RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2023, de la Diputada Delegada del Área de Hacienda y Administración General de la Diputación Provincial de Palencia, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición, 1 plaza de Suboficial de Bomberos, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, de la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Palencia, perteneciente al grupo A, subgrupo A2 de titulación, incluida en la oferta de empleo público del año 2021. Expte.: DIP/10976/2023.

La Diputada Delegada del Área de Hacienda y Administración General, en ejercicio de las facultades delegadas por la Presidencia (Decreto de 10 de julio de 2023), acordó aprobar las bases y la convocatoria del proceso selectivo para ingreso como funcionario de la Diputación Provincial de Palencia, por el sistema de oposición, de una plaza de Suboficial de Bomberos, con arreglo a las siguientes:

ANEXO

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO, COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA, EN LA CATEGORÍA DE SUBOFICIAL DE BOMBEROS MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE (OEP 2021).

Primera. Objeto.

1. La presente convocatoria tiene por objeto la selección, mediante el sistema de oposición, turno de acceso libre, para la cobertura de una plaza de Suboficial de Bomberos, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales (de acuerdo con la Disposición adicional sexta de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León) de la plantilla de personal funcionario de la Diputación de Palencia, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2021 (B.O.P. núm. 112, de 20 de septiembre), aprobada por la Junta de Gobierno de la Diputación de Palencia de 13 de septiembre de 2021.

2. La plaza pertenece al Grupo A, Subgrupo A2 de titulación, estando dotada de las retribuciones correspondientes a este grupo en la legislación de carácter general y en el Acuerdo de Funcionarios de la Diputación Provincial.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.

1. Para ser admitidos al presente proceso será necesario que los/las aspirantes reúnan los siguientes requisitos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes:

  • a) Ser español/a o, en su caso, nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos legalmente.
  • b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad para la jubilación forzosa.
  • c) Estar en posesión del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Graduado, Diplomado universitario o equivalente.
  • Los/las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente homologación.
  • Los/las aspirantes deberán tener el título o haber aprobado los estudios para su obtención y abonado los derechos para su expedición, y en su caso, tener la homologación correspondiente, en la fecha en la que acabe el plazo de presentación de instancias.
  • d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
  • En el caso de nacionales de países de la Unión Europea, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  • f) Estar en posesión de carnet de conducir tipo B.

2. Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán reunir la totalidad de los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el procedimiento de selección.

Tercera. Instancias.

1. Plazo y lugar de presentación.

1.1. Las bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León. Asimismo, se publicará el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

1.2. El plazo de presentación de instancias para tomar parte en la convocatoria será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el boletín oficial del estado (B.O.E.). En el supuesto de que el último día de presentación de instancias fuera sábado, domingo o festivo el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

1.3. De conformidad con la disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Palencia (B.O.P. núm. 51 de 29 de abril de 2022), las personas participantes en el presente proceso selectivo deberán realizar la presentación de la solicitud y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación, a través de medios electrónicos.

1.4. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se presentarán a través del procedimiento electrónico habilitado en el catálogo de servicios/procedimientos de los ciudadanos de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia: http://sede.diputaciondepalencia.es A tal efecto, la persona solicitante deberá poseer un certificado digital de persona física válido admitido por la Sede Electrónica o el DNI electrónico con los certificados activados.

1.5. En la instancia para tomar parte en la convocatoria deberá identificarse obligatoriamente el siguiente código: DIP/10976/2023. Igualmente, en la instancia la persona solicitante deberá declarar la veracidad de los datos y documentos aportados.

1.6. En la solicitud se indicará el número de referencia de cobro del documento de autoliquidación de la tasa indicada en el apartado 2 siguiente, además de adjuntar la documentación justificativa del pago. En caso de reducción o exención del pago de tasa o adaptaciones por razón de discapacidad, la solicitud deberá ir acompañada de la documentación adicional acreditativa correspondiente, adjuntándose a la instancia presentada telemática.

1.7. Quienes por razones de discapacidad precisen adaptaciones para la realización de exámenes, deberán indicarlo en la solicitud, pudiendo solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Para ello harán constar en la solicitud las posibles adaptaciones que precisen para participar en las pruebas selectivas, acompañando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas.

2. Pago de tasas.

2.1 El importe de los derechos por participación en el proceso selectivo es de 21,00 Euros. Los derechos de examen se abonarán mediante autoliquidación de la Tasa en la Oficina Virtual Tributaria, en el enlace: https://ovtdipupalencia.tributoslocales.es/340017/DPALENCIA/tasas o desde la propia Oficina Virtual Tributaria de la Sede Electrónica, atendiendo a las instrucciones que figuran en el Anexo II. Los derechos que no podrán ser devueltos más que en el caso de anulación de la Convocatoria o de no admisión por falta de alguno de los requisitos para tomar parte en la misma.

