RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2024, del Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión como personal laboral fijo, por el sistema de acceso libre, de 1 puesto de Técnico.

INSTITUTO TECNOLÓGICO AGRARIO DE CASTILLA Y LEÓN (ITA)

Con el fin de atender las necesidades de personal del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León expresadas en el Acuerdo de 10 de noviembre de 2023, del Consejo del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León para el año 2023, B.O.C. y L. n.º 225, de 23 de noviembre de 2023, contemplando la cobertura por turno libre de una plaza de Técnico, esta Dirección General, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 18.2 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, y 12.2 del Reglamento aprobado por Decreto 121/2002, de 7 de noviembre,

RESUELVE

Convocar por acceso libre la contratación de un puesto de personal laboral fijo Técnico con adscripción a la Subdirección de Infraestructuras Agrarias y con destino en la Unidad Territorial de Segovia, con las siguientes características y requisitos específicos:

PUESTO DE TRABAJO

Categoría: Técnico

Puesto: Técnico de concentración parcelaria, nivel 4

Retribución: 37.691,50€ brutos anuales

Centro: Unidad Territorial de Segovia

El proceso selectivo pretende la incorporación de un Técnico para desarrollar labores propias de la Subdirección de Infraestructuras Agrarias, participando especialmente en las diferentes fases de los procesos de concentración parcelaria vinculados a la modernización de regadíos y a la transformación de zonas de secano en regadío, en los que participa ITACYL.

Entre las principales funciones del Técnico a contratar se encuentran el impulso y realización de las actuaciones que se le encomienden en todas las fases del proceso de concentración parcelaria, con el manejo de las herramientas informáticas específicas y de la tecnología cartográfica necesaria para su adecuado desarrollo; elaboración de informes, asesoramiento, información y resolución de problemas técnicos o prácticos propios de su campo de actuación.

Requisitos específicos

  • a) Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Ingeniero/a Agrónomo/a, Ingeniero/a Técnico/a Agrícola o Graduado/a en Ingeniería Agrícola.
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • b) Poseer una experiencia acreditada mínima de 36 meses de servicios en puestos de categoría y funciones similares a las del puesto ofertado.
  • c) Estar en posesión y tener vigente el permiso de conducir, categoría B.

BASES

1. Normativa aplicable.

La realización de esta prueba selectiva se ajustará a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en lo que sea de aplicación al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en la Ley 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en el Decreto 121/2002, de 7 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León y en el del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

2. Número y características de la plaza.

Se convoca procedimiento selectivo para cubrir, por el sistema de acceso libre, 1 puesto de trabajo de Técnico de Concentración Parcelaria en el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León de acuerdo con la tasa de reposición de efectivos correspondiente a la Oferta de Empleo Público para el año 2023, aprobada por Acuerdo, de 10 de noviembre de 2023, del Consejo del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, conforme a las características determinadas en la Base 6.

3. Normas generales.

3.1. La naturaleza del contrato que suscribirá el aspirante que resulte seleccionado será laboral de carácter indefinido, como personal fijo del Instituto.

3.2. La jornada de trabajo será de 35 horas semanales y el horario será el establecido en el centro de trabajo.

3.3. El desempeño del puesto de trabajo quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

4. Requisitos Generales de los aspirantes.

4.1. Para ser admitido a la presente prueba selectiva, los aspirantes deberán reunir, además de los establecidos específicamente para el puesto, los requisitos generales de acceso a la función pública y en particular:

  • a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
  • También podrá participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a los familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
  • Podrán asimismo participar quienes, no estando incluidos en los dos párrafos anteriores, tengan autorizada la permanencia en España o sean titulares del correspondiente permiso de trabajo y residencia, de conformidad con la normativa vigente de extranjería.
  • b) Tener cumplidos los 16 años de edad.
  • c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
  • d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • e) No pertenecer como trabajador laboral fijo del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León a la categoría del puesto convocado.

4.2. Los requisitos generales establecidos en esta base, así como los específicos establecidos para el puesto de trabajo, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del correspondiente contrato.

5. Solicitudes.

5.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se encuentra disponible en la página web del Instituto (http://www.itacyl.es), dirigida al Ilmo. Sr. Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

5.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días naturales a partir del día siguiente al de publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

5.3. La instancia de solicitud deberá reflejar todos los méritos cuya valoración se solicita, ordenados y numerados, reflejándose esa misma numeración en cada uno de los documentos que se aporten para su acreditación.

5.4. A la solicitud se acompañará:

  • • Currículum Vitae. Deberá aportarse en lengua castellana.
  • • Documento nacional de identidad.
  • • La documentación acreditativa de los requisitos específicos:
    • a) Titulación académica oficial.
    • b) Acreditación del requisito de experiencia profesional.
    • c) Permiso de conducir en vigor y válido para conducir en España.
  • • Aquellos aspirantes extranjeros que se encuentren incluidos en el párrafo 3º de la Base 4.1.a deberán presentar la documentación acreditativa de dicho extremo.

