Otras disposiciones - Consejería de cultura, turismo y deporte (BOPA nº 2023-226)
ORDEN CYT/1310/2023, de 16 de noviembre, por la que se declaran fiestas de interés turístico de Castilla y León.
El artículo 67 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León, señala que corresponde a la Consejería competente en materia de turismo el declarar de interés turístico aquellos acontecimientos o bienes de naturaleza cultural, artística, deportiva, gastronómica o festiva que supongan la manifestación de valores propios y de la tradición popular de la Comunidad de Castilla y León, siempre y cuando revistan una especial importancia como recurso turístico.
Por su parte el artículo 10.1.b del Decreto 7/2012, de 1 de marzo, por el que se crea el Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León y se establece su régimen de organización y funcionamiento, señala que corresponde a la Comisión Permanente de este Órgano colegiado la valoración de las solicitudes de declaración de interés turístico en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma y proponer su resolución.
La Orden de 14 de marzo de 1995, de la Consejería de Cultura y Turismo, regula la declaración de Fiestas de Interés Turístico de Castilla y León.
En sesión celebrada el 14 de noviembre de 2023 la Comisión Permanente del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León, propuso la declaración de cinco fiestas, por tanto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 de la precitada Orden reguladora,
RESUELVO
Declarar «Fiestas de Interés Turístico de Castilla y León», a las que a continuación se detallan:
- - «Mercado Medieval» de La Adrada (Ávila).
- - «Semana Santa» de Sotillo de la Ribera (Burgos).
- - «Concurso-Exposición de ganado caballar de raza Hispano-Bretón» de San Emiliano (León).
- - «Semana Santa» de Peñafiel (Valladolid).
- - «Semana Santa» de Fuentesaúco (Zamora).
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contabilizados desde el día siguiente al de su publicación, ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, significándose que en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en la citada Ley.
Valladolid, 16 de noviembre de 2023.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez