RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2023, del Rectorado de la Universidad de Burgos, por la que se convoca la fase de traslados y la fase de promoción interna del concurso oposición interno para la provisión de dos puestos de Personal Laboral Técnico Especialista en Laboratorio (grupo III).

Vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Burgos dos plazas de Técnico Especialista en Laboratorio(Cód. 3DEPL712 -Mecánica- y Cód. 3DEPL711 -Electrónica-) personal laboral del Grupo III, adscrita al Departamento de Ingeniería Electromecánica, en aplicación de la Oferta de Empleo Público de 2021 (B.O.C. y L. n.º 249 de 28 de diciembre de 2021) cuya cobertura resulta necesaria, este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas y en cumplimiento de lo establecido en el II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, ha resuelto convocar pruebas selectivas para la provisión de las citadas plazas.

Este proceso de concurso de traslado y de promoción interna por concurso-oposición se regirá por las siguientes.

BASES

El presente proceso de provisión se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 2/2005, de la Función Pública de Castilla y León; los Estatutos de la Universidad de Burgos aprobados por Acuerdo 262/2003, de 26 de diciembre, de la Junta de Castilla y León; el Convenio Colectivo actualmente en vigor; el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y, con carácter supletorio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.).

I.- FASE DE CONCURSO DE TRASLADOS

I.1.- Requisitos y condiciones de participación.

I.1.1.- Podrán participar en el presente Concurso de Traslados todo el personal laboral fijo de cualquier Universidad comprendido en el ámbito territorial del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León siempre que ostente la misma o superior categoría y especialidad correspondientes a la vacante de que se trate y acredite una permanencia mínima de un año en esa misma categoría y especialidad como personal laboral fijo. Además, se deberá reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública.

I.1.2.- De acuerdo con el artículo 16.1 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades de Castilla y León, el personal que presta servicios en la Universidad de Burgos gozará de prioridad sobre el personal proveniente de otras universidades.

I.1.3.- Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta la finalización del proceso.

I.1.4.- El traslado del trabajador que obtenga destino en el Concurso de Traslados no dará derecho a indemnización alguna.

I.2.- Presentación de solicitudes.

I.2.1.- Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Burgos en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día 8 de enero de 2024 y deberán ser presentadas a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos (https://sede.ubu.es/). En dicha sede dentro de «catálogo de servicios» encontrará disponible el formulario de solicitud denominado «Concursos Internos PAS». Para su presentación se deberá utilizar certificado digital. Cualquier incidencia será atendida llamando al teléfono 947 258705.

Excepcionalmente, solo cuando no sea posible presentar la solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos, se podrán presentar las solicitudes, en el modelo normalizado que se adjunta como Anexo III, por cualquiera de los medios y en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso la justificación de los méritos se presentará en soporte informático que contendrá la información escaneada de los documentos en formato pdf, en un único fichero, que acompañará a la solicitud, identificando al aspirante y plaza en la carátula del mismo.

I.2.2.-A la solicitud se acompañará los siguientes documentos (En la Sede Electrónica le irá indicando dónde debe ir dejando cada documentación)

  • - Copia del DNI en vigor o documento equivalente para los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea
  • - Certificación del Servicio de Recursos Humanos o equivalente en el que conste que es personal laboral fijo de universidad, categoría y especialidad (según modelo Anexo V).
  • - Copia del Título de Bachiller, Técnico Superior o equivalente
  • - Documentación justificativa de los conocimientos, titulación y experiencia que los interesados juzguen conveniente a fin de valorar adecuadamente los méritos que correspondan.

I.2.3.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

I.2.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

I.3.- Admisión de aspirantes.

I.3.1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de la causa de exclusión de estos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de provisión.

I.3.2.- Las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos

I.4.- Valoración de los méritos.

I.4.1.- La valoración de los méritos se efectuará con arreglo al baremo que a continuación se detalla:

1.- Valoración del trabajo desarrollado.

La experiencia en puestos de trabajo en Universidades con la misma o superior categoría y especialidad funciones que la del puesto ofertado hasta un máximo de 6 puntos, a razón de:

  • - 0,4 puntos por año o fracción superior a 6 meses, en puestos de trabajo de igual categoría y especialidad en la Universidad de Burgos.
  • - 0,2 puntos por año en puestos de trabajo de igual categoría y especialidad en otras universidades.

