Anuncios - Diputación provincial de burgos (BOPA nº 2023-197)
ANUNCIO de la Diputación Provincial de Burgos, relativo al Acuerdo del Pleno de 22 de septiembre de 2023, de aceptación de la delegación de gestión y recaudación de recursos de otros entes.
El Pleno de esta Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de Septiembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«13.- Aceptación de la delegación de gestión y recaudación de recursos de recursos de otros entes.
Dada cuenta del dictamen de la Comisión de Hacienda, de fecha 13 de Septiembre de 2023, y visto el informe emitido por la Jefa del Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de 3 de Agosto de 2023, referido a la delegación de funciones de gestión y recaudación aprobada por la Entidad Local de Navas de Bureba.
Sometido el asunto a votación, la Corporación Provincial, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda aceptar la delegación de funciones de gestión y recaudación conferida por la siguiente Entidad Local, al amparo del artículo 7º del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales:
- - Ayuntamiento de Navas de Bureba, que mediante acuerdo plenario de 18 de Enero de 2023, delega las funciones de gestión y recaudación del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Burgos, 4 de octubre de 2023.
La Jefa del Servicio,
Fdo.: Isabel Galindo Mateo
CONTENIDO DEL ACUERDO
1.- El Ayuntamiento de Navas de Bureba delega las funciones de gestión y recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Así, en sesión plenaria de 18 de enero de 2023, aprobó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«...
Segundo.- Aprobar la modificación de la Cláusula Segunda del Acuerdo plenario adoptado en su día de delegación de recaudación de tributos a favor de la Excma. Diputación Provincial de Burgos, que quedaría redactada en los siguientes términos:
1.- La aplicación de los tributos comprende todas las actividades dirigidas a la información y asistencia a los obligados al pago, a la gestión y recaudación, y a la revisión administrativa de dichas actividades, en relación con los siguientes conceptos tributarios:
- • Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- • Impuesto sobre Actividades Económicas.
- • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
2.- La aplicación de los tributos se limitará exclusivamente a las actividades dirigidas a la recaudación ejecutiva, y revisión administrativa de dicha actividad, en relación con las siguientes deudas impagadas en periodo voluntario:
- • Deudas tributarias cuyo vencimiento no sea periódico.
- • Recursos de naturaleza pública no tributarios, cuyo vencimiento no sea periódico.
En tales casos, la delegación se hará efectiva tras la adopción de una resolución o acuerdo del Ayuntamiento, que detallen lo conceptos o débitos específicos cuyo cobro en ejecutiva se solicita de la Diputación.
2º.- Mantener la vigencia del resto de Cláusulas aprobadas en su momento, que serán aplicables a la gestión y/o recaudación de todos los tributos delegados.»