Otras disposiciones - Consejería de economía y hacienda (BOPA nº 2023-202)

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2023, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la modificación de la instalación de producción de energía eléctrica, por tecnología fotovoltaica, denominada «FV 13 Roeles Norte», conectada a red de distribución, en el término municipal de Medina del Campo (Valladolid). Expte.: RI-48941; FV-2399.

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE VALLADOLID

1. Antecedentes.

1.1. Con fecha 1 de junio de 2019, D. Marcos Valles Pérez, en representación de 13 Roeles Renovables S.L., presentó en este Servicio Territorial de Economía de Valladolid (actualmente denominado Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía) solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción, declaración de utilidad pública, en concreto, y evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto denominado «Instalación solar fotovoltaica de 10 MW conectada a red "13 Roeles Norte", centros de transformación, subestación y línea de evacuación para el acceso a red», en el término municipal de Medina del Campo. A esta solicitud se le asignó el número de expediente RI-48941 FV-2399.

1.2. Con fecha 25 de agosto de 2021, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid emitió la resolución de autorización administrativa previa y de construcción, publicada con fecha 6 de septiembre de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, notificada al interesado y a los afectados.

1.3. Con fecha 19 de septiembre de 2022, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid emitió Resolución por la que se autoriza la prórroga de la autorización administrativa de construcción del proyecto, debido a la existencia de un conflicto por la solución de conexión con la empresa distribuidora i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

1.4. Con fecha 14 de abril de 2023, D. Álvaro Cámara Rodríguez, en representación de 13 Roeles Renovables S.L., presentó en este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía, solicitud de autorización de modificaciones aportando el proyecto denominado «Proyecto modificado de ejecución Instalación solar fotovoltaica de 9,92 MW conectada a red "13 Roeles Norte", centros de transformación y modificación de subestación existente para acceso a red», de modificación de la planta solar fotovoltaica «FV 13 Roeles Norte» con autorización previa y de construcción, y de reforma de la subestación «SET FV 13 Roeles», de la planta solar «FV 13 Roeles» en servicio, ubicadas ambas el término municipal de Medina del Campo y con números de expediente RI-48941 FV-2399 y RI-48825 FV-2378, respectivamente.

Estas reformas se derivan de la resolución del conflicto de conexión con la empresa distribuidora y se produce un cambio en las condiciones de evacuación de la energía de esta instalación, pasando de realizarse de forma individual a conjunta, con la energía generada por la planta fotovoltaica "FV 13 Roeles", siendo ambas instalaciones del mismo promotor. Por tanto, la planta "FV 13 Roeles Norte" evacuará la energía producida a través de la infraestructura de evacuación de la planta "FV 13 Roeles", que precisa asimismo ser modificada.

Se aporta asimismo informe ambiental justificativo del proyecto modificado.

Este Servicio Territorial considera dichas modificaciones como sustanciales, procediendo a tramitar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción por modificación de ambas instalaciones.

1.5. Con fecha 2 de junio de 2023, el solicitante aporta documentación para la subsanación de la solicitud de autorización de modificaciones aportando el proyecto denominado «Proyecto de ejecución modificado Instalación solar fotovoltaica de 9,92 MW conectada a red "13 Roeles Norte", centros de transformación y líneas subterráneas de media tensión», de modificación de la planta solar fotovoltaica «FV 13 Roeles Norte».

1.6. Por parte de este Servicio Territorial se ha dado cumplimiento al trámite preceptivo de información pública, exigido por el artículo 9 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León mediante la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Castilla y León (B.O.C. y L.) de fecha 24 de julio de 2023 y en la página web de la Junta de Castilla y León, la sección correspondiente a Energía y Minería (www.energia.jcyl.es), para que cualquier persona pudiera examinar el proyecto y formular las alegaciones que considere oportunas, ante este Servicio Territorial, durante el plazo de 20 días.

1.7. Durante el trámite de información pública de 20 días hábiles, no ha sido formulada alegación alguna que impida o condicione el otorgamiento de la presente autorización administrativa.