2.- Antigüedad.

Se valorará hasta un máximo de 2 puntos computándose los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de personal laboral fijo de la Universidad de la siguiente forma:

  • - 0,45 puntos por año o fracción superior a 6 meses en la Universidad de Burgos.
  • - 0,25 puntos por año en las Universidades públicas del ámbito del Convenio colectivo.
  • - 0,15 puntos por año en otras Administraciones públicas.

3.- Formación y perfeccionamiento: Cursos.

La realización de cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones del puesto solicitado, y hayan sido organizados por centros oficiales o la Universidad de Burgos, se valorará hasta un máximo de 2 puntos de acuerdo con la siguiente escala:

  • - Cursos impartidos por la Universidad de Burgos de hasta 10 horas: 0,2 puntos por curso.
  • - Cursos impartidos por la Universidad de Burgos de 10 horas o más: 0,4 puntos por curso.
  • - Cursos impartidos fuera de la Universidad de Burgos de 20 horas o más: 0,2 puntos por curso.

Los cursos en que se haya obtenido certificado de aprovechamiento se valorarán con 0,1 puntos más.

Los cursos en los que no consten el número de horas no se valorarán.

Cuando se presenten cursos que tengan igual denominación u objeto, sólo se valorará uno de ellos, de lo contrario se tendrá que acreditar la diferencia de contenidos.

Se valorarán únicamente los cursos realizados en los 10 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para el concurso.

1.4.2.- Para obtener el puesto ofertado la puntuación mínima del concurso será de 5 puntos sumando los obtenidos en cada uno de los tres apartados valorables, quedando desierta la plaza si no alcanzara la puntuación mínima ninguna de las personas aspirantes

1.4.3.- Para que la Comisión de Valoración evalúe los méritos alegados será requisito necesario e imprescindible que los aspirantes hayan aportado junto con su solicitud la justificación documental de todos y cada uno de estos méritos, a excepción de aquellos documentos que avalen la relación de servicios mantenida con la Universidad de Burgos. El resto de méritos alegados por aquellos aspirantes que no presenten los documentos acreditativos correspondientes, no podrán ser objeto de valoración alguna.

1.4.4.- La posesión de los méritos alegados se justificarán con aquellos documentos originales o fotocopias compulsadas, que estén establecidos oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, diplomas...).

1.4.5.- Los cursos de formación deberán acreditarse mediante fotocopia compulsada o cotejada con el original del diploma, certificación de asistencia y/o aprovechamiento, donde figure, el número de horas realizadas. No deberán acreditarse documentalmente aquellas titulaciones y cursos de formación que figuren registrados en el expediente administrativo del trabajador obrantes en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de Burgos, las cuales para ser valoradas deberán ser, en todo caso, alegadas por los aspirantes.

Los cursos realizados dentro de los planes de formación del PAS de la Universidad de Burgos se podrán acreditar a través de certificación del Instituto de Formación e Innovación Educativa (IFIE) que sustituirá para estos casos la copia cotejada del diploma o certificado

1.4.6.- Para la valoración de los méritos alegados, la Comisión de Valoración tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación.

I.5.- Comisión de valoración.

I.5.1.- Los méritos serán valorados por la Comisión de valoración que se detalla en el Anexo I

I.5.2.- Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Burgos, cuando concurra en ellos alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Presidente solicitará de los miembros de la Comisión de Valoración declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

I.5.3.- Para la constitución y actuación válida de la Comisión de Valoración se requiere la presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario y Presidente (titulares o suplentes).

I.5.4.- Contra los acuerdos y actos de trámite de la Comisión de Valoración, los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución.

I.5.5.- La Comisión de Valoración se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha en que se publiquen las correspondientes relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos. A estos únicos efectos el mes de agosto será inhábil.

I.5.6.- La Comisión de Valoración podrá disponer la incorporación de asesores especialistas que se limitarán a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Burgos, siendo nombrados como asesores por el Rector.

I.6.- Adjudicación.

I.6.1.- La adjudicación del puesto convocado vendrá dado por la puntuación total obtenida en el conjunto de méritos conforme al baremo de méritos contenido en la base I.4 de la presente convocatoria. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en los diferentes méritos según el orden en que aparecen en la citada base. De persistir la igualdad ésta se dirimirá por sorteo entre los aspirantes igualados.