2.2. Quienes se encuentren en situación de desempleo sin percibir prestación económica alguna en el momento de presentación de la instancia, quedarán exentos del abono del 75% de los derechos de examen, siempre que acrediten documentalmente ambas circunstancias mediante la presentación de la documentación señalada en el apartado 3 siguiente.

2.3. Las personas pertenecientes a familias numerosas de categoría especial estarán exentas de abonar los derechos de examen, y quienes pertenezcan a familias numerosas de categoría general estarán exentos del abono del 50% de los derechos de examen, debiendo acreditarse en ambos casos con la presentación del título oficial correspondiente.

2.4. Estarán exentos del pago de la tasa las personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditarse documentalmente mediante copia de la resolución emitida en tal sentido por la Administración competente.

2.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3. Documentación a aportar.

3.1. Junto con la instancia o, en su caso, dentro del plazo establecido para su presentación, se deberá presentar en la forma indicada en el apartado 1.3 de la base tercera, la siguiente documentación:

  • Documentación acreditativa del abono de la tasa correspondiente.
  • En su caso, copia auténtica de la documentación acreditativa del derecho de exención total o parcial del abono de la tasa por derechos de participación, según el supuesto correspondiente: título de familia numerosa; certificado de constar inscrito como demandante de empleo y certificado de no percibir prestación/subsidio por desempleo; documentación acreditativa del grado de discapacidad.

3.2. En caso de que la persona solicitante haya autorizado a la Diputación de Palencia la consulta a otras Administraciones de los datos personales necesarios, la Diputación se reserva el derecho a requerirle la aportación de la copia auténtica del documento correspondiente o la exhibición del original.

Cuarta. Admisión de las personas aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Sra. Diputada-Delegada del Área de Hacienda y Administración General aprobará, mediante resolución, las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión en cada caso, concediendo un plazo de diez días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Dicha resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el portal web de la Diputación Provincial de Palencia.

2. Terminado el plazo de reclamaciones, se dictará nueva resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes o corrigiéndola si hubieran existido modificaciones como consecuencia de reclamaciones. En esta resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el portal web de la Diputación Provincial de Palencia, se determinará, además, la composición nominal del Tribunal Calificador, así como el lugar, fecha y hora de la realización del primer ejercicio.

3. En el supuesto de que por cualquier circunstancia excepcional se hubiese de modificar el lugar, fecha o la hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el portal web de la Diputación Provincial de Palencia.

4. Los errores materiales, de hecho, o aritméticos, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte.

5. Todas las publicaciones posteriores se harán a través del Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el portal web de la Diputación Provincial de Palencia.

Quinta. Tribunal de selección.

1.- El Tribunal de Selección estará constituido por las siguientes personas, nombradas por la Sra. Diputada-Delegada del Área de Hacienda y Administración General de la Diputación Provincial de Palencia:

Presidente/a:

  • - Un funcionario/a de carrera de la Diputación Provincial.

Vocales:

  • - Dos funcionarios/as de carrera de la Diputación Provincial.
  • - Un Oficial Superior de un SEPEIS (servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento), funcionario de carrera de cualquier Administración Local de Castilla y León.
  • - Un funcionario/a de carrera de la Junta de Castilla y León.

Secretario/a:

  • - Un funcionario/a de carrera de la Diputación de Palencia, que actuará con voz pero sin voto.

2.- El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que habrán de designarse simultáneamente con los titulares. Todas las personas que formen parte del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala de que se trate.

Las personas que formen parte del Tribunal pertenecerán al mismo a título individual, no pudiendo ostentar dicha pertenencia en representación o por cuenta de nadie.

3.- El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus integrantes, titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones del mismo se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de quien ostente la presidencia. Si constituido el Tribunal e iniciada la sesión se ausentara el Presidente/a, actuará como tal el Vocal de mayor edad.

4.- Las personas que formen parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidenta de la Corporación, cuando concurran en su persona algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.- Las actuaciones del Tribunal habrán de ajustarse estrictamente a las Bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan en la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en las mismas.

6.- El Tribunal podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de personal colaborador o asesor que estime necesario para el desarrollo de las pruebas, que actuarán con voz pero sin voto y a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a las personas que formen parte del Tribunal.

7.- El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de las personas que lo integran y con sujeción a los criterios de valoración previstos para cada uno de los ejercicios contenidos en las presentes bases, adoptando las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, pudiendo acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación de los ejercicios, que deberán ser puestos en conocimiento de los aspirantes previamente a la realización de los mismos.

8.- Corresponde al Tribunal la aplicación e interpretación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitarán su acceso a las plazas objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia de la persona interesada, propondrá al órgano competente su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

9.- En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

10.- El Tribunal de Selección adoptará las medidas oportunas para garantizar la custodia de las pruebas escritas y de los exámenes realizados, el anonimato de las mismas cuando proceda, prevenir cualquier posibilidad de pérdida o sustitución de las mismas, así como revisar la identidad del candidato, sin perjuicio de la determinación de otros criterios o actuaciones en caso de situaciones no previstas en las presentes bases (reclamaciones, empates, ...).

