RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2024, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Rafaela María» de Valladolid, por cambio de titularidad y de denominación específica.

La Resolución de 22 de febrero de 2024 de la Dirección General de Centros e Infraestructuras ha modificado la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Rafaela María» (Código: 47003593) ubicado en C/ Fray Luis de León, n.º 4 de Valladolid, por cambio de titularidad y de denominación específica.

El artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, en relación con el artículo 7.3 del mismo Real Decreto, establece que la parte dispositiva de las resoluciones de modificación de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados, deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por lo expuesto

RESUELVO

Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Rafaela María» (Código: 47003593), por cambio de titularidad y de denominación específica, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Primero.- Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Rafaela María" (Código: 47003593) ubicado en C/ Fray Luis de León, n.º 4, de Valladolid, por cambio de titularidad, que correspondía a la sociedad "Gestión de Centros Ecamsol, S.L.U." y que en lo sucesivo será ostentada por la sociedad "Centro de F.P. Sanitario en Ciencias Radiológicas, S.L.U.", mediante la transmisión en bloque del patrimonio de la primera en beneficio de la segunda, quien adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, la cual se extinguirá sin liquidación, por lo que la continuidad de la actividad educativa del centro de la Sociedad Absorbida no se ve afectada y queda garantizada, en todo momento y sin solución de continuidad, por la Sociedad Absorbente, sin perjuicio de los trámites administrativos para su reconocimiento y eficacia. Dicha actividad, en todo caso, queda amparada por su objeto social.

Segundo.- Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Rafaela María", por cambio de denominación específica, que pasa a denominarse "Metrodora Formación Profesional-Valladolid".

Tercero.- El cambio de titularidad y denominación específica que por la presente Resolución se autoriza no afectará al régimen de funcionamiento del centro, ni a su configuración jurídica derivada de la Resolución de 9 de marzo de 2009, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa (B.O.C. y L. Núm. 51, de 16 de marzo de 2009), se encuentra autorizado para impartir:

Enseñanzas autorizadas:

  • - Segundo Ciclo de Educación Infantil: 3 unidades, 75 puestos escolares.
  • - Educación Primaria: 6 unidades, 150 puestos escolares.
  • - Educación Secundaria Obligatoria: 4 unidades, 120 puestos escolares.
  • - Ciclos formativos de Grado Superior:
    • • Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear:
      • * 2 grupos (1.º y 2.º curso), 60 puestos escolares, turno diurno.
      • * 2 grupos (1.º y 2.º curso), 60 puestos escolares, turno vespertino.
    • • Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría:
      • * 1 grupo (1.º curso), 30 puestos escolares, turno vespertino.

Cuarto.- La presente Resolución, de conformidad con el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, surtirá efecto desde el 19 de octubre de 2023, fecha de la escritura de fusión por absorción.

Quinto.- La titularidad del centro "Rafaela María" queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente en todo lo que afecte al mismo y a solicitar la oportuna modificación de la autorización del centro, a través de su representación legal, cuando haya de alterarse cualquiera de los datos señalados en la presente Resolución.

Sexto.- El cambio de titularidad y de denominación específica del Centro se inscribirán de oficio en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y León.»

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 60 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Valladolid, 22 de febrero de 2024.

El Director General de Centros e Infraestructuras,

Fdo.: José Miguel Sáez Carnicer

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