La acreditación de los requisitos a) y b) se realizará conforme se indica en la base 6.5.

La documentación acreditativa de los méritos alegados por el aspirante en su solicitud será aportada en el momento de realización de la fase 2 del proceso selectivo (base 6.4). La documentación presentada en otra lengua distinta al castellano deberá acompañarse de la traducción oficial o jurada correspondiente y si no se está en posesión de ella, se realizará por el aspirante una declaración responsable con la traducción de dicho documento, reservándose el Instituto el derecho a solicitarle una traducción oficial o jurada de la misma.

La citada documentación acreditativa se presentará mediante fotocopia (no es necesario la compulsa ni los documentos originales).

No obstante lo anterior, la persona que resulte seleccionada deberá aportar los documentos originales o copia compulsada como requisito previo para formalizar su contrato.

5.5. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Instituto, sito en la Ctra. de Burgos Km. 119, 47071-Valladolid (Finca Zamadueñas), o en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Junta de Castilla y León, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en las oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.

Art. 16.4 de la Ley 39/2015. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

  • a. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  • b. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d. En las oficinas de asistencia en materia de registros.

5.6. Puesto que ITACYL en este momento no dispone registro electrónico propio, la solicitud y la documentación requerida en la convocatoria podrán presentarse de forma virtual, mediante certificado digital, en el punto de acceso general de la Administración General del Estado, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado. https://reg.redsara.es/

5.7. El plazo para presentar las solicitudes será improrrogable en todo caso, aun en el supuesto de ser inhábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el aspirante.

5.8. Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o en la documentación aportada con ella.

5.9. La documentación presentada en las fases de subsanación y/o alegaciones, contempladas en la base 7 de esta convocatoria, se deberá presentar siguiendo el mismo procedimiento establecido en la base 5.5 para la presentación de la solicitud.

6. Sistema de selección.

6.1. El sistema de selección será el concurso oposición y constará de las siguientes fases:

6.1.1. Primera fase: Oposición. Máximo 6 puntos.

Los aspirantes que cumplan y acrediten los requisitos de la Convocatoria, serán convocados para realizar una prueba escrita que tendrá carácter eliminatorio y constará de:

  • 1ª Examen tipo test de 30 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una la respuesta correcta y penalizándose con 0,33 puntos las respuestas incorrectas. Tendrá una duración de 60 minutos y se calificará con una puntuación máxima de 3 puntos.
  • 2ª Examen con cuatro preguntas cortas y/o supuestos prácticos.

Las dos partes versarán sobre las siguientes materias:

  • • Normativa básica del ITACYL.
  • • El procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • • Normativa aplicable en concentración parcelaria en Castilla y León.
  • • Normativa ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
  • • Trámites previos a la publicación del Acuerdo de Concentración Parcelaria (tramitación de solicitudes, redacción y aprobación del ETP, tramitación ambiental, aprobación del Acuerdo de Utilidad Pública)
  • • El Proceso de Concentración Parcelaria.
  • • El Catastro.
  • • Herramientas informáticas de gestión de datos y gráficas específicas en el proceso de concentración parcelaria.

El Tribunal determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar, por tanto, aprobado el ejercicio.

6.1.2. Segunda fase. (Exposición curricular). Puntuación máxima 4 puntos.

Los aspirantes que superen la fase de oposición serán convocados a realizar una presentación de su currículum vitae, por un tiempo máximo de 15 minutos, para exponer sus méritos de experiencia laboral y de formación relacionados con el perfil objeto de la convocatoria. El candidato podrá realizar su presentación utilizando recursos audiovisuales (PowerPoint o similar).

Al finalizar la exposición, la Comisión de Selección podrá realizar preguntas a los candidatos, relativas a los méritos del currículum presentado, con el fin de determinar su idoneidad para desarrollar las tareas del puesto ofertado.

Entre otros aspectos se valorarán:

  • • Experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma categoría y contenido esencial similar al perfil de la convocatoria.
  • • Formación en el ámbito de la especialidad de la plaza a la que se opta.

6.2. La calificación final de cada candidato vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes del proceso selectivo.

6.3. Para superar el proceso selectivo será necesario obtener la puntuación mínima que determine la Comisión de Selección.

6.4. Tal y como se establece en la base 5.4, al inicio de la exposición curricular (base 6.1.2) los aspirantes aportarán a la Comisión de Selección una copia de la documentación justificativa de los méritos de su currículum, a fin de que ésta pueda acreditar la validez de la información facilitada.