I.6.2.- Finalizado el proceso, la Comisión de Valoración hará pública, en un único acto, la relación de concursantes con la valoración provisional obtenida, haciéndose referencia tanto a la puntuación total, como a las puntuaciones otorgadas en cada uno de los méritos objeto de valoración. Estas relaciones serán objeto de publicación en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos.

I.6.3.- Los aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles desde el siguiente a la publicación de las citadas relaciones, para efectuar las alegaciones que consideren pertinentes.

I.6.4.- Una vez examinadas las alegaciones presentadas, la Comisión de Valoración publicará la valoración definitiva de los candidatos en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos y elevará al Sr. Rector la propuesta de adjudicación.

I.6.5.- El Sr. Rector, a la vista de la mencionada propuesta dictará Resolución en virtud de la cual se acuerda la adjudicación del puesto de trabajo ofertado al trabajador seleccionado. La citada Resolución será publicada en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos. En esta misma Resolución se indicará el plazo para que el aspirante seleccionado presente en el Servicio de Recursos Humanos, a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos, la documentación requerida para la formalización del contrato.

I.6.6.- Quienes del examen de la documentación presentada se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, le serán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud. La Universidad de Burgos podrá requerir a las demás Universidades Públicas de Castilla y León las comprobaciones oportunas relativas a las solicitudes de sus trabajadores.

I.7.- Incorporación al puesto de trabajo.

La publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.) de la Resolución del concurso de traslados, con la adjudicación del puesto, servirá de notificación a las personas interesadas y, en la misma, se fijarán los plazos o fechas concretas para la incorporación al puesto de trabajo adjudicado.

II.- FASE DE PROMOCIÓN INTERNA

II.1.- Normas Generales.

II.1.1.- En base al artículo 16.1 a) del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (Resolución de 2 de enero de 2007), se cubrirán por el sistema de promoción interna las plazas que hayan resultado vacantes, una vez finalizada la Fase de Traslados. En este sentido, se convoca la Fase de Promoción Interna para la plaza objeto de la presente convocatoria, en caso de haber resultado vacante en la Fase de Traslados.

II.1.2.- El programa que ha de regir las pruebas es el que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.

II.2.- Requisitos de los aspirantes.

II.2.1.- Para participar en esta segunda Fase de Promoción Interna del Concurso-oposición interno, será necesario tener la condición de personal laboral fijo de la Universidad de Burgos y haber prestado servicios efectivos durante al menos un año en el área de la plaza convocada o de tres en otras áreas como personal laboral fijo. Además, se deberá reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública y en particular:

  • a) Titulación: Copia del Título de Bachiller, Técnico Superior o equivalente. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
  • b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza convocada, y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones del/los puestos a los que aspiran.
  • c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otros Estado, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

II.2.2.- Todos los requisitos exigidos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la finalización del proceso selectivo.

II.3.- Presentación de solicitudes.

II.3.1.- Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Burgos en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución por la que se declara desierta la fase de traslados y deberán ser presentadas a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos (https://sede.ubu.es/). En dicha sede dentro de «catálogo de servicios» encontrará disponible el formulario de solicitud denominado «Concursos Internos PAS». Para su presentación se deberá utilizar certificado digital. Cualquier incidencia será atendida llamando al teléfono 947 258705.

Excepcionalmente, solo cuando no sea posible presentar la solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos, se podrán presentar las solicitudes, en el modelo normalizado que se adjunta como Anexo III, por cualquiera de los medios y en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso la justificación de los méritos se presentará en soporte informático que contendrá la información escaneada de los documentos en formato pdf, en un único fichero, que acompañará a la solicitud, identificando al aspirante y plaza en la carátula del mismo.

II.3.2.- la solicitud se acompañará los siguientes documentos (En la Sede Electrónica le irá indicando dónde debe ir dejando cada documentación).

  • - Copia del DNI en vigor o documento equivalente para los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea
  • - Certificación del Servicio de Recursos Humanos o equivalente en el que conste que es personal laboral fijo de universidad, categoría y especialidad (según modelo Anexo V).
  • - Copia del Título del título de Bachiller, Técnico superior o equivalente

II.3.3.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

II.3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

II.3.5.- Los aspirantes con discapacidad que deseen participar deberán indicar, inexcusablemente, en la casilla dispuesta para ello las posibles adaptaciones de tiempo y medios que requieren para la realización de los ejercicios de la Fase de Oposición.