1.8. Dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 10 y 13 del Decreto 46/2022, de 28 de noviembre, simultáneamente al trámite de información pública, se han remitido separatas a las administraciones, organismos, empresas de servicio público o de servicios de interés general que el solicitante considere afectados por la instalación: Diputación Provincial de Valladolid y Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, para que en un plazo de 20 días establezcan su condicionado técnico procedente.

En los plazos establecidos no se ha recibido contestación por parte de estos organismos, por lo que se prosigue con la tramitación de la solicitud sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones o cualesquiera otras formalidades de control que sean de su competencia.

1.9. Por parte de este Servicio Territorial se ha realizado consulta al Servicio Territorial de Medio Ambiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.2.c) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el artículo 49.2 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, sobre la necesidad de una nueva tramitación de evaluación de impacto ambiental, al existir modificaciones al proyecto autorizado y previamente evaluado mediante Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Delegación Territorial de Valladolid, por la que se hace público el informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica «13 Roeles Norte», subestación asociada y línea de evacuación, en el término municipal de Medina del Campo (Valladolid), promovido por «13 Roeles Renovables, S.L.» (B.O.C. y L. de 8/01/2020).

El órgano competente en materia ambiental comunica mediante informe de fecha 7 de junio de 2023, que en el proyecto de modificación no se superan los incrementos regulados en la normativa, por lo que puede continuarse con la tramitación de la autorización administrativa.

2. Fundamentos de Derecho.

2.1. El Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid es el órgano competente para dictar esta resolución según lo dispuesto en el punto 24 del artículo 70 de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en el artículo 5.2 del Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se desconcentran competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y en la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.

2.2. Para resolver este expediente es de aplicación la siguiente normativa de carácter sectorial:

  • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico
  • - Decreto Ley 2/2022 de 23 de Junio, por el que se adoptan medidas para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica.
  • - Decreto Ley 4/2022 de 27 de octubre, de modificación del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención ambiental de Castilla y León, del Decreto Ley de 2/2022 de 23 de junio.
  • - Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León.
  • - Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
  • - Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
  • - Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • - Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
  • - Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
  • - Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
  • - Real Decreto 842/2002, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
  • - Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

2.3. En la tramitación del procedimiento administrativo se ha seguido lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Resolución.

Visto lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico, y su normativa de desarrollo,

Considerando lo establecido en el Decreto 46/2022, de 24 de noviembre,

Visto el contrato de conexión transitoria firmado entre la mercantil 13 Roeles Renovables, SL y la empresa distribuidora i-DE Redes Inteligentes, SAU, en el que se establecen las condiciones de conexión de las plantas denominadas «FV 13 Roeles» y «FV 13 Roeles Norte»,

Vista la Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Delegación Territorial de Valladolid, por la que se hace público el informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica «13 Roeles Norte», subestación asociada y línea de evacuación, en el término municipal de Medina del Campo (Valladolid), promovido por «13 Roeles Renovables, S.L.» (B.O.C. y L. de 8/01/2020) y el informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente,

Cumplidos los trámites reglamentariamente exigidos, este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía.

RESUELVE:

3.1. Conceder Autorización administrativa previa para la modificación de la instalación fotovoltaica «FV 13 Roeles Norte», de 9,92 MWp, de producción de energía eléctrica conectada a la red de distribución.

3.2. Conceder Autorización administrativa de construcción del proyecto denominado: «Proyecto de ejecución modificado Instalación solar fotovoltaica de 9,92 MW conectada a red "13 Roeles Norte", centros de transformación y líneas subterráneas de Media Tensión», firmado por el Ingeniero D. Marcos Valles Pérez, visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid, con número de visado 1471/19E de fecha 1/06/2023 cuyas características fundamentales son:

Peticionario: 13 Roeles Renovables, S.L., con domicilio en Calle Villafranca de Duero n.º 6 - Local 4, población Valladolid, con código postal 47008, provisto de NIF B47784384.

Ubicación de la instalación: Parcelas 75, 76 y 10077 del Polígono 2 de Medina del Campo (Valladolid).

