ORDEN CYT/220/2024, de 11 de marzo, por la que se convocan los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León del año 2023.

Por la Orden CYT/214/2013, de 22 de marzo, se crean los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León.

Estos premios tienen como finalidad reconocer el esfuerzo y los méritos deportivos de personas y entidades que contribuyen al desarrollo y difusión del deporte castellano y leonés.

El artículo 6.1 de la Orden CYT/214/2013, de 22 de marzo, establece que los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León se convocarán anualmente mediante orden de la Consejería competente en materia de deportes, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

En virtud de lo expuesto en la Orden CYT/214/2013, de 22 de marzo, al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías y en el Decreto 15/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León del año 2023.

Segundo. Requisitos de los candidatos.

Para poder optar a las categorías de los premios, los candidatos deberán:

  • a) Cuando sean personas físicas, haber nacido en la Comunidad de Castilla y León o tener, de acuerdo con las leyes del Estado, vecindad administrativa en cualquiera de los municipios integrados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León a la fecha de publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • b) En el caso de las entidades propuestas, deberán tener domicilio social o actividad principal o accesoria en la Comunidad de Castilla y León.

Tercero. Candidaturas.

1. El artículo 2 de la de la Orden CYT/214/2013, de 22 de marzo, establece que las categorías de los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León son:

  • a) Premio mejor deportista absoluto de Castilla y León.
  • b) Premio mejor deportista promesa de Castilla y León.
  • c) Premio a la mejor entidad de Castilla y León.
  • d) Premio mejor entrenador de Castilla y León.
  • e) Premio deporte y discapacidad de Castilla y León.
  • f) Premio deporte en Edad Escolar de Castilla y León.

2. Podrán presentar candidaturas a los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León las Federaciones Deportivas de Castilla y León, las Diputaciones Provinciales, los Ayuntamientos de municipios de Castilla y León con población superior a 20 000 habitantes y los miembros del Jurado.

Cuarto. Valoración de candidaturas.

De las candidaturas presentadas en cada categoría se valorarán los méritos o resultados deportivos obtenidos durante el año 2023 o la realización de alguna actividad deportiva en ese mismo año, salvo en el caso de las menciones especiales a aquellas personas y entidades en las que concurran circunstancias excepcionales que hayan contribuido significativamente al desarrollo del deporte en Castilla y León.

Quinto. Presentación de candidaturas, comunicaciones y notificaciones.

1. Si el proponente es persona jurídica.

Conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

Las candidaturas se presentarán telemáticamente junto con la documentación prevista en esta convocatoria, según el modelo normalizado «Solicitud Premios Pódium del Deporte de Castilla y León», a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León accesible desde la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la dirección https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

El proponente o su representante deberá disponer de DNI electrónico o certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación reconocida por la Junta de Castilla y León, y que sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. La relación de entidades prestadoras de servicios de certificación se encuentra publicada en la citada sede electrónica.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud se presenta presencialmente, se requerirá al proponente para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Los proponentes deberán cursar sus candidaturas junto con el resto de la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, sin perjuicio de la posibilidad de que la Administración pueda requerir a los proponentes la exhibición del documento o de la información original en los términos previstos en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El registro electrónico emitirá un recibo de confirmación de la recepción, consistente en una copia auténtica de la solicitud, escrito o comunicación, que incluye la fecha, hora y número de registro. Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento.

2. Si el proponente es persona física.

Podrá elegir la tramitación electrónica del procedimiento previsto en esta orden, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en el apartado 1. Si el proponente no elige la tramitación electrónica, las solicitudes se presentarán, junto con la documentación requerida en esta convocatoria, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y se formalizarán conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y se dirigirán al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte.

3. Practica de las Notificaciones.

El artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos, y en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. A estos efectos, las notificaciones y comunicaciones que los órganos competentes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte dirijan a los interesados en el procedimiento señalados en este apartado 5.1 y a aquellos interesados en el procedimiento señalados en el apartado 5.2 que elijan la notificación electrónica, se realizarán por medios electrónicos. Para la práctica de esta notificación por medios electrónicos, la Administración enviará un aviso al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico del interesado o, en su caso, del representante, que este haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de la Administración. La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida. Se entenderá cumplida la obligación de notificación conforme el artículo 40.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, con la puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido, y se entenderán rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Cuando el interesado o su representante rechace la notificación de una actuación administrativa, se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación y el medio, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento.

4. Plazo de presentación. El plazo para la presentación de las candidaturas por la Federaciones Deportivas de Castilla y León, las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Castilla y León con más de 20 000 habitantes, así como las personas físicas será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León. El plazo para la presentación de las candidaturas presentadas por los miembros del Jurado será hasta el momento de la reunión de este.

5. La solicitud incluye la declaración responsable del proponente relativo a los siguientes extremos:

  • a) A que todos los datos y documentos aportados en la solicitud son veraces.
  • b) A que la persona firmante de la solicitud ostenta poderes de representación válidos y suficientes para actuar en nombre y representación del proponente (en el caso únicamente de que el proponente actué por medio de representante).

6. En aplicación de lo preceptuado en la Disposición Adicional 8ª de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la presentación de la solicitud faculta a los Servicios Territoriales competentes en materia de deportes para efectuar, en el ejercicio de sus competencias, las consultas y las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos y documentos relativos a la identidad personal y de los datos de residencia que acrediten estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León a la fecha de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos y otros sistemas habilitados al efecto, en todos aquellos casos en los que no se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y /o por medios telemáticos a dichos datos.

En todo caso, las candidaturas se acompañarán de la documentación que se expresa a continuación:

  • a) Formulario de datos personales y deportivos de la persona propuesta que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es
  • b) Formulario de datos deportivos de la entidad propuesta que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

Sexto. Procedimiento de concesión.

1. Conforme al artículo 6 de la Orden CYT/214/2013, de 22 de marzo, corresponde a la Dirección General de Deportes la instrucción del procedimiento. Examinadas las solicitudes y la documentación presentada de conformidad con lo previsto en esta convocatoria, el instructor remitirá una relación de los candidatos y de dicha documentación al Jurado encargado de valorar los méritos de las candidaturas que se presenten.

2. El Jurado, cuyo fallo resultará inapelable, elevará al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte una relación de las personas y entidades merecedoras de los premios.

3. La concesión del premio deberá aceptarse en un plazo no superior a 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

4. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte podrá organizar un acto institucional de entrega de premios al que deberán asistir los premiados, salvo causa de fuerza mayor.

Séptimo. Resolución.

La convocatoria de los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León será resuelta por orden del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en el plazo de tres meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las candidaturas. La resolución de la convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castila y León, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en el artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 11 de marzo de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,

Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
10507 {"title":"ORDEN CYT\/220\/2024, de 11 de marzo, por la que se convocan los Premios Pódium del Deporte de Castilla y León del año 2023.","published_date":"2024-03-21","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"10507"} castillayleon BOPA,BOPA 2024 nº 58,Consejería de cultura, turismo y deporte,convocatorias,subvenciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-03-21/10507-orden-cyt-220-2024-11-marzo-se-convocan-premios-podium-deporte-castilla-leon-ano-2023 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.