II. 4.- Admisión de aspirantes.

Se aplicarán las mismas reglas que las establecidas en la base I.3 de la Fase de Traslados

II.5.- Procedimiento de selección.

El sistema de selección establecido para la resolución de este procedimiento de promoción interna será el concurso-oposición. Este proceso constará de dos fases: oposición y concurso

A.- Fase de Oposición.

Esta fase constará de dos ejercicios siendo eliminatorios cada uno de ellos:

  • a) Primer ejercicio (teórico): consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas en cada pregunta de las cuales una será la correcta, a elegir entre dos opciones propuestas por el Tribunal, relacionadas con el temario que figura, en el Anexo II de la presente convocatoria. Este primer ejercicio será valorado de 0 a 40 puntos siendo necesario para superarlo haber obtenido, al menos una calificación de 20 puntos. Cada pregunta contestada correctamente sumará un punto, la pregunta erróneamente contestada tendrá una penalización de 0,25 puntos y las contestaciones en blanco no puntuarán. El tiempo máximo de realización de este primer ejercicio será de 50 minutos.
  • El Tribunal hará pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos la relación provisional de aspirantes que hayan superado este primer ejercicio de la Fase de Oposición estableciendo el plazo de reclamaciones a la misma.
  • b) Segundo ejercicio (práctico): consistirá en la realización de una prueba práctica a elegir entre dos opciones propuestas por el Tribunal relacionada con la Parte Específica del temario que figura en el Anexo II de la presente convocatoria. Esta segunda prueba será establecida por el Tribunal y se valorará la ejecución de la misma. Esta prueba se valorará de 0 a 60 puntos, siendo necesario sumar al menos 30 puntos para superarla. El tiempo máximo de realización de este segundo ejercicio práctico será de 90 minutos.
  • El Tribunal hará pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos la relación provisional de aspirantes que hayan superado este segundo ejercicio de la Fase de Oposición estableciendo el plazo de reclamaciones a la misma.

Una vez finalizada la Fase de Oposición, el Tribunal hará pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y, a efectos meramente informativos, en la página web de la Universidad de Burgos la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los ejercicios objeto de valoración. En relación con la mencionada publicación, los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente al de la referida publicación, para presentar las alegaciones que estimen oportunas en relación con las puntuaciones obtenidas, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución definitiva.

Los aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición dispondrán de un plazo de 5 días para presentar los documentos que acrediten los méritos alegados en el concurso, de conformidad con lo que se establece en el siguiente apartado.

B.- Fase de Concurso.

Se aplicarán las mismas reglas y criterios que los establecidas en la base I.4 de la Fase de Concurso de Traslados

II.6.- Valoración final.

II.6.1.- La valoración final del concurso-oposición vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las Fases de Concurso y de Oposición, no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, y por ende, superar el proceso selectivo y obtener alguno de los puestos convocados, un número mayor de personas que el total de plazas ofertadas

II.6.2.- En caso de igualdad en la puntuación total del Concurso-Oposición, una vez sumadas la Fase de Concurso y de Oposición, se dará prioridad al aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en la Fase de Oposición; en caso de persistir la igualdad, a aquel aspirante con mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición por el orden en que estos se han realizado. Si se mantiene el empate, al aspirante con mayor puntuación en la valoración de méritos por el orden establecido en esta convocatoria. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate, este se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes igualados.

II.6.3.- Una vez concluidas las fases del proceso selectivo, el Tribunal elevará al Rector de la Universidad la respectiva propuesta a favor de los aspirantes.

II.6.4.- El Sr. Rector, a la vista de la mencionada propuesta dictará Resolución en virtud de la cual se acuerda la adjudicación del puesto de trabajo ofertado al trabajador seleccionado. La citada Resolución será publicada en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en la página web de la Universidad de Burgos. En esta misma Resolución se indicará el plazo para que el aspirante seleccionado presente en el Servicio de Recursos Humanos, a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos, la documentación requerida para la formalización del contrato. La documentación a presentar por el aspirante seleccionado será la que se indica en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Burgos https:// www.ubu.es/servicio-de-recursos-humanos/pas/convocatorias-y-bolsas-de-empleo/documentacion-aportar-previa-la-contratacion

II.6.5.- Quienes dentro del plazo fijado y, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, les serán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud.