Sexta. Desarrollo de la oposición.

1.- Sistema selectivo.

1.1. El sistema selectivo será el de oposición.

1.2. Los/las aspirantes deberán acudir a la celebración de los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.

1.3. De conformidad con la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaria de Estado de Función Pública (B.O.E. 29 de julio), el orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético, comenzando por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra «W». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente

1.4. Los/las aspirantes serán convocados en llamamiento único, aunque el mismo haya de dividirse en varias sesiones, debiendo asistir a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los supuestos alegados y justificados con anterioridad a la celebración del ejercicio y en los casos de fuerza mayor acaecidos el mismo día de la celebración, debiendo el Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del procedimiento selectivo.

2.- Pruebas a superar.

La selección se llevará a cabo con arreglo a las siguientes pruebas, todas ellas de carácter obligatorio y eliminatorio:

  • A) Primer ejercicio: tipo test.

Consistirá en la contestación de un cuestionario de un máximo de 50 preguntas tipo test que versarán sobre el temario del Anexo I de las presentes bases. Los cuestionarios incluirán hasta máximo de un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente, según el orden en el que se presenten, las preguntas anuladas en el ejercicio.

La duración máxima de realización de este ejercicio será de 50 minutos.

Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. El número de respuestas alternativas que compondrá el cuestionario, de las cuales solo una de ellas será la correcta, la puntuación de las preguntas contestadas correctamente y el posible descuento por respuestas erróneas, respuestas en blanco o respuestas dobles, será determinado por el Tribunal de selección y puesta en conocimiento de los aspirantes con suficiente antelación a la fecha señalada para la realización del ejercicio.

Las calificaciones serán hechas públicas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica y en el portal Web de la Diputación de Palencia, pudiendo formularse reclamaciones en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el portal web.

Quienes hayan resultado aprobados en el primer ejercicio serán convocados a través del Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el portal Web de la Corporación para la realización del segundo ejercicio.

  • B) Segundo ejercicio: teórico.

Consistirá en la contestación por escrito de TRES temas, elegidos al azar por el Tribunal, de la parte correspondiente a materias específicas del temario que figura en el Anexo I a estas Bases

El tiempo de duración del examen será, como máximo, de tres horas.

En este ejercicio se valorarán en su conjunto los conocimientos específicos del tema a desarrollar, la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición, la calidad de la expresión escrita y la capacidad de síntesis.

Finalizada la prueba, el Tribunal, si lo estima oportuno, podrá citar a las personas aspirantes, señalando día y hora, para la lectura del ejercicio teórico. Finalizada la lectura del primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el opositor/a ponga fin a la misma por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Concluida la lectura el Tribunal podrá formular preguntas y solicitar aclaraciones en relación con las materias expuestas durante un plazo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará cada tema entre 0 y 10 puntos, la puntuación a otorgar será la media de la puntuación asignada por los miembros del Tribunal, eliminándose las puntuaciones más baja y más alta cuando la diferencia entre ellas sea igual o superior a 3 puntos.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos, resultando eliminados quienes no obtengan una calificación mínima de 5 puntos. La calificación se obtiene de la media de la puntuación asignada a cada uno de los temas, siendo necesario que el aspirante obtenga un mínimo de 3 puntos en cada uno de los temas a desarrollar, quedando eliminado en caso contrario.

La suma total de la puntuación otorgada a cada tema se transformará para adecuarse a la puntuación máxima señalada en el párrafo anterior.

Las calificaciones del ejercicio teórico serán expuestas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica y en el portal web de la Corporación, convocándose en la misma resolución a quienes hayan resultado aprobados para la realización del ejercicio de carácter práctico.

  • C) Tercer ejercicio: práctico.

Quienes hayan superado los dos ejercicios anteriores realizarán una prueba de carácter práctico consistente en resolver uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, que versarán sobre el temario de la parte específica que figura en el Anexo I de la presente convocatoria.

La duración máxima de este ejercicio será, como máximo, de cuatro horas. Para su realización el Tribunal podrá permitir, comunicándolo con antelación suficiente, la utilización textos legales sin comentarios, así como máquinas de calcular estándar y científicas, pero que no sean programables ni financieras.

En este ejercicio se valorará en su conjunto la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados, el conocimiento y adecuada explicación y aplicación de la normativa aplicable, la sistemática en el planteamiento y la formulación de conclusiones. Se valorará la habilidad para la toma de decisiones, el manejo de situaciones de conflictos y la dirección y coordinación de equipos.

Finalizada la prueba, el Tribunal, si lo estima oportuno, podrá citar a las personas aspirantes, señalando día y hora, para la lectura del ejercicio práctico. Una vez concluida la lectura, el tribunal podrá formular preguntas y solicitar aclaraciones en relación con el supuesto planteado.

