas-marques-avila-se-aprueban-bases-convocatoria-programa-proceso-selectivo-cubrir-sistema-concurso-oposicion-promocion-interna-1-plaza-oficial-policia-local-expte-519-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.