II.7.- Incorporación al puesto de trabajo.

I.7.1.- La publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.) de la Resolución del concurso de promoción interna, con la adjudicación del puesto, servirá de notificación a las personas interesadas y, en la misma, se fijarán los plazos o fechas concretas para la incorporación al puesto de trabajo adjudicado.

II.8.- Tribunal calificador.

II.8.1.- El Tribunal calificador de este proceso selectivo, está formado por los miembros que figuran, para la Comisión de Valoración, en la base I.5.1 de la Fase de Traslados.

II.8.2.- A éste órgano colegiado se le aplicarán las mismas previsiones establecidas, para la Comisión de Valoración, en la base I.5 de la Fase de Concurso Traslados

II.9.- Calendario y desarrollo del proceso de selección.

II.9.1.- En la resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos figurará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la Fase de Oposición, que no dará comienzo antes de un mes desde la publicación de la mencionada resolución. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

II.9.2.- El anuncio de celebración del segundo ejercicio de la Fase de Oposición, se efectuará a través de los acuerdos de los Tribunales al hacer pública la relación de aprobados del primer ejercicio, con un plazo mínimo de 72 horas al inicio de los mismos. La publicación se realizará en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y la página web de la Universidad de Burgos.

II.9.3.- En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad. Los aspirantes deberán ir provistos de DNI o acreditación equivalente, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan en único llamamiento.

II.9.4.- En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. Rector Mgfco., dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

II.10.- Norma Final.

II.10.1.- Los aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso proceso de Concurso-oposición interno, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte la Comisión/Tribunal sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. La Comisión/Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso en todo lo no previsto en las bases.

II.10.2.- Contra la presente convocatoria que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU). Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la Resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

II.10.3.- Asimismo, cuantos actos se deriven de la presente convocatoria y de las actuaciones de la Comisión/Tribunal, podrán ser impugnadas en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Burgos, 12 de diciembre de 2023.

El Rector,

Fdo.: Manuel Pérez Mateos

ANEXO I

COMISIÓN DE VALORACIÓN/TRIBUNAL CALIFICADOR

TÉCNICO ESPECIALISTA DE LABORATORIO. PLAZA 3DEPL711 ELECTRÓNICA

COMISIÓN DE VALORACIÓN/TRIBUNAL TITULAR

CARGO

NOMBRE

CATEGORÍA/PUESTO

Presidente/a

Simón Echavarría Martínez

Gerente

Secretario/a(*)

José Luis Diez Campo

Técnico Laboratorio

Vocal

José María Cámara Nebreda

PTUN

Vocal

César Represa Pérez

Contratado Doctor

Vocal(*)

Arturo Alvear González

Técnico UTC

(*) Propuesto por el Comité de Empresa

COMISIÓN DE VALORACIÓN/TRIBUNAL SUPLENTE

CARGO

NOMBRE

CATEGORÍA/PUESTO

Presidente/a

José Ángel Contreras Hernando

Vicegerente

Secretario/a(*)

Isabel Santamaría Vicario

Diplomado Universitario

Vocal

Miguel Ángel Lozano Pérez

PTEU

Vocal

Ignacio Moreno Velasco

PTEU

Vocal(*)

Gonzalo Moreno Sancho

Diplomado Universitario

(*) Propuesto por el Comité de Empresa

TÉCNICO ESPECIALISTA DE LABORATORIO. PLAZA 3DEPL712 MECÁNICA

COMISIÓN DE VALORACIÓN/TRIBUNAL TITULAR

CARGO

NOMBRE

CATEGORÍA/PUESTO

Presidente/a

Simón Echavarría Martínez

Gerente

Secretario/a

Arturo Alvear González

Técnico UTC

Vocal

Miriam Lorenzo Bañuelos

PTUN

Vocal

Cristina Alonso Tristán

CAUN

Vocal(*)

José Luis Diez Campo

Técnico de Laboratorio

(*) Propuesto por el Comité de Empresa

COMISIÓN DE VALORACIÓN/TRIBUNAL SUPLENTE

CARGO

NOMBRE

CATEGORÍA/PUESTO

Presidente/a

José Ángel Contreras Hernando

Vicegerente

Secretario/a(*)

Gonzalo Moreno Sancho

Diplomado Universitario

Vocal

Alberto Martínez Martínez

PTEU

Vocal

Fernando Aguilar Romero

PTUN

Vocal(*)

Isabel Santamaría Vicario

Diplomado Universitario

(*) Propuesto por el Comité de Empresa

ANEXO II

PROGRAMA

OPCIÓN A.- TÉCNICO DE LABORATORIO. PLAZA 3DEPL711. ELECTRÓNICA

Parte general.

