Otras disposiciones - Consejería de agricultura, ganadería y desarrollo rural (BOPA nº 2023-214)
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos, por la que se aprueba la composición de la comisión local de la concentración parcelaria de la zona regable de Olmos de Pisuerga, Naveros de Pisuerga y Castrillo de Riopisuerga II (Palencia-Burgos).
SERVICIO TERRITORIAL DE BURGOS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/2014 de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, las comisiones locales de concentración parcelaria son los órganos colegiados de participación, colaboración y consulta de la concentración parcelaria. El artículo 11 del Decreto 1/2018, de 11 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León, regula cuales son las funciones, composición y organización de las comisiones locales, estableciéndose que se deberá aprobar su composición, tras la publicación del Acuerdo de declaración de utilidad pública y urgente ejecución.
En consecuencia, este Servicio Territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 1/2018, de 11 de enero , por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León, y al amparo de las competencias otorgadas mediante el Decreto 31/2021, de 4 de noviembre, sobre desconcentración de atribuciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en los titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, así como la Resolución de 4 de enero de 2022 (B.O.C. y L. 21 de enero de 2022) de la Delegación Territorial de Burgos, de delegación de competencias en el titular del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos, procede a:
1. Aprobar la composición de la Comisión Local como órgano colegiado cuyas funciones son las de aprobar la propuesta a la Dirección General de Desarrollo Rural, de las Bases de concentración parcelaria a que se refiere el artículo 22 del Decreto 1/2018, de 11 de enero , por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León, en «la zona regable de Olmos de Pisuerga, Naveros de Pisuerga y Castrillo de Riopisuerga II (Palencia-Burgos), de conformidad con el Acuerdo 60/2018 de 13 de diciembre de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 242 de 17 de diciembre de 2018).
2. Dicha comisión local estará formada por los miembros determinados en el artículo 11 del Decreto 1/2018, de 11 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León, que se citan a continuación:
PRESIDENTE:
- - D. Juan José Busto Pozo, Jefe del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos, (o funcionario en quien delegue).
VOCALES:
- - D. Félix González González Jefe del Área de Estructuras Agrarias del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos (o funcionario que realice las funciones).
- - Sr/Sra. Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos (o funcionario en quien delegue)
- - D. Jesús María Gutiérrez Vesga, Ingeniero del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos.
- - Sr/Sra. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Castrillo de Riopisuerga (Burgos).
- - Sr/Sra. Presidente de la Junta Vecinal de Olmos de Pisuerga (Palencia).
- - Sr/Sra. Presidente de la Junta Vecinal de Naveros de Pisuerga (Palencia).
- - D. Carmelo Dehesa López, representante de los propietarios y titulares de derechos reales y situaciones jurídicas existentes sobre las fincas objeto de concentración por la entidad local de Castrillo de Riopisuerga (Burgos).
- - D. Baudilio Prado Serna, representante de los propietarios y titulares de derechos reales y situaciones jurídicas existentes sobre las fincas objeto de concentración por la entidad local de Castrillo de Riopisuerga (Burgos).
- - D. Rafael Pedrosa Seco, representante de los propietarios y titulares de derechos reales y situaciones jurídicas existentes sobre las fincas objeto de concentración por la entidad local de Castrillo de Riopisuerga (Burgos).
- - D. Emiliano Rubio Fernández, representante de los propietarios y titulares de derechos reales y situaciones jurídicas existentes sobre las fincas objeto de concentración por la entidad local de Olmos de Pisuerga (Palencia).
- - D. Jesús del Mazo Serrano, representante de los propietarios y titulares de derechos reales y situaciones jurídicas existentes sobre las fincas objeto de concentración por la entidad local de Naveros de Pisuerga (Palencia).
- - D. Jesús Amando García Manzanal, representante de la Junta de Trabajo de Castrillo de Riopisuerga (Burgos), ahora denominada Grupo Auxiliar de Trabajo conforme a la normativa vigente.
- - D. Jesús Rubio Fernández, representante de la Junta de Trabajo de Olmos de Pisuerga (Palencia), ahora denominada Grupo Auxiliar de Trabajo conforme a la normativa vigente.
- - D. Humberto Javier Ortega del Mazo, representante de la Junta de Trabajo de Naveros de Pisuerga (Palencia), ahora denominada Grupo Auxiliar de Trabajo conforme a la normativa vigente
- - Sr. Presidente de UCCL (Unión de campesinos de Castilla y León), organización profesional agraria más representativa en la provincia de Burgos, o persona en quien delegue.
- - Sr./Sra. Presidente de la Comunidad de Regantes del Canal del Pisuerga (Palencia-Burgos)
- - Un representante de las Juntas Agrarias Locales, si existiesen.
SECRETARIA:
- - D.ª Adriana Valladolid García, funcionaria del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos, graduada en Derecho.
3. La comisión local se regirá, en todo lo no dispuesto en el Decreto 1/2018, de 11 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León, con carácter supletorio, por lo establecido en el normativa autonómica y estatal básica vigente en materia de órganos colegiados y quedará disuelta tras la firmeza de las bases definitivas.
Burgos, 30 de octubre de 2023.
El Jefe del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural,(P.S. Art. 3.1.n Orden EYH/1255/2019, de 5 de diciembre)El Secretario Técnico,
Fdo.: Pedro Antonio Mouriz Cuevas