Este ejercicio se puntuará hasta un máximo de 10 puntos, quedando eliminado quien no obtenga un mínimo de 5 puntos. El Tribunal valorará cada supuesto práctico que se plantee entre 0 y 10 puntos, y la puntuación a otorgar será la media de la puntuación asignada por los miembros del Tribunal, eliminándose las puntuaciones más baja y más alta cuando la diferencia entre ellas sea igual o superior a 3 puntos.

La suma total de la puntuación otorgada a cada supuesto práctico se transformará para adecuarse a la puntuación máxima señalada en el párrafo anterior.

Las puntuaciones serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el portal web de la Diputación Provincial de Palencia.

Séptima. Calificación total.

Finalizados los ejercicios, el Tribunal procederá a sumar, respecto de las personas aspirantes que hayan superado todos los ejercicios, las calificaciones obtenidas en cada uno de ellos, declarando aprobados a quienes hayan obtenido mayor puntuación, sin que pueda rebasarse el número de plazas convocadas.

Las puntuaciones serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en el Portal web de la Diputación Provincial de Palencia.

Octava. Relación de aprobados y presentación de documentos.

1. Finalizada la calificación y publicada la lista de personas aprobadas conforme a la base anterior, el Tribunal formulará propuesta de nombramiento de la persona aspirante que haya sido declarada aprobada a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación.

2. En los diez días siguientes a la última de las publicaciones anteriores, la persona declarada aprobada deberá presentar en el Servicio de Personal de la Diputación de Palencia la siguiente documentación:

  • • Copia auténtica del DNI o número de identidad extranjero en vigor.
  • • Copia auténtica de la titulación requerida en la convocatoria.
  • • Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos de acceso al empleo público.

  • • Declaración de no desempeñar otro puesto en la Administración del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni desarrollar actividades profesionales privadas, salvo las excepciones previstas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

3. La persona propuesta a nombramiento deberá someterse a reconocimiento médico determinante de su aptitud laboral, que será realizado por el Servicio de Prevención y Salud de la Diputación Provincial de Palencia. Será motivo para la no realización del nombramiento el no poseer capacidad funcional para el desempeño de las funciones correspondientes o la no superación del reconocimiento médico.

4. Quienes tuviesen la condición de personal funcionario estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

5. Quienes presenten alguna discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33%, deberán presentar una certificación del IMSERSO o de la entidad pública competente en la materia, acreditativa de estar capacitado para el desempeño de la plaza.

6. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona propuesta a nombramiento no presentara la documentación requerida o no reuniese los requisitos exigidos, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrá ser nombrado personal funcionario de carrera, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo o en la documentación aportada posteriormente.

Novena. Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión.

1. Presentada la documentación señalada en la base anterior, el órgano competente procederá al nombramiento para su ingreso como funcionario de carrera a la persona que haya sido declarada aprobada y propuesta a nombramiento por el Tribunal, debiendo tomar posesión e incorporarse al puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación o publicación del nombramiento. No adquirirá la condición de funcionario de carrera la persona nombrada que, sin causa justificada, no tome posesión de su puesto de trabajo dentro del plazo posesorio o de su prórroga.

2. Conforme a lo dispuesto en el Art. 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Tribunal podrá establecer una lista por orden de puntuación con las personas aspirantes que hayan aprobado todos los ejercicios para su posible nombramiento como personal funcionario en el caso de renuncia de la persona/s aspirante/s declaradas aprobadas, falta de presentación de la documentación requerida en la base octava o falta de los requisitos establecidos en la convocatoria.

Décima. Constitución de la bolsa de empleo.

1. Las personas aspirantes que, habiendo superado, al menos, uno de los ejercicios de que conste el proceso selectivo, no hayan superado las pruebas selectivas, se integrarán, en la bolsa de empleo de la categoría al objeto de cubrir plazas vacantes o sustituciones como personal funcionario interino en caso necesario.

2. El orden de prelación de la bolsa de empleo se establecerá en función del mayor número de ejercicios superados y de la puntuación obtenida en cada uno de ellos.

3. Los empates en el orden de posición en la bolsa se resolverán atendiendo a las mejores puntuaciones del segundo y del primer ejercicio, de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el presente proceso.

4. La presente bolsa tendrá una vigencia de tres años a contar desde el día siguiente a su publicación en la página web y tablón de anuncios de la Diputación Provincial, o, en su caso, hasta la aprobación de cualquier otra que pudiera resultar ya sea de procesos selectivos convocados para la cobertura de plazas de la misma categoría o procesos desarrollados expresamente para la constitución de bolsas de dicha categoría, en cuyo caso cobrará vigencia la nueva bolsa resultante. La presente bolsa de empleo podrá ser prorrogada en caso de resultar necesario, que se comunicará a la representación del personal.

Decimoprimera. Régimen de funcionamiento de la bolsa de empleo.

1. Procedimiento de llamamiento.

1.1. Cuando surja la necesidad de un nombramiento de personal funcionario interino, el Servicio de Personal procederá a contactar con las personas integrantes de la lista de la bolsa de empleo por el orden de prelación establecido en la misma.

