Otras disposiciones - Consejería de medio ambiente, vivienda y ordenación del territorio (BOPA nº 2023-214)

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Delegación Territorial de Zamora, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de ampliación de una explotación porcina, en el término municipal de Villaseco del Pan (Zamora). Expte.: EIA-ZA-O-21-40.

SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE DE ZAMORA

Advertido error en el texto remitido para su publicación, de fecha 25 de agosto de 2023, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León número 169, de fecha 4 de septiembre de 2023 , se procede a efectuar las oportuna rectificación:

En la página 59, donde dice: «El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al estar incluido en el Grupo 2. Industria extractiva, del Anexo I de la citada ley en concreto en el apartado a) Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y normativa complementaria, cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes: 7. Extracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 km de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones anexas de cualquier explotación o concesión minera a cielo abierto existente.»

Debe decir: «El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1.de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al estar incluido en el Grupo 1. Ganadería, del Anexo I de la citada ley en concreto en el apartado a) Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas y que superen las siguientes capacidades: 3º 2.000 plazas para cerdos de engorde.»

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