ACUERDO de 17 de noviembre de 2023, de la Comisión Ejecutiva del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, por el que se dispone la delegación en la Dirección General de competencias en materia patrimonial.

INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN (ICE)

Por Ley 19/2010, de 22 de diciembre, se crea el Ente Público Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (en adelante Instituto), siendo aprobado mediante el Decreto 67/2011, de 15 de diciembre, su Reglamento General, en el que su artículo 13.1.n) establece que corresponden a la Comisión Ejecutiva del Instituto las funciones inherentes a la gestión ordinaria de la entidad, entre las que se encuentra la función de aprobar los precios que deba aplicar el Instituto en la prestación de sus servicios, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

De acuerdo con lo anterior, la Instrucción interna por la que se regula la enajenación, aprovechamiento y explotación de bienes y derechos patrimoniales titularidad del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, aprobada por Acuerdo de la Comisión ejecutiva de fecha 6 de enero de 2016, en el apartado VI de las Disposiciones Generales, establece:

La realización de cualquier negocio jurídico sobre los bienes y derechos patrimoniales del ICE requerirá la previa tasación o valoración de los mismos.

Atribuyendo a la Comisión Ejecutiva la competencia para aprobar la valoración o tasación realizada.

Con el fin de conseguir una mayor eficiencia y celeridad en la tramitación de estas funciones se estima conveniente efectuar su delegación en el Director General del Instituto.

Por otro lado, tanto la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 48, como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 9, regulan la delegación de competencias en virtud de la cual los órganos administrativos podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, con los límites señalados en dichos artículos.

Finalmente, el artículo 13.3 del Reglamento General del Instituto, aprobado por Decreto 67/2011, de 15 de diciembre, establece que «La Comisión Ejecutiva podrá delegar en el Presidente o en el Director General del Instituto cualquier función específica, salvo las que le hayan sido expresamente delegadas».

Por todo cuanto antecede, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 13 del Reglamento General del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/2011, de 15 de diciembre, la Comisión Ejecutiva del Instituto ha adoptado en su reunión de 17 de noviembre de 2023 el siguiente

ACUERDO

Primero.- Delegar, en la persona titular de la Dirección General del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, la competencia para la aprobación de la valoración o tasación sobre los bienes y derechos propiedad del Instituto en relación a la realización de cualquier negocio jurídico sobre los mismos.

Segundo.- En todos los actos y resoluciones que se adopten en el ejercicio de esta delegación de competencias deberá hacerse constar expresamente dicha circunstancia citando el Acuerdo de Delegación y se considerarán dictadas por el órgano delegante, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- La delegación conferida podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano delegante y avocado el conocimiento de un asunto concreto cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Cuarto.- El presente Acuerdo será efectivo el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Quinto.- Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Arroyo de la Encomienda, 17 de noviembre de 2023.

El Presidente de la Comisión Ejecutiva del Instituto para la Competitividad Empresarial,

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
7256 {"title":"ACUERDO de 17 de noviembre de 2023, de la Comisión Ejecutiva del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, por el que se dispone la delegación en la Dirección General de competencias en materia patrimonial.","published_date":"2023-12-01","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon","id":"7256"} castillayleon BOPA,BOPA 2023 nº 231,Consejería de economía y hacienda,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2023-12-01/7256-acuerdo-17-noviembre-2023-comision-ejecutiva-instituto-competitividad-empresarial-castilla-leon-se-dispone-delegacion-direccion-general-competencias-materia-patrimonial https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.