6.5. La acreditación de requisitos y méritos se realizará conforme a lo siguiente:

  • a) La acreditación de la experiencia profesional se efectuará mediante la presentación de contratos de trabajo a los efectos de comprobar la categoría profesional, acompañados de informe de vida laboral, para la comprobación de periodos y grupos de cotización (ambos documentos imprescindibles).
  • Si del contrato de trabajo u otra documentación aportada por el candidato no se desprenden las funciones realizadas con objeto del mismo que permita su valoración, deberá aportarse cualquier otra documentación que acredite dichas funciones.
  • La falta de acreditación documental expresa de las tareas o funciones desarrolladas en el ámbito del perfil de la convocatoria supondrá la no valoración de esos periodos de experiencia.
  • b) Para la acreditación de titulaciones se deberá aportar copia del título oficial o de certificación acreditativa que permita verificar la posesión de la titulación.
  • En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

7. Desarrollo del proceso selectivo.

7.1. Trascurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa.

7.2. Finalizado el plazo de alegaciones, la Comisión de Selección elevará al Director General del Instituto la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del ejercicio escrito. En ningún caso se dispondrá de un plazo inferior a 72 horas desde que la Comisión haga pública la convocatoria de examen y la realización de éste.

7.3. Finalizada la fase de oposición, la Comisión hará pública la relación provisional de las puntuaciones de la primera fase del proceso selectivo y concederá un plazo de 3 días para la presentación de alegaciones.

7.4. Transcurrido el plazo de alegaciones, la Comisión publicará la relación de los aspirantes que la hayan superado, y la relación de aspirantes convocados a la realización de la segunda fase del proceso selectivo, según lo establecido en la Base 6.1.2.

7.5. Concluida la segunda parte del proceso selectivo, la Comisión de Selección publicará las puntuaciones obtenidas en la misma, las puntuaciones totales y la correspondiente propuesta de titular, si procede, para la conclusión del proceso selectivo.

8. Relación final de aprobados/as del proceso selectivo.

8.1. Finalizado el proceso de selección, la Comisión de selección elaborará propuesta de designación de Titular a aquel aspirante que haya alcanzado la mayor puntuación en el proceso selectivo, que será elevada al Director General del Instituto para su aprobación y posterior publicación.

8.2. La Comisión de Selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de puestos ofertados. No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada, el órgano convocante requerirá a la Comisión de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los que lo han superado cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a. Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la formalización del contrato.
  • b. Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

8.3. Podrá ser declarado desierto el puesto objeto de esta Convocatoria, si la Comisión de Selección considera que ninguno de los aspirantes reúne las condiciones exigidas.

9. Constitución de la bolsa de empleo.

Los aspirantes que superen la fase 1 (oposición) establecida en la base 6ª presente convocatoria, conformarán una Bolsa de Empleo de Técnicos de Concentración Parcelaria cuya gestión y funcionamiento se regirá por la Resolución de 8 de julio de 2021 del Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, por la que se establecen los criterios básicos de constitución, funcionamiento y gestión de las bolsas de empleo para la contratación de personal de carácter temporal.

El orden de prelación de los candidatos en la Bolsa de empleo vendrá determinado por la calificación final del proceso selectivo, según se determina en la Base 6.2.

La Bolsa que se constituye en virtud de esta convocatoria permitirá atender las necesidades del ITACYL de contratación laboral de duración determinada vinculadas a programas financiados con fondos europeos (Disposición Adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021) o cualquier otra en el marco de la legalidad vigente.

10. Comisión de Selección.

La Comisión de Selección será nombrada por el Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

La Comisión de Selección, con el fin de poder decidir de forma más objetiva la adjudicación del puesto, podrá proponer el nombramiento de los colaboradores que estime oportuno para que intervengan en las pruebas del proceso de selección, los cuales actuarán con voz, pero sin voto.

11. Comunicación.

La Comisión de Selección podrá valerse de cualquier medio para su comunicación con los aspirantes, debiendo en cualquier caso hacer públicos los acuerdos de carácter general que afecten a citaciones para la realización de pruebas en los tablones del Instituto, Consejería de Agricultura y Ganadería, en las Oficinas de Información de la Junta de Castilla y León y en la página web del Instituto (http://www.itacyl.es)

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión tendrá su sede en el Instituto Tecnológico Agrario, Ctra. de Burgos Km. 119, 47071 Valladolid.

Teléfono de consultas: 983/ 412034; Correo electrónico: empleo@itacyl.es

12. Publicación de datos de carácter personal.

La publicación de los acuerdos de la Comisión de Selección que contuviesen datos de carácter personal de los participantes en el proceso selectivo se identificarán mediante su nombre y apellidos, añadiendo los dígitos que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima del documento nacional de identidad o número de identidad de extranjero, según recomendación, de la Agencia Española de Protección de Datos.

Contra la presente Convocatoria, los interesados podrán presentar demanda ante la vía judicial laboral, Juzgado de lo Social de Valladolid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en la página web del Instituto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.4, 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Valladolid, 7 de febrero de 2024.

El Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León,

Fdo.: Rafael Sáez González

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