Otras disposiciones - Consejería de agricultura, ganadería y desarrollo rural (BOPA nº 2023-142)

RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se establecen demarcaciones en el proceso de concentración parcelaria de la zona del Canal de San José (Zamora-Valladolid).

El Acuerdo 43/2023, de 8 de junio, de la Junta de Castilla y León, declaró de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona del Canal de San José (Zamora-Valladolid), en aplicación del artículo 38 de la Ley 14/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, facultando en su artículo tercero a esta Dirección General para establecer, dentro del perímetro señalado en ACUERDO, demarcaciones que en el proceso de concentración parcelaria constituyan unidades operativas independientes a los efectos de realización del proceso.

La zona de concentración parcelaria del Canal de San José (Zamora-Valladolid), se corresponde parcialmente con la zona regable de la Comunidad de Regantes del Canal de San José que afecta a los términos municipales de Toro, Zamora, Peleagonzalo, Villalazán y Villaralbo, en la provincia de Zamora, y Villafranca de Duero, en la provincia de Valladolid. Dicha zona está compuesta por tres áreas perimetrales inconexas dispuestas a lo largo de la margen izquierda del río Duero, adyacentes al mismo, con orientación este-oeste, desde Villafranca de Duero (Valladolid) hasta Zamora.

La distribución geográfica de la zona, la diversidad de características agronómicas que presentan sus suelos, las características en cuanto a distribución de la propiedad y la coincidencia de las tres áreas perimetrales inconexas con los sectores de riego planteados inicialmente para la modernización del regadío, hacen que resulte aconsejable, técnica, agronómica y administrativamente, el establecimiento de demarcaciones que constituyan unidades independientes a los efectos de realización del proceso para facilitar las actuaciones de concentración parcelaria de la zona.

El establecimiento de las demarcaciones se ha realizado en base a los condicionantes expuestos en el párrafo anterior, de forma que se facilite la nueva reestructuración y reorganización de la propiedad.

Los límites de los perímetros de las demarcaciones 1, 2 y 3 de la zona de concentración parcelaria del Canal de San José (Zamora-Valladolid), son los siguientes:

Demarcación 1

  • Norte: Margen izquierda del río Duero, parcelas 325, 244, 238, 237, 236, 235 y 234 del polígono 4 de Villaralbo y límite del M.U.P n.º 147 denominado «San Lorenzo y Cima».
  • Este: Margen izquierda del río Duero, parcelas 6 y 7 del polígono 4 de Villaralbo y Canal de San José.
  • Sur: Canal de San José, límite de la zona urbana de Villaralbo, Canal de San José hasta tramo del camino identificado como parcela 9109 del polígono 73 de Zamora, parcelas 126 y 127 del polígono 73 de Zamora y Canal de San José hasta la autovía de entrada a Zamora (ZA-20).
  • Oeste: Canal de San José hasta su desembocadura en el río Duero y margen izquierda del río Duero.

Demarcación 2

  • Norte: Parcelas u otros límites físicos aledaños o situados en el entorno de la margen izquierda del río Duero, a su paso por el polígono 6 del municipio de Villalazán: parcela 9021, parcelas desde la 38 a la 71, arroyo de Aribayos, parcelas 72 y 344 y desde la 75 a la 90, tramo del desagüe identificado como parcela 9250, parcela 97, arroyo de Talanda, parcelas desde la 108 a la 114, tramo de desagüe identificado como parcela 9204, tramo de la Vereda del Piornal o Monte de las Olivas, parcelas 319 y 243.
  • Margen izquierda del río Duero y parcela 5100 del polígono 502 de Toro.
  • Este: Margen izquierda del río Duero, tramo del camino identificado como parcela 9130 del polígono 502 de Toro, carretera ZA-P-1102, parcela 15013 del polígono 502 de Toro y Canal de San José.
  • Sur: Carretera ZA-P-1102, Parcela 15013 del polígono 502 de Toro, Canal de San José, parcelas 1933, 1934, 1935, 1989, 1936, 1937, 11930, 21930 y 1929 del polígono 3 de Villalazán, Canal de San José, tramo de camino identificado como parcelas 9029, parcelas 1927, 1924, 1923, 1920, 1919, 1909 y 1904 del polígono 3 de Villalazán, canal de San José, parcela 63 del polígono 5 de Villalazán, límite de la zona urbana de Villalazán, carretera ZA-P-1102 y arroyo de Aribayos .
  • Oeste: Parcelas 1634, 1631, 1630 y 2095 del polígono 2 de Villalazán, Colada de Madridanos (identificada como parcela 9228 del polígono 2 de Villalazán), acequia identificada como parcela 9095 del polígono 1 de Villalazán, carretera ZA-P-1102, parcela 1515 del polígono 2 de Villalazán, parcela 1 del polígono 6 de Villalazán, acequia identificada como parcela 9094 del polígono 1 de Villalazán, parcelas 1, 9021 y 9 del polígono 6 de Villalazán.

Demarcación 3

  • Norte: Margen izquierda del río Duero, tramo del camino identificado como parcela 9002 del polígono 3 de Toro, parcela 5003 del polígono 3 de Toro, margen izquierda del río Duero, parcela 70 del polígono 6 de Peleagonzalo, tramo del camino identificado como parcela 9006 del polígono 6 de Peleagonzalo, parcela 71 del polígono 6 de Peleagonzalo, margen izquierda del río Duero, parcelas 20 y 73 del polígono 6 de Peleagonzalo, margen izquierda del río Duero, parcelas 483, 484, 486, 487 y 1347 del polígono 2 de Toro, tramos de la cañada de Toro a Valdefincas y de la Vereda de Villafranca, margen izquierda del río Duero, límite de zona urbana de Toro (urbanización «El Gejo»), margen izquierda del río Duero hasta la parcela 3052 del polígono 2 de Villafranca.
  • Este: Parcelas 5031 y 5033 del polígono 101 de Castronuño, tramo del camino identificado como parcela 9013 del polígono 101 de Castronuño, canal de San José, parcelas 28 y 29 del polígono 101 de Castronuño, caminos identificados como parcelas 9011 y 9012 del polígono 101 de Castronuño.
  • Sur: Acequia elevada de Villafranca, Canal de San José, hasta las parcelas 4264, 4263 y 4258 del polígono 1 de Toro, Canal de San José hasta la parcela 746 del polígono 3 de Peleagonzalo, tramo del camino identificado como parcela 9003 del polígono 3 de Peleagonzalo, parcelas 740, 748 y 718 del polígono 3 de Peleagonzalo, tramo del camino identificado como parcela 9004 del polígono 3 de Peleagonzalo, Canal de San José, Límite urbano de Peleagonzalo, Canal de San José, parcela 5097 del polígono 502 de Toro y margen izquierda del río Duero.
  • Oeste: Margen izquierda del río Duero y parcela 5097 del polígono 502 de Toro.

Valladolid, 21 de junio de 2023.

El Director General de Desarrollo Rural,

Fdo.: Jorge Izquierdo Arribas

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