1.2. El llamamiento se realizará mediante correo electrónico a la dirección facilitada por la persona integrante de la bolsa. No obstante, se podrá realizar un aviso mediante llamada telefónica al número de teléfono indicado por el aspirante. A tal efecto, deberán comunicar y mantener actualizado dichos datos ante el Servicio de Personal de la Diputación de Palencia, siendo responsabilidad exclusiva del integrante en la bolsa de empleo dicha actualización.

Excepcionalmente, en los casos de necesidad de cobertura urgente de determinados puestos de trabajo por circunstancias debidamente justificadas, el llamamiento se realizará telefónicamente, sin perjuicio de remitir el correo electrónico señalado en el párrafo anterior.

1.3. El aspirante dispondrá de un plazo máximo de veinticuatro horas, a contar desde el momento en que se remita el correo electrónico señalado en el párrafo anterior, para aceptar la oferta de empleo público temporal ofrecida. La aceptación de la oferta formulada deberá realizarse expresamente por la persona interesada mediante contestación escrita al correo electrónico remitido desde la Diputación.

Excepcionalmente, por razones de urgencia debidamente justificadas, podrá aceptarse la oferta en el momento de la llamada telefónica, debiendo dejar constancia mediante diligencia levantada al efecto por el Servicio de Personal, sin perjuicio de contestación por escrito posterior mediante correo electrónico.

1.4. Una vez se acepte expresamente la oferta remitida y la Administración tenga constancia de dicha aceptación, desde el Servicio de Personal se remitirá un nuevo mensaje de correo electrónico citando a la persona interesada para la realización del correspondiente reconocimiento médico determinante de su aptitud laboral y, en su caso, para que se persone el día, hora y lugar indicado al objeto de comparecer al acto de toma de posesión o firma del contrato de trabajo.

1.5. Se considerará que la persona interesada renuncia a la oferta si, en el plazo de veinticuatro horas indicado para su aceptación, no contestara al correo electrónico enviado o, aceptada expresamente la misma, no se personara al acto de toma de posesión o a la firma del contrato de trabajo.

1.6. Intentado sin efecto el llamamiento o rechazada la oferta, se procederá al llamamiento del siguiente candidato de la lista de la Bolsa.

1.7. En el correo electrónico remitido a la persona integrante de la bolsa se incluirá información general de puesto de trabajo ofrecido, así como la duración estimada.

1.8. Finalizada una prestación de servicios la persona trabajadora se reincorporará a la bolsa de acuerdo con las siguientes reglas:

  • a) Si la prestación de servicios excede de 270 días computados a jornada completa, aunque la misma derive de uno o varios contratos o nombramientos realizados sucesiva o interrumpidamente en el tiempo, la persona trabajadora pasará a ocupar el último lugar en la bolsa correspondiente.
  • b) Si la prestación de servicios no supera los 270 días computados a jornada completa, aunque la misma derive de uno o varios contratos o nombramientos realizados sucesiva o interrumpidamente en el tiempo, la persona trabajadora ocupará el lugar que le correspondiera en la bolsa según la puntuación obtenida.

2. Exclusión de las bolsas de empleo.

2.1. Causas de exclusión provisional en la bolsa de empleo:

2.1.1. Las personas integrantes de la bolsa de empleo podrán solicitar, mediante escrito dirigido al Servicio de Personal, ser excluidos provisionalmente del llamamiento de ofertas de trabajo cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Hallarse trabajando en otra Administración o empresa en el momento de ser llamado, debiendo aportarse certificado del alta correspondiente en la Seguridad Social (informe de la vida laboral) referido a la fecha del llamamiento.
  • b) Enfermedad que incapacite temporalmente para el trabajo mientras dure la misma.
  • c) Permiso por nacimiento para la madre biológica, permiso de adopción, permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija hasta que alcance la edad de tres años; riesgo durante el embarazo o situaciones asimiladas.
  • d) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.

La acreditación de las causas expresadas en el apartado anterior deberá realizarse, junto con la solicitud, por cualquier medio que justifique la situación.

2.1.2. Las personas que hayan solicitado su exclusión provisional, permanecerán en esta situación, hasta que comuniquen fehacientemente, mediante escrito dirigido al Servicio de Personal, hallarse de nuevo disponibles acreditando, en su caso, con la documentación oportuna esta circunstancia. Una vez haya finalizado esta situación, pasarán a estar en situación de «Pendiente de llamamiento». La calificación de «Excluido provisional» solamente tendrá un carácter vinculante con las bolsas de empleo vigentes en ese momento.

2.1.3. Se incluirán en esta situación a aquellas personas que rechacen la oferta por cualquiera de las circunstancias indicadas en el apartado primero debidamente justificadas.