Tema I: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 1.1.- Objeto y ámbito de aplicación. 1.2.- Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. 1.3.- Derechos y deberes de los empleados públicos 1.4.- Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Tema II: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 2.1.- Ordenación de la actividad profesional. 2.2.- Situaciones administrativas. 2.3.- Régimen disciplinario

Tema III: Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. 3.1.- Ámbito de aplicación. 3.2.- Derechos y obligaciones. 3.3.- Servicios de prevención. 3.4.- Consulta y participación de los trabajadores. 3.5.- Obligaciones de los fabricantes importadores y suministradores.

Tema IV: Prevención de riesgos labores en la Universidad de Burgos. Resolución de 5 de enero de 2011, de la Secretaría General de la Universidad de Burgos, por la que se ordena la publicación del Manual de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.C. y L. 13 de enero de 2011)

Parte específica

Tema V.- Electricidad. Magnitudes eléctricas. Corriente continua. Corriente alterna. Componentes pasivos. Instalaciones eléctricas. Elementos de maniobra y protección.

Tema VI.- Instrumental de laboratorio de Tecnología Electrónica. Fuentes de alimentación. Generador de funciones. Multímetro. Osciloscopio.

Tema VII.- Componentes electrónicos. Componentes discretos: diodos, transistores, dispositivos de potencia, dispositivos opto-electrónicos. Componentes integrados. Encapsulados. Interpretación de hojas de características.

Tema VIII.- Fuentes de alimentación. Transformador. Circuito rectificador. Filtros. Circuitos de estabilización. Fuentes conmutadas.

Tema IX.- Electrónica digital. Familias lógicas. Compatibilidad. Comprensión de circuitos digitales: combinacionales y secuenciales. Sistemas basados en microprocesadores. Interpretación de hojas de características.

Tema X.- Electrónica analógica. Transistores y sus aplicaciones. Amplificadores operacionales y sus aplicaciones.

Tema XI.- Electrónica de potencia. Convertidores de energía y sus aplicaciones. Refrigeración de sistemas electrónicos.

Tema XII. Instrumentación electrónica. Sensores. Interpretación de hojas de características. Acondicionamiento de señal. Cadena de medida.

Tema XIII.- Arquitectura de computadores. Microprocesador. Memorias. Placa base. Periféricos. Mantenimiento de equipos informáticos.

Tema XIV.- Administración de sistemas y redes. Administración de los sistemas operativos y los servicios de red. Cableado estructurado.

Tema XV.- Prevención de riesgos laborales. Riesgo eléctrico y sus efectos. Medidas preventivas. Primeros auxilios. Otros riesgos y su prevención en un laboratorio de electrónica: riesgo químico, cortes, etc.

OPCIÓN B.- TÉCNICO DE LABORATORIO. PLAZA 3DEPL711. ELECTRÓNICA

Parte general.

Tema I: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 1.1.- Objeto y ámbito de aplicación. 1.2.- Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. 1.3.- Derechos y deberes de los empleados públicos 1.4.- Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Tema II: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 2.1.- Ordenación de la actividad profesional. 2.2.- Situaciones administrativas. 2.3.- Régimen disciplinario

Tema III: Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. 3.1.- Ámbito de aplicación. 3.2.- Derechos y obligaciones. 3.3.- Servicios de prevención. 3.4.- Consulta y participación de los trabajadores. 3.5.- Obligaciones de los fabricantes importadores y suministradores.

Tema IV: Prevención de riesgos labores en la Universidad de Burgos. Resolución de 5 de enero de 2011, de la Secretaría General de la Universidad de Burgos, por la que se ordena la publicación del Manual de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.C. y L. 13 de enero de 2011)

Parte específica

Tema V: Aparatos de medida. Pie de rey. Micrómetros. Proyector de perfiles. Reloj comparador. Goniómetro. Multímetros o polímetros.