Objeto de la reforma: modificación de la instalación de producción de energía eléctrica por tecnología fotovoltaica. Proyecto de reforma de la instalación de generación y de la infraestructura de evacuación, por conexión con la subestación «SET FV 13 Roeles 20/45 kV» para la evacuación conjunta de la energía producida por esta planta y la instalación «FV 13 Roeles» (Expte.: RI-48825 FV-2378).

Especificaciones técnicas:

  • • Potencia pico: 12.667,72 kWpico.
  • • Potencia nominal: 9.920 kWnom (a 40ºC-limitada a la potencia de vertido).
  • • Potencia de acceso autorizada: 9.600 kW.
  • • 20.500 Paneles solares bifaciales: 14.025 paneles de 620 Wpico y 6.475 paneles de 615 Wpico en estructura fija sobre suelo.
  • • 31 Inversores de 320 kVA (a 40ºC), con entrada a 1.500 VDC y salida a 800 VAC.
  • • 2 Centros de transformación, con 1 x 5.120 kVA (a 40ºC) transformador de potencia cada uno y relación de transformación 20 kV/0,8 kV, grupo de conexión Dyn11, con aparellaje en cabinas prefabricadas con apertura y cierre en SF6.
  • • Red interior de recogida de la energía producida, a 20 kV, realizada con conductor HEPRZ1, en 2 tramos de longitudes aproximadas 120 m y 1.742 m, y secciones 3x(1x150) mm2 AL y 3x(1x400) mm2 AL, respectivamente, 12/20 kV, entre los centros de transformación y la subestación «SET FV 13 Roeles 20/45 kV». Esta subestación no es objeto de este expediente.
  • • Presupuesto Ejecución Material: 4.001.732,23 €

Punto de entrega de la energía a la empresa distribuidora: no se modifica, siendo en barras de la subestación de i-DE Redes Inteligentes, SAU, denominada «ST Medina del Campo», a través de las instalaciones compartidas con la planta fotovoltaica denominada «FV 13 Roeles» (Expte.: FV-2378; RI-48825).

4. Condiciones.

Esta Autorización se somete a las siguientes condiciones:

4.1. En todo momento se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo así como a todo lo establecido en reglamentación de seguridad industrial que le sea de aplicación para la realización, puesta en marcha y explotación de estas instalaciones.

4.2. Esta autorización se entiende sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros organismos, necesarias para la realización de las obras, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

4.3. En el caso de que haya que introducir modificaciones, al ejecutar el proyecto, éstas deberán ser comunicadas previamente a este Servicio Territorial, mediante el modificado o adenda correspondiente al proyecto, para que sea aprobado, si procede, previamente a su ejecución.

4.4. El plazo para la ejecución de las instalaciones será de año, sin perjuicio de los compromisos que el solicitante haya podido adquirir ante otros Organismos y administraciones.

El interesado podrá solicitar, por razones justificadas, prórroga de dicho plazo.

4.5. Una vez realizadas las instalaciones de generación se deberá solicitar a este Servicio Territorial la autorización de explotación a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, rellenando los formularios establecidos en la citada sede así como cualquier otra documentación que sea exigible conforme a la legislación aplicable:

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/sede-electronica.html

4.6. En la realización del proyecto se deberán cumplir todas la medidas, correctoras, preventivas y compensatorias contempladas en la Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid por la que se hace público el informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar, fotovoltaica 13 Roeles Norte, subestación asociada y línea de evacuación, en el término municipal de Medina del Campo, promovido por 13 Roeles Renovables S.L., publicado en el B.O.C. y L. de fecha 8 de enero de 2020.

4.7. La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el momento en que se compruebe el incumplimiento de las condiciones impuestas o la declaración inexacta de los datos comunicados que dan lugar a esta Resolución.

5. RECURSOS.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, Recurso de Alzada ante el Director General de Energía y Minas, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 9 de octubre de 2023.

El Jefe del Servicio Territorial,(P.D. Resolución 9/03/2023, B.O.C. y L. 17/03/2023)

Fdo.: Marceliano Herrero Sinovas

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