2.2. Causas de exclusión definitiva de las bolsas de empleo:

  • a) Rechacen sin causa justificada las ofertas que se emitan desde la Diputación.
  • b) Renuncien mediante escrito dirigido al Servicio de Personal a su pertenencia a la bolsa de empleo.
  • c) No se incorporen al puesto de trabajo, sin motivo justificado, una vez realizado el nombramiento, con independencia de la responsabilidad disciplinaria en que pudiera haber incurrido.
  • d) Renuncien voluntariamente al nombramiento en la Diputación de Palencia antes de la fecha prevista para su finalización.
  • e) Se encuentren en situación de incapacidad permanente o asimilada que incapacite para las funciones esenciales del puesto de trabajo

Decimosegunda. Régimen jurídico.

El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se presenten en la interpretación de estas bases, rigiéndose en lo no previsto en ellas por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y el Real Decreto 891/1991, de 7 de junio, sobre Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de la Administración Local; en lo no previsto en ellas, por la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de función pública y, supletoriamente, por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, así como por cuantas obras disposiciones complementarias vigentes pudieran resultar de aplicación.

Decimotercera. Recursos.

Contra la convocatoria y sus Bases podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Palencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, en el plazo de un mes, recurso de reposición ante la Sra. Presidenta, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Decimocuarta. Igualdad de género.

En coherencia con el valor de igualdad de género asumido por la Diputación de Palencia, todas las denominaciones que en esta Resolución se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

Palencia, 27 de diciembre de 2023.

La Diputada Delegada de Hacienda y Administración General,

Fdo.: M.ª José de la Fuente Fombellida

ANEXO I

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido esencial. Los principios constitucionales. Los derechos y deberes fundamentales. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. La Reforma de la Constitución.

Tema 2. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Órganos de las Comunidades Autónomas y competencias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

Tema 3. El Municipio. El término municipal y población. La organización municipal y competencias en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales de 1986.

Tema 4. La Diputación Provincial. Organización y competencias. La organización técnico-administrativa de la Excma. Diputación Provincial de Palencia. Reglamento orgánico de la Diputación Provincial de Palencia. La elección de los Diputados Provinciales y del presidente.

Tema 5. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clasificación de los actos. Nulidad y anulabilidad. Notificación y publicación de los actos.

Tema 6. El procedimiento administrativo y la administración electrónica. Concepto. Principios generales del procedimiento administrativo. Términos y plazos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración. Revisión de los actos administrativos: revisión de oficio. Los recursos administrativos.

Tema 7. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clases de empleados públicos. Derechos y deberes de los empleados públicos. Régimen disciplinario.

Tema 8. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Partes del contrato. Procedimientos de adjudicación. Ejecución de los contratos. Tipos de contratos.

Tema 9. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales; Principios de protección de datos; Derechos de las personas; Responsable y encargado del tratamiento.

Tema 10. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Objeto. Transparencia de la actividad pública. La publicidad activa. El ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

Tema 11. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título Preliminar: Objeto y ámbito de la ley. Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II: Políticas públicas para la igualdad. Título IV: El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.

Tema 12. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Capítulo I: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo III: Derechos y obligaciones. Capítulo V: consulta y participación de los trabajadores.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 13. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil: Disposiciones generales. Actuaciones del sistema nacional de protección civil.

Tema 14. Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil: Disposiciones generales. Planes de Protección Civil.

Tema 15. Decreto 4/2019, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL): Estructura organizativa. Operatividad.

Tema 16. Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas: Ámbito de aplicación. Informe de seguridad. Planes de emergencia interior o de autoprotección. Planes de emergencia exterior.

Tema 17. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia: Ámbito de aplicación. Concepto y objeto. Coordinación y actuación operativa. Contenido mínimo del plan de autoprotección.

Tema 18. Código Técnico de la Edificación, aprobado por RD 314/2006: Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio. SI1 Propagación interior y SI2 Propagación exterior.

Tema 19. Código Técnico de la Edificación, aprobado por RD 314/2006: Documento básico SI Seguridad en caso de incendio. SI3 Evacuación de ocupantes.

Tema 20. Código Técnico de la Edificación, aprobado por RD 314/2006: Documento básico SI Seguridad en caso de incendio. SI5 Intervención de bomberos. SI6 Resistencia al fuego de la estructura.

Tema 21. Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales: ANEXO I Caracterización de los establecimientos industriales en relación con la seguridad contra incendios.

Tema 22. Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales: ANEXO II Requisitos constructivos de los establecimientos industriales según su configuración, ubicación y nivel de riesgo intrínseco.

Tema 23. Plan de protección civil ante el riesgo de inundaciones en la Comunidad de Castilla y León (INUNcyl): Objeto. Estructura, organización y funciones. Operatividad.

Tema 24. Plan especial de protección civil ante emergencias por accidentes en el transporte de mercancias peligrosas por carretera y ferrocarril en la comunidad de Castilla y León (MPCyL): Objeto. Estructura, organización y funciones. Operatividad.

Tema 25. Plan de protección civil ante emergencias por Incendios forestales en Castilla y León (Infocal): Objeto. Estructura, organización y funciones. Operatividad.

