Otras disposiciones - Consejería de economía y hacienda (BOPA nº 2023-186)

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2023, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Burgos, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la reforma de la línea aérea de media tensión 13,2 kV «Villasur» (subestación transformadora de reparto «Ibeas de Juarros»), en la derivación a Urrez, en los términos municipales de Arlanzón y Villasur de Herreros (Burgos). Expte.: ATLI/29.175.

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE BURGOS

La compañía mercantil i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó con fecha 6 de abril de 2022, declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones citadas.

Con fecha 9 de noviembre de 2021 este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía dictó Resolución por la que se otorgó autorización administrativa previa y de construcción a la reforma de L.A.M.T. 13,2 kV «Villasur» (S.T.R. «Ibeas de Juarros») derivación a Urrez.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativos de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, se sometió el expediente a información pública, habiéndose publicado con fechas 26 y 31 de mayo de 2023 en el B.O.C. y L. y B.O.P. respectivamente y el 7 de junio de 2023 en el Correo de Burgos, los preceptivos anuncios de información pública para la Declaración de Utilidad Pública.

Asimismo, se envió anuncio al Ayuntamiento de Villasur de Herreros que certifica la exposición.

Durante el período de información pública no se han presentado alegaciones por parte de los propietarios afectados.

La distribuidora presenta acuerdos obtenidos con varios afectados por el trazado de la instalación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

1.- El Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos es competente para resolver este procedimiento, en conformidad con lo establecido en el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que desconcentran competencias en los Órganos Directivos Centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, competencia que tiene delegada en el Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo por Resolución de 9 de marzo de 2023 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de industria, energía y minas.

2.- En la tramitación de este expediente se han tenido en cuenta las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:

  • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
  • - Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
  • - Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativos de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.
  • - RD 223/2008 de 15 de febrero, por el que se aprueban el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instalaciones de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
  • - Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
  • - Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y el Reglamento que lo desarrolla, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.
  • - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones de general aplicación.

Este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía, a propuesta del Jefe de la Sección, resuelve:

Declarar en concreto, la Utilidad Pública de la reforma de la L.A.M.T. «Villasur» derivación a Urrez, cuyas características principales son las siguientes:

  • • Reforma de línea aérea de M.T. 13,2 kV n.º 4782-73 «Villasur» (S.T.R. «Ibeas de Juarros»), en simple circuito, con origen en apoyo existente n.º 261, y final en apoyo existente con nuevo n.º 29163, de 4.626 m de longitud y conductor desnudo alum-acero 47-AL1/8-ST1A.
  • • Desmontaje de 4.564 m de línea eléctrica aérea de M.T., 65 apoyos de 1 poste de hormigón, 1 apoyo con doble poste de hormigón en pórtico y 1 juego de 3 fusibles XS.

Y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, llevará implícita la necesidad de ocupación o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación. Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de la Comunidad Autónoma, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública y todo ello en relación, con los bienes y derechos afectados, relacionados en el Anexo de la Resolución, con las siguientes afecciones para las fincas de propiedad privada:

Por constitución de una servidumbre de vuelo y servidumbre de paso para la línea aérea:

  • a) Se impondrá una servidumbre permanente de paso sobre una franja a lo largo del trazado de la línea, definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables (servidumbre de vuelo), incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de dicha proyección. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:
    • - Prohibición de la realización de cualquier tipo de obra, construcción, edificación; o de efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a 5 m, contados a partir del límite de servidumbre de vuelo, a cada lado de ésta. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente habiendo acuerdo entre las partes y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración.
    • - Prohibición de la plantación de árboles y arbustos de tallo alto, a una distancia inferior a 2 m, contados a partir de la proyección horizontal de la servidumbre de vuelo, a cada lado de ésta. En la relación de bienes y derechos que se adjunta como anexo I, se indica la superficie de vuelo para cada afectado.
    • - Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.
  • b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, indicadas para cada caso en la relación de bienes y derechos.

En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias.

Esta Resolución se dicta sin perjuicio de cualquier otra autorización, licencia o permiso que sea exigible según la normativa vigente.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Ilmo. Sr. Director General de Energía y Minas, conforme a lo dispuesto en los Arts. 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Burgos, 15 de septiembre de 2023.

El Jefe del Servicio Territorial,

Fdo.: Mariano Muñoz Fernández

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR PROYECTO DE REFORMA DE L.A.M.T. 13,2 KV «VILLASUR» (S.T.R. «IBEAS DE JUARROS») EN LA DERIVACIÓN A URREZ-ARLANZÓN Y VILLASUR DE HERREROS - (BURGOS)

N.º

MUNICIPIO

VUELO (m)

SERV.VUELO (m2)

SERV. DE PASO AÉREA (m2)

SERV. DE PASO AÉREA (m2)

SUP. APOYO (m2)

PROPIETARIO

REFERENCIA CATASTRAL

CLASE

CULTIVO

PARAJE

18

VILLASUR DE HERREROS

24

97

338

COLINA ARREBA JOSE RAMON

09480B601000410000SM

RÚSTICO

LABOR SECANO

LA DIVISA

30

VILLASUR DE HERREROS

44

176

617

Nº 29149 (1/2)

024

PINEDA ALEGRE

09480B601000630000SY

RÚSTICO

LABOR SECANO

LOS RINCONES

32

VILLASUR DE HERREROS

71

285

1000

Nº 29150(1/2)

0,58

DOMINGUEZ SANZ ELENA

09480B601000670000SL

RÚSTICO

LABOR SECANO

LOS RINCONES

45

VILLASUR DE HERREROS

25

10

652

HERNANDO GARCIA FILIBERTO

09480B601000840000SE

RÚSTICO

LABOR SECANO

EL ALTO

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