Otras disposiciones - Consejería de familia e igualdad de oportunidades (BOPA nº 2023-217)
ORDEN FAM/1267/2023, de 6 de noviembre, por la que se conceden y renuevan a empresas y entidades el distintivo «Óptima Castilla y León», dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral de Castilla y León.
El Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo «Óptima Castilla y León», dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral, tiene como finalidad el dar público reconocimiento a aquellas entidades que, además de cumplir las obligaciones legales vigentes, adoptan, voluntariamente, políticas destinadas a implementar medidas, procesos de mejora y buenas prácticas en su modelo de gestión y organización de recursos humanos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, conciliación de la vida personal , familiar y laboral y eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León.
Conforme al artículo 8.1 del citado decreto, la instrucción del procedimiento le corresponderá al centro directivo competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. De acuerdo con el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León aprobado por el Decreto 2/98 de 8 de enero, y modificado por el Decreto 34/2014, de 31 de julio, la Dirección General de la Mujer de la Gerencia de Servicios Sociales, es la competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
El artículo 8.2 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo «Óptima Castilla y León», señala que la competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de igualdad de oportunidades y hombres.
El artículo 13.1 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, establece que «la vigencia de la distinción otorgada será de dos años desde la fecha de Orden de la concesión y estará, en todo caso, condicionada a que la entidad distinguida mantenga una práctica continuada en favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y continúe cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión» y en su apartado 3º que «la Dirección General competente en materia de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, podrá realizar en cualquier momento, las comprobaciones precisas para constatar que la entidad distinguida continua cumpliendo los requisitos exigidos para la concesión de la distinción "Óptima Castilla y León"».
La Dirección General de la Mujer ha examinado las solicitudes y documentación presentadas por las interesadas, instruidos los expedientes y verificado el cumplimiento de los requisitos señalados en el Decreto regulador.
A la vista de lo anterior, y a propuesta de la Dirección General de la Mujer,
RESUELVO
Primero.- Conceder el distintivo «Óptima Castilla y León» a las empresas y entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan a continuación:
N.º exp. | Nombre | CIF |
---|---|---|
08/23 | AB AZUCARERA IBERIA, S.L.U. | B78373511 |
11/23 | TEYLU STYLUS SL | B74239427 |
18/23 | PATRIMONIO GLOBAL SL | B47755624 |
19/23 | FUNDACION JUAN SOÑADOR | G24452435 |
20/23 | CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS | R3400087G |
Segundo.- Renovar el distintivo «Óptima Castilla y León» a las empresas y entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan a continuación:
N.º exp. | Nombre | CIF |
---|---|---|
14/21 | SANATORIO SAGRADO CORAZÓN | R4700203E |
44/20 | ENTIDAD LABORAL DE CASTILLA Y LEÓN (ENLACES) | G49212400 |
51/20 | CONFEDERACIÓN ABULENSE DE EMPRESARIOS | G05006077 |
41/20 | FEMXA FORMACIÓN S.L.U. | B36338051 |
2/13 | FUNDACIÓN INTRAS | G47345061 |
2/21 | FUNDACION PERSONAS | G47627906 |
5/10 | CAJA RURAL DE SORIA | F42001255 |
5/21 | FEDERACION DE CENTROS JUVENILES DON BOSCO CASTILLA Y LEON | G47378476 |
6/10 | CANPIPORK, S.L. | B37299203 |
7/10 | GRUPO LINCE ASPRONA, S.L.U. | B47468319 |
9/21 | HORMIGONES SIERRA, S.L.U. | B09096215 |
10/21 | APAREJO OFICINA TÉCNICA, S.L. | B47489273 |
15/21 | ALPHA SYLTEC INGENIERÍA S.L.P. | B47668447 |
16/21 | PREDIF CYL | G47477336 |
20/21 | ESCLEROSIS MÚLTIPLE LEÓN | G24367724 |
21/21 | LACTIBER LEÓN S.L. | B32362410 |
23/21 | FEDERACIÓN SALUD MENTAL CASTILLA Y LEÓN (FEAFES CYL) | G47370408 |
2/16 | AUDIOTEC INGENIERIA ACÚSTICA S.A. | A47237516 |
10/18 | GRUPO ATU. ACADEMIA TÉCNICA UNIVERSITARIA | B09318916 |
6/18 | FAEMA SALUD MENTAL ÁVILA | G05006077 |
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 20/2018, de 5 de julio.
Cuarto.- Las empresas y entidades distinguidas podrán beneficiarse de los efectos derivados de disponer de la distinción «Óptima Castilla y León», señalados en los artículos 9 y 11 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo «Óptima Castilla y León», dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral.
Quinto.- La presente Orden agota la vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que resuelva el procedimiento, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y al artículo 8.3 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, de la Junta de Castilla y León, que regula el distintivo «Óptima Castilla y León».
Asimismo, la presente Orden puede impugnarse directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El plazo para interponer los citados recursos será de uno o dos meses, respectivamente, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.
Valladolid, 6 de noviembre de 2023.
La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas