RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2024, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria, relativa a la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el proyecto de instalación de un nuevo apoyo metálico y reforma de la LAMT «Barca» de 15 kV entre los apoyos n.º 10 «L00675002-0010» y n.º 11 «L00675002-0011» para realizar NNSS en la parcela 430 del polígono 3, con referencia catastral 42183B00300430, en el término municipal de Matamala de Almazán (Soria), titularidad de «Edistribución Redes Digitales, S.L.U.». Expte.: IE/AT/67-2023.

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE SORIA

ANTECEDENTES DE HECHO:

• Con fecha 28 de septiembre de 2023 se recibió por parte de Edistribución Redes Digitales, S.L.U. solicitud de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para el proyecto mencionado en el asunto.

• Con fecha 29 de noviembre de 2023 es sometido a trámite de información pública (B.O.C. y L. 21.12.2023) en el cual no ha sido presentada ninguna alegación.

• De forma paralela, se solicitan condicionados a los organismos afectados. No se recibe contestación alguna por lo que se entiende su conformidad.

• El expediente ha sido instruido por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria.

• Vista la propuesta de la Sección de Energía del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de fecha 13 de febrero de 2024.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

• Teniendo en cuenta que el servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León en Soria, es competente para resolver este expediente, según establece el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se desconcentran competencias en los Órganos Directivos Centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y según la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Soria, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.

• La normativa aplicable es:

  • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
  • - R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de 1 de diciembre, que la desarrolla.
  • - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León.
  • - Real Decreto 223/2008 de 15 de febrero por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-LAT 01 a 09.
  • - Real Decreto 337/2014 de 9 de mayo por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-RAT 01 a 23.
  • - Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, que aprueba el Reglamento Electrotécnico de baja tensión.

Este Servicio Territorial, resuelve:

1.- Otorgar autorización administrativa previa a Edistribucion Redes Digitales, S.L.U., para la instalación eléctrica descrita. Esta autorización se concede de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-LAT 01 a 09, con el Real Decreto 337/2014 de 9 de mayo por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-RAT 01 a 23 y con el Reglamento electrotécnico de baja tensión y sus instrucciones técnicas complementarias (R.D. 842/2002 de 2 de agosto).

2.- Otorgar autorización administrativa de construcción para la instalación eléctrica descrita de acuerdo al Proyecto de septiembre de 2023 firmado por el Ingeniero técnico industrial Pilar Lázaro Barquin con visado n.º VIZA238491 de 27/09/2023, cuyas principales características son las siguientes:

  • - Se instalará un nuevo apoyo metálico de celosía C-2000-14 TR2.
  • - Se realizará una doble conversión A/S (hasta cota 0) en el apoyo nuevo a instalar (bajante en cable seco, juego de auto válvulas, antiescalo y medidas de protección de avifauna antielectrocución).
  • - Se reinstalarán los vanos posterior y anterior al nuevo apoyo a instalar, pertenecientes a la LAMT «Barca» de 15kV con conductor LA-110. (154 m).

3.- Establecer las condiciones siguientes:

3.1. El plazo de puesta en marcha será de DOCE MESES, contados a partir de la Resolución.

3.2. Por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía se comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones impuestas por los Reglamentos, para lo cual, el titular dará cuenta del comienzo de los trabajos.

3.3. El titular de las instalaciones dará cuenta a la terminación de las obras al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria, a efectos del reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en servicio.

3.4. La Administración dejará sin efecto la Resolución, en cualquier momento que se observe el incumplimiento, por parte del titular, de las condiciones impuestas en ella.

3.5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, los condicionados que le han sido establecidos por otros Organismos, los cuales han sido puestos en su conocimiento y aceptados expresamente por el mismo.

4.- Autorizar a la empresa eléctrica suministradora para que con arreglo al proyecto aprobado se realice la conexión con sus instalaciones, a fin de que a la hora de extender el acta de Puesta en Marcha y autorización de funcionamiento estén las instalaciones totalmente ejecutadas y probadas.

Esta Resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización que la legislación vigente establezca, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, que sean competencia de otros Organismos y/o Administraciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. director general de Energía y Minas, en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación, en relación con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

Soria, 13 de febrero de 2024.

El Jefe del Servicio Territorial,

Fdo.: Manuel López Represa

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