Tema 26. Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León: Asistencia a los ciudadanos: Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento. Mecanismos de coordinación: Servicio de atención de llamadas de urgencia Castilla y León 1-1-2. Procedimiento de actuación en situaciones de emergencia.

Tema 27. Servicio de Protección Civil y Extinción de Incendios de la Diputación de Palencia: Organización y funcionamiento. Interrelación con el Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Castilla y León. Tramitación de expedientes relacionados con el Servicio.

Tema 28. Provincia de Palencia: Descripción del medio físico. Organización espacial (comarcas naturales).

Tema 29. Provincia de Palencia: Riesgos asociados a la protección civil. Red de carreteras provincial.

Tema 30. Naturaleza del fuego: Definición. Triángulo y tetraedro del fuego. Sustancias combustibles y sustancias inflamables, distinción entre ellas. Tipos de combustión.

Tema 31. Propagación y clasificación de los fuegos: Mecanismos de propagación. Clases de fuegos. Agentes extintores y campo de aplicación.

Tema 32. Productos de la combustión: Toxicidad de los gases generados en la combustión de materias comunes.

Tema 33. Gases licuados del petróleo y Gas natural: Características físico-químicas. Propiedades. Formas y sistemas de envasado, transporte y/o conducción.

Tema 34. Productos químicos peligrosos. Características generales y propiedades más comunes: Gases. Líquidos inflamables. Tóxicos y corrosivos. Comburentes y oxidantes.

Tema 35. Transporte de productos químicos: Señalización de los vehículos y contenedores que transportan mercancías peligrosas: Panel naranja y etiquetas (según ADR). Tipos de cisternas de transporte de materias peligrosas, características constructivas generales. Comportamiento frente al fuego.

Tema 36. Transporte de mercancías peligrosas: Metodología de intervención.

Tema 37. Explosiones «Bleve»: Concepto, características, condiciones para que se produzca, causas y efectos.

Tema 38. Flashover, rollover y backdraft: Concepto, características, condiciones para que se produzcan, causas y efectos.

Tema 39. Protección contra radiaciones nucleares: Medios principales de protección de la irradiación externa. Contaminación externa e interna. Equipos de detección y protección personal.

Tema 40. Propagación del fuego en la edificación: Fachadas, cajas de escalera, conductos de instalaciones, falsos techos. Sistemas de sellado.

Tema 41. Evacuación de humos: Chimeneas y exutorios. Sistemas de control de humos y temperatura: Ventilación natural y ventilación forzada.

Tema 42. Comportamiento de las estructuras ante el fuego: Comportamiento al fuego de las estructuras de acero, hormigón, fábrica de ladrillo y madera.

Tema 43. Instalaciones de protección contra incendios: Extintores. Hidrantes. Columnas secas. Bocas de incendio equipadas. Mangueras. Lanzas. Monitores.

Tema 44. lnstalaciones de protección contra incendios: Instalaciones de detección y de alarma. Sistemas de abastecimiento de agua. Sistemas fijos de extinción.

Tema 45. Incendios en la interfaz Urbano forestal: Tipologías de interfaz. Fuentes de peligro y escenarios. Operaciones para el control y defensa contra el incendio. Planes de actuación municipal.

Tema 46. Gestión operativa y mando para el servicio de bomberos.

Tema 47. Conceptos de física: Fuerza. Fuerzas en equilibrio. Palanca. Polea móvil. Combinación de poleas. Torno. Presión. Trabajo. Potencia. Unidades correspondientes al Sistema Internacional. Múltiplos y submúltiplos: Prefijos y valores.

Tema 48. Conceptos de Química y Reactividad Química: Estructura de la materia. Átomo, número atómico, elemento, peso atómico, mol. Leyes químicas fundamentales (leyes ponderales de la química y leyes de los gases).

Tema 49. Propiedades físico-químicas: Estado, punto de fusión, punto de ebullición, calor específico, calor latente, densidad, viscosidad, solubilidad, presión de vapor, conductividad eléctrica, coeficiente de transmisión de calor, acidez, basicidad, demanda biológica de oxígeno, LD 50, IPVS, Inflamabilidad, Rango de inflamabilidad, Punto de inflamación.

Tema 50. Electricidad básica: Corriente eléctrica, Ley de Ohm. Magnitudes eléctricas fundamentales, aislantes y conductores, potencia eléctrica. Aparatos de maniobra: Interruptores, seccionadores, fusibles, relés, automáticos. Riesgos de la corriente eléctrica: Electrocución, medidas de seguridad y protección.

Tema 51. Hidrostática: Presión hidrostática. Variación de la presión con la profundidad. Principio de Pascal, transmisión de presiones. Empuje hidrostático. Centro de presiones. Principio de Arquímedes. Estabilidad de cuerpos en flotación. Presión absoluta y relativa.

Tema 52. Hidrodinámica: Movimiento laminar y turbulento. Teorema de Benoulli. Caudal por una conducción. Velocidad. Pérdidas de carga, tipos y evaluación. Líneas piezométrica, estática, de energía, manométrica y de sobrepresiones. Cavitación. Golpe de ariete.

