Acuerdos del Consejo de Gobierno 17 de enero de 2023

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El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno. 

 

Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre. 



El artículo 123 del Reglamento (UE) 2021/2115 contempla la designación de autoridades regionales de gestión del Plan estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC, que serán responsables de gestionar y ejecutar en su ámbito el plan estratégico de la PAC de forma eficiente, eficaz y correcta durante toda la vigencia del PEPAC, conforme con los organismos de gobernanza dispuestos en el capítulo II del título II del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agraria común y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013. 

 

Castilla-La Mancha designó, a través del Decreto 6/2020, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, a la Viceconsejería de Medio Rural como Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, atribuyéndole en consecuencia las funciones inherentes a la misma del seguimiento y evaluación del Programa de Desarrollo Rural en el territorio y la planificación de los futuros Programas. Dado que el PEPAC administra, a través de un único Plan Estratégico, las ayudas de la Unión Europea financiadas por el FEAGA y el FEADER, resulta necesario que la Viceconsejería de Medio Rural sea, además, la Autoridad regional del PEPAC de Castilla-La Mancha para el período 2023-2027. 

 

Adicionalmente, el artículo 114 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, establece que el PEPAC debe contener la descripción de la  estructura organizativa del Sistema de Conocimiento e Innovación Agraria (SCIA) con el fin de alcanzar el objetivo transversal del artículo 6.2 de este Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, con el fin de modernizar la agricultura y las zonas rurales, fomentando y poniendo en común el conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas agrarias y rurales y promoviendo su adopción por los agricultores y ganaderos, mediante la mejor del acceso a la investigación, la innovación, el intercambio de conocimientos y la formación. EL PEPAC de España indica que este sistema SCIA se dotará de una estructura de gobernanza multinivel, para la efectiva puesta en marcha de distintos mecanismos de colaboración, cooperación, participación y coordinación, en la que se incluye a las Comunidades Autónomas. 

 

Castilla-La Mancha atribuyó, a través del Decreto 6/2020, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, a la Viceconsejería de Medio Rural la planificación del SCIA en Castilla-La Mancha.

 

Dado que el PEPAC contempla una estructura organizativa de gobernanza multinivel en España, resulta también necesario asignar, en consonancia con el nuevo marco normativo, la competencia relacionada con el SCIA en Castilla-La Mancha a la Viceconsejería de Medio Rural.


Se propone al Consejo de Gobierno la autorización de la segunda prórroga del Programa Temporal de 18 funcionarios interinos para la elaboración y supervisión de proyectos y la ejecución de las obras necesarias para la rehabilitación, y adaptación de los edificios que albergan recursos sociales para personas mayores y personas con discapacidad. Para ello es necesaria la incorporación de los siguientes profesionales: 

 

1 Ingeniero/a Industrial.  

6 Arquitectos/as.  

5 Técnicos/as Superior (Especialidad jurídica). 

1 Ingeniero/a Técnico Industrial.  

3 Arquitectos/as Técnicos/as.  

2 Administrativos/as  

 

El programa temporal tendrá una duración de un año desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 31 de enero de 2024. 

 

El coste del programa temporal asciende a 771.164,24 euros, que se consignará en las siguientes partidas presupuestarias de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de los ejercicios 2023 (11 meses) y 2024 (1 mes).


Se propone al Consejo de Gobierno la autorización de la prórroga del Programa Temporal de 12 personas funcionarias interinas para el refuerzo de los equipos técnicos de valoración de los Centros Base de Albacete y Toledo dependientes de la Consejería de Bienestar Social.  
 
El programa temporal tendrá una duración de un año desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 31 de enero de 2024. 


El Consejo de Gobierno acuerda: 

 

"Aprobar el proyecto de ley por la que se modifica la Ley 3/2008, de 12 de junio, de montes y gestión forestal sostenible de Castilla-La Mancha y disponer su remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha". 


El Consejo de Gobierno toma conocimiento de las actuaciones de la Consejería Desarrollo Sostenible, en relación con el pago del "Bono Social Térmico" ejercicio 2022, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 


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