Otras disposiciones - Consejería de familia e igualdad de oportunidades (BOPA nº 2023-217)

ORDEN FAM/1267/2023, de 6 de noviembre, por la que se conceden y renuevan a empresas y entidades el distintivo «Óptima Castilla y León», dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral de Castilla y León.

El Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo «Óptima Castilla y León», dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral, tiene como finalidad el dar público reconocimiento a aquellas entidades que, además de cumplir las obligaciones legales vigentes, adoptan, voluntariamente, políticas destinadas a implementar medidas, procesos de mejora y buenas prácticas en su modelo de gestión y organización de recursos humanos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, conciliación de la vida personal , familiar y laboral y eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León.

Conforme al artículo 8.1 del citado decreto, la instrucción del procedimiento le corresponderá al centro directivo competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. De acuerdo con el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León aprobado por el Decreto 2/98 de 8 de enero, y modificado por el Decreto 34/2014, de 31 de julio, la Dirección General de la Mujer de la Gerencia de Servicios Sociales, es la competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

El artículo 8.2 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo «Óptima Castilla y León», señala que la competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de igualdad de oportunidades y hombres.

El artículo 13.1 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, establece que «la vigencia de la distinción otorgada será de dos años desde la fecha de Orden de la concesión y estará, en todo caso, condicionada a que la entidad distinguida mantenga una práctica continuada en favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y continúe cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión» y en su apartado 3º que «la Dirección General competente en materia de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, podrá realizar en cualquier momento, las comprobaciones precisas para constatar que la entidad distinguida continua cumpliendo los requisitos exigidos para la concesión de la distinción "Óptima Castilla y León"».

La Dirección General de la Mujer ha examinado las solicitudes y documentación presentadas por las interesadas, instruidos los expedientes y verificado el cumplimiento de los requisitos señalados en el Decreto regulador.

A la vista de lo anterior, y a propuesta de la Dirección General de la Mujer,

RESUELVO

Primero.- Conceder el distintivo «Óptima Castilla y León» a las empresas y entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan a continuación:

N.º exp.

Nombre

CIF

08/23

AB AZUCARERA IBERIA, S.L.U.

B78373511

11/23

TEYLU STYLUS SL

B74239427

18/23

PATRIMONIO GLOBAL SL

B47755624

19/23

FUNDACION JUAN SOÑADOR

G24452435

20/23

CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS

R3400087G

Segundo.- Renovar el distintivo «Óptima Castilla y León» a las empresas y entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan a continuación:

N.º exp.

Nombre

CIF

14/21

SANATORIO SAGRADO CORAZÓN

R4700203E

44/20

ENTIDAD LABORAL DE CASTILLA Y LEÓN (ENLACES)

G49212400

51/20

CONFEDERACIÓN ABULENSE DE EMPRESARIOS

G05006077

41/20

FEMXA FORMACIÓN S.L.U.

B36338051

2/13

FUNDACIÓN INTRAS

G47345061

2/21

FUNDACION PERSONAS

G47627906

5/10

CAJA RURAL DE SORIA

F42001255

5/21

FEDERACION DE CENTROS JUVENILES DON BOSCO CASTILLA Y LEON

G47378476

6/10

CANPIPORK, S.L.

B37299203

7/10

GRUPO LINCE ASPRONA, S.L.U.

B47468319

9/21

HORMIGONES SIERRA, S.L.U.

B09096215

10/21

APAREJO OFICINA TÉCNICA, S.L.

B47489273

15/21

ALPHA SYLTEC INGENIERÍA S.L.P.

B47668447

16/21

PREDIF CYL

G47477336

20/21

ESCLEROSIS MÚLTIPLE LEÓN

G24367724

21/21

LACTIBER LEÓN S.L.

B32362410

23/21

FEDERACIÓN SALUD MENTAL CASTILLA Y LEÓN (FEAFES CYL)

G47370408

2/16

AUDIOTEC INGENIERIA ACÚSTICA S.A.

A47237516

10/18

GRUPO ATU. ACADEMIA TÉCNICA UNIVERSITARIA

B09318916

6/18

FAEMA SALUD MENTAL ÁVILA

G05006077

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 20/2018, de 5 de julio.

Cuarto.- Las empresas y entidades distinguidas podrán beneficiarse de los efectos derivados de disponer de la distinción «Óptima Castilla y León», señalados en los artículos 9 y 11 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo «Óptima Castilla y León», dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral.

Quinto.- La presente Orden agota la vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que resuelva el procedimiento, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y al artículo 8.3 del Decreto 20/2018, de 5 de julio, de la Junta de Castilla y León, que regula el distintivo «Óptima Castilla y León».

Asimismo, la presente Orden puede impugnarse directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El plazo para interponer los citados recursos será de uno o dos meses, respectivamente, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.

Valladolid, 6 de noviembre de 2023.

La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas

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