Disposiciones y actos - Ayuntamiento de palazuelos de eresma (segovia) (BOPA nº 2023-140)

ACUERDO de 26 de abril de 2023, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma (Segovia), por el que se rectifica el error material del proyecto de actuación con determinaciones completas sobre reparcelación y bases de urbanización del sector «El Mojón». Expte.: 438/15.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 251 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, se procede a la publicación del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de abril de 2023, cuyo texto se transcribe a continuación, de rectificación de error material del proyecto de actuación con determinaciones completas sobre reparcelación y bases de urbanización del sector «el Mojón». Expte.: 438/15; sobre urbanización del sector «EL MOJÓN» en Palazuelos de Eresma, estando a disposición dicho instrumento en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://palazuelosdeeresma.sedelectronica.es

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Rectificación error material proyecto de actuación con determinaciones completas sobre reparcelación y bases de urbanizacion del sector «El Mojon» Expte.: 438/15.- Visto que de oficio se ha apreciado un error material en la redacción del proyecto de actuación con determinaciones completas sobre reparcelación y bases de urbanización del sector «El Mojón». Expte.: 438/15.

Visto que consta acuerdo de fecha 30 de mayo de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma (Segovia) por la que se aprueba definitivamente el proyecto de actuación con determinaciones completas sobre reparcelación y bases de urbanización del sector «El Mojón». Expte.: 438/15.

Visto que se constan los siguientes errores materiales a rectificar.

Sobre los errores materiales en la descripción de las fincas aportadas, entre ellos, los siguientes;

Sobre la finca 2: - Sobre la descripción del resto de finca matriz;

Descripción resto de finca matriz;

Rústica: Tierra en término municipal de Palazuelos de Eresma , al sitio donde llaman Mojón, parte erial, de diez hectáreas, catorce áreas y veintidós centiáreas , después de la segregación de 1.304 metros de la finca Parte 02-A y 11.190 metros de la finca Parte 02-B que linda al Norte ; con el camino que baja de la Sierra a enlazar con el de Pellejeros; Sur, paso de ganados situado entre esta finca y el rio Eresma y la finca segregada denominada Parte 02-B ; Este, de herederos de Telesforo Garcia y de herederos de Antonio Lopez, antes del Marques del Arco, y de herederos de Segunda Pascual, antes de Alejandro Balsain, y el Arroyo del Mojon y la finca segregada denominada Parte 02-A y Parte 02-B q; y Oeste, camino que de este Pueblo conduce a Pellejeros . Esta finca contiene bastante Peñascos y en parte es erial infructífero.

Sobre la finca 3:-Se aporta la finca registral n.º 3.040 totalmente, si bien en un exceso de cabida, según medición topográfica que obra en el expediente en 511 metros, hasta completar los 6.421 metros como superficie afectada.

Sobre la finca 5.-Se aporta la finca registral n.º 5451 totalmente en un exceso de cabida, según medición topográfica que obra en el expediente en 2.760 metros, hasta completar los 6.700 metros como superficie afectada.

Sobre la finca 12.- Se aporta la finca registral n.º 5631 totalmente en un exceso de cabida, según medición topográfica que obra en el expediente en 172 metros, hasta completar los 1.157 metros como superficie afectada.

Sobre la finca 16.- Descripción resto de finca matriz;

Rústica: Un trozo de terreno en término de Palazuelos de Eresma , al sitio de la Peña del Tambor , de dos áreas y treinta y ocho centiáreas , después de la segregación de 2.262 metros de la finca segregada denominada finca n.º 16 que linda al Norte ; con resto de finca matriz de donde esta se segrego, finca segregada denominada finca n.º 16; Sur con Doña Rosario Vacas, Don Antonio y Don Carlos del Rey Osorio; Oeste con Don Mariano Miguelañez y Don Modesto Gil y Este con el Camino de Gamones y con Don Aurelio Tapias.

Sobre la finca 27.- se adjudica el usufructo vitalicio a favor de Don José Luis Juan Arribas Siguero.

Sobre la finca 33.- Descripción resto de finca matriz;

Rústica: Una tierra en el término de Palazuelos de Eresma (Segovia), al sitio denominado «La Cruz del Cerro» ocho centiáreas , después de la segregación de 4.062 metros de la finca segregada denominada finca n.º 33 que linda al Norte ; con resto de finca matriz de donde esta se segrego, finca segregada denominada finca n.º 33; Sur con Remigio Sombrias y camino de Entreaguas ; Este Remigio Sombrías y Oeste Camino de Entreaguas.

Sobre la 34.- .- Descripción resto de finca matriz;

Finca situada en el término de Palazuelos de Eresma (Segovia ), al sitio denominado Peña «El Tambor» de superficie seiscientos veinticinco, después de la segregación de 285 metros de la finca segregada denominada finca n.º 34 que linda al Norte ; con resto de finca matriz de donde esta se segrego, finca segregada denominada finca n.º 34 Camino de servicio y Don José Luis Camuñas Castillo , Este , camino de Rio, Sur camino de rio, y Oeste finca matriz de la que se segrega, que quedara en poder de Doña Socorro Osorio.

Sobre la finca 35.-. Descripción resto de finca matriz;

El camino tiene una superficie total de 6.471 metros, por tanto, queda la finca matriz

3.367 metros.

De conformidad con el articulo 109 LPACAP, referido a la revocación de actos y rectificación de errores, en su punto 2, refiere que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, y en virtud del informe jurídico emitido por el Técnico Urbanista; y al amparo de la delegación otorgada por Decreto de la Alcaldía número 129/2019, de 27 de junio, por unanimidad y en votación ordinaria, se acuerda:

1º.- Asumir la rectificación de errores indicada en la parte expositiva.

2º.- Dar traslado de la rectificación de errores indicada a los interesados.

Y para que conste expido el presente.

Palazuelos de Eresma, 11 de julio de 2023.

La Secretaria Interina,

Fdo.: María Ángeles Rojo Setién

V.B.

El Alcalde,

Fdo.: Jesús Nieto Martín

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