Tema 53. Bombas centrífugas: Descripción, funcionamiento, partes constitutivas. Curvas características. Velocidad de giro. Acoplamiento de bombas. Aspiración. Altura de aspiración. Cavitación. Golpe de ariete. Calculo de la potencia de una instalación de bombeo.

Tema 54. Topografía: Cartas, mapas y planos. Escalas. Sistema de representación usado en topografía. Distancia natural, reducida, desnivel y superficie. Pendiente. Planos acotados y planos con curvas de nivel. Relieve del terreno. Formas elementales. Cuestas y laderas cóncavas y convexas. Divisorias y vaguadas. Alturas, valles y puertos.

Tema 55. Sistemas de Información Geográfica: Aplicación a las emergencias. Información geográfica digital de las administraciones públicas.

Tema 56. Infraestructuras urbanas de abastecimiento y saneamiento: Tipos de redes, trazados, secciones, materiales, instalaciones y elementos auxiliares.

Tema 57. Estado de ruina: Situaciones. Manifestaciones del estado de ruina. Síntomas y diagnósticos. Valoración.

Tema 58. Estabilización de edificios y del terreno: Entibaciones y apuntamientos.

Tema 59. Estructuras de hormigón armado: Generalidades. Tipos y características. Comportamiento y estática de los elementos estructurales, pilares, vigas y pórticos. Uniones.

Tema 60. Estructuras de acero: Generalidades. Tipos y características. Comportamiento y estática de los elementos estructurales, pilares, vigas y pórticos. Uniones.

Tema 61. Estructuras de fábrica. Generalidades. Tipos y características. Comportamiento y estática de los elementos estructurales, pilares, arcos y bóvedas.

Tema 62. Estructuras de madera: Generalidades. Tipos y características. Comportamiento y estática de los elementos estructurales, pilares, vigas y pórticos. Uniones.

ANEXO II

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LAS AUTOLIQUIDACIONES DE TASAS POR PARTICIPACIÓN EN PROCESOS SELECTIVOS

Seleccione Pagar tasas

Cumplimente la Autoliquidación, del siguiente modo:

  • 1. Complete el apartado TITULAR.
  • 2. Complete el apartado ¿QUE QUIERES PAGAR? Indicando:
    • • En selecciona el municipio/servicio gestor donde realizar la solicitud, elegir del despegable DIPUTACIÓN PROVINCIAL.
    • • En selecciona una tasa: TASA PROCESOS SELECTIVOS.
  • 3. Complete el apartado CODIGO CONVOCATORIA con el indicado en las Bases de la convocatoria DIP/10976/2023.
  • 4. Elija la tarifa correspondiente del desplegable.
  • 5. En el apartado RESUMEN, compruebe los datos mostrados y elija entre las opciones —> DESCARGAR DOCUMENTO DE PAGO/ PAGAR.
  • 6. Si se opta por DESCARGAR DOCUMENTO DE PAGO, con el documento impreso deberá pagar en las entidades financieras colaboradoras en el plazo que se indica en el mismo.
  • 7. Si hubiese optado por PAGAR, se desplegará una pantalla con los datos del recibo y marcando REALIZAR PAGO se desplegará otra pantalla, para introducir los datos de su tarjeta hasta completar los pasos que se exigen, finalizando en la pestaña de PAGAR.
  • 8. Una vez concluidos los trámites y pagado el recibo, deberá obtener el justificante de pago para acompañar con la solicitud e indicar el número de Referencia de cobro en el procedimiento electrónico habilitado al efecto en http://sede.diputaciondepalencia.es

Haga clic en el enlace AUTOLIQUIDACIONES, después de leer las INSTRUCCIONES de cumplimentación.

AUTOLIQUIDACIONES

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
8338 {"title":"RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2023, de la Diputada Delegada del Área de Hacienda y Administración General de la Diputación Provincial de Palencia, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición, 1 plaza de Suboficial de Bomberos, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, de la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Palencia, perteneciente al grupo A, subgrupo A2 de titulación, incluida en la oferta de empleo público del año 2021. Expte.: DIP\/10976\/2023.","published_date":"2024-01-05","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"8338"} castillayleon Autoridades y personal,BOPA,BOPA 2024 nº 4,Diputación provincial de palencia,Oposiciones y concursos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-01-05/8338-resolucion-15-diciembre-2023-diputada-delegada-area-hacienda-administracion-general-diputacion-provincial-palencia-se-aprueban-bases-convocatoria-proceso-selectivo-cubrir-sistema-oposicion-1-plaza-suboficial-bomberos-perteneciente-escala-administracion-especial-subescala-servicios-especiales-plantilla-personal-funcionario-diputacion-provincial-palencia-perteneciente-grupo-subgrupo-a2-titulacion-incluida-oferta-empleo-publico-ano-2021-expte-dip-10976-2023 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.