Tema VI: Máquinas herramientas. Torno. Fresadora. Taladradora. Sierra mecánica. Herramientas: Geometría y materiales. Condiciones de corte: Profundidad de pasada, avance, velocidad de corte. Operaciones de mecanizado en las diferentes máquinas. Conocimientos de CNC

Tema VII: Soldadura. Soldadura por arco eléctrico. Corriente de soldadura. Polaridad. Soplado magnético del arco. Curva característica del arco. Curva característica del equipo de soldadura. Posición de las soldaduras. Preparación de los bordes. Tipos de uniones. Soldadura hacia delante y soldadura hacia atrás. Electrodos revestidos. Gases de protección para soldadura por arco. Soldadura TIG. Soldadura MIG/MAG. Soldadura por resistencia. Soldadura oxiacetilénica. Soldadura fuerte. Soldadura blanda.

Tema VIII: Roscas. Definición. Clasificación de las roscas. Roscas normalizadas: Whitworth, Sellers y Métrica, características de cada una de ellas. Identificación de roscas. Procedimientos de fabricación de roscas.

Tema IX: Interpretación de planos. Vistas (Alzado, planta y perfil). Cortes y Secciones. Escalas. Acotación. Ajustes. Tolerancias dimensionales, forma y posición. Parámetros de rugosidad. Simbología de elementos mecánicos. Simbología de uniones. Simbología CETOP.

ANEXO III

Solicitud de participación en la Fase de Concurso de Traslados para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la plantilla de personal laboral en la Universidad de Burgos, convocado por Resolución de fecha de 12 de diciembre de 2023

1. DATOS PERSONALES

Don/Dña ..................................................................... D.N.I ......................

Domicilio ......................................................... Teléfono ...............................

Localidad ............................... Provincia ............................... C.P ...............

2. DATOS PROFESIONALES

Categoría .......................................................................... Grupo ............

Especialidad ...........................................................................................

Administración a que pertenece .....................................................................

a. Situación Administrativa actual:

Activo Otras (Especificar)

Unidad de destino .........................................................................................

Denominación del puesto ...............................................................................

b. Otros puestos desempeñados:

3. DESTINOS SOLICITADOS POR ORDEN DE PREFERENCIA

N.º Orden Preferencia

CÓDIGO RPT

Denominación del puesto

Destino

(1) Si es espacio resultara insuficiente anexar una hoja en blanco conteniendo el resto de puestos de trabajo solicitados según el orden de preferencia.

Burgos, a de de 202

(Firma)

SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

ANEXO IV

Solicitud de participación en la Fase de Promoción Interna para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la plantilla de personal laboral en la Universidad de Burgos, convocado por Resolución de fecha de 12 de diciembre de 2023

4. DATOS PERSONALES

Don/Dña ..................................................................... D.N.I ......................

Domicilio ......................................................... Teléfono ...............................

Localidad ............................... Provincia ............................... C.P ...............

5. DATOS PROFESIONALES

Categoría .......................................................................... Grupo ............

Especialidad .............................................................................................

Situación Administrativa actual:

Activo Otras (Especificar)

Unidad de destino .........................................................................................

Denominación del puesto ...............................................................................

b. Otros puestos desempeñados:

6. DESTINOS SOLICITADOS POR ORDEN DE PREFERENCIA

N.º Orden Preferencia

CÓDIGO RPT

Denominación del puesto

Destino

(1) Si es espacio resultara insuficiente anexar una hoja en blanco conteniendo el resto de puestos de trabajo solicitados según el orden de preferencia.

Burgos, a de de 202

(Firma)

SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

ANEXO V

D. ......................................................................, JEFE DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS DE ....................................

CERTIFICA: Que según los antecedentes obrantes en esta Universidad relativos al trabajador abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:

DATOS PERSONALES:

Apellidos y nombre: .........................................................., DNI ...................

PUESTO DE TRABAJO ACTUAL

El trabajador tiene la condición de personal laboral fijo de esta Universidad.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO

GRUPO

CATEGORÍA

ESPECIALIDAD

DESDE

HASTA

TOTAL

OTROS PUESTOS DE TRABAJO

DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO

TIPO DE CONTRATO

GRUPO

CATEGORÍA

ESPECIALIDAD

DESDE

HASTA

TOTAL

Antigüedad: Tiempo de servicios efectos, hasta la fecha de finalización de presentación de solicitudes: años meses días

Y para que así conste, expido la presente certificación en , de de 202

(Localidad, fecha, firma y sello)

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